Padrón Municipal de Habitantes. Confirmación de residencia en padrón extranjeros comunitarios o tarjeta residencia permanente
Objeto del servicio
Conforme a lo acordado por el Consejo de Empadronamiento, se realizarán comprobaciones periódicas de la continuidad de residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años.
 Legislación aplicable:Ley 4/1996, de 10 de enero Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el padrón municipal y Real Decreto 2612/1996 que modifica el Reglamento de población y Demarcación Territorial del las Entidades Locales
¿Quién puede solicitarlo?
Los ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia en régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios) y aquellos que tienen autorización de residencia permanente, sin pertnecer a dichos países.
Datos de pago
Gratuito
Documentos necesarios a aportar
Documentación original a presentar y fotocopia: Pasaporte en vigor
Tarjeta de residencia en vigor
Ciudadanos de la Unión Europea también pueden presentar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea junto con el pasaporte o DNI de su país en vigor.
Forma de inicio
A petición del interesado
Unidad responsable
SAC. Servicio de Atención al Ciudadano
Órgano que resuelve
Ayuntamiento de Leganés
Oficinas de la administración
Biblioteca Publica Municipal Julian Besteiro
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento De Leganes
Lunes 9:00 - 24:00 Martes 9:00 - 24:00 Miércoles 9:00 - 24:00 Jueves 9:00 - 24:00 Viernes 9:00 - 24:00 Sábado 9:00 - 24:00 Domingo 9:00 - 24:00