Ayuntamiento de Málaga

  • Si quieres que la biblioteca consiga algún libro, video, disco, revista, o cualquier material que pueda ser de interés, rellena este formulario.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano que sea socio de una biblioteca de la Red de Bibliotecas Públicas

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento

    Documentación necesaria

    1.Formulario de solicitud de desiderata cumplimentado
    2.Carné de biblioteca


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Es imprescindible tener carnet de una biblioteca de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía. Si no se tiene, se puede solicitar presencialmente en cualquier biblioteca o bien en Internet a través de éste enlace:CARNÉ DE BIBLIOTECA
    • Recoger el formulario de Solicitud de Desiderata en una biblioteca o imprimirlo desde la web de las Bibliotecas Municipales de Málaga.
    • Entregar el formulario cumplimentado en una de las bibliotecas o en el bibliobús municipal de Málaga.

  • Solicitud de un evento o uso de las instalaciones en el Parque del Oeste.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona física o jurídica que desee usar las instalaciones del Parque del Oeste.

    • Fecha de solicitud:Cualquier día del año.
    • Plazo de resolución:2 semanas.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud del uso de instalaciones.
    2. Programa de uso de instalaciones.
    3. Justificante de ingreso de tasas cuando proceda.
    4. Fotocopia de los estatutos de constitución de la Asociaciones para aquellas asociaciones sin ánimo de lucro.


    Obligaciones económicas

    Según las tasas recogidas por la Ordenanza fiscal nº 53.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza nº 53

      Tasa por el aprovechamiento especial del recinto e instalaciones del parque del oeste

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas tramitadoras.
    • Entregar la solicitud y la documentación complementaria.
    • Se revisará la documentación, y se emitirá la autorización o denegación, comunicándose al interesado.
    • Al finalizar el evento y comprobar que no hay desperfectos se devolverá la fianza.

    Procedimiento telefónico:

    • Enviar por fax (952 32 95 29) la documentación solicitada.
    • Se revisará la domentación. En caso de autorizarse se deberá entregar el original del justificante bancario (si procede) cuando se vaya a entregar la autorización.
    • Al finalizar el evento y comprobar que no hay desperfectos se devolverá la fianza.

  • Solicitud del Permiso Municipal de conductor de Autotaxi una vez aprobado el examen de conducción de vehículos autotaxi.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las personas que hayan superado el examen de conducción de vehículos autotaxi.

    • Fecha de solicitud: Cinco años desde que superó las pruebas para la obtención del permiso municipal de conductor de taxi.

    Documentación necesaria

    1. Fotocopia del Carné de conducir BTP o C.
    2. 3 fotos tamaño carné.
    3. Certificado Médico.
    4. Alta en la Seguridad Social.
    5. Contrato de trabajo.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

  • Solicitud de inscripción voluntaria en el RML con objeto de facilitar la concurrencia y agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos de contratación del Ayuntamiento de Málaga, sus organismos autónomos y empresas de íntegro capital municipal así como de aquellas empresas mixtas que se adhieran al sistema.

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informamos que la información que los licitadores provean para su inscripción en el Registro Municipal de Licitadores se incorporarán a un fichero propiedad del Ayuntamiento de Málaga con la finalidad de mantener la información de los licitadores, pudiéndose ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando procedan mediante carta escrita dirigida al Ayuntamiento de Málaga en Avenida de Cervantes, 4. 29016 Málaga

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las empresas o personas físicas interesadas en inscribirse en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Málaga.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Un máximo de tres meses.

    Documentación necesaria

    Los documentos podran ser originales o copias de estos debidamente compulsadas.
    La compulsa de los mismos, podra llevarse a cabo en las Oficinas Municipales de Atencion a la Ciudadania (OMAC), en las Juntas Municipales de Distritos o bien en el Servicio de Planificacion y Seguimiento de las Contrataciones, sito en Av. de Cervantes n? 4, siendo imprescindible en cualquier caso la presentacion de original y copia para su cotejo.
    1- Capacidad de obrar:
    Persona fisica: Se acreditara mediante la presentacion del D.N.I. o el documento que en su caso le sustituya reglamentariamente.
    Persona juridica: Se acreditara mediante la escritura de constitucion y de modificacion, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible respecto a la legislacion mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditacion de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitucion, de modificacion, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
    2- Codigo de Identificacion Fiscal de la empresa (C.I.F.)
    3- Apoderamiento en escritura publica inscrita en el Registro Mercantil o, en su caso, en sus estatutos, o en el registro legal correspondiente, que tenga valor general para actuar en cualquier procedimiento de contratacion ante el Ayuntamiento de Malaga, sus Organismos Autonomos, Empresas Municipales o Empresas de capital mixto que se hayan adherido al Registro. Ademas, se debera aportar el D.N.I. del apoderado. El apoderamiento debera estar bastanteado por los servicios juridicos municipales.
    4- Justificacion acreditativa de estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Economicas, cuando ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto. Este extremo debera acreditarse mediante presentacion del Alta o del ultimo o ultimos recibos abonados, completado con una declaracion responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado Impuesto.
    Los licitadores que se encuentren en alguno de los supuestos de exencion recogidos en el art.83.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, acreditaran que se encuentran al corriente de esta obligacion tributaria mediante los siguientes procedimientos:
    1. Los que se encuentren en los supuestos de exencion recogidos en las letras a), d),g), y h) del Art. 83.1 mencionado, mediante una declaracion responsable de no estar obligados a presentar declaracion de alta en la matricula del impuesto segun lo establecido en el numero 2 del mismo articulo.
    2. Aquellos cuya exencion se encuentre recogida en las letras b), e), y f) del Art. 83.1mencionado, mediante la presentacion del alta y/o la resolucion de exencion del pago del epigrafe correspondiente junto con una declaracion responsable de no haberse dado de baja en la matricula del impuesto.
    3. Los licitadores incursos en la exencion de la letra c) del Art. 83.1 acreditaran esta circunstancia con una declaracion responsable en el sentido de que se encuentran en este supuesto de exencion y de que no se han dado de baja en la matricula del impuesto.
    5- Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administracion Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes (Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, Impuesto de Sociedades, I.V.A., Declaracion Anual de Operaciones) o, en su caso, autorizacion para que el Ayuntamiento pueda solicitarlo a la Agencia Tributaria.
    6- Certificacion expedida por la Empresa Municipal de Gestion Tributaria S.A., acreditativa de que no existen deudas de naturaleza tributaria con el Excmo. Ayuntamiento, en las mismas condiciones fijadas en el apartado 5 anterior o, en su caso, autorizacion para que el Excmo. Ayuntamiento pueda recabarlo.
    Plazo de vigencia sera de seis (6) meses desde su expedicion.
    7- Certificacion positiva expedida por la Seguridad Social, acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma, en las mismas condiciones fijadas en el apartado 5 anterior para que el Excmo. Ayuntamiento pueda recabarlo a la Seguridad Social.
    Plazo de vigencia sera de seis (6) meses desde su expedicion.
    8- Declaracion responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario publico u organismo profesional cualificado, en la que el licitador afirme no estar el ni la entidad a la que representa incursa en las causas de prohibicion para contratar con la Administracion contempladas en el art. 20 del texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Publicas y en especial en lo dispuesto en el 'art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Publico'.
    Plazo de vigencia sera de seis (6) meses desde su expedicion.
    9- Documento acreditativo de la clasificacion para los casos en que la misma deba ser exigida conforme a lo dispuesto en el art. 54 de la Ley de Contratos del Sector Publico, teniendo en cuenta los limites establecidos en este precepto o que puedan se?alarse en el futuro por el Ministerio de Economia y Hacienda.
    SOLO LOS DOCUMENTO ENUMERADOS EN LOS APARTADOS (1), (2), (3), (4) Y (8) SERAN DE OBLIGATORIA PRESENTACION PARA PODER SER INSCRITOS EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE LICITADORES.
    Los documentos a que hacen referencia los numeros (5), (6) y (7) podran ser sustituidos por una declaracion responsable efectuada por el licitador en la forma establecida en el numero (8) en la que manifieste expresamente que, tanto el como la entidad a la que representa, se hallan al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, a cuyo efecto tendra validez la declaracion referida en el numero (8), siempre que se amplie su contenido manifestandose en la misma expresamente lo indicado.
    No obstante, a la persona fisica o juridica que vaya a resultar adjudicataria del contrato se le exigira, como requisito previo a la adjudicacion, la acreditacion documental de cumplir los requisitos expuestos, concediendosele para ello un plazo maximo de cinco dias habiles.
    Si las certificaciones caducasen una vez iniciado el procedimiento, pero antes de la adjudicacion del contrato, el licitador propuesto como adjudicatario debera presentar una certificacion actualizada.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Registro General del Ayuntamiento, o a las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC).
    • Entregar la solicitud y los documentos necesarios según el caso.
    • El Servicio de Planificación y Seguimiento de la Contratación revisa la documentación.
    • Se inscribe en el Registro Municipal de Licitadores y se envía una notificación al interesado/a.

  • Solicitud de modificación de datos en el Registro Municipal de Licitadores con objeto de mantener actualizado dicho registro.
    Obligación que se recoge en el artículo 10 nº 2 del reglamento del registro municipal de licitadores.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las empresas o personas físicas inscritas en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Málaga.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Inmediato.

    Documentación necesaria

    1. Impreso de Solicitud de modificación de datos en el Registro Municipal de Licitadores.
    2. Documentación que haya sufrido la modificación o alteración.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Registro General del Ayuntamiento, o en la Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC)
    • Entregar la solicitud y los documentos que justifiquen las modificaicones.
    • El Servicio de planificación y seguimiento de la contratación revisará la documentación.
    • Se realizarán las modificaiones en el Registro Municipal de Licitadores.

  • Como máximo, deberá solicitar la renovación cada cinco años. Es obligatorio que en los últimos cinco años haya trabajado un año al menos, en caso contrario deberá presentarse a una nueva convocatoria de examen.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los asalariados del taxi que tienen el permiso municipal vigente y también los titulares de licencia que sean conductores.

    • Fecha de solicitud:Al menos una vez cada cinco años

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de renovación de PMC.
    2. Permiso antiguo.
    3. Tres fotografías (asalariados) o dos fotografías (titulares)


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Instituto Municipal del Taxi llevando fotos. También se puede acudir a cualquier OMAC
    • Recibirá una llamada telefónica para que retire el permiso
    • Retirarlo en la oficina del Instituto Municipal del Taxi.

  • Petición de los clientes para que se le realice un contrato de suministro de agua para otros usos diferentes a viviendas, locales, obras o industrias como bocas de incendio, piscinas, garajes o uso comunitario.
    La finca debe tener una acometida de agua y/o saneamiento.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Ciudadanos mayores de edad.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:15 días hábiles.
    • Plazo de validez y recurso:1 mes.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de suministro de agua.
    2. Fotocopia del DNI / NIF.
    3. Boletín de instalaciones de agua sellado por la Consejería de Industria.
    4. Nº de cuenta para domiciliación de recibos.
    5. Acta de constitución de la Comunidad. (para uso comunitario)
    En caso de que el titular de la escritura, contrato de compra o arrendamiento, no coincida con el solicitante de suministro de agua; o en caso de uso comunitario de un edificio, el presidente actual de la comunidad no sea la persona que firma el contrato, se deberá acompañar la oportuna autorización y la fotocopia del DNI de ambos: autorizado y titular o presidente de la comunidad de propietarios.
    6. Si se solicita a nombre de una persona jurídica, deberá adjuntar la escritura de constitución o poder notarial y la declaración de autorización firmada por el titular, en caso de estar en situación descrita en punto 5.


    Obligaciones económicas

    Tarifas Agua Potable y Saneamientos Depuración BOP nº60 Publicado el 01.04.2013.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de EMASA.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación solicitada.
    • Se verificarán las instalaciones. En caso de existir alguna anomalía se comunicará al cliente para que en un plazo de 30 días la solucione.
    • Se enviará el Contrato de Suministros de Agua, la primera factura y la carta de pago para ingresar los derechos de contratación en 15 días.
    • Se realizarán en 15 días las instalaciones pertinentes por parte de EMASA para realizar el suministro.

    Procedimiento telefónico:

    • Ponerse en contacto con el teléfono del agua 900 777 420.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Conectar con web de Emasa pulsando aquí.
    • Rellenar el formulario y enviar.
    • EMASA le solicitará la documentación que deberá presentar en nuestras oficinas de Hospital Noble, en plaza General Torrijos, número 2.

  • El Ayuntamiento de Málaga concederá unas tarjetas para el acceso de caballistas y enganches al Recinto Ferial.
    Esta medida se ha tomado con la intención de mejorar el Paseo de Caballos y Enganches del Cortijo de Torres.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El propietario del caballo o cualquier persona en su representación siempre que aporte el D.N.I. del propietario.

    • Fecha de solicitud:
      Del día 10 de julio al 11 de agosto de 2017 (ambos inclusive) de lunes a viernes.
      Horario:Del día 10 de julio al 21 de julioDe 11 a 14 horas.
      Del día 24 de julio al 11 de agostoDe 11 a 14 horas y 17 a 20 horas

    Documentación necesaria

    Deberán presentar obligatoriamente los siguientes documentos para solicitar las tarjetas:
    - Modelo de Solicitud de Tarjetas de Acceso para MONTURA a la Feria de 2017 según proceda.
    - Modelo de Solicitud de Tarjetas de Acceso para ENGANCHE a la Feria de 2017 según proceda.
    - En caso de representación, autorización y fotocopia del DNI del propietario.
    - Mostrar para su verificación la Tarjeta Sanitaria y/o Pasaporte en vigor.
    - Mostrar para su verificación seguro de Responsabilidad Civil con una cuantía de 60.000 euros por CABALLO utilizado como montura.
    - Mostrar para su verificación seguro de Responsabilidad Civil con una cuantía de 300.000 euros por CARRUAJE y total de CABALLOS enganchados.
    - Mostrar para su verificación recibo del Pago del Seguro Vigente, que necesariamente debe cubrir el período comprendido entre los días 12 y 19 de agosto de 2017 (días feriados) ambos inclusive.
    Autorización de padre/madre o tutor si es menor de edad.


    Obligaciones económicas

    Ninguna.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Deben rellenarse necesariamente todos los apartados, fecha y firmar la solicitud
    • La escritura debe ser legible y en mayúsculas o en letra de imprenta.
    • IMPORTANTE: No se tramitarán las solicitudes que no estén cumplimentadas en su totalidad en el impreso habilitado al efecto y acompañadas de la documentación requerida.
    • En la página web del Ayuntamiento de Málaga www.malaga.eu , se podrán visualizar las solicitudes para imprimirlas y una vez rellenadas presentarlas posteriormente el Titular o Autorizado, en el Registro de los Servicios Operativos Centrales, sito en calle Camino de San Rafael, 99 (frente a la Estación de Autobuses Urbanos EMT) en fechas y horarios descritos anteriormente.
    • Una vez entregada la solicitud y comprobado por parte del personal del ayuntamiento que la documentación está en regla, se dará la tarjeta de acceso.
    • Para la recogida de la tarjeta en las fechas indicadas deberán presentar la Autorización de Representación Administrativa (firmada por el titular) en el caso de no poder hacerlo el titular de la solicitud.

  • Transferir la licencia municipal de taxi dentro de uno de los siguientes supuestos:
    - Intervivos: acuerdo entre titular y adquiriente
    - Mortis Causa: fallecimiento del titular con herederos forzosos
    - Mortis Causa a Terceros: fallecimiento del titular con acuerdo de transferencia entre herederos forzosos y adquiriente

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier titular de la licencia del taxi o herederos del titular si éste hubiera fallecido que quieran transferirla.

    • Fecha de solicitud: Cuando se quiera transferir la licencia de taxi por motivos de jubilación, enfermedad o fallecimiento.En caso de transferencia por fallecimiento el Reglamento Andaluz del Taxi establece 30 meses y lo contemplado en la Ordenanza.
    • Plazo de resolución: 6 meses.

    Documentación necesaria

    1. Licencia de Taxi.
    2. Justificación por el cambio (jubilación o enfermedad, certificado de defunción).
    3. Solicitud.


    Obligaciones económicas

    Las recogidas en la ordenanza fiscal nº 14, sobre Tasa por la prestación de servicios en materia de auto-taxi y otras actuaciones relacionadas con los mismos.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Instituto Municipal del Taxi. También se puede presentar en cualquier OMAC
    • Entregar la solicitud y documentación complementaria.
    • Se comprueba que es correcto la documentación.
    • Se adjudica condicioandamente la licencia a la aportación de documentos.

  • Solicitud de vados: solicitud de entrada y/o salida de vehículos a motor, los cuales son gestionados por Gestión Tributaria S.A.M.
    Solicitud de informes previos: Comprende la petición de informes previos para el cambio de uso de local a aparcamientos y la apertura de puerta para vado gestionados por el Área de Movilidad

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica y entidades a que se refiere el artículo 30,ley 30/92 y art.32 si actúa mediante representante.

    • Fecha de solicitud:Al menos un mes de antelación respecto a la fecha para la que se requiere el informe.
    • Plazo de resolución:3 meses.
    • Plazo de validez y recurso:Recurso potestativo reposición.
      Recurso contencioso-administrativo.

    Documentación necesaria

  • 1.Solicitud debidamente cumplimentada. El formulario se cumplimentará a mano o a máquina en mayúsculas, o bien directamente por ordenador.
  • 2.Fotocopia de la escritura de la propiedad.
  • 3.DNI de la persona que presenta la documentación a efectos legales.
    En el caso de que la persona que presenta la documentación no actúe en su propio nombre deberá acreditar lo siguiente:
    - Si representa a una empresa deberá aportar fotocopia del CIF de la empresa y un documento que lo acredite como representante legal de la empresa. En caso de que no sea el representante legal deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
    - Si representa a una persona física deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
  • 4.Plano de situación.
    Para solicitud de informe previo a vado:
    Fotografía de la fachada del inmueble en la que se refleje el acceso de la entrada de vehículos con el rebaje de bordillo.
    Para solicitud de informe previo cambio de uso de local a aparcamiento:
  • a.Fotografía de la fachada del inmueble en la que se refleje el acceso de la entrada de vehículos con el rebaje de bordillo.
  • b.Plano a escala 1:100 o 1:50 con la superficie del local y los aparcamientos que pretende albergar (dibujados).
    Para solicitud de informe previo de apertura de puerta para vado:
  • a.Fotografía de la fachada del inmueble en la que se refleje el futuro acceso de la entrada de vehículos.
  • b.Plano a escala 1:100 o 1:50 con las reformas que se pretende proyectar

    Obligaciones económicas

    Las recogidas en la ordenanza fiscal nº 42.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza fiscal nº 42.

      Ordenanza fiscal nº 42.

    Otros datos de interés

    Silencio administrativo desestimatorio.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Movilidad o a cualquiera de las OMACs.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria.
    • Se analizará documentación y se emitirá un informe técnico favorable o desfavorable.
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