Ayuntamiento de Málaga

  • Transferir la licencia municipal de taxi dentro de uno de los siguientes supuestos:
    - Intervivos: acuerdo entre titular y adquiriente
    - Mortis Causa: fallecimiento del titular con herederos forzosos
    - Mortis Causa a Terceros: fallecimiento del titular con acuerdo de transferencia entre herederos forzosos y adquiriente

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier titular de la licencia del taxi o herederos del titular si éste hubiera fallecido que quieran transferirla.

    • Fecha de solicitud: Cuando se quiera transferir la licencia de taxi por motivos de jubilación, enfermedad o fallecimiento.En caso de transferencia por fallecimiento el Reglamento Andaluz del Taxi establece 30 meses y lo contemplado en la Ordenanza.
    • Plazo de resolución: 6 meses.

    Documentación necesaria

    1. Licencia de Taxi.
    2. Justificación por el cambio (jubilación o enfermedad, certificado de defunción).
    3. Solicitud.


    Obligaciones económicas

    Las recogidas en la ordenanza fiscal nº 14, sobre Tasa por la prestación de servicios en materia de auto-taxi y otras actuaciones relacionadas con los mismos.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Instituto Municipal del Taxi. También se puede presentar en cualquier OMAC
    • Entregar la solicitud y documentación complementaria.
    • Se comprueba que es correcto la documentación.
    • Se adjudica condicioandamente la licencia a la aportación de documentos.

  • Solicitud de vados: solicitud de entrada y/o salida de vehículos a motor, los cuales son gestionados por Gestión Tributaria S.A.M.
    Solicitud de informes previos: Comprende la petición de informes previos para el cambio de uso de local a aparcamientos y la apertura de puerta para vado gestionados por el Área de Movilidad

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica y entidades a que se refiere el artículo 30,ley 30/92 y art.32 si actúa mediante representante.

    • Fecha de solicitud:Al menos un mes de antelación respecto a la fecha para la que se requiere el informe.
    • Plazo de resolución:3 meses.
    • Plazo de validez y recurso:Recurso potestativo reposición.
      Recurso contencioso-administrativo.

    Documentación necesaria

  • 1.Solicitud debidamente cumplimentada. El formulario se cumplimentará a mano o a máquina en mayúsculas, o bien directamente por ordenador.
  • 2.Fotocopia de la escritura de la propiedad.
  • 3.DNI de la persona que presenta la documentación a efectos legales.
    En el caso de que la persona que presenta la documentación no actúe en su propio nombre deberá acreditar lo siguiente:
    - Si representa a una empresa deberá aportar fotocopia del CIF de la empresa y un documento que lo acredite como representante legal de la empresa. En caso de que no sea el representante legal deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
    - Si representa a una persona física deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
  • 4.Plano de situación.
    Para solicitud de informe previo a vado:
    Fotografía de la fachada del inmueble en la que se refleje el acceso de la entrada de vehículos con el rebaje de bordillo.
    Para solicitud de informe previo cambio de uso de local a aparcamiento:
  • a.Fotografía de la fachada del inmueble en la que se refleje el acceso de la entrada de vehículos con el rebaje de bordillo.
  • b.Plano a escala 1:100 o 1:50 con la superficie del local y los aparcamientos que pretende albergar (dibujados).
    Para solicitud de informe previo de apertura de puerta para vado:
  • a.Fotografía de la fachada del inmueble en la que se refleje el futuro acceso de la entrada de vehículos.
  • b.Plano a escala 1:100 o 1:50 con las reformas que se pretende proyectar

    Obligaciones económicas

    Las recogidas en la ordenanza fiscal nº 42.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza fiscal nº 42.

      Ordenanza fiscal nº 42.

    Otros datos de interés

    Silencio administrativo desestimatorio.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Movilidad o a cualquiera de las OMACs.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria.
    • Se analizará documentación y se emitirá un informe técnico favorable o desfavorable.
  • Solicitud de cualquier tipo de petición del Área de Movilidad, que no quede recogida en el resto de formularios existentes.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica con capacidad de obrar (artículo 30, ley 30/92 y artículo 32 si actúan mediante representante).

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

  • 1.Solicitud debidamente cumplimentada.El formulario se cumplimentará a mano o a máquina en mayúsculas, o bien directamente por ordenador.
  • 2DNI de la persona que presenta la documentación a efectos legales.
    En el caso de que la persona que presenta la documentación no actúe en su propio nombre deberá acreditar lo siguiente:
    - Si representa a una empresa deberá aportar fotocopia del CIF de la empresa y un documento que lo acredite como representante legal de la empresa. En caso de que no sea el representante legal deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
    - Si representa a una persona física deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
  • 3.Cualquier otra documentación que el solicitante crea conveniente aportar como pueden ser croquis de la zona, fotografías, etc.
    Nota: Para determinados casos particulares se podrá requerir documentación adicional no reflejada en este impreso.

    Otros datos de interés

    Para solicitudes que cuenten con un formulario específico, se ruega se utilice, si es posible, dicho formulario.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Movilidad, a las OMAC o al Registro General del Ayuntamiento.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria.
    • Se analizará documentación y se emitirá un informe técnico.
    • En caso de un informe favorable se ejecuta lo propuesto por el informe técnico. En caso contrario se informa al solicitante del informe.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Solicitud de ámbito general
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.
  • Obtener el carnet para poder beneficiarse de los servicios de las Bibliotecas Públicas Andaluzas (autonómicas, provinciales y municipales).

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Lo puede solicitar cualquier persona residente en Andalucía, de cualquier edad, sexo o nacionalidad.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de validez y recurso:El carnet es válido para 5 años, renovable.

    Documentación necesaria

    1- Solicitud de inscripción y presentación de la documentación acreditativa.
    2- Cuando se trate de menores de 14 años, la solicitud deberá cumplimentarse por el padre, madre o persona que ejerza su guardia y custodia, aun cuando la tarjeta se expida a nombre del menor.


    Otros datos de interés



    LECTURA FÁCIL VÍDEO EN LENGUA DE SIGNOS Y AUDIODESCRITO

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Solicitar el formulario en cualquier biblioteca municipal o bien autorrellenarlo e imprimirlo en el sitio web Tarjeta de usuario de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
    • Entregar la solicitud debidamente cumplimentada en una biblioteca de la Red mencionada. Las personas responsables de las bibliotecas podrán exigir la exhibición del Documento Nacional de Identidad, número de identificación de extranjero, pasaporte, libro de familia, en su caso, y cuando se trate de extranjeros no residentes en España, la documentación acreditativa de suresidencia temporal en España y de la permanente en el país de origen.
    • Para más información, pueden visitar la página web de la Red de Bibliotecas Municipales de Málaga(www.cultura.malaga.eu).
    • Se le entregará el carné en el plazo máximo de una semana.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • A efecto de obtener de forma telemática la tarjeta de usuario, la persona interesada deberá acceder al programa Tarjeta de usuario de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, y cumplimentar el formulario de inscripción. Se podrán utilizar los sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.
    • En el formulario deberá expresamente indicarse la biblioteca [el nombre de la Red de Bibliotecas y además el nombre de la Biblioteca sucursal] a la que la persona interesada quiere adscribirse y la forma elegida para la recepción de la tarjeta.
    • El formulario de inscripción, una vez cumplimentado y firmado, se recepcionará vía Internet en la biblioteca a la que se haya dirigido. El sistema informático emitirá un recibo electrónico que justificará la recepción telemática del formulario de inscripción, de forma que la persona interesada tenga constancia de que el trámite ha sido recibido por la biblioteca y, además, pueda referirse a él posteriormente.
    • Si se optase por la recepción mediante correo postal, la persona solicitante deberá cumplimentar los datos que al efecto figuran en el formulario. Si se optase por recogerla personalmente, la recogida habrá de realizarse en la biblioteca de la Red previamente elegida y, para su entrega, deberá presentarse el recibo electrónico.

  • Fórmula de participación ciudadana en el Municipio de Málaga.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano o ciudadana, que cumpla los requisitos para ser Voluntario de Protección civil.

    • Fecha de solicitud:Todo el año.

    Documentación necesaria

    1. Certificado empadronamiento
    2. Fotocopia D.N.I.
    3. Foto tamaño carné
    4. Solicitud


    Otros datos de interés

    Si se cumplen los requisitos de acceso, se realizará un curso.
    Si se pasa este curso, será voluntario.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la Oficina de Protección Civil de 8:00 a 14:30 (y 17:00 a 19:30 en invierno) o cualquier OMAC.
    • Entregar la documentación requerida.
    • Se determinará si cumple con los requisitos para ser voluntario.
    • Se incluirá en la lista de personas para realizas el curso para ser voluntario de Protección Civil.
    • Será voluntario/a si pasa el curso.

  • Solicitud a presentar por Asociaciones de cualquier tipo que deseen que la Banda Municipal de Música ofrezca un concierto en su sede o barriada con motivo de algún hecho señalado o por iniciativa de difusión cultural.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todo tipo de asociaciones vecinales, culturales, cofrades o análogas.

    • Fecha de solicitud:Mínimo un mes de antelación a la fecha en que se pretenda realizar la actividad
    • Plazo de resolución:Siete días.

    Documentación necesaria

    -Solicitud rellena.


    Obligaciones económicas

    Económicas no, pero sí obligación de seguir las indicaciones de Cultura en cuanto a lugar de celebración, escenario, sillas y programas.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • La instancia debe ser presentada, debidamente rellenada, por entidades ciudadanas de cualquier tipo, no admitiéndose solicitudes de tipo personal.
    • La instancia podrá presentarse: presencialmente en la Junta de Distrito a la que pertenezca la entidad solicitante en razón de la dirección de su sede, en la O.M.A.C. que corresponda o en el propio Área de Cultura (Alameda Principal nº 23); o telemáticamente, por correo electrónico, a la dirección bandamunicipal@malaga.eu, debiendo figurar en todo caso el sello de la entidad solicitante.
    • Se establecerá contacto con la entidad solicitante en el plazo máximo de tres días a partir de la constancia de la solicitud en las dependencias del Área de Cultura, con objeto de recabar los datos que sean precisos o aclarar los asuntos que sean precisos.
    • La entidad solicitante recibirá respuesta por escrito del Área de Cultura en un plazo máximo de diez días, en la que se comunicará la aceptación o denegación de la solicitud y, en su caso, las condiciones que deberán cumplirse para su realización.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • La instancia podrá presentarse: presencialmente en la Junta de Distrito a la que pertenezca la entidad solicitante en razón de la dirección de su sede, en la O.M.A.C. que corresponda o en el propio Área de Cultura (Alameda Principal nº 23); o telemáticamente, por correo electrónico, a la dirección bandamunicipal@malaga.eu, debiendo figurar en todo caso el sello de la entidad solicitante.

  • Conseguir algunas de las publicaciones generales o específicas de los cursos realizados por la ESPAM.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas a título individual o institucional que cumplan los requisitos que pudiera haber, siempre dentro del territorio nacional.

    • Fecha de solicitud:A lo largo de todo el año.
    • Plazo de resolución:Quince días (si hubiera ejemplares en existencia).

    Documentación necesaria

    Solicitud por escrito aportando datos personales con teléfono de contacto e identificando la publicación que desea.


    Obligaciones económicas

    Las fijadas en la ordenanza.
    Los gastos de envío son por cuenta del solicitante.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Fiscal nº 56

      .

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las Oficinas de la ESPAM o en la OMAC.
    • Entregar la solicitud de las publicaciones a solicitar cumplimentada.

  • Definición de la informacion y documentos necesarios para llevar a cabo la solicitud de colaboración puntual por parte de la Junta Municipal de Distrito 1 (Centro) en actividades socioculturales organizadas por colectivos, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.(colaboración sujeta a disponabilidad de recursos).

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, ciudadanía en general, etc. que cumplan con los requisitos recogidos en el presente trámite.

    • Fecha de solicitud:Durante todo el año, 30 días naturales anteriores a la celebración del evento.

    Documentación necesaria

    Solicitud para la colaboración en actividades socioculturales en la Junta Municipal de Distrito Centro.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Presentar solicitud cumplimentada en las oficinas de la Junta Municipal de Distrito Centro o en cualquier oficina OMAC.
    • Una vez valorada su solicitud se le comunicará la resolución por vía telefónica.

  • Solicitud para poder realizar moragas o barbacoas en las playas del Peñón del Cuervo y Guadalmar (campo de golf).
    En el resto de Playas del municipio no se autorizará la realización de las moragas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las personas responsables de la organización de la moraga.

    • Fecha de solicitud:Una semana antes de la realización de la moraga.
    • Plazo de resolución:48 horas en días laborables

    Documentación necesaria

    Ninguna


    Legislación aplicable

    • Ordenanza de uso y disfrute de las playas del término municipal de Málaga

      Ordenanza de uso y disfrute de las playas del término municipal de Málaga

    Otros datos de interés

    Las moragas y barbacoas en cualquier playa del municipio que se realicen la noche del 23 de Junio (víspera de San Juan), la noche del Pregón de la Feria de Agosto y la celebración del día del Carmen no necesitarán ser solicitadas.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a cualquiera de las oficinas tramitadoras.
    • Indicar los sigientes datos: Nombre, apellidos, DNI, dirección y teléfono móvil de la persona que quiere realizar la moraga. Además se debe indicar el lugar, la fecha de realización y el motivo de la moraga.
    • Se le entregarán las condiciones para realizar la moraga que deben cumplir.
    • Recibirá un mensaje en el teléfono móvil (SMS) con el resultado de la solicitud, número de la autorización, fecha y lugar (si procede).
      Si en 48 horas no recibe ningún mensaje, puede ponerse en contacto con el Área de Playas en el teléfono 951 92 69 14 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Conectar con la web municipal pulsando aquí.
    • Indicar los sigientes datos: Nombre, apellidos, DNI, dirección y teléfono móvil de la persona que quiere realizar la moraga. Además se debe indicar el lugar, la fecha de realización y el motivo de la moraga.
    • Deberá aceptar las condiciones para realizar la moraga.
    • Recibirá un mensaje en el teléfono móvil (SMS) con el resultado de la solicitud, número de la autorización, fecha y lugar (si procede).
      Si en 48 horas no recibe ningún mensaje, puede ponerse en contacto con el Área de Playas en el teléfono 951 92 69 14 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

  • Talleres de mayores: baile, teatro, manualidades, pintura, canto, coros, tifani, expresión corporal, costura, ...

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Mayores de 55 años.

    • Fecha de solicitud:Durante todo el año.
    • Plazo de resolución:Según disponibilidad de plazas, a lo largo del año se pueden admitir alumnos/as.

    Documentación necesaria

    En caso de solicitud presencial, instancia general, que se presentará en el Área de Derechos Sociales (Edf. Tabacalera), o cualquier registro muncipal.


    Obligaciones económicas

    Ninguna. Sólo asumir el coste que se genere de los materiales que se empleen en el taller.


    Otros datos de interés

    La realización de talleres suele estar comprendida entre el 15 de enero hasta el 15 de junio y del 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre, dos días en semana y hora y media cada día. Julio y Agosto cierra.
    Teléfonos del Sector de Mayores: 951928420/34/36


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Derechos Sociales, OMAC, o registro municipal.
    • Entregar la Instancia General rellena, indicando sus preferencias de zona y taller.
    • Se contactará telefónicamente con la persona solicitante y se orientará al taller posible.

    Procedimiento telefónico:

    • Contatcta con los teléfono 951 928 420, 951 928 434 o 951 928 436 del sector de Mayores del Área de Derechos Sociales.
    • Indicar la preferencia y zona del taller
    • Se orientará al taller posible en función de la disponibilidad.

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