Alcaldía. Boda Civil
Objeto del servicio
Matrimonio civil es el matrimonio que se contrae, formaliza e inscribe ante las autoridades civiles (registro civil, administración pública, jueces o autoridades municipales).
En este caso ante la autoridad municipal del Ayuntamiento de Leganés.
¿Quién puede solicitarlo?
Con carácter previo, los futuros contrayentes, comparecerán en el Registro Civil de Leganés, donde les informarán de los trámites necesarios.
Documentos necesarios a aportar
DOCUMENTOS QUE HAN DE APORTAR AL REGISTRO CIVIL -- ESPAÑOLES -- Partida literal de nacimiento de ambos (Registro Civil donde figure inscrito su nacimiento) --Lo pueden solicitar por Internet-- Certificado de empadronamiento de ambos, en el que se acredite la residencia de los dos últimos años Dos testigos, que han de ser distintos a los del Ayuntamiento Si alguno de los futuros contrayentes, fuese divorciado o viudo, certificado literal de matrimonio, en el que figure al margen la sentencia de divorcio, o defunción Fotocopias DNI contrayentes y testigos -- EXTRANJEROS-- Certificado literal de nacimiento del país de origen (legalizado o apostillado) Certificado de inscripción consular, legalización en Calle Juan de Mena número 4 --, previa cita por internet - * Más info ver+ Certificado acreditadito de si la ley personal del país de origen exige la publicación de edictos al contraer matrimonio civil en España (Consulado) Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento correspondiente acreditando los dos últimos años de residencia Certificado acreditativo de la fé de vida-estado civil (Consulado) Si estuviesen divorciados, certificado de matrimonio con la anotación del divorcio del país de origen Fotocopia del pasaporte (original para su compulsa) o tarjeta de residencia, al presentar la citada documentación, los futuros contrayentes, deberan manifestar que desean que la boda se celebre en el Excmo Ayuntamiento de Leganés, una vez que el Registro Civil les entregue el expediente matrimonial, deberán dirigirse al Excmo Ayuntamiento (Plaza Mayor, 1 - 2ª planta) para señalar día y hora DOCUMENTOS QUE HAN DE ENTREGAR EN EL AYUNTAMIENTO: Expediente matrimonial, previa tramitación por el Registro Civil (El citado expediente, sólo tiene validez un año desde la fecha de publicación de edictos, dispensa o práctica de diligencias sustitutorias) Fotocopia de DNI (pasaporte - original para su compulsa-, tarjeta de residencia) de los contrayentes, así como de los testigos, siendo éstos, distintos a los del Registro Civil Si los contrayentes tuviesen hijos, libro de familia, Si tuvieran capitulaciones matrimoniales, escritura destinada al Registro Civil DÍAS Y LUGAR DE CELEBRACIÓN: Todos los viernes, en horario de 13:15; 13:30; y 13:45 horas Y para los residentes en Leganés; necesitan estar empadronados: Los segundos y cuartos sábados de cada mes (excepto enero y agosto), salvo que sean fiesta nacional, autonómica o local, así como determinadas fiestas muy señaladas El lugar de celebración es, el Centro Municipal "Las Dehesillas", Avda del Museo, 4 *.
Unidad responsable
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
Órgano que resuelve
ALCALDE-PRESIDENTE
Observaciones
DE INTERÉS: ? El Excmo. Ayuntamiento de Leganés, no dispone de fotógrafo ni de operador de video en exclusiva. ? Los contrayentes pueden elegir la música, así como adornar el salón de celebración. ? La celebración del matrimonio no supone coste alguno para los contrayentes. ? A los 45 días aproximadamente, los contrayentes, o uno de ellos, comparecera en el Registro Civil, con el ejemplar del ACTA DE CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO que se les ofrece el día de la boda, para retirar el libro de familia.
Trámites relacionados
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