Ayuntamiento de Madrid

  • La reserva de temporada a entidades de servicios sociales sin fines de lucro tiene por objeto facilitar el desarrollo del deporte de carácter aficionado, estableciendo condiciones y sistemas de acceso especiales y particulares en la reserva de espacios deportivos a sectores que, por sus características, necesitan de especial promoción y/o protección. En estos espacios las entidades podrán desarrollar sus programas deportivos, ya tengan una finalidad de entrenamiento deportivo, educativa, salud, ocio y recreación.
    La reserva de temporada a entidades sin fines de lucro, será como norma general por el período comprendido entre el 1 de septiembre al 31 de mayo. Se podrá prolongar la reserva durante el mes de junio, a solicitud de la entidad.

    ¿A quién va dirigido?

    Entidades de servicios sociales sin fines de lucro constituidas e inscritas en el Registro correspondiente con arreglo a la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, que:

    • Realicen su labor en el campo de la acción social.
    • Dispongan de técnicos suficientes y debidamente titulados para el desarrollo de cada uno de sus programas y de acuerdo con el número de deportistas y el tipo de discapacidad o atención social.
    • Todos sus deportistas cumplan la condición de persona con necesidades especiales.

    Importe

    Las tarifas de aplicación son las establecidas en el Acuerdo Plenario, por el que se aprueba el establecimiento de Precios Públicos por la Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños, vigente.

    Requisitos

    Tener su domicilio social en del municipio de Madrid, no pudiendo en ningún caso tener su domicilio social en instalaciones deportivas municipales.
    Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para el desarrollo de las actividades objeto de la reserva de temporada.

    Cómo realizar el trámite

    En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

    Presencialmente: en las Oficinas de los Centros Deportivos Municipales, en horario de atención al público, presentando el formulario de Solicitud, que puede descargarse desde esta página web.

    Plazo: del 15 de abril al 15 de mayo anterior a la temporada deportiva que se solicita.

    En el caso de que queden espacios deportivos libres en los Centros Deportivos Municipales después de su distribución, se prodán solicitar espacios en cualquier momento.

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.

    Una vez comunicada la reserva, siguiendo las instrucciones indicadas en la correspondiente notificación, se deberá presentar la siguiente documentación:

    • Copia de la inscripción en el Registro correspondiente con arreglo a la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
    • Declaración responsable del representante legal de la entidad que incluya listado nominal de deportistas de cada grupo beneficiario de la reserva y certificación de que todos ellos cumple con la condición de personas con necesidades especiales.

    • Nombre del técnico deportivo responsable de cada grupo y fotocopia de la titulación del mismo.

    Más Información

    Tramitación

    Una vez finalizado el plazo de solicitudes, se procederá al estudio de las mismas por parte de la Dirección del Centro Deportivo Municipal, quien adjudicará las peticiones, conforme a los siguientes criterios objetivos y por este orden:

    Para Entidades Deportivas:

    1. Utilidad deportiva o social en el distrito:
      Número de socios y labor deportiva desarrollada en el deporte de base
      Deporte femenino e infantil
      Tipo y grado de discapacidad
    2. Antigüedad en el Centro Deportivo Municipal.

    Se valorará que las entidades estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.


    Confirmación:

    El estudio de las solicitudes y la confirmación de la reserva se realizarán por parte de la Dirección del Centro Deportivo Municipal.

    La Dirección del Centro Deportivo notificará la confirmación a los interesados, así como instrucciones y documentación a presentar para la formalización definitiva de la reserva.

    A partir de la fecha de confirmación de la reserva, el beneficiario dispondrá de quince días naturales para la aceptación de las condiciones de uso y presentar, en su caso, los documentos que se soliciten.

    Transcurrido dicho plazo sin comunicación alguna por parte del beneficiario, el Centro Deportivo Municipal podrá disponer del espacio concedido para otros solicitantes.

    Una vez finalizada la tramitación, se podrán atender otras solicitudes, siempre y cuando queden unidades deportivas disponibles.

    Entidad Gestora

    Dirección General de Deportes del Área de Gobierno de Cultura y Deportes

    Modelos de formularios

    Documentación asociada

    Información relacionada

  • La reserva de temporada a entidades deportivas sin fines de lucro y/o deportistas tiene por objeto facilitar el desarrollo del deporte de carácter aficionado, estableciendo condiciones y sistemas de acceso especiales y particulares en la reserva de espacios deportivos a sectores que, por sus características, necesitan de especial promoción y/o protección. En estos espacios las entidades podrán desarrollar sus entrenamientos y en su caso competiciones oficiales.
    La reserva de temporada a entidades sin fines de lucro, será como norma general por el período comprendido entre el 1 de septiembre al 31 de mayo. Se podrá prolongar la reserva durante el mes de junio, a solicitud de la entidad.

    ¿A quién va dirigido?

    • Asociaciones deportivas constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, al amparo de lo establecido en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, cuyos deportistas estén federados en la temporada deportiva en vigor.
    • Equipos de Juegos Deportivos Municipales, que participen en competición en la temporada para la que solicita la reserva.
    • Corredores populares que soliciten entrenamiento en pista de atletismo.
    • Escaladores federados que soliciten el uso del rocódromo

    Plazo

    15/04/2018 - 15/05/2018

    Importe

    Las tarifas de aplicación son las establecidas en el Acuerdo Plenario, por el que se aprueba el establecimiento de Precios Públicos por la Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños, vigente (en información relacionada/otros contenidos).

    Requisitos

    Asociaciones deportivas:

    • Tener su domicilio social en el municipio de Madrid, no pudiendo ningún club tener su domicilio social en instalaciones deportivas municipales.
    • Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para el desarrollo de las actividades objeto de la cesión.

    Equipos Juegos Deportivos Municipales:

    • Acreditar la inscripción en dicha competición.
    • Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para el desarrollo de las actividades objeto de la reserva.

    Corredores populares y escaladores independientes:

    • Tener licencia federativa en vigor, y
    • Presentar Certificado médico oficial o informe médico-deportivo de alguno de los Centros Municipales de Medicina Deportiva del Ayuntamiento de Madrid, que acredite haber superado un examen de aptitud para la práctica deportiva.

    Cómo realizar el trámite

    En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

    Presencialmente: en las Oficinas de los Centros Deportivos Municipales, en horario de atención al público, presentando el Impreso de Solicitud, que puede descargarse desde esta página web.

    Plazo: del 15 de abril al 15 de mayo anterior a la temporada deportiva que se solicita.

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.

    Una vez comunicada la reserva, siguiendo las instrucciones indicadas en la correspondiente notificación y en función del tipo de beneficiario que se trate, se deberá presentar la siguiente documentación:

    Para asociaciones deportivas:

    • Listado nominal con la categoría y fecha de nacimiento de cada grupo de deportistas beneficiarios de la reserva.
    • Fotocopia de la licencia federativa en vigor de la federación deportiva madrileña correspondiente, de cada deportista beneficiario de la reserva.
    • Nombre del/de la entrenador/a o técnico/a del grupo de deportistas, DNI. y licencia federativa del/de la misma, que le acredite como tal.
    • En el caso de que la licencia federativa no indique haber superado el correspondiente reconocimiento médico, acreditación para cada uno de los deportistas de su aptitud para la práctica deportiva, mediante el informe médico correspondiente.
    • Las entidades que soliciten la programación de sus "encuentros en fin de semana" deberán entregar el calendario oficial de partidos en plazo máximo de siete días, contados a partir del día siguiente a su publicación por la federación deportiva correspondiente. La Instalación no se hará responsable de la programación de encuentros si no se cumple este requisito.

    Para equipos de Juegos Deportivos Municipales:

    • Acreditación de la participación en los Juegos Deportivos Municipales.
    • Fotocopia DNI de la persona responsable o Delegada del equipo, que figure en la inscripción del mismo.
    • Acreditación para cada uno de los deportistas de su aptitud para la práctica deportiva, mediante el informe médico correspondiente.

    Para corredores populares y escaladores independientes:

    • Fotocopia de la licencia Federativa en vigor, y
    • Certificado médico oficial o informe médico-deportivo de alguno de los centros municipales de medicina deportiva del Ayuntamiento de Madrid, que acredite haber superado un examen de aptitud para la práctica deportiva.

    Más Información

    Tramitación

    Una vez finalizado el plazo de solicitudes, se procederá al estudio de las mismas por parte de la Dirección del Centro Deportivo Municipal, quien adjudicará las peticiones, conforme a los siguientes criterios objetivos y por este orden:

    Para Entidades Deportivas:

    1. Utilidad deportiva o social en el distrito:
      Número de deportistas participando en competición.
      Número de socios.
      Deporte femenino, deporte de base y de personas con discapacidad.
      Deporte minoritario.
      Categorías deportivas (proyección deportiva y continuidad).
    2. Antigüedad en el Centro Deportivo Municipal.

    Se valorará que las entidades estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

    Para Equipos de Juegos Deportivos Municipales:

    1. Años de participación en los Juegos Deportivos Municipales.
    2. Preferencia equipos femeninos y categorías de base.
    3. Equipos que incluyan entre sus jugadores personas con discapacidad.

    Corredores populares y Escaladores Independientes,

    • Las solicitudes serán atendidas por orden de entrada y la adjudicación se realizará en función de los espacios disponibles, una vez atendidas las peticiones de las entidades deportivas.

    Confirmación:

    • El estudio de las solicitudes y la confirmación de la reserva se realizarán por parte de la Dirección del Centro Deportivo Municipal.
    • La Dirección del Centro Deportivo notificará la confirmación a los interesados, así como instrucciones y documentación a presentar para la formalización definitiva de la reserva.
    • A partir de la fecha de confirmación de la reserva, el beneficiario dispondrá de quince días naturales para la aceptación de las condiciones de uso y presentar, en su caso, los documentos que se soliciten.
    • Transcurrido dicho plazo sin comunicación alguna por parte del beneficiario, el Centro Deportivo Municipal podrá disponer del espacio concedido para otros solicitantes.
    • Una vez finalizada la tramitación, se podrán atender otras solicitudes, siempre y cuando queden unidades deportivas disponibles.
    Entidad Gestora

    Dirección General de Deportes del Área de Gobierno de las Cultura y Deportes

    Modelos de formularios

    Documentación asociada

    Información relacionada

  • Equipamiento social que ofrece alojamiento y atención especializada a aquellas personas mayores que por su situación familiar, económica y social, así como por sus limitaciones de automía personal, no pueden ser atendidas en sus domicilios.

    ¿A quién va dirigido?

    Personas mayores que presenten una situación socio-familiar y limitaciones en su autonomía personal, que le impidan seguir viviendo en su domicilio.

    Importe

    Ver información relacionada

    Requisitos

    • Ser mayor de 65 años. En caso de matrimonio, uno de los cónyuges deberá tener más 65 años, el otro podrá ser admitido con un mínimo de 60 años de edad.
    • Estar empadronado en el Municipio de Madrid.

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
    • Presencialmente: en el Centro Municipal de Servicios Sociales del distrito donde esté empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.

    Documentación

    • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios' 
    • Declaración de la Renta o Certificación negativa de la Agencia Tributaria.
    • Fotocopia de la pensión u otros ingresos económicos, tanto de naturaleza pública como privada.
    • Informe médico.
    • Informe Social (a emitir por el Trabajador Social municipal).

    Más Información

    Fundamento legal
    • Decreto de la Delegada del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de fecha 27 de diciembre de 2016, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores para el año 2017.

  • Equipamiento de Servicios Sociales, destinado a proporcionar alojamiento y atención especializada a aquellas personas con Alzheimer u otras demencias que precisan de asistencia continua, y que por su situación familiar, económica y social, así como por sus limitaciones de autonomía personal, no pueden ser atendidas en sus propios domicilios.

    ¿A quién va dirigido?

    Personas mayores con Alzheimer.

    Importe

    Ver información relacionada

    Requisitos

    • Ser mayor de 60 años, o menores de esta edad, siempre que lo aconseje el facultativo que le atienda.
    • Estar empadronados en el municipio de Madrid.
    • Padecer la enfermedad de Alzheimer u otras demencias y presentar una situación que haga aconsejable una atención en un centro especializado con carácter residencial.

    Cómo realizar el trámite

    • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
    • Presencialmente: en el Centro Municipal de Servicios Sociales del distrito donde esté empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.

    Documentación

    • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'
    • Declaración de la Renta o Certificado negativo de Agencia Tributaria.
    • Informe médico.
    • Informe social (a emitir por el Trabajador Social municipal)

    Más Información

    Tramitación
    • Presentación de la solicitud y documentación correspondiente en el Centro de Servicios Sociales del distrito municipal donde esté empadronado el solicitante.
    • Estudio y Baremación del expediente.
    • Incorporación a la lista de espera, según la puntuación obtenida.
    • Comunicación de concesión de plaza (en el caso de plazas libres) al solicitante.
    Información complementaria

    Acceso: a través de los Centros de Servicios Sociales Municipales.

    Fundamento legal
    • Ordenanza municipal de 29 de julio de 2009, por la que se regula el acceso a los servicios de Ayuda a Domicilio para mayores y/o personas con discapacidad en la modalidad de atención personal y atencíón doméstica, de Centros de Día, propios o concertados, y Centros Residenciales para mayores del Ayuntamiento de Madrid.
    • Decreto de la Delegada del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de fecha 27 de diciembre de 2016, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores para el año 2017.
    Entidad Gestora

    Dirección General de Mayores y Atención Social

    Modelos de formularios

    Información relacionada

  • Para aquellos casos en que el rodaje, aún necesitando la acotación de una pequeña superficie en espacios destinados al tránsito de peatones, no necesite la utilización de equipos electrotécnicos, no dificulte la circulación de vehículos y peatones y el equipo de trabajo no supere las quince personas.

    ¿A quién va dirigido?

    Cualquier persona física o jurídica que pretenda grabar o realizar fotografías en la vía pública, y que precise realizar una ocupación en la misma que exija acotación.

    Cómo realizar el trámite

    Plazo: deberá presentarse con una antelación mínima de dos días hábiles a la fecha del rodaje, contados a partir del siguiente a su presentación (tal y como indica en el propio impreso).

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.

    Más Información

    Fundamento legal
    • Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid. Acuerdo Pleno de 26 de septiembre 2005. BOCM Núm. 247 de 17 octubre 2005 (art. 84 y 61).
    • Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
    • Decreto de 1 de septiembre de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se crean la sede electrónica y el registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid. Modificado por Resolución de 5 de marzo de 2012 del Director General de Calidad y Atención al Ciudadano (Anexo I). BOAM núm. 6632, de 9 de marzo 2012.
    Entidad Gestora

    Negociado de autorización de Rodajes * Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación * Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad * Ayuntamiento de Madrid

    Modelos de formularios

  • Se utilizará en los casos en que el rodaje, necesite la acotación de una superficie en vía pública y/o espacios verdes públicos destinados al tránsito de peatones, necesite la utilización de equipos electrotécnicos, dificulte la circulación de vehículos y peatones y el equipo de trabajo supere las quince personas.

    ¿A quién va dirigido?

    Cualquier persona o empresa que pretenda ocupar la vía pública por rodajes.

    Importe

    Tasas para 2018:

    • Expedición de documentos administrativos: 48,65 euros.
    • En concepto de ocupación de vía pública:
      • 0,58 euros, metro lineal y día natural.
      • 0,87 euros, metro en batería y día natural.

    Cómo realizar el trámite

    Para evitar esperas innecesarias, deberá remitirse confirmación de presentación de la solicitud al correo electrónico ofrodajes@madrid.es .

    • Presencialmente: en la oficina del negociado de Rodajes, calle Albarracín, número 33. En las  Oficinas del registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán tramitarse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimieto Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Para evitar esperas innecesarias, deberá remitirse confirmación de presentación de la solicitud al correo electrónico ofrodajes@madrid.es.

    • Plazo:

    Presentacion de la solicitud  con al menos  7 días hábiles, y, 15 días hábiles cuando la ocupación se realice en zona de parque y jardines o requiriese permiso especial  de los Distritos (Salamanca y Centro). 

    Es obligatorio la señálización del rodaje (cuando requiera reserva de espacio) con una antelacion mínima de 48 horas.

     

    Documentación

    • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
    • Justificante del pago de la tasa por Expedición de Documentos Administrativos
    • Tenga en cuenta que:
      • Si la solicitud se realiza en línea, en el mismo proceso se requerirá el pago electrónico, que adjuntará automáticamente el justificante de pago a la solicitud.
      • En caso de tramitación presencial, el pago debe realizarse utilizando exclusivamente los impresos de autoliquidación PDF disponibles en el apartado ‘Modelos de formularios'.

    Más Información

    Tramitación
    • Presentación de la Solicitud de Ocupación en la Oficina Municipal de Rodajes, junto con la autoliquidación correspondiente por expedición de documentos administrativos de autorización de rodajes.
      • En vía pública: alrededor de 7 días hábiles antes.
      • En parques y en los Distritos de Salamanca y de Centro: alrededor de 12 días hábiles antes.
    • Emisión del informe técnico por parte del Servicio.
    • Elaboración de la resolución y notificación al interesado previo pago de la tasa por ocupación de la vía pública (la petición de este permiso conlleva una posterior Autorización, si correspondiese, el interesado deberá abonar la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, para aparcamiento exclusivo de vehículos u ocupación por acción de rodaje: 0,58 euros x metro x día).
    Recurso

    Recurso potestativo de reposición ante el Director General de Movilidad del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de UN MES, a partir de la recepción de la notificación. Recurso contecioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional, plazo dos meses, a partir de la recepción de la notificación. Todo ello sin excluir que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente.

    Fundamento legal
    • Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid. Acuerdo Pleno de 26 de septiembre 2005. BOCM Núm. 247 de 17 octubre 2005 (art. 84 y 61).
    • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local (Epigrafe C) Art. 12.2 y 3. Acuerdo Pleno de 29 octubre 2004. BOCM Núm. 261 de 02 noviembre 2004. Modificada por Acuerdo Pleno de 22 diciembre 2008. BOCM Núm. 309 de 29 diciembre 2008.
    • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 22 diciembre 2008. BOCM Núm. 309 de 29 diciembre 2008.
    Entidad Gestora

    Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

  • El objetivo de este servicio es la Inserción Social de las personas drogodependientes con problemas juridico-penales. Cuenta con un equipo técnico formado por psicólogos/as,Trabajadores/as Sociales y personal administrativo.

    Destinatarios

    Drogodependientes detenidos y/o con causas judiciales pendientes.

    Importe

    Gratuito

  • El objetivo de este servicio es la Inserción Social de las personas drogodependientes con problemas juridico-penales.

    Cuenta con un equipo técnico formado por psicólogos/as,Trabajadores/as Sociales y personal administrativo.

    ¿A quién va dirigido?

    Drogodependientes detenidos y/o con causas judiciales pendientes.

    Importe

    Gratuito

    Cómo realizar el trámite

    • Por teléfono: llamando al 914 932 524/23
    • Presencialmente en:
      - los Juzgados de Plaza Castilla 1, 28046 Madrid
      - A través de los Centros de Atención a las Adicciones (CADs y CCADs), mediante derivación expresa realizada por indicación del equipo terapéutico

    Más Información

    Tramitación

    El Servicio está ubicado en los Juzgados de Guardia de Plaza Castilla

    Información complementaria

    Ofrece un servicio integral de atención, información, orientación , asesoramiento y mediación especializados dirigido a operadores judiciales, drogodependientes detenidos o con causas judiciales pendientes y a sus familias. Todo ello coordinado con la red municipal de atención a las adicciones.

    Horario: de lunes a viernes de 8 a 20 horas

    Entidad Gestora

    Ayuntamiento de Madrid a través del Organismo Autónomo "Madrid Salud". Gestionado por el Instituto de adicciones de Madrid Salud con la empresa Servicio Interdisciplinar de Atención a las Drogodependencias.

    Información relacionada

  • Servicio que consiste en ofrecer atención en el propio domicilio a familias con menores a su cargo para facilitar su desenvolvimiento y permanencia en su entorno habitual en situaciones de especial necesidad. Se realiza prestando una serie de atenciones a través del auxiliar domiciliario, acompañamiento al colegio, cuidado de menores, aseo personal, preparación de comidas, arreglo hogar, gestiones médicas, etc. El tipo de prestaciones e intensidad horaria son determinadas por los técnicos municipales de servicios sociales (trabajadores sociales) del Distrito Municipal.

    Destinatarios

    Familias con menores de 18 años

    Importe

    En función de los ingresos del solicitante y del número de horas de atención.

    Requisitos

    • Unidades familiares con menores a su cargo empadronadas en el municipio de Madrid.
    • Valoración por parte del trabajador social del Centro de Servicios Sociales.
    • Facilitar el acceso al domicilio al auxiliar y al coordinador (trabajador social).

    Cómo realizar el trámite

    Presencialmente: en el Centro de Servicios Sociales del Distrito Municipal en que el menor se encuentre empadronado. Es necesario solicitar cita previa con el trabajador social correspondiente.

    Pago

    La aportación que corresponda, en función del nivel de ingresos y del número de horas prestadas, deberá hacerse directamente a la entidad prestadora del servicio en el Distrito. Esta información se facilitará en el Centro de Servicios Sociales una vez asignado el servicio.

    Documentación

    • Solicitud en impreso específico (se recoge en el Centro de Servicios Sociales).
    • Libro de familia o justificante de que el menor se encuentra a su cargo.
    • Justificante de ingresos (nómina).
    • Última declaración de la renta o certificado negativo de hacienda.
    • Justificación de intereses bancarios (en caso de no presentar el certificado de hacienda).
    • Cualquier otra documentación a determinar por el trabajador social del Centro de Servicios Sociales necesaria para la valoración de las prestaciones.

    Más Información

    Tramitación
    • Acudir al Centro de Servicios Sociales que corresponda al domicilio del solicitante en horario de atención al público.
    • Valoración de la necesidad por parte del técnico de servicios sociales del Distrito.
    • Cumplimentación y registro de solicitud en el Distrito Municipal.
    • Visita al domicilio del solicitante por parte del trabajador social de referencia.
    • Orden de alta en el servicio por parte del trabajador social.
    Fundamento legal

    Ley 11/2003 de 27 marzo 2003. B.O.E. núm. 157 de 2 julio 2003.
    Decreto 88/2002 de 30 mayo 2002. B.O.C.M. núm. 136 de 10 junio 2002.
    Real Decreto 331/1997 de 7 marzo 1997. B.O.E. núm. 73 de 26 marzo 1997.

    Entidad Gestora

    Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid.

    Información relacionada

  • El colectivo cualificado de Titulares de Vehículos Comerciales e Industriales (Comerciales) lo integran las personas físicas y jurídicas que ejercen una actividad comercial o industrial que precisa para su desarrollo un régimen específico de estacionamiento.

    La autorización de Comerciales habilita para estacionar en todo el Área SER, tanto en plazas azules como verdes, por un tiempo máximo diario, continuado o no, de cinco o de ocho horas.

    Puede consultar la delimitación del Área SER y de cada uno de los barrios en "Información Relacionada".

    ¿A quién va dirigido?

    Cualquier persona física o jurídica que cumpla los requisitos abajo mencionados.

    Importe

    Tasa para el año 2018

    Anual:

    • Tarifa 5 horas: 378 euros tarifa base.
    • Tarifa 8 horas: 566,40 euros tarifa base.

    Mensual (por mes o fracción):

    • Tarifa 5 horas: 31,50 euros.
    • Tarifa 8 horas: 47, 20 euros

    La tasa anual o mensual tendrá una reducción o recargo según la clasificación del vehículo en las siguientes categorías establecidas en la Ordenanza Fiscal (coincidiendo con el distintivo ambiental):

    • Clase ECO: Reducción del 50%.
    • Clase C: Reducción del 10%.
    • Clase B: Tarifa Base.
    • Clase A: Recargo de 25%.(Sin distintivo Ambiental DGT)

    Para conocer la clasificación de su vehículo puede consultar la Ordenanza Fiscal en Información Relacionada.

    Requisitos

    1. Ser persona física o jurídica.
    2. Estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
    3. Disponer de un vehículo en titularidad, renting o leasing.
    4. El vehículo tiene que estar de alta y al corriente de pago en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
    5. El vehículo tiene que pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
      • Furgón, furgoneta o camión con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilogramos.
      • Furgón, furgoneta o camión con masa máxima autorizada igual o inferior a 5.000 kilogramos, exclusivamente cuando se trate de vehículos híbridos no enchufables o propulsados por combustibles menos contaminantes, como GLP (Gas Licuado de Petróleo) o GNC (Gas Natural Comprimido).
      • Vehículo mixto adaptable, vehículo derivado de turismo o turismo rotulado con la denominación comercial o industrial.

    Cómo realizar el trámite

    Renovación anual 2018.

    • En línea: A través del enlace de "Renovación anual SER 2018" disponible en el apartado de "Tramitar en línea". Tiene que identificarse con el código de la autorización (COM-XXXXXX). En el apartado de "Más información" puede consultar los pasos para realizar la renovación en línea.
    • Abonando en una entidad financiera colaboradora el impreso de liquidación de la carta de renovación, teniendo en cuenta que la fecha límite de pago es el domingo 31 de diciembre de 2017.El importe de la tasa corresponderá al número de horas diarias de estacionamiento autorizado de que disponía a fecha 20 de agosto de 2017. Las entidades financieras colaboradoras son: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Popular Español, Banco Sabadell, Banco Santander, Caixabank e Ibercaja Banco.
    • Presencialmente:Â Con cita previa. En la Oficina de Gestión de Autorizaciones del SER, en la calle Bustamante, 16, planta baja. Para concertar cita previa, acceda al siguente enlace: "Concertar cita previa para Oficina de Gestión de Autorizaciones".

    Alta de la autorización anual

    Una vez presentada la solicitud, le llamarán al teléfono de contacto para confirmarle que la misma está correcta y que puede proceder al pago de la tasa presencialmente en la Oficina de Gestión de Autorizaciones SER, sito en la calle Bustamante, 16, planta baja.Â

    • Presencialmente: Con cita previa en la Oficina de Gestión de Autorizaciones SER sito en la calle Bustamante, 16, planta baja. El pago de la autoliquidación se puede realizar a través de los siguientes medios:
      • Tarjeta bancaria: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.
      • Entidades financieras colaboradoras: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Popular Español, Banco Santander, Ibercaja y La Caixa. La Oficina de Gestión de Autorizaciones SERÂ expide el impreso de autoliquidación para el abono de la tasa en la entidad financiera. Una vez realizado el pago, el comercial recibe una comunicación de que su autorización ha sido activada. En el caso del pago en un banco o caja, esta activación no es inmediata, sino que tarda varios días, pero el comercial puede adelantarla dirigiéndose a una Oficina de Atención al Ciudadania Linea-Madrid o a la Oficina de Gestión de Autorizaciones SERÂ con el justificante de pago del banco. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar como titular de la misma.

    Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:

    • En Línea: accediendo al servicio de cita previa, seleccionando en Tipo de Servicio: Movilidad y en Gestión: SER-Atención epecializada.
    • Telefónica: a través del 010 o del 915298210 (consultar el coste de la llamada en la página de información del 010)
    • Presencial: en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía.
    • Vehículos de sustitución. Sin necesidad de cita previa.Â

    Alta autorización mensual

    El alta de una autorización mensual de comerciales se realiza a través de los mismos canales que se han indicado en el apartado anterior para el alta de la autorización anual.

    • Renovación mensual de Autorizaciones de Comerciales en Activo: En el enlace que aparece en "Tramitar en Linea".
    • Cambio y obtención del nuevo PIN: Accediendo al siguiente enlace: â??Gestión PINâ?

    En el apartado de Más Información puede consultar los pasos para realizar la gestión del PIN en línea.También puede obtener un nuevo PIN, llamando al teléfono 900 50 54 63 (atendido por Línea Madrid).

    Otros trámites de la autorización: Baja, cambio de datos básicos (dirección de correo electrónico, número de teléfono móvil), consulta.

    Con cita previa en la Oficina de Gestión de Autorizaciones SER sito en la calle Bustamente, 16, planta baja.

    Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:

    • En Línea: accediendo al servicio de cita previa, seleccionando en Tipo de Servicio: Movilidad y en Gestión: SER-Atención epecializada.
    • Telefónica: a través del 010 o del 915298210 (consultar el coste de la llamada en la página de información del 010)
    • Presencial: en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía.

    Documentación

    Solicitud en formulario normalizado, disponible en â??Tramitar en línea' (Registro electrónico) y â??Modelos de formularios'.Â

    Para la tramitación de la autorización bastará con la exhibición de la documentación requerida.

    Documentación que acredita la identidad

    • Para españoles, Documento Nacional de Identidad (DNI) o permiso de conducción.
    • En el caso de extranjeros se exhibirá el documento acreditativo del Número de Identidad de Extranjero (NIE).
    • La representación legal de la empresa se acreditará mediante copia de la correspondiente escritura pública de otorgamiento de poderes o de nombramiento de cargo o administrador.
    • Certificación actualizada del IAE.

    En el caso de actuación por persona distinta del representante legal de la empresa o del autónomo/a interesado/a:

    • Documento que acredite la identidad del autorizado.
    • Autorización firmada por el representante legal de la empresa o del autónomo/a interesado/a en la que conste nombre, apellidos y DNI/CIF del autorizante y de la persona autorizada.
    • Copia del documento de identificación del autorizante.

    Documentación del vehículo

    • Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo.
    • En régimen de renting o leasing: Contrato de renting o leasing.
    • En trámite de adquisición: Autorización provisional de circulación del vehículo.
    • Si en la tarjeta de inspección técnica del vehículo no figura que tiene una motorización menos contaminante, certificado del fabricante/importador en la que conste la misma.
    • Recibo o justificante bancario de que el vehículo está al corriente en el pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) cuando no sea del municipio de Madrid.
    • Si turismo rotulado: Factura o certificación emitida por empresa rotuladora en la que conste la matrícula del vehículo y fotografía en color del vehículo con la rotulación.

    Más Información

    Información complementaria

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    Tramitación en línea de la renovación anual 2018

    La tramitación en línea de la renovación anual 2018 se realiza a través del enlace de â??Renovación anual SER 2018â? disponible en el apartado de â??Tramitar en líneaâ?.

    Los pasos para realizar la renovación en línea son los siguientes:

    • En la pantalla de Consulta y gestión de autorizaciones introduzca su número de identificación personal (CIF, DNI, NIE), la matrícula del vehículo y el código de la autorización (COM-XXXXXX, si el código tiene menos de seis dígitos, completar con ceros).
    • Si los datos introducidos son correctos, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización SER. En ella aparecerán los datos de la autorización que va a renovar, figurando en el estado que está â??pendiente de pagoâ?.
    • Para realizar el pago de la renovación, seleccione en el apartado de Acciones de Autorizaciónpendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta, con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
    • Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
    • En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar, con el que se activará la autorización.

    Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar.

    Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (COM-XXXXXX) a través de los siguientes canales:

    1. En línea: en la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
    2. Por teléfono: llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 915 298 210).Â

    Sistema de identificación en el parquímetro

    La identificación de los Comerciales para la obtención del tique en el parquímetro se realiza a través de un código PIN que es único para cada vehículo autorizado.

    Todas las comunicaciones relativas al PIN se remitirán mediante mensajes cortos SMS al teléfono móvil que obligatoriamente debe facilitar el comercial al Departamento de Régimen Jurídico del Contrato Integral de Movilidad (CIM) en la calle Bustamante 16, planta baja.

    Funcionamiento del parquímetro

    Existen tres modelos de parquímetros, todos ellos con las mismas funcionalidades.

    Para el pago del estacionamiento, se puede utilizar cualquier parquímetro con independencia de que esté ubicado en una calle con plazas verdes o azules.

    El parquímetro está en modo de ahorro de energía cuando no está siendo utilizado. Pulsando cualquier tecla, el parquímetro se reactiva.

    El Comercial tiene que seleccionar en el parquímetro la opción 5 de â??Otras tarifasâ?. Introducir la matrícula de su vehículo y pulsa â??Aceptarâ?. A continuación, tiene que teclear el código PIN y seleccionar con los botones de â??+â? y â??-â?? el tiempo que desea estacionar. Finalmente, pulsar el botón de â??Aceptarâ? para la impresión del tique de estacionamiento.

    Tramitación en línea relativa al PIN

    La obtención de un nuevo PIN y el cambio de PIN se realizan accediendo al siguiente enlace: â??Gestión PINâ?

    Los pasos para realizar el trámite en línea son los siguientes:

    • En la pantalla de Consulta y gestión de autorizaciones introduzca su número de identificación personal, la matrícula del vehículo y el código de la autorización que se le facilitó al dar de alta la autorización. El formato del código es COM-XXXXXX.
    • Si los datos introducidos son correctos, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización SER. En ella aparecerán los datos de la autorización y unos botones de Cambio de PIN y Nuevo PIN.
    • Seleccione el botón correspondiente a la operación que desea realizar. Si selecciona el botón de Cambio de PIN, se le abrirá una pantalla en la que tendrá que indicar el PIN antiguo y el nuevo PIN de su elección. A continuación, pulse el botón â??Cambiar PINâ? y lo recibirá en su teléfono móvil. Si selecciona el botón de Nuevo PIN, recibirá un nuevo PIN aleatorio en su teléfono móvil.

    Clasificación del vehículo

    La clasificación del vehículo en alguna de las categorías admitidas para la obtención de la autorización de Comerciales, se verifica mediante la comprobación de la Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo en la que debe figurar alguna de las siguientes categorías dentro del apartado de â??Clasificación del Vehículoâ?:

    • 20 o 21 (camión)
    • 24 o 25 (furgón/furgoneta)
    • 30 (derivado de turismo)
    • 31 (vehículo mixto adaptable)

    En el caso de turismos rotulados, además de las anteriores puede figurar la clasificación 10 (turismo).

    Vehículo cero emisiones

    En el caso los vehículos clasificados como "cero emisiones" en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT (eléctricos, de pila de combustible, de emisiones directas nulas, los vehículos híbridos enchufables y los vehículos eléctricos de rango extendido), su titular puede solicitar la autorización de Cero Emisiones que le habilita para estacionar en el Área SER sin limitación temporal y a acceder a las Áreas de Prioridad Residencial del Ayuntamiento de Madrid (APR), sin pago de tasa.

    Puede consultar los requisitos, la documentación, y cómo realizar el trámite accediendo al siguiente enlace: Vehículo cero emisiones SER.

    Entidad Gestora

    Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental. Ayuntamiento de Madrid

    Modelos de formularios

    Documentación asociada

    Información relacionada

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