Prestaciones Económicas de Emergencia Social
Son prestaciones para atender situaciones de emergencia social, ocasionadas por la pérdida de vivienda, imposibilidad de continuar en el hogar y/o situaciones de desamparo personal.
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán ser beneficiarios de esta prestación todas aquellas personas y familias que reúnan los siguientes requisitos generales:
1. Mayores de 18 años.
2. Estar empradronado en el municipio de Málaga.
3. No poseer más propiedades que la de la vivienda que habitan, salvo que la valoración de los profesiones lo fundamente.
4. No estar pendiente de justificar documentalmente ayudas concedidas con anterioridad.
5. No ser beneficiario o reunir los requisitos para serlo, de ayudas de análoga categoria por otra entidad publica.
6. No superar 4 veces el IPREM por la renta familiar.
7. Carecer de seguro del hogar, que garantice la cobertura de la necesidad objeto de esta prestación.
8. No estar cubiertos los coceptos, objeto de la ayuda, por el seguro vigente contratado por el Ayuntamiento de Málaga.
- Fecha de solicitud:Todo el año.
Documentación necesaria
Obligaciones económicas
Estar incluido dentro del baremo que se pública en el Reglamento.
Legislación aplicable
Reglamento de Prestaciones Económicas de los Servicios Sociales Comunitarios BOP 22 de Enero de 2015
Se reglamentan las prestaciones económicas, diferenciando cuatro tipos de ayudas, las de conviviencia familiar y personal, prestaciones económicas de inserción social, las de emergencia social y la económica familiar.
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Solicitar cita previa en el Centro de Servicios Sociales del distrito donde se encuentre empadronado.
- Acudir al Centro de Servicios Sociales donde se ha concertado la cita con el Trabajador/a Social y exponga su situación.
Procedimiento telefónico:
- Solicitar cita previa en el Centro de Servicios Sociales del distrito donde se encuentre empadronado.
- Acudir al Centro de Servicios Sociales donde se ha concertado la cita con el Trabajador/a Social y exponga su situación.
Oficinas de la administración
Ayto. Málaga - Relaciones Internacionales
OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA (OMAC 2 - MÁLAGA ESTE)
De 08:30 a 14:30 horas
Ayto. Malaga - Cultura
Ayto. Málaga - Medio Ambiente
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 2 ESTE
De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.
Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Centro Nº 1
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC
Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas