Ayuntamiento de Málaga

  • Acceso a la información sobre los conciertos y actividades de la Banda Municipal de Música mediante la recepción de un boletín gratuito editado por el Ayuntamiento de la Ciudad, enviado por correo postal o electrónico mensualmente.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los particulares o entidades interesados en recibir la información

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    Formulario de suscripción al boletín de la Banda Municipal de Música.


    Obligaciones económicas

    Ninguna


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Cumplimentación y entrega de la solicitud en cualquiera de los lugares de tramitación presencial
    • Revisión por el Área de Cultura.
    • El Área de Cultura comenzará el envío de la información solicitada.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Por correo postal: Alameda Principal,23.29001. Málaga
    • Por correo electrónico: bandamunicipal@malaga.eu

  • Información sobre deudas tributarias, períodos y lugares de pago, así como formas y plazos de alegaciones y recursos que se pueden presentar contra las mismas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los interesados y sus representantes.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Inmediato.

    Documentación necesaria

    • Identificación del interesado (original de DNI, NIF, tarjeta de residencia, permiso de conducción o pasaporte, vigentes).
    • Para actuar a través de representante, éste deberá acreditar tal condición por cualquier medio válido en Derecho.
    • En caso de solicitarlo un tercero, identificación del mismo y del interesado (copia de los documentos identificativos) y autorización del interesado.
    • En caso de persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo de representante, y en su caso, de autorizado y otorgante, y copia de tarjeta de identificación fiscal.

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las Oficinas de Atención al Ciudadano.
    • Acreditar la identidad o la representación en caso de no ser el propio interesado, entregando en su caso la documentación pertinente.
    • Se le informará sobre su deuda tributaria, periodo y lugar de pago, así como de la forma y plazo de las alegaciones y recursos que se pueden presentar contra las mismas.

  • Solicitud de la tarjeta de bonificación mensual para jubilados para beneficiarse de viajes ilimitados por un precio fijo mensual.
    Tendrán acceso a esta tarjeta los jubilados y pensionistas que no cumplan los requisitos para obtener la tarjeta oro.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Ciudadanos empadronados en Málaga capital con 65 o más años o con pensión de invalidez permanente absoluta por la Seguridad Social, que cumplan los siguientes criterios:
    - Jubilados y pensionistas que superen los 800 euros brutos mensuales.
    - Matrimonios de jubilados y pensionistas (ambos deben haber cumplido los 65 años) que superen los 1.600 euros brutos mensuales en la suma de sus ingresos.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:7 días. En el acto si se realiza en la oficina de la EMT.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud.
    2. Presentación del DNI (de ambos cónyuges en caso de solicitud por matrimonio)
    3. Fotografía tamaño carné del/los solicitantes.
    4. En caso de matrimonios, fotocopia del certificado literal de matrimonio o libro de familia.
    5. Resguardo del banco de abono de 6,05 euros (IVA incl.). La c.c. en UNICAJA para el ingreso es 2103 0146 98 0030025593). Si se realiza en la oficina de la EMT (Alameda Principal, 47) se puede pagar allí.

    Obligaciones económicas

    Tarifas


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a cualquiera de las oficinas tramitadoras.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación en función del caso.
    • Recoger la tarjeta 7 días después, en la oficina donde se tramitó.

  • La nueva tarjeta para personas con discapacidad, Tarjeta P.M.R., podrá ser solicitada por quien cumpla los Requisitos y condiciones que solicita el Área de Accesibilidad Universal del Ayuntamiento de Málaga, Paseo Antonio Machado, 12.

    Modalidades:
    - Tarjeta de 25 viajes:
    Coste 12euros. - Se pueden realizar hasta 3 recargas de 25 viajes por 12 euros cada recarga.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    1.Personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
    2.Estar empadronado en Málaga Capital.
    3.Con Renta personal mensual, como para el resto de tarjetas, igual o inferior a 750 euros brutos mensuales.

    • Fecha de solicitud:No disponible.
    • Plazo de validez y recurso:El cupo está sujeto al Presupuesto Anual del Ayuntamiento de Málaga

    Documentación necesaria

    Aportar:
    1. Documento de comparecencia original, cumplimentado y sellado por el Área de Accesibilidad.
    2. Original y copia del DNI.
    3. Original y copia de la Resolución del Certificado de discapacidad o tarjeta acreditativa de la situación de discapacidad.
    4. Documentación acreditativa de la situación económica del solicitante actualizada (certificado de pensiones, certificado de prestación de desempleo, Prestación por baja laboral, última nómica, renta del año anterior....)
    5. Una Fotografía tamaño carné (en caso de nueva petición o pérdida de la tarjeta).
    6. Tarjeta PMR del año anterior original (en caso de renovación).
    7. Certificado de empadronamiento en Málaga Capital (Término Municipal), o autorización expresa para que el Área de Accesibilidad consulte padrones.


    Otros datos de interés

    Los beneficiarios de la Tarjeta PMR , serán aquellos que no cumplan los requisitos establecidos para las tarjetas disponibles en EMT : Tarjeta UMA, Tarjeta Bus Estudiante y Joven, Tarjeta Bus Jubilado/Oro, Tarjeta de Ayuda al Empleo. Esta tarjeta tiene derecho a utilizar también el servicio de transbordo de la EMT al igual que las demás tarjetas autorizadas.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • En las oficinas del Área de Accesibilidad Universal , Paseo Antonio Machado, 12, debe presentar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos.
    • Una vez comprobada estos datos, se emite documento donde se confirma el cumplimiento de los requisitos, de entrega inmediata al solicitante.
    • Debe acudir al Centro de Atención al Cliente de la EMT en Alameda , 47, donde se expide la tarjeta, aportando fotografía y documento del Área de Accesibilidad Universal.
    • Procederá la recarga a solicitud del interesado en el Centro de Atención al Cliente , una vez sea verificado el uso .

  • Acreditación que permite estacionar el vehículo en la zona del domicilio donde existe regulación S.A.RE., sin limitación horaria y con una reducción sobre la tasa vigente de hasta un 98,02 por ciento.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Podrán solicitar dicha acreditación todas aquellas personas que tengan su residencia habitual y estén empadronadas en algunas de las vías o sectores regulados por S.A.RE. y que no dispongan de plaza de garaje dentro de un círculo con radio de 300 metros desde el portal de su domicilio

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Si no es necesario realizar comprobaciones con cruce de datos la resolución es de 3 días desde la recepción de la solicitud en la SMASSA. En caso contrario el plazo aproximado es de 25 a 30 días.
    • Plazo de validez y recurso:El periodo de validez de la Acreditación finaliza el 31 de Diciembre de cada año.
      No tiene validez en las zonas S.A.RE. 30.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de acreditación de residente en zona S.A.RE.
    2. Fotocopia del D.N.I.
    3. Fotocopia del permiso de circulación del vehículo
    4. Fotocopia del titulo de propiedad, alquiler u otro documento que le habilite para residir en la vivienda en la que figura empadronado.
    5. Declaración jurada de los siguientes extremos:
    5.a) Estar empadronado y residiendo a fecha de la solicitud en alguna de las vías o sectores citados
    5.b) No disponer de plaza de garaje dentro de la zona señalada anteriormente
    5.c) No tener deudas con la Hacienda Municipal.


    Obligaciones económicas

    Una vez en posesión de la tarjeta que es gratuita, ésta se debe acompañar al estacionar el vehículo con un ticket expedido con una de las tarifas siguientes:

  • Tarifa 24 horas: 0.35 Euros más IVA.
  • Tarifa semana: 1.35 Euros más IVA.
    Precios 2.007

    Otros datos de interés

    La tarjeta autorización perderá su validez, si estaciona el vehículo fuera del sector S.A.RE. para el que está autorizado en la misma y en S.A.RE. 30.
    Se dará como máximo una tarjeta por persona y dos por vivienda.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir la Junta Municipal de Distrito o OMAC que corresponda a su domicilio.
    • Entregar la solicitud rellena y la documentación adicional.
    • Se comprobará que la documentación es correcta por parte de SMASSA.
    • A los pocos días se le entregará al titular del vehículo la tarjeta de residente S.A.RE. en las oficinas de SMASSA.
  • El servicio de Teleasistencia Movil, para las mujeres víctimas de violencia de Género, es una modalidad de servicio que, con la tecnología adecuada, ofrece a las víctimas de violencia de género que cuenten con orden de protección, una atención inmediata y a distancia, asegurando una respuesta rápida a las eventualidades que les puedan sobrevenir, las 24 horas del día, los 365 días del año y sea cual sea el lugar en que se encuentren.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las mujeres víctimas de Violencia de Género, que cuenten con orden de protección.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    Orden de Protección.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Personarse en las oficinas centrales del Área de Igualdad de Oportunidades, en horario de 9:00 a 14:00h. C/Concejal Muñoz Cerván nº 3, Módulo 3(Antiguo Edif. de Tabacalera)29003 Málaga

    Procedimiento telefónico:

    • Solicitar cita a través del teléfono 951 926006

  • Existen varios trámites para los titulares de autorización municipal para la venta ambulante en mercadillos. Son los siguientes:
    -Permuta entre titulares.Es el cambio de parcelas entre titulares, siempre que ambos estén en acuerdo.
    -Cambio de actividad o ampliación de actividad.
    -Renuncia.
    -Cambio de titularidad. Para la cesión de la autorización deberán cumplirse los siguientes requisitos:
    Haber transcurrido dos años desde el inicio de su vigencia, salvo en casos de fallecimiento, jubilación o incapacidad permanente.
    El cesionario deberá acreditar la experiencia de al menos un año en el ejercicio de cualquiera de las modalidades de venta ambulante en cualquier estado miembro de la Unión Europea. Éste último requisito podrá ser sustituido por la inscripción en cualquier Registro oficial de comerciantes ambulantes.
    Estar al corriente del pago de los tributos municipales.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Titulares autorización municipal para la venta ambulante en mercadillos del municipio.

    • Fecha de solicitud:No existe plazo establecido a priori.
    • Plazo de resolución:Máximo 3 meses.
    • Plazo de validez y recurso:Anual.
      Recurso de reposición y contencioso administrativo.

    Documentación necesaria

    Dependiendo del trámite solicitado la documentación sería la siguiente:
    -Permuta entre titulares de mercadillos:
    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada y firmada por ambos titulares.
    2.Fotocopia DNI/CIF de los solicitantes.
    -Cambio de actividad:
    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2.Fotocopia Alta Censal IAE.
    3.Fotocopia DNI/CIF del solicitante.
    -Renuncia:
    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2.Fotocopia DNI/CIF del solicitante.
    -Cambio de titularidad:.
    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada y firmada por ambos interesados.
    2.Fotocopia DNI/CIF, de ambos interesados.
    35.Fotocopia Alta Censal IAE del nuevo adjudicatario.
    6.Fotocopia del Seguro de Responsabilidad Civil en vigor.
    7.Acreditación experiencia de al menos 1 año del cesionario, salvo si ha ejercido la venta ambulante en el ayuntamiento de málaga que se comprobará por el mismo.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de MERCADOS MUNICIPALES Y VÍA PÚBLICA (Área de Empleo, Comercio, Industria, Vía Pública y Consumo) o en cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC).
    • Presentar solicitud normalizada debidamente cumplimentada por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación requerida.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Trámites para titulares de autorización municipal para venta ambulante en mercadillos.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Procedimiento por el cual se autoriza el cambio de titularidad de la concesión de puestos y locales en los mercados municipales de Málaga.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los titulares de los puestos de los mercados municipales.

    • Fecha de solicitud:Trámite no sujeto a plazo, excepto en los casos de transmisión por fallecimiento o incapacidad sobrevenida del concesionario, o extinción de la personalidad jurídica, en cuyo caso el plazo es de seis meses a contar desde la fecha del hecho causante.
    • Plazo de resolución: 3 meses.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud firmada por cedente y adquirente.
    2. Escritura de constitución de la sociedad (en su caso).
    3. Certificado de solvencia económica, emitido por entidad bancaria (Adquirente).

    En caso de fallecimiento del titular, además:

    1. Certificado de defunción.
    2. Fotocopia del libro de familia del titular.
    3. Escrito de aceptación de los herederos (en su caso).

    Obligaciones económicas

    Trámite no sujeto a plago de tasas municipales.


    Legislación aplicable

    • RBELA

      Decreto 18/2006. Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, de 24 de enero.

    • LBELA

      Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, de 29 de setiembre.

    • Ordenanza Reguladora de los Mercados Minoristas.

      Ordenanza Reguladora de los Mercados Minoristas del Excmo. Ayuntamiento de Málaga

    • TRLCSP

      Real Decreto Legislativo de 3/2011. Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de 14 de noviembre.

    Otros datos de interés

    El cambio será efectivo desde la fecha de resolución.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de tramitación presencial y entregar la solicitud cumplimentada y documentación complementaria.
    • El procedimiento se inicia a instancia del concesionario y se resuelve previa comprobación de la documentación y cumplimiento de los requisitos legales exigibles.
    • El cambio será efectivo desde la fecha de resolución.

  • Son los siguientes:
    Cambios de ubicación.
    Cambios de actividad.
    Renuncia a la autorización.
    Cambios de titularidad:
    -No podrá cambiarse la titularidad de la licencia hasta transcurridos dos años desde el inicio de su vigencia, y será transmisible previa autorización del Área competente del Excmo. Ayuntamiento de Málaga. .

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Titulares de la correspondiente licencia municipal de ocupación de vía pública con quioscos.

    • Fecha de solicitud:-Para cambio de actividad, renuncia y cambio de titularidad, en cualquier momento.
      -Para cambio de ubicación, cuando el Ayuntamiento apruebe el procedimiento y la apertura del plazo.
    • Plazo de resolución:Recurso de Reposición.
      Recurso Contencioso-Administrativo.

    Documentación necesaria

    Cambio de actividad:
    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2.Fotocopia Alta Censal en el IAE en el epígrafe correspondiente a la actividad.
    Renuncia:1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    Cambio de titularidad:
    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada y firmada por ambos interesados.
    2.Certificado Negativo de Deudas, expedido por el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (sito en Avenida Sor Teresa Prat, 17) de ambos interesados.
    3.Fotocopia de alta en el régimen de Autónomos de la Seguridad Social del nuevo titular.
    4.Fotocopia Alta Censal de IAE en el epígrafe de la actividad que corresponda,del nuevo titular.
    Cambio de ubicación: la documentación a presentar se determinará en el procedimiento correspondiente.


    Obligaciones económicas

    Las tasas por la ocupación de vía pública con quioscos se establecen en la Ordenanza Fiscal nº 10.La tasa por el cambio de titularidad supone una tasa para el nuevo titular, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 9.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Reguladora De Quioscos Y Otras Instalaciones Similares En La Vía Pública

      Publicada en BOP. nº 29 Suplemento 1 de 26/02/14 con nº de edicto 16588/13

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública.
    • Una vez comprobada la documentación si no existe ningún informe negativo, se emite Resolución concediendo el cambio.
    • En el caso del cambio de titularidad, el nuevo titular debe abonar una tasa en concepto de garantía y otra tasa por la gestión del cambio de titularidad.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Trámites para titulares de licencia municipal de quioscos de prensa, caramelos y frutos secos.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Pasados 5 años de la inhumación de un cadáver, la familia tiene 3 meses para optar por las siguientes soluciones:
    Ampliación de la concesión a 50 o 75 años.
    Incineración de los restos y retirada de cenizas.
    Parcemasa dispone de Columbarios por 50 o 75 años para el depósito de las cenizas.
    Exhumación de los restos y su deposito en un osario por 50 o 75 años.
    Exhumación de los restos para traslado a otro cementerio.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Responsable/titular de la concesión a 5 años.

    • Fecha de solicitud:Durante los tres meses siguientes al vencimiento de los 5 años.
    • Plazo de resolución:3 meses desde el vencimiento de la concesión por 5 años.

    Documentación necesaria

    Documentación de Parcemasa perteneciente al fallecido (que les fue facilitada por la funeraria).Si no es el titular de la documentación, ademas tiene que presentar autorización por escrito del titular, acompañada por fotocopia del DNI del mismo.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza municipal nº 18

      Funerarios, prestación de servicios de cementerios municipales y otros servicios funerarios.

    • Reglamento de régimen interior de los servicios de Cementerios municipales de la ciudad de Málaga.

      Reglamento de régimen interior de los servicios de Cementerios municipales de la ciudad de Málaga.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de Parcemasa.
    • Entregar la documentación solicitada e indicar la opción elegida.
    • Se formalizará el contrato.
    • Se abona la factura.
    • Se ejecutará la opción elegida.

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