Las subvenciones tienen por finalidad promover y canalizar la participación y concienciación ciudadanas en todos los temas relacionados con el mantenimiento y conservación de zonas verdes de la ciudad encomendadas a entidades urbanísticas de conservación legalmente constituidas. También es finalidad de estas subvenciones la cooperación en el mantenimiento y conservación y mejora de zonas verdes propiedad de comunidades y mancomunidades de propietarios, siempre que las mismas tengan una extensión mínima de 1.500 metros cuadrados y se garantice el libre acceso para todos los ciudadanos y, en todo caso, a través de la solicitud de las asociaciones vecinales legalmente constituidas que las representen. La convocatoria se encuentra publicada en BOP número 134, de 14 de julio de 2016.
Las Entidades Urbanísticas de Conservación y las Asociaciones Vecinales, legalmente constituidas que, reuniendo los requisitos establecidos en esta convocatoria, propongan la realización de actividades relacionadas con la conservación y mantenimiento de los espacios verdes de nuestro municipio.
Es estrictamente obligatorio utilizar para esta solicitud los modelos autorrellenables aprobados para la presente convocatoria que se adjuntan más abajo:
- ANEXO I - Solicitud de subvención.
- ANEXO II - Proyecto.
- ANEXO III - Aportación datos bancarios.
- ANEXO IV - Aceptación/rechazo/reformulación/alegaciones.
- ANEXO V - Solicitud de pago y justificación.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto municipales como autonómicas o Estatales, así como de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Concesión de subvenciones para facilitar el uso del eurotaxi, ayudando a financiar los costes derivados de este uso para las personas con discapacidad y movilidad reducida.
Personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar empadronado en el municipio de Málaga.
b) Encontrarse en posesión del certificado DISCAPACIDAD Y DE MOVILIDADREDUCIDA, alcanzado un mínimo de 7 puntos.
1. Solicitud según el modelo oficial.
2. Documento Nacional de Identidad del solicitante, o en su caso delrepresentante, o cualquier documento que lo sustituya, o autorización a laAdministración para el acceso electrónico al Servicio de Verificación de Datos,que, en cualquier caso, se entenderá implícita al presentar la correspondientesolicitud. En el supuesto de que la solicitud venga suscrita por el representantelegal del beneficiario, documentación acreditativa de la representación oapoderamiento y cuando el solicitante fuese menor de edad el DNI del padre,madre o tutor.
3. Certificado acreditativo del grado de discapacidad en el que figure el baremode movilidad reducida; con un mínimo de 7 puntos.
4. Documento donde consten los datos de titularidad de la cuenta corrientepara realizar la transferencia bancaria, en caso de obtener subvención.
5. Declaración responsable de no haber recibido, ni tener concedida otros tiposde ayudas de similar naturaleza, que supere el coste real de l
a)Realizar el gasto que fundamenta la concesión de la subvención.
b)Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
c)Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones.
d)Acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
e)Conservar los documentos acreditativos de los fondos recibidos para actuaciones de comprobación y control.
Se convocan una beca en la especialidad de TROMPETA-FLISCORNO y una en la de TUBA, para la Banda Municipal de Música
Estudiantes de TROMPETA y TUBA que hayan aprobado el tercer curso del grado medio de enseñanzas musicales y que tengan entre 16 y 26 años
- DNI.
- Currículo.
- Certificado de haber aprobado el 3º de grado medio del instrumento.
- Documentos que acrediten cursos, seminarios, participaciones en grupos musicales o premios.
Originales y fotocopias que serán compulsadas.
No
El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Participación Ciudadana, Inmigración y Cooperación al Desarrollo y la Empresa Municipal Más Cerca , presenta los cursos de el Aula de Formación Ciudadana, la mayor oferta formativa municipal de cursos y talleres dirigidos a la ciudadanía.
Más de 140 talleres en todos los Distritos de la ciudad
Mayores de 18 años.
- Hoja de inscripción cumplimentada.
- Fotocopia del DNI.
Sólo se podrán entregar en el mismo día dos solicitudes por persona.
Cada persona se podrá inscribir en un máximo de 4 cursos, siempre que sean compatibles en el horario.
Podrán efectuarse Inscripciones online, entrando a la página: http://participa.malaga.eu
Una vez que se ha comprobado en las listas que la persona ha sido admitida, se realizará el pago de la matrícula los días 28, 29 y 30 de septiembre. Todos los cursos son subvencionados. La matrícula tendrá un coste único de 27 euros por cada taller. Asimismo correrán a cargo del alumno los materiales de uso individual que requiera cada curso o taller.
No será válido ningún pago fuera de las fechas establecidas y dicho pago se realizará una vez que el/la ciudadano/a haya comprobado en las listas que ha sido admitido/a en los cursos.
El pago se realizará en la siguiente cuenta, especificando su nombre completo y el curso en el que va a participar:
UNICAJA ES59 2103 2050 94 0030007425
No se admitirá ningún justificante de pago entregado fuera de plazo o en lugares u horarios distintos a los establecidos, anulándose la plaza en el caso de que esto ocurra.
La duración de los talleres será del 3 de octubre al 23 de diciembre.
Aquellos que se realicen en Centros Municipales, podrán ser suspendidos puntualmente al necesitar las aulas para eventos y actos culturales, previa información a los interesados/as.
Todas las personas que participen en los cursos de gimnasia de mantenimiento, yoga y pilates deberán entregar, junto al justificante de pago, un cuestionario médico. Este certificado es gratuito y se podrá en los puntos de inscripción, una vez su solicitud sea aprobada.
Las personas que se inscriban en Baile de Salón y formen pareja, deberán indicarlo al entregar la solicitud, para adjudicarle el mismo grupo y hora.
Consultar otras normas de interés en el folleto informativo.
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Aplicación desarrollada íntegramente por la EMT, permite a los usuarios de teléfonos móviles (smartphones) el empleo de la cámara de fotos incorporada en el terminal para la captura de un código de barras denominado QR. Una vez efectuada la lectura, la aplicación reenvía directamente a la página web de la EMT donde se muestra en la pantalla del móvil el tiempo de paso de los próximos autobuses por dicha parada. Todo ello en una operación que supone escasos segundos y es completamente gratuita.
Todos los ciudadanos
Ninguna
Ninguna
Gratuita y únicamente sirve para utilizar en smartphones.
Comunicación de cambio de domicilio, corrección de pequeños errores en datos de filiación (D.N.I., apellidos o nombre) y comunicación de teléfono y/o direcciones de correo electrónico.
El interesado o un tercero debidamente autorizado.
Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria (Artículos 47 y 48)
Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo Común (Artículo 38.4)
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Responsable de la gestión:
Subdirección de Administración y Asuntos Generales
Departamento de Sistemas de Información
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento para regular el ejercicio de actividades incluyendo, en general, cualquier actividad distinta al uso de vivienda y sus instalaciones complementarias.
Están obligados a la presentación de declaración responsable en forma los titulares de actividades y establecimientos que se implanten, amplíen o reformen en el termino municipal de Málaga.Tf. de Información: 951926148 Fax: 951926543
1.Impreso de Declaración Responsable (1), según modelo normalizado y suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado.
2.Identificación del titular:·En el caso de personas físicas fotocopia del N.I.F. o N.I.E.·En el caso de personas jurídicas fotocopia del C.I.F., del N.I.F. o N.I.E. del representante y del documento acreditativo de la capacidad legal para la representación.
3.Documento acreditativo de la disponibilidad de uso del establecimiento (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).
4.Documentación relativa a la viabilidad de uso urbanítica: Licencia de utilización en caso de ser preceptiva. En otro caso Licencia de obra si se especifica el uso o Informe Urbanístico de viabilidad de uso emitido por la GMU o en caso de Suelo Urbanizable de Actuación Directa podrá presentarse, Certificado de Síntesis Urbanística(2), según modelo normalizado, suscrito por técnico competente, acompañado de Plano de Situación a escala 1/5000 según Plano de Calificaciones y Usos del P.G.O.U. vigente, marcando la ubicación exacta de la edificación objeto de consulta.
5.Documentación técnica, que variará en función de las características del establecimiento, suscrita por técnico competente.·Certificado de seguridad de las instalaciones(2), según modelo normalizado, acompañado de planos de planta, a escala adecuada y normalizada, que reflejen la distribución con mobiliario y usos de las distintas dependencias así como las instalaciones (extintores, alumbrado de emergencia, etc.) del establecimiento e incluya leyenda con la superficie construida total y desglosada la de almacén y al aire libre, si la actividad no se encuentra incluida en la Ley 13/1999 o en el Apéndice 5 de la OMPCI y dispone de una superficie inferior a 300 m².·En caso contrario, se deberá aportar Proyecto Técnico(2), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones(2), que deberá ajustarse a modelo normalizado.(Aportar Proyecto Técnico exclusivamente en formato digital)
6.Documentación en cuanto a los instrumentos de Prevención y Control Ambiental: Para las actividades incluidas en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, deberá presentar Copia del Dictamen Definitivo del instrumento de Prevención y Control Ambiental (AAI, AAU o CA) y para aquellas que les sea de aplicación la Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable (CA-DR), deberá presentar Síntesis medioambiental, según modelo normalizado.
7.Para los cambios de titularidad, es decir, que el establecimiento mantenga íntegramente las condiciones anteriores (distribución, instalaciones de protección contra incendios, medidas técnico-sanitarias, etc.) que constan en el Excmo. Ayto. se deberá presentar:·Certificado de Persistencia(2) según modelo normalizado, suscrito por técnico competente.·Comunicación de la transmisión de la licencia de apertura / declaración responsable a su favor firmada por el anterior titular acompañada de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E./C.I.F. y del documento acreditativo de la capacidad legal para la representación, si procede. En caso de imposibilidad de obtener dicha comunicación, se deberá aportar documento justificativo de dicha circunstancia. Para cambio de titularidad de establecimientos con música deberá aportar documentación técnica acreditativa del cumplimiento de la Disposición transitoria 5ª del Decreto 6/2012 de 17 de enero.
A estos efectos, con carácter previo a la presentación del certificado de persistencia, con carácter general, se deberá presentar Solicitud de vista de expediente por cambio de titularidad.
(1) Las actividades contempladas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/1999, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, deberán ajustarse, en cuanto a su denominación y definición, a las recogidas en el Nomenclátor y en el Catálogo que se insertan en los Anexos I y II del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(2) En caso de que la documentación técnica aportada no este visada por su correspondiente Colegio Oficial en aplicación del RD 1000/2010 se deberá aportar:·Documento acreditativo de la Colegiación profesional.·Copia del Seguro de Responsabilidad Civil para el ejercicio profesional.·Certificado de no estar inhabilitado.
Pago de las tasas municipales según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 16 en vigor.
Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. (BOJA nº 152 de 31 de diciembre de 1999).
Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (BOJA nº 143 de 20 de julio de 2007).
Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones (BOP nº 94 de 19 de Mayo de 2009).
Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).
Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica. (BOP de 23 de marzo de 1994).
Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).
Decreto 247/2011, de 19 de julio, por el que se modifican diversos Decretos en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. (BOJA nº 150 de 2 de agosto de 2011).
Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 126 de 26 de mayo de 2012).
Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos. (BOP nº 249 de 28 de diciembre de 2012).
Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).
Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009).
Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 37 de 30 de marzo de 2002).
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local
Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado
Decreto-Ley 5/2014, de 22 de abril, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas
Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas
Ley 12/2012 de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 311 de 27 de diciembre de 2012).
Para tramitar la ocupación de vía pública con cuba o contenedor de escombros deben cumplirse dos requisitos:
1.- Ser una instalación auxiliar y por tanto, estar relacionada con:
- Una licencia de obra mayor (OM) o menor (VE) expedida
- Una declaración responsable previa (DR)
- Una orden de ejecución o demolición (RU)
- Un restablecimiento de la legalidad (IF)
- Un expediente de Arquitectura (PA)
2.- Sólo se tramitarán por declaración responsable las cubas que se pretendan instalar en ZONA AUTORIZADA DE APARCAMIENTO
Interesado
Junto con la Declaración Responsable se deberá:- Indicar el número de cubas
- Indicar el número de semanas de ocupación
- Plano de situación
- Justificante de pago
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Obras para el acondicionamiento de los locales cuya superficie útil de exposición y venta al público no supere 750 m2, para desempeñar la actividad comercial de las comprendidas en el ANEXO de la Ley 12/2012, cuando no requieran de la redacción de un proyecto, no tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico y no se encuentren en el dominio público.
Interesado
Fotografías interiores y exteriores del establecimiento
Plano de situación
Planos de distribución(estado actual y modificado) a escala y debidamente acotado (necesario sí se acompaña Modelo 1)
Certificado de técnico competente según Modelo 1
Declaración sobre la escasa entidad de la obra Modelo 2
Relación detallada de las obras por partidas
(Deberá adjuntarse uno de los dos Modelos)
Ordenanza fiscal nº 15
Las obras sometidas al procedimiento de Declaración Responsable son todas aquellas obras a realizar en edificios residenciales (viviendas) en suelo urbano, de escasa entidad constructiva que no requieran de proyecto técnico y que estén incluidas en el formulario aprobado y publicado en la página web de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Tipos de obras sometidas a este procedimiento y requisitos que deben cumplir las obras a ejecutar:
Reforma de vivienda
- No modifique el uso del Inmueble.
- No afectan a elementos estructurales, a las instalaciones de servicio común de la edificación ni a la distribución interior de la vivienda (no se pretende ejecutar, sustituir ni eliminar tabiquería, ni aumentar o disminuir el número de viviendas del edificio).
- No afecten a edificios declarados o incoados BIC o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
Reparación y pintura de fachada
- No alteran los huecos existentes en la fachada.
- No afecten a edificios declarados o incoados BIC o su entorno o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
Deberá aportar fotografía de la fachada
Tasa: art. 9.A.2.9 = 50 euros
Reparación y mantenimiento de instalaciones y obras de uso común interiores de la edificación y obras de escasa entidad para eliminar barreras arquitectónicas.
- No aumenten la superficie edificable.
- No aumento o disminuya el número de locales, oficinas o viviendas existentes en el inmueble o cualquier elemento accesorio a los mismos (aparcamientos, trasteros, etc.).
- No afecten a elementos estructurales ni a la vía pública.
- No afecten a edificios declarados o incoados BIC o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
Cuando la obra afecte a barreras arquitectónicas, deberá aportar Certificado Modelo 3 (firmado por técnico competente)
Tasa: art. 9.A.2.7 = 50 euros
Colocación y/o sustitución de elementos de cierre y seguridad en aberturas.
- No abran, cierren, amplíen o disminuyan huecos ni modifiquen su ubicación.
- No aumenten el espacio edificable.
- No afecten a edificios declarados o incoados BIC, o su entorno, o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
Tasa: art. 9.A.2.10 = 6,00 E/m2, con un mínimo de 50 euros
Mantenimiento y Reparación menor de cubierta.
- No afecten a la estructura ni al diseño exterior de la cubierta.
- No habilite el espacio bajo cubierta.
- No afecten a edificios declarados o incoados BIC, o su entorno, o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
Deberá aportar fotografía de la cubierta
Tasa: art. 9.A.2.19 = 50 euros
Obras exteriores en edificaciones en zonas ajardinadas y/o zonas comunes.(Siempre que no afecten a fachada, cubierta o vía pública) consistentes, exclusivamente, en la reparación y ejecución de revestimientos, soleras y/o solerías.
- No afecten a ninguna especie arbórea.
- No afecten a edificios o jardines protegidos, declarados o incoados BIC, o su entorno, ni a Bienes de Catalogación General.
Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 euros
Reparación y mantenimiento, sin modificación, del vallado existente en el solar.
Deberá aportar fotografía de la zona o zonas afectadas.
Tasa: art. 9.A.2.13 = 50 euros
Reparación y mantenimiento de piscinas privadas de uso unifamiliar o plurifamiliar. (Unifamiliares y conjuntos residenciales de menos de 20 viviendas).
Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 euros
Interesado
Además de los requisitos definidos para cada tipo de obra, SIEMPRE se ha de aportar junto con la Declaración Responsable, los siguientes documentos:
- Plano de situación.
- Justificante de Pago.
- Descripción de las obras a realizar con presupuesto - detallado por partidas.
- Indicar el plazo de inicio y de ejecución de las obras.
- Superficie en m2 sobre las que se actúa.
- Debe acreditarse la representación con modelo normalizado.
Reparación y pintura de fachadaTasa: art. 9.A.2.9 = 50 Euros
Reparación y mantenimiento de instalaciones y obras de uso común interiores de la edificación y obras de escasa entidad para eliminar barreras arquitectónicas
Tasa: art. 9.A.2.7 = 50 Euros
Colocación y/o sustitución de elementos de cierre y seguridad en aberturas
Tasa: art. 9.A.2.10 = 6,00 Euros/m2, con un mínimo de 50 Euros
Mantenimiento y Reparación menor de cubierta
Tasa: art. 9.A.2.19 = 50 Euros
Obras exteriores en edificaciones en zonas ajardinadas y/o zonas comunes.(Siempre que no afecten a fachada, cubierta o vía pública) consistentes, exclusivamente, en la reparación y ejecución de revestimientos, soleras y/o solerías
Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 Euros
Reparación y mantenimiento de piscinas privadas de uso unifamiliar o plurifamiliar. (Unifamiliares y conjuntos residenciales de menos de 20 viviendas)
Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 Euros
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir: