IBI. Certificación de beneficios fiscales aplicados en los tributos locales a viviendas de protección oficial
Certificación para adjuntar a los expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial, tramitados ante la Junta de Andalucía.
¿Quién lo puede solicitar?
Los interesados en tramitar los correspondientes expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial ante la Junta de Andalucía.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento.
- Plazo de resolución:15 días, a contar desde el siguiente a la presentación de la solicitud.
Documentación necesaria
- Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
- Título de propiedad de la vivienda inscrita en el Registro de la Propiedad (Fotocopia de la escritura pública o Certificación literal del Registro de la Propiedad).
La Certificación literal del Registro de la Propiedad será necesaria a solicitud del Ayuntamiento. - Copia de documento identificativo (N.I.F., C.I.F., tarjeta de residencia, permiso de conducir, pasaporte) vigente.
- Copia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondiente a la vivienda.
- Copia de las cartas de pago de liquidaciones o recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (Plusvalía), en los que se aplican beneficios fiscales por V.P.O.
- En caso de retirarlo un tercero, copia de su documento identificativo y autorización del interesado.
- Cualquier otra documentación que considere conveniente aportar.
Otros datos de interés:
Legislación aplicable
Ley de Procedimiento Administrativo Común. Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria
Ley 13/2005 de 11 de noviembre
Disposición transitoria segunda del Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Viviendas Protegidas y Suelo
Otros datos de interés
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras
- Transcurridos quince días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, podrá personarse en las oficinas del O.A. de Gestión Tributaria sitas en Av. Sor Teresa Prat, 17, para retirar la correspondiente certificación.
- En el Certificado constará si procede o no el reintegro de los beneficios fiscales.
En caso de que proceda dicho reintegro, se le entregará, junto con el Certificado, el Impreso adecuado de solicitud de reintegro. Este Impreso se deberá utilizar sólo en caso de descalificación de la vivienda: una vez que haya obtenido el informe de descalificación de la Junta de Andalucía (resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, condicionada al reintegro de dichos beneficios).
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: IBI. Certificación de beneficios fiscales aplicados en los tributos locales a viviendas de protección oficial.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Oficinas de la administración
Ayto. Málaga - Relaciones Internacionales
OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA (OMAC 2 - MÁLAGA ESTE)
De 08:30 a 14:30 horas
Ayto. Malaga - Cultura
Ayto. Málaga - Medio Ambiente
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 2 ESTE
De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.
Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Centro Nº 1
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC
Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas