Subvenciones para proyectos de Cooperación Internacional y Sensibilización Social 2016

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:

  • Modalidad de proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo
  • Modalidad de proyectos de Sensibilización para una Ciudadanía Global y Educación para un Desarrollo Sostenible.

Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".

Destinatarios

  • Para la realización de proyectos de Cooperación internacional  para el Desarrollo: organizaciones o agrupaciones de ONGDs que tengan como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo.
  • Para la realización de proyectos de Sensibilización para una Ciudadanía Global y Educación para un Desarrollo Sostenible: organizaciones o agrupaciones de entidades que tengan como fines institucionales la realización de actividades de sensibilización y educación para el desarrollo.

 

Plazo

27/10/2016 - 15/11/2016

Requisitos

Requisitos de las entidades:

  • Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones y Fundaciones o cualquier otro, al menos 2 años con anterioridad a la publicación de esta convocatoria.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos, debiendo acreditar ambos extremos documentalmente.
  • Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la memoria de la entidad y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, se hubiera realizado o no.
  • No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Requisitos específicos cooperación:

  • Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo, debiendo estar inscritas en el Registro de ONGDs adscrita a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

 Requisitos específicos sensibilización:

  • Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo, debiendo estar inscritas en el Registro de ONGDs adscrita a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo o en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

Cómo realizar el trámite

 

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente:Preferentemente en el Registro de la Gerencia de la Ciudad, en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Plazo: del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2016, (20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 257 de fecha 26 de octubre de 2016).

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".  
  • Anexo I,  Anexo II, Anexo III  y Anexo III   disponibles en "Modelos de formularios".

Más Información

Tramitación
  • Fase 1 convocatoria: Resolución del Coordinador General de la Alcaldía de 6 de octubre de 2016. BOAM  7765 de 17 de octubre de 2016.
  • Fase 2 propuesta de resolución provisional. 
  • Fase 3 propuesta de resolución definitiva
  • Fase 4 resolución definitiva. 
Fundamento legal
  • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos aprobada por el Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha de 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 276, de 22 de noviembre de 2013. 
  • Resolución del Coordinador General de la Alcaldía de 6 de octubre de 2016. BOAM  7765 de 17 de octubre de 2016.
Entidad Gestora

Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad


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