La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Chamberí y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Chamberí del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Ciudad Lineal y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.
Requisitos de las entidades:
Distrito de Ciudad Lineal del Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
La Tarjeta Azul es un título de transportes de carácter personal, de utilización ilimitada en los servicios de la Empresa Municipal de Transportes, Metro de Madrid (zona A) y Metros Ligeros de Madrid (línea ML-1) para ciudadanos y ciudadanas empadronados en la ciudad de Madrid, que cumplan además determinados requisitos de renta.
Desde el 1 de abril de 2013, la Tarjeta Azul se presenta en el formato de la Tarjeta Transporte Público sin contacto, sustituyendo al formato compuesto de un carné acreditativo y un cupón magnético, que no tiene vigencia.
La Tarjeta Azul caduca a los 5 años de su fecha de emisión. Es personal e intransferible. En la tarjeta figuran impresos el nombre y la fotografía del titular y un número de identificación personal.
1.- Estar empadronado o empadronada en el municipio de Madrid
2.- Pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
3.- Los ingresos totales individuales se ajustarán, de acuerdo con la información que obre en poder de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el momento de la solicitud, a los siguientes requisitos:
El concepto de Ingresos Totales incluye la percepción de Renta procedente bien de Rendimientos de Trabajo, Pensiones, Rendimientos bancarios, Rendimiento de capital mobiliario, Ganancias Patrimoniales sometidas a Retención, etc. Puede consultar los supuestos e ingresos máximos el apartaqdo Documentación asociada. En caso de que el solicitante haya realizado declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se considerará que sus ingresos totales individuales a estos efectos son del 50% de los ingresos totales incluidos en dicha declaración (véase documentación asociada).
Presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid, mediante petición de cita previa.
Consultar "documentación asociada"
No se aportará fotografía de carné, ya que ésta se realizará en el puesto de atención en la Oficina de Atención a la Ciudadanía en el momento de la solicitud.
La comprobación del requisito de ingresos podrá realizarse:
Los datos que obran en poder de la AEAT son los correspondientes al último ejercicio cerrado, de modo que:
Debe tener en cuenta que el concepto de "ingresos totales" incluye toda percepción de renta (rendimientos de trabajo, pensiones, rendimientos bancarios, rendimientos de capital mobiliario, ganancias patrimoniales sometidas a retención, etc.)
Si la persona solicitante está percibiendo una pensión, la documentación acreditativa de ingresos no cambia, siempre se comprueba en función de la Certificación de Renta que realiza la AEAT en base a todos los ingresos que haya percibido y no sólo de la pensión.
Una vez hecha la solicitud, la parte interesada recibirá en su domicilio, por correo postal ordinario y de forma gratuita, la nueva Tarjeta Azul de Transporte Público sin contacto. En caso de denegación, se recibirá carta informando de ello.
En caso de tener conocimiento de que ha sido concedida la tarjeta y no haberla recibido en el domicilio facilitado en la solicitud, se podrá dirigir a una de las Oficinas de Gestión del Consorcio.
Una vez que se ha comenzado a utilizar el título de transportes cargado en la tarjeta, también es posible recargarlo. El saldo disponible de la tarjeta puede comprobarse en las máquinas automáticas de carga, solicitarlo en el estanco o en los cajeros de Bankia habilitados.
Las personas con discapacidad deberán de aportar uno de los siguioentes documentos:
La tramitación tiene que hacerla el titular, ya que la persona interesada tiene que hacerse una fotografía en la OAC (la hace el funcionario con la Webcam) y firmar la solicitud de aceptación de comprobación de requisito económico.
Utilización
Para utilizar la Tarjeta Azul es necesario realizar la carga del título de transportes. Esta operación puede realizarse en las máquinas automáticas de las estaciones de Metro de Madrid, que están señalizadas con el distintivo tarjeta transporte público, y en los estancos autorizados.
Los títulos cargados en las nuevas tarjetas tendrán un periodo de validez de 30 días naturales y consecutivos a partir de la primera utilización. Transcurridos diez días después de efectuar la carga, si el título no ha sido validado, se irán descontando días de validez, por lo que, en este caso, los títulos cargados dejarán de ser válidos una vez transcurridos cuarenta días después de haber realizado la carga.
Una vez que se ha comenzado a utilizar el título de transportes cargado en la tarjeta, también es posible recargarlo. El saldo disponible de la tarjeta puede comprobarse en las máquinas automáticas de carga o solicitarlo en el estanco.
En caso de pérdida de la tarjeta, el usuario puede recuperar el contenido del título cargado.
Si se ha concedido la tarjeta y no se recibe en el domicilio: si ha solicitado la tarjeta azul a partir del 1 de abril de 2013 y tiene conocimiento de que le ha sido concedida, pero no la ha recibido en el domicilio facilitado en la solicitud, podrá dirigirse a las oficinas de gestión de la Tarjeta Azul de Transporte Público del CRTM, siempre y cuando haya transcurrido un mes desde la fecha de solicitud en el Ayuntamiento de Madrid.
Solicitud de nueva tarjeta por pérdida o robo: en caso de extravío o robo de la nueva Tarjeta Azul, el usuario o usuaria deberá comunicar esta circunstancia presencialmente en la oficina del Consorcio Regional de Transportes de Madrid o a través del correo electrónico tarjetaazul@crtm.es, adjuntando una declaración responsable que puede obtener en http://www.crtm.es/ o en las oficinas de gestión de incidencias de la Tarjeta Azul sin contacto. El Consorcio Regional de Transportes de Madrid, a instancias del interesado y tras consultar el estado de los títulos contenidos en la tarjeta extraviada o robada, bloqueará su uso y en el plazo máximo de cinco días hábiles procederá a emitir una nueva tarjeta restituyendo el saldo contenido en la tarjeta extraviada o robada.
En el caso de que el usuario renunciara a la recuperación del contenido de la tarjeta extraviada o sustraída, deberá solicitar la edición de una nueva tarjeta.
Esta gestión, así como otras incidencias que requieran la edición de una nueva tarjeta (errores de impresión, deterioro, etc.), se podrán realizar en la oficinas de gestión de la Tarjeta Azul .
Duplicado de Tarjeta por deterioro: la nueva tarjeta tiene dos años de garantía, durante los cuales se tendrá derecho a la sustitución sin coste alguno de las tarjetas defectuosas, siempre que los desperfectos no sean debidos al mal uso de la tarjeta.
Renovación de la Tarjeta: la nueva Tarjeta Azul caduca a los 5 años de su fecha de emisión. No obstante, y en aplicación de la normativa aplicable a la Tarjeta Azul, los requisitos de ingresos y de empadronamiento serán revisados de oficio y anualmente por el Ayuntamiento de Madrid durante el período de vigencia de la misma.
Las personas beneficiarias de la Tarjeta Azul pueden disponer simultáneamente de una Tarjeta Transporte Público, si lo desean.
Si optan por esta opción, sólo podrán tener activa una de las dos. Se podrá cambiar de una a otra en el momento en cualquier momento, teniendo en cuenta que:
En el supuesto de un ciudadano o ciudadana que solicite una Tarjeta Azul, si ésta se la conceden, y ya disponía anteriormente de otro título de transporte, cuando el Consorcio Regional de Transportes personaliza automáticamente la Tarjeta Azul, es decir cuando se imprime la tarjeta física, se desactiva en ese momento el Abono Transportes que ya poseía y no cuando reciba la Tarjeta Azul en su casa o cuando use ésta por primera vez. Esto supone que hasta que le llegue la Tarjeta Azul a su domicilio, lo que tardará al menos un par de días (si no hay incidencias), durante este intervalo de tiempo va a estar sin tarjeta de transporte público de ningún tipo.
Consorcio Regional de Transportes - Ayuntamiento de Madrid
Acceso directo al pago por Internet (operativo hasta las 20:00 horas del último día del periodo voluntario de pago):
En el ejercicio 2016 los contribuyentes deben pagar en la forma y plazos indicados en el reverso de dicha carta de pago.
Plazos
Son los regulados en la Ley General Tributaria, artículo 62:
Mediante la carta de pago recibida por correo certificado.
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
El titular de la licencia de taxi y/o del permiso municipal de conductor de taxi está obligado a comunicar los cambios de domicilio, con el fin de que así consten en el Registro Municipal de Licencias de Autotaxi del Ayuntamiento de Madrid.
Titulares y/o conductores de taxi.
Puede solicitar la cita a través de los canales de atención de Línea Madrid:
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.
En los vehículos autotaxi se deberá tener a disposición de los usuarios el correspondiente Libro de Reclamaciones, en el que los viajeros podrán exponer las reclamaciones que estimen convenientes.
Titulares de la licencia de Autotaxi.
Tasa: 9,10 euros
El titular de la licencia de autotaxi puede solicitar el diligenciado del libro de reclamaciones.
El libro de reclamaciones será de libre edición, ajustándose al modelo oficial establecido por el Ayuntamiento de Madrid (puede consultar el modelo oficial en ´Documentación Asociada´).
Deberá constar de:
Varios ejemplares de hojas de reclamación correlativamente numeradas. Cada ejemplar estará integrado por cuatro páginas autocalcables:
El libro deberá ser presentado para su diligenciado con los datos ya cumplimentados relativos al número de licencia, matrícula del vehículo, nombre, apellidos y domicilio del titular, número de libro y números de hojas.
El diligenciado del segundo y sucesivos Libros de Reclamaciones para un mismo vehículo y licencia requerirá la devolución del libro anteriormente diligenciado, salvo que se acredite suficientemente la imposibilidad de hacerlo.
El titular de la licencia deberá proceder a la devolución del Libro de Reclamaciones diligenciado por el Ayuntamiento de Madrid en los siguientes casos:
Presencial: Con cita previa obligatoria. Las solicitudes, junto con la documentación preceptiva, deberán presentarse en la calle Albarracín, 33, planta baja), Con cita previa obligatoria.
Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:
Diligenciado del primer libro de reclamaciones:
Diligenciado del segundo y sucesivos Libros de Reclamaciones:
El artículo 50 de la Ordenanza Reguladora del Taxi aprobada mediante Acuerdo de Pleno de 28 de noviembre de 2012 (BOCM de 13 de diciembre de 2012, núm. 297, pág. 52)
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
La expedición de duplicado procederá en los supuestos de cambio de datos, deterioro, extravio o robo de la licencia.
Titulares de licencias de autotaxi.
Tasa: 8 euros
Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:
Además deberán exhibirse los originales y aportar fotocopia de los siguientes documentos:
Cambio de domicilio
Extravio / Robo
Declaración responsable o denuncia presentada en Comisaría.
Cambio nombre / apellidos
Por deterioro
Licencia Municipal.
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
La tarjeta de identificación de conductor de autotaxi deberá ser entregada y depositada en el Ayuntamiento de Madrid, en los supuestos establecidos en la normativa de aplicación.
Propietarios de Liecencias y conductores de autotaxi
La persona titular de la licencia deberá entregar junto con el impreso específico (disponible en 'Modelos de formularios'):
Su tarjeta de identificación, en los siguientes casos:
Las tarjetas de identificación de sus conductores asalariados, en los mismos supuestos que los señalados anteriormente para la tarjeta de identificación del titular, y además, en los siguientes casos:
Cuando el conductor asalariado cese en su relación laboral o varíe su jornada laboral.
Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:
Plazos para la entrega:
Deberá entregarse la tarjeta de identificación junto con el impreso específico cumplimentado en 'Modelos de formularios'.
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
El titular del permiso municipal deberá entregarlo en los siguientes casos:
Conductores de autotaxi
Puede solicitar la cita a través de los canales de atención de Línea Madrid:
Plazo: máximo de diez días hábiles desde que se produzca la circunstancia que motiva la entrega del permiso.
Deberá entregarse el permiso municipal de conductor de taxi junto con una instancia general indicando la circunstancia que motiva la entrega.
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
El Registro de Licencias de autotaxi es un registro exclusivamente administrativo dirigido al control de la prestación del servicio de transporte público urbano en automóviles de turismo, no realizándose en él anotaciones sobre actos y contratos que pretendan una eficacia propia de un Registro Jurídico, como pueda ser el de Bienes Muebles.
No obstante, a efectos puramente administrativos, se expedirán informes que contengan pignoraciones, cargas y gravámenes de licencias que sean comunicadas al Ayuntamiento mediante certificación o resolución emitida al efecto por el Registrador o autoridad judicial competente y sanciones pecuniarias impuestas por resolución definitiva en vía administrativa, por alguna de las infracciones tipificadas en el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano de Automóviles de Turismo aprobado mediante Decreto 74/05, de 28 de julio de la Comunidad de Madrid.
Titulares de licencias de autotaxi o personas con un interés legítimo y directo que tengan autorización del titular para la obtención de la información.
Tasa: 5,30 euros
Puede solicitar la cita a través de los canales de atención de Línea Madrid:
Solicitud en instancia general.
Justificante del pago de la tasa por prestación de servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis. El pago se realizará utilizando exclusivamente los impresos de autoliquidación PDF disponibles en el apartado ?Modelos de formularios'.
Fotocopia del DNI del titular en vigor.
Autorización del titular para obtener la información, cuando solicite el informe una persona distinta a éste.
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación