Ayuntamiento de Málaga

  • Solicitud de la tarjeta oro para beneficiarse de la gratuidad de los viajes en los autobuses urbanos.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Ciudadanos empadronados en Málaga con 65 o más años o con pensión de Invalidez Permanente Absoluta por la Seguridad Social, que cumplan los siguientes criterios:
    - Jubilados y pensionistas con pensión de hasta 750 euros brutos mensuales.
    - Matrimonios de jubilados y pensionistas (ambos deben haber cumplido los 65 años) que no superen los 1.500 euros brutos mensuales en la suma de sus ingresos.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:7 días naturales. En el acto, si se realiza en la oficina de la EMT.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud.
    2. Fotocopia y original de DNI, ambas caras.
    3. Fotografía tamaño carné.
    4. Certificado de la Seguridad Social de la pensión que disfruta*
    5. Certificado de empadronamiento en Málaga-Capital*
    6. En caso de matrimonios:
    - Fotocopia del libro de familia.
    - Certificados de la Seguridad Social de ambos miembros*
    7. Resguardo de banco de abono de 18,15 euros (IVA incl.) (La c.c. en UNICAJA para el ingreso es 2103 0146 98 0030025593). Si se realiza en la oficina EMT se puede pagar allí.Documentación para jubilados extranjeros
    - Certificado de la Seguridad Social de que no cobran pensión.
    - Documento oficial de su país que informe de lo que cobra por su pensión, con traducción (Admiten traducción realizada por la embajada que corresponda).
    - Si en la traducción del anterior documento no se ha hecho conversión de la moneda, ésta puede solicitarse en un banco
    *no hay que aportarlo si el trámite se realiza en la oficina EMT


    Obligaciones económicas

    Tarifas


    Otros datos de interés

    La validez de la tarjeta es de 3 años. La tarjeta se recogerá varios días después de haber entregado los documentos solicitados en el mismo lugar donde se solicitó.
    En la oficina de la EMT se realiza la emisión de las tarjetas en el acto.
    Los jubilados y pensionistas que superen los 750 euros brutos mensuales, podrán solicitar la Tarjeta mensual bonificada con viajes ilimitados.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a cualquiera de las oficinas tramitadoras.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación en función del caso.
    • Recoger la tarjeta 7 días después, en la oficina donde se tramitó, salvo en el Centro de Atención al Cliente de la EMT que se realiza en el acto.

  • Entrega de un objeto hallado al propietario del mismo.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El propietario del objeto o persona autorizada por éste.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:De forma general 24 meses.En el caso de pérdida de llaves 6 meses.
    • Plazo de validez y recurso:Los de la ley de procedimiento administrativo general.

    Documentación necesaria

    Documentos para identificar al titular y a la persona autorizada: DNI o pasaporte. Dependiendo del tipo de objeto, además, denuncia o justificante que acredite ser propietario del mismo. De carecer de ese documento se realizará una diligencia para comprobar la propiedad.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la Oficina de Objetos Perdidos. De lunes a viernes de 09:00h a 14.00h.
    • Se comprueba la pertenencia del objeto perdido al reclamante.
    • Se entrega el objeto perdido en la Oficina Municipal de Objetos Perdidos.

  • Entregar animales de compañía al Servicio Municipal para recogerlos e intentar cederlos en adopción a otras personas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Propietarios de animales de compañía (principalmente perros, gatos y hurones).

    • Fecha de solicitud:Todo el año.

    Documentación necesaria

    1.-Impreso de solicitud de entrega del animal.2.-DNI del propietario.3.-Acreditación de la cartilla sanitaria del animal.4.-Acreditación de la identificación del animal mediante microchip e inscripción en el Registro Municipal de Animales de Compañía.


    Legislación aplicable

    • Ley 11/ 2003, de 24 de noviembre,

      De Protección de Animales.

    • Decreto 92/2005, de 29 de marzo,

      Por el que se regulan la identificaciónny los registros de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    • Ordenanza Municipal.

      Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía y Animales Potencialmente Peligrosos.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Centro Zoosanitario Municipal.
    • Entregar y cumplimentar el impreso de solicitud y documentación complementaria, aportando el mayor número de datos relativos al animal y el motivo de la entrega.
    • Se comprueba la documentación y se reconoce el animal.

  • El Ayuntamiento de Málaga, en cumplimiento de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podrá recoger, en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro que se habiliten,la documentación(solicitudes, escritos y comunicaciones) con destino a cualquier entidad del sector público, prevista en la Ley.
    El Ayuntamiento de Málaga las enviará mediante correo certificado al destino indicado por la persona solicitante.
    Nota
    Se debe tener en cuenta, tal y como se indica en la información adicional, las solicitudes, escritos y comunicaciones que NO pueden presentarse en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Málaga

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento

    Documentación necesaria

    - Solicitud de remisión.
    - Documentación a enviar.


    Legislación aplicable

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

      Articulo 16.4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Cumplimentar la solicitud correspondiente, indicando claramente la entidad del sector público (Admon. General del Estado, Junta de Andalucía, etc.), unidad administrativa de destino y su domicilio.
    • Presentar la documentación a enviar, acompañada de la solicitud, en en oficina de asistencia en materia de registro o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía.
    • El Ayuntamiento de Málaga remitirá la documentación a la unidad administrativa y en la dirección indicada en la solicitud

  • El Sistema de actuación para la ejecución urbanística de un sector, polígono, unidad de ejecución o de actuación (actuación de transformación urbanística), por el que los propietarios aportan los terrenos de entrega o cesión obligatoria y gratuita, realizan a su costa la urbanización en los términos y condiciones que se determinen en el Plan y se constituyen en Junta de Compensación, salvo que los terrenos pertenezcan a un titular.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Propietarios de los terrenos incluidos en el sistema de actuación por compensación o cooperación (Planes Parciales o PERI), o en el Plan General de Ordenación Urbanística ó sus representantes legales.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    Solicitud General de la GMU. Deberá contar con al menos la siguientes información:
    - Proyecto.
    - Bases y Estatutos.
    - Copia Constitución Aval por el 7% del coste del proyecto.


    Legislación aplicable

    • Plan General de Ordenación Urbana de Málaga

      .

    • Ley 7/2002, 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía

      .

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar Solicitud: Acudiendo a la Gerencia Municipal de Urbanismo (Paseo Antonio Machado, 12 - 29002 Málaga), y entregando en el Registro General o en la Oficina de Atención Ciudadana el correspondiente impreso 'Solicitud general' de la GMU.
    • Propuesta Acuerdo de Aprobación: Recibida la solicitud se verifica la documentación se valora y se emite el correspondiente Informe de propuesta al consejo para la ratificación del mismo mediante Acuerdo de Aprobación Inicial, pudiendo ocurrir:
      a. Que el propietario sea único, o se presente por el 100% de los propietarios. En este caso el Acuerdo de Aprobación será Definitiva.
      b. Que el propietario no sea único, y se presente por más del 50% de los propietarios. En este caso el Acuerdo de Aprobación será Inicial
    • Comunicación partes interesadas, mediante Información pública ( 1 mes), publicación en el BOP y notificación individualizada a los propietarios afectados por el sistema de actuación con Recurso de reposición.
    • Plazo de Alegaciones: El interesado dispondrá de 20 día hábiles para presentar las alegaciones que estime oportunas. Estas serán valoradas por servicio competente que emite el correspondiente informe jurídico sobre las alegaciones y notifica al interesado con Recurso Contencioso.
      a. En caso 1 (Propietario único o 100%) Acuerdo de Aprobación Definitiva: se emite Resolución de acuerdo de aprobación definitiva por el Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
      b. En caso 2 (Propietario no único o + 50%) Acuerdo de Aprobación Inicial: se emite Resolución de acuerdo de aprobación inicial por el Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo:
      - Comunicación partes interesadas, mediante Información pública (1 mes) y publicación en el BOP y notificación individualizada a los propietarios afectados por el sistema de actuación, estableciendo el correspondiente plazo de recurso de reposición.
      - Plazo de Alegaciones: El interesado dispondrá de 20 día hábiles para presentar las alegaciones que estime oportunas. Estas serán valoradas por servicio competente que emite el correspondiente informe jurídico sobre las alegaciones y notifica al interesado con Recurso Contencioso.
      - Propuesta Acuerdo de Aprobación: Se emite el correspondiente Informe de propuesta al consejo para la ratificación del mismo mediante Acuerdo de Aprobación Definitiva.
    • Diligencia de Bases y Estatutos: Se diligencian las bases y estatutos para su entrega a las partes interesadas como final del tramite.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Establecimiento de sistemas de compensación.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.

  • Análisis particularizado de la situación de cada fachada tratando de examinar la arquitectura y los sistemas constructivos propios del entorno urbano, para deducir sus constantes cromáticas de cara a plantear una paleta de colores coherente, representativa y respetuosa con las particularidades de la ciudad.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Propietarios, inquilinos y comunidades de vecinos de Málaga.

    • Fecha de solicitud: En cualquier momento.
    • Plazo de resolución: 3 meses.
    • Plazo de validez y recurso: 18 meses.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud para el estudio de los tonos de color.
    2. Fotografía o Alzado completo del Edificio.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la Oficina de Rehabilitación del IMV, o a la OMAC.
    • Entregar la solicitud y la documentación complementaria por Registro General de Entradas.
    • Comunicación del estudio al interesado.

  • Podrán obtener para sus vehículos turismos la acreditación de Persona con Movilidad Reducida, las personas físicas que conducen y lo soliciten. Podrán estacionar sus vehículos en todas las zonas S.A.RE., siempre que exhiban la Tarjeta en un lugar bien visible del parabrisas delantero, con la única excepción de cuando el estacionamiento se produzca en las zonas de alta rotación con limitación de parada máxima a 30 minutos en las cuales existe obligación de obtener el comprobante horario, abonando la tasa correspondiente.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todas personas que justifiquen una movilidad reducida en aparato locomotor.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:15 días.
    • Plazo de validez y recurso:Un año.

    Documentación necesaria

    A) Si la persona con movilidad reducida es quién conduce:
    - Original y fotocopia del DNI.
    - Original y fotocopia del carné de conducir.
    - Original y fotocopia del certificado del grado de minusvalía (con el baremo de movilidad reducida).
    Original y fotocopia del permiso de circulación del vehículo propio.Certificado de empadronamiento de la persona con movilidad reducida en el municipio de Málaga.
    B) Si la persona con movilidad reducida no es quién conduce:
    - Original y fotocopia del DNI, si tiene, del titular de la tarjeta.
    - Original y fotocopia del certificado del grado de minusvalía (con el baremo de movilidad reducida).
    - Original y fotocopia de de la documentación que acredite la representación legal, caso que el titular sea menor de edad o incapacitado, y el representante no sea el padre, la madre o el hijo/a.
    - Original y fotocopia del permiso de circulación del vehículo del representante legal o del vehículo de la persona con movilidad reducida.
    - Certificado de empadronamiento de la persona con movilidad reducida en el municipio de Málaga.


    Otros datos de interés

    Para más información ponerse en contacto con el teléfono 952 06 01 04.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de SMASSA.
    • Entregar la documentación solicitada.
    • Se estudiará la solicitud y se le notificará la resolución.
    • Si la resolución es favorable, recoger la tarjeta en SMASSA.

  • Acreditación del contenido de los acuerdos de órganos colegiados y de las resoluciones de la Alcaldía y demás órganos unipersonales.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los ciudadanos.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:30 días (art. 113 Reglamento Orgánico Municipal).

    Documentación necesaria

    Solicitud indicando el acuerdo o resolución del que desea el certificado.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la oficina de Registro General o a cualquier otra oficina de asistencia en materia de registro habilitada.
    • Entregar la Solicitud indicando el acuerdo o resolución del que desea el certificado.
    • Se buscará la información para emitir el certificado.
    • Emisión del certificado y su remisión al solicitante.

  • LA TARJETA MÁS JOVEN es una fórmula gratuita que el AYUNTAMIENTO DE MALAGA pone a disposición de los jóvenes malagueños de entre 16 y 30 años para acceder a diferentes bienes y servicios que les interesan.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Podrás ya beneficiarte de la 'Tarjeta Más Joven' municipal si tienes entre 16 a 30 años de edad, ambos inclusive, y cumples alguno de estos requisitos:

    • Haber nacido en Málaga Capital.
    • Residir en Málaga capital.
    • Estar matriculado en algún centro de enseñanza reglada de Málaga capital.

    La Tarjeta Más Joven se renovará cada dos años hasta los 28 años, a partir de los cuales será válida hasta cumplir los 31 años. La renovación de la tarjeta por perdida, extravío, rotura por mal uso o por sustracción tendrá un coste de 6,05 euros. En estos casos se renovará exclusivamente en las oficinas de E.M.T., sitas en la Alameda Principal, nº 15.
    • Fecha de solicitud:Permanente

    Documentación necesaria

    • Solicitud debidamente cumplimentada.
    • Fotografía tamaño carné, no obstante es posible una fotografía directa del solicitante en los puntos de emisión de la tarjeta normal.
    • Para acreditar haber nacido o ser residente en Málaga Capital:
    • Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia, en el caso de que conste nacimiento o residencia en el término municipal, o Certificado de empadronamiento, en caso contrario.
    • Para acreditar estar matriculado en algún centro de enseñanza reglada de Málaga Capital:
      Carné de estudiante en vigor o matricula compulsada del centro en el cual cursa sus estudios.

      Para el acceso a la Tarjeta Más Joven de menores no emancipados, será necesaria la firma del padre o representante en la solicitud.

      Obligaciones económicas

      6,05 euros, coste de emisión de la tarjeta


      Procedimiento

      Procedimiento presencial:

      • Acudir a la oficina de la EMT, sita en Alameda Principal num.15 en horario de 9 a 13.30 h. y de 17 a 19 horas de Lunes a Viernes. Tel. 902.52.72.00
      • Entregar la documentación requerida y realizar el pago de los 6,05 euros
      • Entrega de la tarjeta

  • El Carné Joven Euro 30 es un Programa puesto en marcha en 39 países, entre ellos España, representado a nivel europeo por la EYCA (Asociación Europea de Carné Joven) con el objetivo de proporcionar a los jóvenes entre 14 y 30 años, mejores condiciones para acceder a diferentes bienes y servicios que les interesa y una mayor movilidad en el ámbito europeo.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Jóvenes de entre 14 y 30 años, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
    -Haber nacido en Andalucía.
    -Ser residente andaluz.

    • Fecha de solicitud:De Lunes a Viernes, en horario de 9:00 a 14:00 y de 16:30 a 18:30 h. (Tardes,sólo en el Centro de Información Juvenil).

    Documentación necesaria

    Para acreditar que el beneficiario es andaluz:
    -Fotocopia del DNI o pasaporte en que aparezca como lugar de nacimiento alguna provincia andaluza.
    Para acreditar que el beneficiario es residente andaluz:
    -Fotocopia de alguno de los siguientes documentos:
    oCertificado de empadronamiento en una localidad andaluza; ooFotocopia de la Matrícula en un centro de enseñanza de la Comunidad Autónoma; o
    oCarnet de trabajo con una empresa radicada en Andalucía; o
    oContrato de alquiler de una vivienda situada en alguna localidad andaluza.
    -Carta de Pago o Modelo 046.


    Obligaciones económicas

    Se deberá abonar 6 euros mediante ingreso bancario utilizando el modelo 046.
    Sólo se pueden renovar sin coste aquellos carnés vigentes el 01/03/2008, si caducaron antes de ésta fecha, la renovación debe ser abonada.


    Otros datos de interés

    El Modelo 046 se puede optar por descargarlo y auto-cumplimentarlo del enlace anexo. Hay que cumplimentarlo indicando los siguiente: Código territorial: Instituto andaluz de la Juventud Código centro : Servicios centrales IAJ Concepto de pago : campamentos , albergues ,carnet joven Transcribir en el Campo en blanco : carnet joven europeo


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Centro de Información Juvenil o a La Caja Blanca para recoger la carta de pago o modelo 046, presentando la documentación indicada en el apartado 'Documentación necesaria'.
    • Realizar el pago de la cuota en la entidad bancaria, presentando el modelo 046 obtenido en el Centro de Información Juvenil o en La Caja Blanca.
    • Presentar en el Centro de Información Juvenil el modelo 046 una vez sellado por la entidad bancaria.
    • Se expedirá al momento el Carné Joven provisional, válido a todos los efectos. Posteriormente el Instituto Andaluz de la Juventud te enviará a tu domicilio el carné definitivo.

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