Ayuntamiento de Málaga


  • Para un primer contacto, en muchos casos, con las artes escénicas y como oportunidad idónea para reforzar los contenidos de los planes de estudios, los alumnos de Enseñanza Secundaria y de centros de educación de adultos, acompañados por sus profesores, pueden asistir a ensayos y funciones programadas específicamente para ellos.
    En el Teatro Cervantes se ofrece la asistencia a ensayos de la Orquesta Filarmónica de Málaga.
    En el Teatro Echegaray la oferta es de espectáculos de música y teatro especialmente dirigidos a escolares.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Alumnos y profesores de centros de ensañanza.

    • Fecha de solicitud:Durante el curso escolar.

    Documentación necesaria

    Nombre del Instituto / Colegio y número de asistentes.


    Obligaciones económicas

    Gratuito


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento telefónico:

    • Ponerse en contacto con el Área de Educación del Ayuntamiento de Málaga (951 928 716) o el Departamento de Relaciones externas del Teatro Cervantes (952 224 109)

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Ponerse en contacto con el Departamento de Relaciones Externas del Teatro Cervantes - gaurioles@malaga.eu

  • El Ayuntamiento de Málaga, a través de Promálaga, pone a disposición de los empresarios y/o emprendedores malagueños una Red Municipal de Incubadoras a todo tipo perfil de empresa, puesto que están clasificadas por incubadoras tecnológicas, incubadoras de barrio, incubadoras de industria creativas.En la actualidad están disponibles para solicitar espacio las siguientes incubadoras: Promálaga I+D, Promálaga Coworking, Promálaga Saint Exupery, Promálaga Teatinos, Promálaga Soliva, Promálaga Cruz de Humilladero, Promálaga Virreina, Promálaga Excelencia.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier empresario o emprendedor interesado, que cumpla alguno de los requisitos:
    - Tener su domicilio social o fiscal en la ciudad de Málaga.
    - Disponer de un establecimiento permanente en Málaga capital donde desarrolle la actividad social.

    • Fecha de solicitud:Abierto el plazo

    Documentación necesaria

    Para tramitar la solicitud de espacio es necesario presentar:
    Formulario de solicitud on line disponible en la Web de Promalaga.es
    Plan de empresa
    DNI o CIF del solicitante

    Tras la valoración positiva de un Comité se pedirá la documentación necesario tal y como se recojen en las bases reguladoras.


    Obligaciones económicas

    Las tarifas por prestación de servicios de incubación en cada una de las Incubadoras de Empresas estará en función del tamaño, tipo y uso de cada módulo.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • El candidato deberá solicitar cita previa con un técnico de Promálaga Incubadoras llamando al 952.24.34.11
    • En la entrevista el emprendedor presentará su proyecto junto con el Plan de Empresa, el impreso de solicitud y toda la documentación necesaria

  • El Proyecto Boreal, programa cofinanciado por el Fondo Social Europeo, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ayuntamiento de Málaga, consiste en la realización de acciones formativas y prácticas laborales dirigidas a personas desempleadas en especialidades demandadas por el mercado de trabajo local.Además, se contempla la creación de un Foro Local de Empleo: espacio de encuentro y reflexión sobre temas relacionados con el empleo.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas desempleadas de Málaga capital

    • Fecha de solicitud:A lo largo de todo el año las convocatorias de acciones formativas se publicarán en la página web: www.imfe.malaga.eu en la sección de Noticias. Las personas interesadas en participar deberán presentar la solicitud en el lugar y fecha señalados en dichas convocatorias.

    Documentación necesaria

    A la solicitud se deberá acompañar fotocopia de DNI/NIE, copia de la tarjeta de demanda de empleo y certificado de empadronamiento colectivo, que podrá ser solicitado en las Oficinas Municipales de Atención al Ciudadano (OMAC) de cada Distrito


    Otros datos de interés

    Las personas interesadas pueden dirigirse a cada uno de los Centros de Servicios Sociales de los once distritos de la ciudad.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la solicitud cumplimentada en la oficina del Proyecto Boreal de tu distrito. En la fecha y hora indicada en la oferta formativa del programa.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Consulta de la oferta formativa del programa en www.imfe.malaga.eu
    • Descargar solicitud de www.imfe.malaga.eu y tramitar dónde se establezca en el modelo de solicitud establecido.

  • Exposición pública en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento, de los Anuncios/Edictos que contienen comunicaciones de actos administrativos, tanto municipales como procedentes de otras entidades del sector público así como entidades, cuyos procedimientos requieran como trámite, su publicación mediante este medio.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Entidades del sector público así como otras entidades

    • Fecha de solicitud:Días laborables (de lunes a sabados) dentro del horario establecido para la oficina de Registro General. De lunes a viernes (de 9:00 a 14:00 horas) Sabados (de 9:00 a 13,30 horas).

    Documentación necesaria

    1. Escrito solicitando la exposición pública en el Tablón de Anuncios y concreción del plazo de exposición.
    2. Anuncio o Edicto sujeto a exposición pública.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Registro General o remitir por correo
    • Presentar la solicitud junto con el anuncio/edicto.
    • Al finalizar el plazo de exposición, se remitirá a la entidad del sector público competente, la correspondiente diligencia de exposición pública.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Se asignará el plazo de exposición y se publicará en el tablón de Anuncios Electrónico.
    • Al finalizar el plazo de exposición, se remitirá a la entidad del sector público competente, la correspondiente diligencia de exposición pública.

  • Presentación de un escrito de alegaciones contra un acta de inspección, una comprobación limitada o una propuesta de sanción formulada en un expediente sancionador de la Inspección Tributaria.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El sujeto pasivo de la inspección, o cualquier persona debidamente autorizada por el mismo.

    • Fecha de solicitud:Dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación del Acta o a la notificación de la Propuesta de Imposición de Sanción.
      Para la Comprobación Limitada, el plazo de presentación se sitúa dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma.
    • Plazo de resolución:El escrito de alegaciones se resolverá dentro de los plazos para la conclusión de las actuaciones del procedimiento de inspección y de las actuaciones de comprobación limitada ó, en su caso, para la resolución del expediente sancionador.

    Documentación necesaria

    • Impreso de alegaciones debidamente cumplimentado y firmado.
    • Para personas físicas:
      • Copia de DNI (o similar) del interesado.
      • En caso de que el escrito lo presente una tercera persona, copia de DNI (o similar) de la misma y autorización del interesado.
    • Para personas jurídicas:
      • Copia de escritura de constitución.
      • Copia de tarjeta de identificación fiscal.
      • Poder de representación o autorización.
      • Copia de DNI (o similar) del representante y, en su caso, también del autorizado.

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas tramitadoras.
    • Entregar la documentación requerida.
    • Se estudiará internamente la alegación presentada.
    • Se resuelve la alegación y se da traslado al interesado.

  • Alegación contra la denuncia o recurso ante una sanción por infracción a la Ley de Seguridad Vial o a la Ordenanza de Circulación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    La persona denunciada.

    • Fecha de solicitud:
      • Alegaciones: veinte días naturales si ha sido notificada por el agente en el acto o quince días naturales si recibió la notificación por correo o BOP desde el día siguiente al de la notificación de la denuncia.
      • Recursos de reposición: 1 mes desde el día siguiente al de la notificación de la sanción.
    • Plazo de resolución:
      • Para infracciones leves: 4 meses.
      • Para infracciones graves: 7 meses.
      • Recurso: 1 mes desde el día siguiente a su interposición.
    • Plazo de validez y recurso:Se indica en la resolución.
      En caso de resolución expresa o tácita del recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso administrativo.

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Todo aquel documento que estime conveniente para apoyar la alegación o recurso.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Responsable de la gestión:
    Subdirección de Gestión de Tributos
    Departamento de Sanciones
    Avda. Sor Teresa Prat, 17
    Telf.: 952 13 58 13
    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas tramitadoras.
    • Entregar la documentación requerida.
    • Se tramitará internamente dando traslado al interesado sobre la resolución adoptada.

  • Recurso contra actos de aplicación y efectividad de tributos y demás ingresos de derecho público.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todo aquel que esté disconforme con el recibo o liquidación notificado.

    • Fecha de solicitud:1 mes desde el día siguiente a la notificación del acto impugnado.
    • Plazo de resolución:1 mes a contar desde el día siguiente a su presentación.
    • Plazo de validez y recurso:Contra la resolución expresa o presunta del recurso podrá interponer reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario.

    Documentación necesaria

    • A) Para la presentación del recurso podrá utilizar el modelo normalizado disponible en este trámite o cualquier otro que estime conveniente y que reúna las circunstancias que se mencionan en el apartado C).
    • B) En caso de actuar mediante representación deberá aportar poder de representación o también podrá utilizar el modelo normalizado de Representación.
    • C) En todo caso, deberá hacerse constar:
      • 1. Las circunstancias personales del recurrente y, en su caso, de su representante, con indicación del número del documento nacional de identidad o del código identificador.
      • 2. El órgano ante quien se formula el recurso.
      • 3. El acto administrativo que se recurre, la fecha en que se dictó, número del expediente y demás datos relativos a aquel que se consideren convenientes.
      • 4. El domicilio que señale el recurrente a efectos de notificaciones.
      • 5. El lugar y la fecha de interposición del recurso.
    • D) En el escrito de interposición se formularán las alegaciones tanto sobre cuestiones de hecho como de derecho. Con dicho escrito se presentarán los documentos que sirvan de base a la pretensión que se ejercita.
    • E) Suspensión: podrá suspenderse la ejecución del acto impugnado mientras dure la sustanciación del recurso cuando se solicite la suspensión y previa prestación de garantía. Las garantías admisibles a elección del recurrente y que habrán de acompañarse al escrito de interposición del recurso, son:
      • 1. Depósito.
      • 2. Aval.
      • 3. Fianza Personal (con los requisitos exigibles por la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación).
      Las consultas que necesiten formular respecto a las formas de garantías o requisitos de las mismas podrán realizarlas en el teléfono: 951 92 74 49.
    ATENCIÓN: la interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses y recargos. No obstante los actos de imposición de sanciones tributarias (exclusivamente) quedarán automáticamente suspendidos conforme a lo previsto en la Ley General Tributaria.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Responsable de la gestión:
    Subdirección de Asesoría Jurídica
    Telf.: 951 92 74 49
    Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la documentación en las oficinas de Gestión Tributaria o en una OMAC. También la podrá presentar en el Registro General del Ayuntamiento, a través de las dependencias municipales o por los medios previstos en el Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • El artículo 14 del R.D.Leg. 2/2004 prevé la resolución del recurso en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a su presentación, resolución que será notificada al interesado.

  • Procedimiento por el cual se extingue la concesión de puestos o locales en mercados municipales por renuncia de su titular.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los concesionarios de puestos o locales en mercados municipales.

    • Fecha de solicitud:Trámite no sujeto a plazo.
    • Plazo de resolución: 3 meses.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud firmada por el concesionario.

    Obligaciones económicas

    No existen obligaciones fiscales.


    Legislación aplicable

    • Ley 7/1999 de 29 de setiembre.

      Ley de bienes de las entidades locales de Andalucía.

    • Ordenanza Reguladora de los Mercados Minoristas

      Ordenanza Reguladora de los Mercados Minoristas del Excmo. Ayuntamiento de Málaga

    Otros datos de interés

    La baja será efectiva una vez aprobada la correspondiente resolución administrativa.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la oficina de tramitación presencial y entregar la solicitud cumplimentada.

  • El objeto de este trámite es la obtención de autorización para llevar a cabo eventos en La Concepción y La Cónsula.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas físicas y jurídicas en general.

    • Fecha de solicitud:El plazo de solicitudes para los años 2018 y 2019 está abierto.

    Documentación necesaria

    De la disponibilidad de fechas se podrá informar llamando al teléfono 951926179, de lunes a viernes laborables y de 9:00 a 14:00 h.


    Obligaciones económicas

    La tasa que grava este servicio se deberá ingresar con antelación al evento en la forma y términos que sean indicados.


    Otros datos de interés

    Atendiendo a las características del evento, el Área de Sostenibilidad Medioambiental podrá exigir las medidas que considere convenientes para la preservación de los espacios y seguridad de las personas.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Para comprobar disponibilidad de fechas se podrá informar llamando al teléfono 951926179 o acudir a las oficinas de la Sección Economico-Administrativa, situadas en el Jardín Botánico-Histórico La Concepción, Camino del Jardín Botánico, 3 de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes laborables.
    • Formalizar la solicitud mediante modelo normalizado. En la solicitud figurará la aceptación por los interesados de las condiciones establecidas con carácter general.
    • Se notificará el acuerdo adoptado con relación a la solicitud por el medio que los interesados indiquen. En dicho acuerdo, además de las condiciones generales, se podrán establecer otras de carácter singular atendiendo a las características del evento.
    • Practicar el abono correspondiente en los términos indicados en el acuerdo.
    • Concluido el evento, se verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas y, de haber mediado incumplimiento, se reservaría la adopción de las medidas oportunas.

    Procedimiento telefónico:

    • Para comprobar disponibilidad de fechas se podrá informar llamando al teléfono 951926179 o acudir a las oficinas de la Sección Economico-Administrativa, situadas en el Jardín Botánico-Histórico La Concepción, Camino del Jardín Botánico, 3 de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes laborables.

  • Puede comprar una recarga de viajes o temporal en www.emtmalaga.es o en nuestra App emtmalaga, disponible en IOS y Android.
    Atención.- una vez realizado el pago tendrá que acudir a uno de los puntos de recarga automática desplegados por la ciudad de Málaga con el fin de recargar físicamente la tarjeta bus.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los ciudadanos.

    • Fecha de solicitud:En todo momento
    • Plazo de resolución:Ninguno
    • Plazo de validez y recurso:Siempre

    Documentación necesaria

    Ninguna


    Obligaciones económicas

    sometida a tarifas vigentes http://www.emtmalaga.es/portal/menu/seccion_0004/secciones/subSeccion_0004


    Otros datos de interés

    No conlleva sobre-coste sobre la tarifa oficial. Requiere una tarjeta financiera para hacer la compra.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Una vez comprada la recarga es necesario acudir a un punto de recarga automático e introducir la tarjeta bus para realizar la recarga de la misma.

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