Supone la anulación de la orden de domiciliación vigente para el pago de los siguientes tributos municipales de carácter periódico:
La baja de la domiciliación podrá llevarse a cabo indistintamente, por la persona titular de la cuenta bancaria o la persona titular del recibo.
En las modalidades de pago fraccionado con bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades, y pago fraccionado de la Tasa por Pasos de Vehículos, si la baja se realiza a través de la web en línea, sin identificación electrónica, sólo podrá realizarla la persona titular del recibo.
Efectos de la baja
Plazo de solicitud
a) Las solicitudes realizadas a través del teléfono 010 o presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente o de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid, surtirán efecto:
- Al mes siguiente al de su presentación, las presentadas entre los días primero y 5 de cada mes, ambos inclusive.
A los dos meses de su presentación, las presentadas entre los días 6 y último de cada mes, ambos inclusive.
b) Solicitudes presentadas en el Registro Electrónico del Ayuntamiento, en las Oficinas Municipales de Registro, registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establezcan las disposiciones vigentes o mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se entenderán presentadas a los dos meses naturales posteriores a la entrada de la solicitud en el registro municipal y sus efectos serán los mismos que en el apartado a).
Nota importante: Una vez tramitada la baja, se entenderá suspendida la orden de domiciliación para los pagos anticipados periódicos que resten, aunque no respecto a la liquidación final. La baja del PAC no conllevará la devolución de los pagos realizados. El día 15 de diciembre se efectuará la regularización correspondiente, pasándose al cobro la diferencia entre la liquidación definitiva de los tributos acogidos al Pago a la Carta y los pagos anticipados efectivamente satisfechos, con el descuento de la bonificación que proceda.
No obstante, en el supuesto de baja en matrícula de la única inscripción o de todas las inscripciones asociadas al plan de pago a la carta, se producirá la baja automática del PAC y en este supuesto se procederá a la devolución de oficio de las cantidades ingresadas a cuenta, mediante transferencia bancaria a la misma cuenta en la que se efectuaron los cargos.
Solicitud en formulario normalizado, disponible en los apartados Tramitar - En línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios.
Si la solicitud la realiza en las oficinas municipales de registro y demás registros oficiales, deberá presentar el formulario general de domiciliación bancaria común para todos los tributos, excepto para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades en las modalidad de pago a la carta, que dispone de un formulario específico de solicitud de baja.
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Se convoca una Beca de investigación y desarrollo tecnológico para el análisis espacial de datos y multivariante en sistemas de información corporativo en materia de salud ambiental, para el departamento de Salud Ambiental de Madrid Salud.
El principal objetivo es la prevención de los efectos en salud de los factores ambientales, la promoción de entornos urbanos saludables y el control de actividades con incidencia en salud.
El importe de la beca ascenderá a 15.030 euros, con una duración de 9 meses y fecha prevista de inicio el 1 de abril de 2016.
Se realizará por mensualidades vencidas, por un importe de 1.300 euros mensuales
Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'. Estará también en el registro de Madrid Salud, Avenida del Mediterráneo, 62, planta baja, de Madrid.
El escrito será dirigido a la atención del Gerente de Madrid Salud, acompañando la documentación que se detalla:
Todas las certificaciones y documentaciones que se solicitan, y que se entreguen como documentos adjuntos a la solicitud, deberán estar debidamente compulsadas respecto a los originales correspondientes.
El plazo de entrega de las solicitudes será de 10 días naturales a partir del siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
El procedimiento para la concesión de la beca, con cargo a la presente convocatoria, será el de concurrencia competitiva.
El órgano instructor será el Departamento de Salud Ambiental, que remitirá los expedientes ya instruidos a la Comisión de Valoración.
Una vez concluido el periodo de convocatoria, la Comisión de Evaluación, presidida por el Gerente de Madrid Salud, resolverá inapelablemente sobre la concesión de la beca. Las solicitudes se resolverán en función de los criterios establecidos en el artículo 8 de la presente convocatoria, pudiendo declararse desierta la convocatoria.
La resolución de esta convocatoria se realizará en el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo.
Contra las resoluciones recaídas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gerente de Madrid Salud en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.
No se admitirán interrupciones temporales de la misma, salvo en supuestos excepcionales debidamente acreditados.
El trabajo estará técnicamente tutelado por el Jefe de la Unidad Técnica de Control de Vectores en materia de especial competencia de esta Unidad, y por el Jefe de Departamento de Salud Ambiental del Instituto de Salud Pública.
Organismo Autónomo Madrid Salud. Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
Se convoca una beca para la realización de trabajos sobre metodologías innovadoras de sistemas de información en prevención y promoción de la salud, beca de formación e investigación para iniciar la revisión de las necesidades de información, diseño y/o modificación de soportes de recogida de información, análisis y diseño de procedimientos de salida de información sistemáticos.
El objeto de la presente Convocatoria es llevar a cabo los trabajos de revisión de las aplicaciones informáticas existentes, la identificación de áreas de mejora, diseños de las mismas y la formación del becario.
11.700 euros con una duración de nueve meses, desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2016
Se realizará por mensualidades vencidas por un importe de 1.300 euros y previa presentación de escrito mensual de conformidad del responsable de los trabajos (Jefa de Sección de Epidemiología) en el que se haga constar que la beca se está desarrollando a plena satisfacción de Madrid Salud.
Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'. Estará también en el registro de Madrid Salud, Avenida del Mediterráneo, 62, planta baja, de Madrid.
El escrito será dirigido a la atención del Gerente de Madrid Salud, acompañando la documentación que se detalla:
Todas las certificaciones y documentaciones que se solicitan, y que se entreguen como documentos adjuntos a la solicitud, deberán estar debidamente compulsadas respecto a los originales correspondientes.
El plazo de entrega de las solicitudes será de diez días naturales a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
El procedimiento para la concesión de la beca con cargo a la presente convocatoria será el de concurrencia competitiva.
El Órgano instructor será la Sección de Epidemiología de la Subdirección General de Prevención y Promoción de la Salud, que remitirá los expedientes ya instruidos a la Comisión de Valoración.
El Gerente de "Madrid Salud" será el Órgano competente para resolver sobre la concesión de la beca, conforme a lo establecido en el artículo 15 de los Estatutos de "Madrid Salud".
La resolución de esta convocatoria se realizará en el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo.
Contra las resoluciones recaídas, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gerente de "Madrid Salud" en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.
La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Contra la misma, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, en caso de disconformidad, recurso potestativo de reposición ante el Gerente de "Madrid Salud" en el plazo de un mes desde la publicación o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
Organismo Autónomo Madrid Salud. Ayuntamiento de Madrid
Bases de la convocatoria
Tipos de reproducción que se pueden solicitar:
La reproducción de los documentos está sujeta a la tasa fijada por el Ayuntamiento de Madrid:
Mayores de 18 años.
La solicitud para la reproducción de fondos podrá realizarse:
Código IBAN: ES36 0049 1892 6729 1326 3285
Código SWIFT: BSCHESMMXXX
El resguardo de la transferencia deberá enviarse por correo electrónico o correo postal a la Biblioteca, añadiendo el código: 309.03 - Ayuntamiento de Madrid. Biblioteca Histórica.
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes modificada y aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 21 de diciembre de 2012 y publicada en el BOCM Núm. 309 de 28 de diciembre de 2012.
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Departamento de Patrimonio Bibliográfico y Documental
La Biblioteca Musical Víctor Espinós ofrece a sus usuarios la posibilidad de obtener reproducciones de sus fondos.
La reproducción de los documentos está sujeta a la tasa fijada por el Ayuntamiento de Madrid:
Ser mayor de 18 años.
La solicitud para la reproducción de fondos podrá realizarse:
El número máximo de reproducciones realizadas en el acto será de 20 por usuario. Si superan este número, podrán dejarse encargadas para recogerlas otro día; en este caso, el usuario deberá abonar previamente el importe.
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes modificada y aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 21 de diciembre de 2012 y publicada en el BOCM Núm. 309 de 28 de diciembre de 2012.
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Departamento de Patrimonio Bibliográfico y Documental
Las salas de uso polivalente en las Bibliotecas Municipales pueden ser utilizadas para la organización de actividades por parte de los usuarios. El objetivo de este servicio es la apertura a la sociedad y al entorno impulsando el papel de la biblioteca como elemento de cohesión social.
Puede consultar la relación de salas disponibles y sus características en la web de la red de Bibliotecas Públicas del Ayuntamiento de Madrid.
Gratuito
El solicitante ha de aceptar las condiciones especificadas en el documento"Normas de uso de las salas polivalentes" (bajo el apartado Documentación asociada), que habrá de firmar en la biblioteca.
La solicitud se puede realizar:
Si se tramita en línea, la biblioteca se pondrá en contacto con el solicitante con la mayor brevedad posible para confirmar la posibilidad de realización de la actividad y la disponibilidad de la sala en la fecha y hora indicados.
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Servicio de Bibliotecas Públicas.
El carné de bibliotecas públicas permite el acceso al servicio de préstamo de documentos y al de uso de Internet de cualquier biblioteca pública integrada en el catálogo colectivo de la Comunidad de Madrid. También da acceso al préstamo en Bibliometro y Bibliored.
Gratuito.
La solicitud del carné se puede realizar:
Si se solicita en línea, la recogida se hará en la biblioteca seleccionada presentando:
El carné estará disponible de forma inmediata tras el envío de la solicitud.
Con este carné cada usuario podrá llevarse en préstamo simultáneamente:
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Servicio de Bibliotecas Públicas.
El carné infantil de Bibliotecas Públicas permite el acceso a menores de 14 años al servicio de préstamo de documentos de la sala infantil y/o juvenil y al de uso de Internet de cualquier biblioteca pública integrada en el catálogo colectivo de la Comunidad de Madrid.
Menores de 14 años.
Gratuito.
La solicitud del carné se puede realizar:
Si se solicita en línea, la recogida se hará en la biblioteca seleccionada presentando:
Puede recoger el carné de forma inmediata tras el envío de la solicitud.
Con este carné cada usuario podrá llevarse en préstamo simultáneamente:
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Servicio de Bibliotecas Públicas.
El Archivo de Villa, la Biblioteca Digital memoriademadrid, la Biblioteca Histórica, la Biblioteca Musical Víctor Espinós, la Hemeroteca y la Imprenta realizan visitas guiadas a sus centros para dar a conocer la historia de sus instituciones y los fondos que conservan.
Estudiantes, asociaciones y grupos profesionales o de carácter institucional.
Se debe solicitar la visita con una antelación mínima de 15 días naturales. Las visitas se realizan los martes y miércoles no festivos, siendo necesaria reserva previa. La Biblioteca confirmará al responsable la fecha y la hora. Es necesario aportar una copia impresa del correo de confirmación para realizar la visita.
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos del Ayuntamiento de Madrid
El préstamo de obras para exposiciones es una forma de contribuir a la mayor difusión de los fondos del Ayuntamiento de Madrid. Todo préstamo de fondos custodiados por las instituciones culturales del Ayuntamiento de Madrid, dependientes de la Dirección General de Bibliotecas y Archivos, está sujeto a la aceptación por parte del prestatario de las condiciones de préstamo con el fin de asegurar el correcto embalaje, transporte, instalación, exposición y protección de los fondos prestados temporalmente por las instituciones municipales.
Las instituciones dependientes de la Dirección General de Bibliotecas y Archivos que custodian patrimonio bibliográfico y documental son:
Condiciones de préstamo debidamente firmadas en prueba de confirmación y aceptación de las mismas.
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Departamento de Patrimonio Bibliográfico y Documental