Mediante este tipo de consulta los ciudadanos pueden solicitar información sobre temas tales como: la situación urbanística de una determinada parcela, solar, o inmueble; los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos; el procedimiento de tramitación aplicable para determinada actuación; los informes sectoriales necesarios; la normativa de aplicación, etc.
Contenido de las consultas:
- Necesidad de licencias para hacer determinada actuación.
- Tipo de procedimiento necesario para realizar determinadas obras relacionadas con viviendas (incluidos garajes, trasteros etc.); por ejemplo, si se precisa o no proyecto técnico para las mismas.
- Informes sectoriales necesarios en determinadas actuaciones.
- Calificación urbanística de una parcela.
- Normativa urbanística de aplicación; normativa sectorial, tanto de ámbito municipal como supramunicipal; normativa de aplicación para un uso concreto.
- Condiciones de determinadas parcelas, edificabilidades, alturas, etc.
Cómo realizar el trámite
En línea: a través del enlace al Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos)
- Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado correspondiente, guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
- Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)
Presencialmente: En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
- Instancia general de solicitud
- Plano, croquis o fotocopia de callejero señalando la situación del edificio, parcela o solar, conforme al "Callejero Municipal " del Ayuntamiento de Madrid.
- Tasa por prestación de servicios urbanísticos.
Información complementaria
Respuesta del Ayuntamiento
- Plazo: 15 días, salvo que requiere el informe preceptivo de otros servicios municipales, que deberá producirse en el plazo de 15 días a partir de la fecha de recepción del mismo.
- Contenido: la consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico.
La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la correspondiente licencia urbanística o presentar la Declaración Responsable o Comunicación Previa correspondiente.
Fundamento legal
Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU). Acuerdo Pleno de 23 diciembre 2004. BOCM núm. 5 de 7 enero 2005 y su Modificación por Acuerdo del Pleno de 29 de Abril de 2014 (BOCM nº 116 de 17 de mayo de 2014). Artículo 13
Entidad Gestora
Distritos del Ayuntamiento de Madrid y Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, en función de sus competencias.
Mediante este tipo de consulta los ciudadanos pueden solicitar información sobre temas tales como: la situación urbanística de una determinada parcela, solar, inmueble o local; los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos; el procedimiento de tramitación aplicable para determinada actuación; la viabilidad en la implantación de actividades concretas; los informes sectoriales necesarios; la normativa de aplicación, etc.
Contenido de las consultas:
En línea: a través del enlace al Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos)
- Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado correspondiente, guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
- Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).
Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Instancia general de solicitud.
- Plano, croquis o fotocopia de callejero señalando la situación del edificio parcela o solar, conforme al "Callejero Municipal" del Ayuntamiento de Madrid.
- Tasa por prestación de servicios urbanísticos.
- La consulta debe contener una descripción con, como mínimo, los siguientes datos:
- Ubicación del local, con indicación exacta de su situación dentro de la planta del edificio.
- Descripción de la actividad.
- Descripción de la actividad anterior con referencia a la licencia anterior, si la tuviera.
- Superficie útil del local.
- Horario de la actividad.
- Potencia frigorífica instalada, en su caso.
- En caso de implantaciones de actividades industriales:
- Nivel de riesgo de incendio intrínseco del local.
- Potencia motriz instalada.
Información complementaria
Respuesta de la Administración
- Plazo: quince días, salvo que requiera el informe preceptivo de otros servicios municipales, que deberá producirse en el plazo de quince días a partir de la fecha de recepción del mismo.
- Contenido: la consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico.
- La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente.
Si su consulta se refiere a obras en viviendas, acceda a Consulta urbanística común para obras en vivienda
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia de Actividades, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y Distritos del Ayuntamiento de Madrid.
Mediante este tipo de consulta los ciudadanos pueden plantear una duda determinada que de forma específica surja de la aplicación de uno o varios preceptos normativos relativos a las propuestas técnicas sobre una actuación urbanística concreta. Asimismo se podrá plantear cuando se propongan medidas alternativas mediante el diseño basado en soluciones prestacionales para los requisitos básicos de seguridad en caso de incendio y de seguridad de utilización y accesibilidad.
Contenido de las consultas
- Aclaraciones sobre la normativa aplicable a un emplazamiento concreto.
- Posibilidad de implantación de un uso o un cambio de uso.
- Tipo de obras que se pueden ejecutar.
- Edificabilidad de la finca, número de alturas permitidas, etc.
- La consulta podrá ir acompañada de una o varias propuestas.
- Propuestas al amparo del artículo 5.1.3.b del Código Técnico de la Edificación, dada la especial complejidad técnica de éstas.
Cómo realizar el trámite
En línea: a través del enlace al Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos)
- Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado correspondiente, guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
- Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)
Presencialmente: En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
- Instancia general en la que figure el objeto de la consulta
- Tasa por prestación de servicios urbanísticos
- Plano parcelario a escala 1:5000 y 1:500, señalando la situación precisa de la finca o parcela objeto de la consulta.
- Memoria descriptiva y justificativa de la actuación.
- Planos acotados a escala 1:100, o a escala adecuada, de plantas, alzados, secciones, que definan el estado actual del edificio y el propuesto.
- En su caso, cuadro comparativo de parámetros urbanísticos del estado actual y normativa de aplicación.
- En obras de nueva edificación y situadas en áreas protegidas , alzado del tramo o tramos de calle completos a los que dará fachada el edificio.
- Descripción fotográfica en color del edificio o zona objeto de la consulta.
- En su caso, especificar tipo de materiales que se utilizarán en la propuesta, así como la previsión de la situación de las instalaciones de climatización, ubicación y predimensionamiento de las instalaciones en la cubierta del edificio.
- Certificaciones registrales y catastrales descriptivas y gráficas, en el supuesto de que existan dudas respecto a la ubicación de la parcela
La documentación aportada deberá venir firmada por técnico competente. En el caso de las consultas urbanísticas especiales sobre proyectos con soluciones prestacionales, habrá que estar a las especialidades contempladas en la disposición adicional 4ª de la OMTLU.
Información complementaria
Respuesta del Ayuntamiento
- El Ayuntamiento dispone de un plazo de un mes para contestar; salvo que se requiera informe de otros servicios municipales o de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural (CPPAHN), o se precise que el interesado aporte nueva documentación o complete su consulta. Este plazo no es de aplicación a las consultas urbanísticas especiales sobre proyectos con soluciones prestacionales.
- La consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico. Al no tener carácter de resolución no es susceptible de recurso.
- El Ayuntamiento de Madrid quedará vinculado al informe técnico de esta consulta, que sólo será determinante si la licencia posterior se pide en idénticos términos , que la consulta efectuada
- La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente o de presentar la Declaración Responsable o Declaración Previa correspondiente.
Fundamento legal
Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU). Acuerdo Pleno de 23 diciembre 2004. BOCM núm. 5 de 7 enero 2005 y su Modificación por Acuerdo del Pleno de 29 de Abril de 2014 (BOCM nº 116 de 17 de mayo de 2014). Artículo 14
Entidad Gestora
Distritos del Ayuntamiento de Madrid o Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, en función de sus competencias.
Mediante este tipo de consulta los ciudadanos pueden plantear las dudas de interpretación que les pueda suscitar la aplicación de uno o varios preceptos normativos, relativos a las propuestas técnicas sobre una actuación urbanística completa.
Contenido de las consultas
- Aclaraciones sobre la normativa aplicable a un emplazamiento concreto.
- Posibilidad de implantación de un uso o un cambio de uso.
- Tipo de obras que se pueden ejecutar.
- Edificabilidad de la finca, número de alturas permitidas, etc.
- La consulta podrá ir acompañada de una o varias propuestas.
- En línea: a través del enlace al Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos)
- Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado correspondiente, guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
- Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)
Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Instancia general en la que figure el objeto de la consulta
- Tasa por prestación de servicios urbanísticos
- Plano parcelario a escala 1:5000 y 1:500, señalando la situación precisa de la finca o parcela objeto de la consulta.
- Memoria descriptiva y justificativa de la actuación.
- Planos acotados a escala 1:100, o a escala adecuada, de plantas, alzados, secciones, que definan el estado actual del edificio y el propuesto.
- En su caso, cuadro comparativo de parámetros urbanísticos del estado actual y normativa de aplicación.
- En obras de nueva edificación y situadas en áreas protegidas , alzado del tramo o tramos de calle completos a los que dará fachada el edificio.
- Descripción fotográfica en color del edificio o zona objeto de la consulta.
- En su caso, especificar tipo de materiales que se utilizarán en la propuesta, así como la previsión de la situación de las instalaciones de climatización, ubicación y predimensionamiento de las instalaciones en la cubierta del edificio.
- Certificaciones registrales y catastrales descriptivas y gráficas, en el supuesto de que existan dudas respecto a la ubicación de la parcela
La documentación aportada deberá venir firmada por técnico competente.
Información complementaria
Respuesta del Ayuntamiento
- El Ayuntamiento dispone de un plazo de un mes para contestar, salvo que se requiera informe de otros servicios municipales o de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural (CPPAHN), o se precise que el interesado aporte nueva documentación o complete su consulta.
- La consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico. Al no tener carácter de resolución no es susceptible de recurso.
- El Ayuntamiento quedará vinculado al informe técnico de esta consulta, que sólo será determinante si la licencia posterior se pide en idénticos términos, que la consulta efectuada.
- La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente.
Si desea hacer una consulta sobre obras en vivienda, acceda a Consulta urbanística especial para obras en vivienda.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia de Actividades, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y Distritos del Ayuntamiento de Madrid
El Registro de Edificios y Construcciones tiene como finalidad el control del cumplimiento de los deberes legales de conservación y rehabilitación de los edificios y construcciones.
En este Registro el Ayuntamiento inscribe los edificios y construcciones del término municipal de Madrid con una antigüedad superior a 30 años desde la fecha de la terminación de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total, así como aquellos otros inmuebles respecto a los que se haya incoado procedimiento para exigir el cumplimiento del deber de conservación y rehabilitación.
El Registro será público a los efectos estadísticos e informativos de conformidad con la normativa de protección de datos.
En cuanto a la antigüedad de los datos, actos y resoluciones, figurarán en el Registro de Edificios y Construcciones los posteriores al 1 de enero de 2012, obrantes en el Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de la posibilidad de poder incluir otros de ejercicios anteriores.
Destinatarios
Cualquier persona física o jurídica podrá solicitar información sobre la información contenida en el Registro.
Cómo realizar el trámite
El acceso a los datos del Registro se podrá realizar mediante:
Petición de informe
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Solicitud de informe al Departamento de Registro de Edificios y Construcciones" disponible en "Tramitar en Línea".
- Presencialmente: acudiendo al Departamento de Registro de Edificios y Construcciones, sito en el edificio APOT del Área de Desarrollo Urbano Sostenible, calle Ribera del Sena nº 21, 1 planta. Laborales de lunes a viernes de 12:00 a 14:00 horas. Para ello puede concertar cita previa llamando al teléfono 91 5132473 o por correo electrónico a la dirección registroedificios@madrid.es. En este caso, se entregará el informe en formato papel.
Petición de certificación:
Solicitud de vista de expediente:
- Si el solicitante desea tener acceso a uno o varios expedientes concretos, relativos a un edificio o construcción deberá solicitarlo mediante Instancia General, en los registros de los distritos, en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid, Administración General del Estado y Comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el art. previstas en el art. 17 de la Ley 19/2013 de 9 de Dciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno.
- En este caso, tendrá que acreditar previamente el interés legítimo y directo como se especifica en el Reglamento del Registro de Edificios, "cualquier persona física o jurídica podrá solicitar información sobre los asientos contenidos en el Registro. No obstante, los datos sobre la propiedad de los inmuebles, el técnico inspector o sobre el expediente en tramitación, no pueden ser difundidos ni consultados por los ciudadanos, salvo que acrediten un interés legítimo y directo en los términos establecidos en el ejercicio del derecho al acceso a la información pública se realizará acorde a lo estipulado en los artículos 12 a 22 ambos incluidos de la Ley de transparencia 9/2013 y a los artículos 4, 5 y 13.d) de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Para el acto presencial, y si el/los expedientes son competencia del Área de Urbanismo, acudirá a la misma dirección y en el horario reseñados anteriormente, es decir el edificio APOT del Área de Desarrollo Urbano Sostenible , calle Ribera del Sena 21, 1 planta. Para ello, podrá pedir cita previa llamando al teléfono 91 5132473 o por correo electrónico a la dirección registroedificios@madrid.es.
- Desde el Departamento de Registro se remitirá al interesado al Órgano Gestor correspondiente al expediente, Órgano adscrito a la Subdirección General de Control de la Edificación. Dicho Órgano Gestor es quien mostrará el expediente en cuestión al interesado.
- Si el Expediente solicitado es competencia de Junta de Distrito, acudirá a la Junta correspondiente.
Documentación
Para la solicitud de certificado:
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.
Vista de expediente:
- Para solicitud de vista de expediente: formulario que se encuentra a su disposición en el trámite denominado "Instancia General Normalizada" "Modelos de Formularios" del apartado "Información Relacionada Otros trámites" indicando los motivos de la solicitud
- Para el acto presencial de vista: se le pedirá al solicitante, bien la presentación de la documentación acreditativa del interés legítimo, o bien la firma de declaración en comparecencia personal del interesado, tal y como estipula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Tramitación
El Departamento de Registro emitirá un informe por escrito:
- En solicitudes de informes en línea: se enviará al solicitante por correo electrónico en documento escaneado, a la dirección electrónica que haya indicado en el formulario.
- En el caso de solicitudes presenciales: el informe se entregará en formato papel.
El informe contendrá todos los datos sobre el edificio o construcción de referencia, a los que obliga el artículo 4 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, es decir todos aquellos que figuren en el Registro de Edificios y Construcciones, a saber, datos contenidos en los siguientes expedientes: expedientes de ITE; expediente de multa coercitiva por no presentación de ITE; sancionador por no presentación de ITE, expediente de Orden de Ejecución; multa coercitiva por incumplimiento del deber de conservación; resolución del incumplimiento del deber de conservación; expediente de Ejecución Subsidiaria por incumplimiento del deber de conservación; expediente Sancionador por incumplimiento del deber de conservación; expediente de Ruina.
Se hace hincapié en que los datos sobre Licencias de cualquier tipo NO figurarán en el Registro de Edificios.
- Petición de certificación:
Corresponderá al titular del órgano directivo la expedición de certificaciones sobre las inscripciones registrales existentes a solicitud de los interesados o de cualquier otra persona física o jurídica.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Departamento de Registro de Edificios y Construcciones. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
- Otros trámites
- Otros contenidos
Estas ayudas económicas están destinadas a la realización de actuaciones de rehabilitación para la mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética en edificaciones residenciales y la calidad de las mismas, el medio ambiente urbano y promover la innovación y la sostenibilidad:
- Comprenderán tanto las obras realizadas en los elementos comunes ?envolvente y otros- como en los privativos del edificio, con el fin dar cumplimiento a las exigencias básicas de ahorro de energía y protección del medio ambiente.
- También incluirán las actuaciones de rehabilitación no iniciadas en el plazo de presentación de solicitudes y actuaciones de rehabilitación de la misma naturaleza, iniciadas o terminadas en el periodo comprendido entre el año 2010 y el fin de plazo de presentación de instancias.
¿A quién va dirigido?
- Propietarios y usuarios de viviendas (arrendatarios, usufructuarios ) que tengan permiso expreso del propietario.
- Propietarios y usuarios de locales que tengan permiso expreso del propietario.
- Los propietarios de edificios de viviendas destinadas al alquiler y/o uso propio.
- Titulares de plazas de aparcamiento y/o trasteros que sean fincas independientes
Plazo
14/10/2013 - 14/11/2013Requisitos
Podrán ser objeto de subvención:
Obras realizadas en la envolvente térmica del edificio, que podrán consistir en: aislamiento de cubierta, muros de fachada, elementos de cierre y suelos, y obras para la renovación, adecuación o implantación de instalaciones, como: sistema solar para la producción de agua caliente sanitaria, sistemas de iluminación en zonas comunes que incluyan detectores de presencia, control de luminosidad y zonificación adecuada de circuitos, instalación o sustitución de calderas individuales de producción de calefacción y agua caliente sanitaria por calderas individuales de condensación, entre otras.
Cuantía:
- Medidas pasivas: actuaciones en la envolvente térmica del edificio: Entre el 30% y el 60% del presupuesto, en función del grado de mejora de eficiencia energética, y con un máximo de 6.000? por vivienda o local.
- Medidas activas: actuaciones para la renovación, adecuación o implantación de instalaciones: 30% del presupuesto con un máximo de 3.000? por vivienda o local, salvo para la instalación de sistema solar de agua caliente sanitaria, en cuyo caso la cuantía será del 50% del presupuesto hasta un máximo de 5.000? por vivienda o local.
* Si se realizan varias actuaciones el importe total no podrá superar el límite máximo conjunto de 6.000? por vivienda o local.
Cómo realizar el trámite
Presencialmente:
Preferentemente en el Registro del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda (C/ Ribera del Sena, 21, Madrid), así como en cualquiera de los Registros del Ayuntamiento de Madrid, de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Plazo solicitud:
El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, será del 14-10-2013 al 14-11-2013, un mes a contar desde primer día hábil partir de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 7.024 de fecha 11 de octubre de 2013.
Documentación
- Toda la documentación está relacionada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM, nº 7.024, 11 de octubre 2013, artículo 11) y se ha de presentar una instancia general (promotor de obras, generalmente Comunidad de propietarios) y una instancia individual (propietarios de viviendas y locales), a la que se unirán los documentos relacionados en la convocatoria. Entre ellos se encuentra la Ficha de Evaluación, que se debe cumplimentar con los datos de las condiciones de transmitancia del edificio. En función de los resultados obtenidos en la Ficha, se determina si es preciso incluir obligatoriamente en la propuesta de intervención la realización de medidas pasivas de aislamiento térmico en la envolvente.
Información complementaria
- Más información: Teléfonos: 915 240 821 / 915 883 382
- Puede consultar las bases completas de la convocatoria en el apartado "Información Relacionada, Otros Contenidos"
Fundamento legal
Decreto 2 de octubre de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda por el que se aprueba la convocatoria pública de Subvenciones 2013 con destino a actuaciones de rehabilitación para la Mejora de la Sostenibilidad y Eficiencia Energética de las Edificaciones
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
- Direcciones y teléfonos
- Otros contenidos
El Distrito de Moncloa-Aravaca ofrece a los creadores las salas de sus Centros Culturales para mostrar su producción artística y organizar la programación de exposiciones
Destinatarios
Todos los artistas que lo deseen sin distinción de nacionalidad o residencia.
Plazo
03/10/2016 - 31/10/2016Requisitos
Las propuestas versarán sobre exposiciones de pintura, escultura, instalaciones, fotografía y grabado.
Cómo realizar el trámite
Presencialmente:
- CENTRO SOCIO-CULTURAL ARAVACA.,Calle Zarza, 20, 28023 Madrid,Teléfono 91 7400880
- CENTRO CULTURAL JULIO CORTÁZAR.Calle Antonio Machado, 22, 28035 Madrid, Teléfono 91 3734375
Plazo:del 3 al 31 de octubre de 2016.
Documentación
- Boletín de inscripción (disponible en documentación asociada, bases de la convocatoria)
- Fotocopia del DNI o pasaporte.
- Currículum vitae.
- Dossier fotográfico con las obras que desea exponer indicando títulos,dimensiones, peso en el caso de escultura, año de realización, así como materiales utilizados; en el caso de instalaciones se adjuntará un plano o croquis indicativo para exposición.
- Declaración que acredite los derechos de propiedad intelectual del artista sobre las obras que expone.
Tramitación
- Las propuestas por una comisión, integrada por representantes del Distrito y del mundo del arte, atendiendo acriterios de calidad, interés e innovación de la propuesta expositiva. El fallo de lacomisión será inapelable.
- Los artistas recibirán comunicación por escrito y/o por mail de su selección o no selección, así como del Centro Cultural que les ha sido concedido en su caso.
- Posteriormente, se adjudicarán las fechas expositivas en función del calendario de los diferentes Centros y en coordinación con los artistas.
- Con anterioridad a la fecha de exposición, los artistas presentarán el listado definitivo de obras a exponer con sus características, fotografía y valoración.
- El Distrito se reserva en todo caso la inclusión o no de las obras presentadas en el listado, en tanto en cuanto éstas sean diferentes de las incluidas en el dossier presentado a la convocatoria
- Los dossieres no seleccionados podrán ser recogidos por los artistas del en laJunta del Distrito Moncloa Aravaca,Unidad de Actividades Culturales,Formativas y Deportivas (Pza. Moncloas/n), durante el mes de diciembre 2016.
- Una vez transcurrido este plazo, el Distrito procederá a destruir los dossieres no recogidos..
Información complementaria
- Las obras serán presentadas en condiciones adecuadas para su montaje yexposición.
- Los artistas seleccionados se comprometen a donar una de sus obras al Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Moncloa-Aravaca, pasando a formar parte del patrimonio municipal.
- Asimismo, se comprometen por escrito a ceder para la exposición los derechos de comunicación y reproducción de sus obras.
- El Distrito de Moncloa-Aravaca se compromete por su parte a organizar una exposición durante el año 2017 de los artistas seleccionados, con una duración aproximada de 20 días, y a difundir la exposición en medios municipales de comunicación, así como a asegurar la obra durante el periodo expositivo (no incluye periodos de transporte y montaje).
Entidad Gestora
Distrito Moncloa Aravaca
Documentación asociada
- Finalizado el plazo de matriculación de las plazas asignadas por sorteo en los cursos y talleres impartidos en los centros culturales de los distritos, las personas interesadas podrán realizar la matriculación directa de las vacantes.
- La obtención de plaza se realizará por orden inscripción y pago por cualquiera de los canales disponibles.
- En el supuesto de que la matriculación se realice iniciado el trimestre, se efectuará el pago de los gastos de inscripción y la cuota del trimestre en curso. Cuando la matriculación no se realice con la antelación suficiente para gestionar su domiciliación (un mes antes del pago), la aplicación incluye también el pago de la cuota del siguiente trimestre.
- En cualquier momento, podrá tramitarse la baja en un curso o taller, dentro del enlace que se encuentra en el apartado "Tramitar en Línea", en el apartado ?Tus actividades?. Si el trimestre no se hubiese iniciado, procederá la devolución de la cuota trimestral abonada anticipadamente.
- Para posibles dudas, puede consultar el contenido preguntas frecuentes sobre la solicitud de cursos y talleres 2016/2017
MATRICULACIÓN Y PAGO
- Al realizar la matriculación de las plazas vacantes, se realizará el pago de la cuota de inscripción y del trimestre, así como la domiciliación de las siguientes cuotas trimestrales.
Requisitos
- Estar empadronado en la ciudad de Madrid.
- A partir del 26 de septiembre de 2016, no se exige el empadronamiento en Madrid para la inscripción en las plazas vacantes, ni existe límite de cursos o talleres por persona. La asignación se efectuará por orden de inscripción y pago.
Cómo realizar el trámite
La matriculación y pago podrá realizarse:
En línea: en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid :
En este caso, puede optar por estos medios de pago:
- Tarjeta bancaria.
- Pago en entidad bancaria con el documento de cobro que podrá imprimir desde la página web municipal.
Requisitos técnicos para tramitar en línea: navegadores Internet Explorer 9 o superior y últimas versiones de Mozilla Firefox y Chrome.
Presencialmente: en los Centros Culturales: el pago se realizará en entidad bancaria con el documento de cobro que se le facilitará.
Tramitación
El calendario previsto para este curso es:
- Plazo de presentación de solicitudes para personas empadronadas en Madrid: del 6 al 20 de junio de 2016.
- Sorteo de asignación de plazas: 23 junio, a las 11:00 horas en el Salón de Plenos de la Junta Municipal de Villa de Vallecas (Paseo Federico García Lorca, núm. 12)
- Adjudicación de plazas y remisión de correos y sms: 28 de junio.
- Matriculación, pago de inscripción y primer trimestre: de 1 al 16 de septiembre.
- Publicación de las plazas vacantes que se adjudicarán, a partir de esa misma fecha, por orden de inscripción y pago: 26 de septiembre.
Fundamento legal
Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades.
Entidad Gestora
Distritos del Ayuntamiento de Madrid
Documentación asociada
Sistema para ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento de datos personales en cualquier actividad de tratamiento del Ayuntamiento de Madrid.
¿A quién va dirigido?
Cualquier persona cuyos datos sean tratados por el Ayuntamiento de Madrid.
Justificación simple de la causa que genera el derecho que se ejerce.
La solicitud puede realizarse:
Plazos: el plazo para contestar es de un mes desde la recepción de la solicitud.
Solicitud en formulario normalizado (última versión disponible), disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".
Documentación justificativa del derecho que se ejerza en cada caso
En caso de presentar la solicitud presencialmente se deberá aportar:
- DNI de la persona interesada, pasaporte u otro documento válido que lo identifique y, en su caso, de la persona que lo represente.
- Situaciones de incapacidad o minoría de edad: los derechos podrán ejercitarse por su representante legal, siendo necesario acreditar tal condición.
- Representante voluntario: deberá aportar su DNI o documento equivalente y la representación conferida por el afectado o interesado.
- Documentación justificativa del derecho que se ejerza en cada caso.
Recurso
Se considerará como recurso el ejercicio de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Fundamento legal
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
Entidad Gestora
Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales, Gerencias y/u órganos con rango equivalente del Ayuntamiento de Madrid
Los ciudadanos y ciudadanas podrán denunciar:
- La instalación de generadores de calor de uso industrial o doméstico tanto individual como colectivo de potencia superior a 35 Kw. requerirá licencia municipal. En el caso de edificaciones nuevas esas licencias estarán tramitadas conjuntamente con las de las instalaciones generales del edificio. Si se trata de actividades industriales que disponen de generadores de calor, la licencia de éstos puede ser tramitada conjuntamente con la de actividad. El Ayuntamiento realizará la inspección técnica, si existen molestias, ante la correspondiente denuncia.
- La evacuación de los humos de combustión o actividades se realizará a través de chimeneas cuya desembocadura sobrepasará en un metro la altura de los edificios más altos, ya sea el propio o colindantes en un radio de 15 m.
En caso de emergencia llamar al teléfono 112
- Facilitar datos personales.
- Descripción de la denuncia.
Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".
Fundamento legal
Entidad Gestora
Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid