Hacienda. Domiciliación de Tributos (alta,anulación, modificación)
Objeto del servicio
La domiciliación bancaria es un medio para realizar el pago de los tributos municipales mediante el cargo en la cuenta que determine el interesado.
Podrán domiciliarse tanto los recibos de padrón fiscal que se emiten anualmente como cualquier otra liquidación por deudas tributarias o sanciones practicada por el Ayuntamiento de Leganés a cargo del interesado. No podrán pagarse por domiciliación bancaria las autoliquidaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Plazo de presentación
Fecha de cargo en cuenta Los recibos domiciliados se cargarán en cuenta el último día del periodo voluntario de pago que figure en el recibo domiciliado.
Descuento por domiciliación Gozarán de un descuento del 5 % los recibos que se paguen por domiciliación bancaria que correspondan a los siguientes padrones fiscales: El descuento del 5 % se perderá en los siguientes supuestos: - Cuando se anule la orden de domiciliación.
- Impuestos sobre Bienes Inmuebles, urbanos y rústicos
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
- Tasa por entrada de vehículos a través de aceras y calzadas, de uso particular (tarifa primera)
- Tasa por recogida de Residuos Industriales
- Cuando se produzca la devolución bancaria de un recibo domiciliado. En este caso, se exigirá la deuda impagada más el importe de la bonificación en vía ejecutiva.
- Cuando estando la deuda domiciliada el pago de la misma se realice por cualquier otro medio distinto al de domiciliación bancaria.
- Cuando se solicite aplazamiento o fraccionamiento para el pago de la deuda o se suspenda la acción de cobro por interposición de recurso o por cualquier otra causa imputable al obligado al pago.
- Cuando el obligado al pago tenga deudas pendientes de pago en ejecutiva (no paralizadas o propuestas de baja).
Documentos necesarios a aportar
El formulario 951 "orden de domiciliación adeudo directo SEPA CORE", cuando la domiciliación se solicite por escrito.
Requisitos
El pago podrá domiciliarse en la cuenta de titularidad del obligado al pago o en la cuenta de un tercero siempre que el titular de la cuenta autorice la domiciliación. Que el obligado al pago comunique la orden de domiciliación al Ayuntamiento de Leganés La orden de domiciliación podrá comunicarse por escrito cumplimentando el formulario 951 "orden de domiciliación adeudo directo SEPA ¿CORE" o por teléfono. La orden de domiciliación por escrito deberá ser firmada por el titular dela cuenta donde se domicilie el pago. Los pagos se entenderán realizados en la fecha de cargo en cuenta de dichas domiciliaciones, considerándose justificante del ingreso el que a tal efecto expida la entidad de crédito donde se encuentre domiciliado el pago, que incorporará como mínimo los datos que se establezcan en la orden ministerialcorrespondiente. En aquellos casos en los que el cargo en cuenta no se realice o se realice fuera de plazo por causa no imputable al obligado al pago, no se exigirán a este recargos, intereses de demora ni sanciones
Forma de inicio
A petición del interesado
Unidad responsable
SAC. Servicio de Atención al Ciudadano
Órgano que resuelve
CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y PATRIMONIO
Observaciones
Al inicio del periodo de pago voluntario le comunicaremos los datos bancarios y del recibo, al objeto de su comprobación y rectificación si procediera.
Otra información de interés
El pago por domiciliación bancaria podrá solicitarse hasta 15 días antes a la fecha del vencimiento del recibo que se quiera domiciliar. En el caso de domiciliación de deudas de padrones fiscales, las domiciliaciones realizadas fuera del plazo indicado surtirán efecto para el padrón del año siguiente. Las domiciliaciones de recibos periódicos de padrones fiscales (como IBI, IAE, IVTM, etc) tendrán validez para años sucesivos mientras no se revoque la misma.
Formas y lugares de tramitación
Presencial |
CASA DEL RELOJ: Avd. Gibraltar, 2 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. y de 17:00 a 19:00 horas, en horario de Tarde será IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA. Sábados de 9:00 a 13:00 h. Horario Julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; sábados de 9:00 a 13:00 h. MetroSur: Casa del Reloj Bus: 450, 483, L1 JUNTA DE DISTRITO DE LA FORTUNA: C/ San Amado, 20 Ver mapa Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h.; jueves de 17:00 a 19:00 h. Horario en julio y agosto: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. Bus: 483, 486, 487, L1 - Metro: La Fortuna Línea 11 JUNTA DE DISTRITO DE ZARZAQUEMADA: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/ Mayorazgo, 25 Ver mapa Horario: Martes y Jueves de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: Julián Besteiro Bus: 432, 480, 481, 483, 484, 485, L1 JUNTA DE DISTRITO DE SAN NICASIO: Centro Municipal José Saramago Avd. Mar Mediterráneo, 24 Ver mapa Horario: Lunes y miércoles de 8:30 a 14:30 h. Julio y agosto CERRADO MetroSur: San Nicasio Bus: 450, 482, 486, 488 SAC MÓVIL: Lunes a viernes de 15:30 a 20:30 h.; Sábados,domingos y festivos de 10:30 a 14:30 h. (Excepto 1 y 6 de enero, Semana Santa - jueves, viernes, sábado y domingo -1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre). Agosto CERRADO Consulte paradas SAC Móvil TELEMÁTICAMENTE: Presentación Telemática (Nuevo) "Para Todos los sujetos comprendidos en el Art. 14.2 de la Ley 39/2015"
Documentos
Nombre fichero | Tamaño | Archivo |
Modelo 951. Orden de Domiciliacion (alta, baja, modificación) | |||
Trámites relacionados
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