Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

  • Objeto

    Trámite para solicitar información para acceder como persona voluntaria a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

    Unidad Tramitadora

    (36) Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Solicitud de ingreso (ver documento en "Descargas y Enlaces")
      • Ficha médica (ver documento en "Descargas y enlaces")
      • Declaración jurada de no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme (ver documento en "Descargas y Enlaces")
      • Fotocopia del D.N.I.
      • 2 Fotografías tipo carné en color
      • Fotocopia del carné de conducir, si lo posee
      • Fotocopia de la titulación académica relacionada con protección civil, si la posee, cursos de salvamento y socorrismo, rescate, etc. Deberán aportarse originales para comprobación
      • Certificado médico o informe médico de no poseer enfermedades infecto-contagiosas expedido por Centro de Salud. Deberá especificar: identificar a la persona haciendo constar DNI, nombre y apellidos; constatar que la persona acredita condiciones físicas adecuadas (si tuviera alguna incapacidad física o discapacidad psíquica deberá reflejarse); constatar que no padece en la actualidad enfermedad infecto-contagiosa alguna ni enfermedad psíquica, en caso de padecer alguna se hará constar
      • Certificado de antecedentes penales (Certificado que permite acreditar la carencia de antecedentes penales o, en su caso, la existencia de los mismos. Expedido por la Gerencia Territorial de Justicia sita en la calle de Reyes Católicos, 47 bajo)
      • Certificado de delitos de naturaleza sexual (Expedido por la Gerencia Territorial de Justicia sita en la calle de Retes Católicos, 47 bajo)

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    9.1
    Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (BOP de 24 de enero de 1997)
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier ciudadano mayor de edad.

    Cómo lo puede presentar

    La documentación deberá entregarse en la siguiente dirección:

    Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
    Dirección: Calzada Lateral del Norte, 35
    Miller Bajo
    35013 Las Palmas de Gran Canaria
    Teléfono: 928 44 85 78
    Horario de atención al público: 09:00-13:00.
    Correo electrónico: sramos@laspalmasgc.es
    Si no hubiera nadie en la oficina contactar con el teléfono: 690 963 662

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

    Obligaciones económicas

    No.

  • Objeto

    Solicitud de informe sobre la compatibilidad de la instalación o actividad proyectada con el planeamiento u ordenanzas aplicables, a los efectos previstos en la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otra medidas administrativas complementarias, según lo establecido en el articulo 9.1 b)

    Unidad Tramitadora

    (1602) Sección de Actividades

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias (Comunidad Autónoma de Canarias) (BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2011)
    9 Consultas previas
    36 Impugnación directa del informe de compatibilidad urbanística

    Quién puede realizar la solicitud

    El interesado (cualquier persona física o jurídica) o su representante legal.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
    Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso de reposición.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.

    Información general

    Para cualquier duda o información, puede dirigirse al Servicio de Edificación y Actividades, presencial o telefónicamente, en los horarios publicados en la página web municipal (Atención al público del Servicio de Edificación y Actividades).

  • Objeto

    Solicitar Informe de Conformidad Urbanística previa a la presentación de la Declaración Responsable requerida para llevar a cabo el inicio de obra civil de ejecución y modificación sustancial relacionada con la instalación de actividades de radiocomunicaciones (estaciones e infraestructuras radioeléctricas)

    Unidad Tramitadora

    (1601) Sección de Edificación

    Silencio Administrativo

    Sin Efecto

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
    Texto Íntegro
    Ordenanza Municipal Reguladora de las Instalaciones de Radio Comunicaciones
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    El promotor de la obra.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Antes de la presentación de la Declaración Responsable requerida para llevar a cabo el inicio de las obras de ejecución de las instalaciones

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Según Ordenanza Fiscal vigente.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.

    Observaciones

    Deberá el promotor solicitar u obtener Informe de Conformidad Urbanística favorable a la presentación de la Declaración Responsable requerida para llevar a cabo el inicio de las obras de ejecución de las instalaciones

    Información general

    Para cualquier duda o información, puede dirigirse al Servicio de Edificación y Actividades, presencial o telefónicamente, en los horarios publicados en la página web municipal (Atención al público del Servicio de Edificación y Actividades).

  • Objeto

    Con el objeto de garantizar la calidad y sostenibilidad del parque edificado se establece la obligación de disponer del Informe de Evaluación (IEE). Con el mencionado documento se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética.


    El Informe de Evaluación que determine los extremos señalados en el apartado anterior, identificará el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contendrá, de manera detallada:


    a) La evaluación del estado de conservación del edificio.


    b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.


    c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.


    Cuando, de conformidad con la normativa autonómica o municipal, exista un Informe de Inspección Técnica que ya permita evaluar los extremos señalados en las letras a) y b) anteriores, se podrá complementar con la certificación referida en la letra c), y surtirá los mismos efectos que el informe regulado por esta ley.

    Abundando en lo referido al párrafo anterior, con el objeto de evitar duplicidades entre el informe y la Inspección Técnica de Edificios o instrumento de naturaleza análoga que pudiera existir en este municipio, el informe resultante de aquélla se integrará como parte del Informe de Evaluación definido en esta apartado, teniéndose éste último por producido, en todo caso, cuando el ya realizado haya tenido en cuenta exigencias derivadas de la normativa autonómica o local iguales o más exigentes a las establecidas por la normativa nacional que regula el Informe de Evaluación de Edificios.

    Unidad Tramitadora

    (14) Servicio de Protección del Paisaje

    Silencio Administrativo

    Sin Efecto

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Informe de Evaluación de Edificios
      • Archivo informático tipo referenciacatastralDR.pdf que contenga la declaración responsable, firmada por el mismo técnico competente (Ver documento en "Descargas y Enlaces")
      • Archivo informático tipo referenciacatastral.iee, generado por la aplicación informática. Se accede a la mencionada aplicación a través de la url facilitada en "Descargas y Enlaces"
      • Archivo informático tipo referenciacatastral.pdf, con idéntico contenido que el anterior y generado por la misma aplicación informática. Deberá estar firmado por técnico competente y por el propietario o su representante legal. Se accede a la mencionada aplicación a través de la url facilitada en "Descargas y Enlaces"
    • En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
      • Documento de identidad del solicitante
    • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
      • Documento de identidad del solicitante
      • Documento de identidad del representante
      • Acreditación de la representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
    2.6 Definición de edificio residencial de vivienda colectiva
    29 El Informe de Evaluación de Edificios
    30 Capacidad para suscribir el Informe de Evaluación de Edificios
    D.T.2ª Calendario para la realización del Informe de Evaluación de los Edificios
    D.F.1ª Cualificaciones requeridas para suscribir los Informes de Evaluación de Edificios
    Ordenanza Municipal Especial de Conservación y Estado Ruinoso de Edificios de Las Palmas GC
    Texto Íntegro
    Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias
    268 Deber de conservación
    269 Inspección técnica de edificaciones

    Tipos

    La obligación de disponer del Informe de Evaluación es aplicable a los siguientes edificios:


    1. Edificios de tipología residencial de vivienda colectiva. Entiendo por tal, el compuesto por más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener, de manera simultánea, otros usos distintos del residencial. Con carácter asimilado se entiende incluida en esta tipología, el edificio destinado a ser ocupado o habitado por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias. Salvo que así lo exija la normativa autonómica o municipal, están excluidas por tanto las viviendas unifamiliares.


    2. Cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando el propietario pretenda solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.


    3. Para el resto de edificios, cuando la normativa autonómica o municipal puede exigir el IEE para el resto de los edificios, pudiendo establecer especialidades de aplicación del citado informe, en función de su ubicación, antigüedad, tipología o uso predominante.

    Requisitos

    Cuando el propietario pretenda solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, deberá presentar el Informe de Evaluación siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.

    Quién puede realizar la solicitud

    El/la profesional redactor/a del informe.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    La obligación de disponer del Informe de Evaluación deberá hacerse efectiva, como mínimo, en relación con los siguientes edificios y en las fechas y plazos que a continuación se establecen:


    a) Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que a fecha 28 de junio de 2013, tuvieran ya una antigüedad superior a 50 años, el día 28 de junio de 2018, como máximo.


    b) Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que vayan alcanzando la antigüedad de 50 años, a partir del 28 de junio de 2013, en el plazo máximo de cinco años, a contar desde la fecha en que alcancen dicha antigüedad.

    Tanto en los supuestos de la letra a) y b) anterior, si los edificios contasen con una inspección técnica vigente, realizada de conformidad con su normativa aplicable, antes del 28 de junio de 2013, sólo se exigirá el Informe de Evaluación cuando corresponda su primera revisión de acuerdo con aquella normativa, siempre que la misma no supere el plazo de diez años, a contar desde la entrada en vigor de esta Ley. Si así fuere, el Informe de Evaluación del Edificio deberá cumplimentarse con aquellos aspectos que estén ausentes de la inspección técnica realizada.


    c) los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética, en fecha anterior a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.


    d) El resto de los edificios, cuando así lo determine la normativa autonómica o municipal, que podrá establecer especialidades de aplicación del citado informe, en función de su ubicación, antigüedad, tipología o uso predominante.

    El Informe de Evaluación tendrá una periodicidad mínima de diez años, pudiendo mediante regulación la comunidad autónoma o este ayuntamiento establecer una periodicidad menor.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Observaciones

    El Informe de Evaluación realizado por encargo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refieran a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario extenderá su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes.


    El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación regulado por este artículo y la disposición transitoria segunda tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios o equivalente, en el plazo expresamente establecido.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
    Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

  • Objeto

    Obtener un informe sobre la pertenencia de un bien al Inventario de Bienes.

    Unidad Tramitadora

    (10) Sección de Patrimonio

    Silencio Administrativo

    Negativo

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Plano de situación del bien objeto de la petición

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro Patrimonio de las Administraciones Públicas
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: cualquier día hábil en los horarios establecidos oficialmente.
    Telemático: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), por comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado o mediante notificación electrónica.

    Información general

    Para cualquier duda o información, puede dirigirse a la Sección de Patrimonio, presencial o telefónicamente.

  • Objeto

    Trámite obligatorio de inscribir cualquier cambio o modificación sustancial producido en la entidad inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas.

    Unidad Tramitadora

    (28) Secretaría General del Pleno

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Certificación acreditativa de que el representante está facultado para instar la inscripción en nombre y representación de la asociación, federación, confederación o unión de asociaciones de la que se trate.
      • Certificado del acuerdo en el que se decidió la modificación solicitada
      • Documento público que contiene el cambio del que se trate: Estatutos, junta directiva, domicilio social, etc..

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
    Texto Integro
    Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias
    Texto Íntegro Asociaciones
    Decreto 12/2007, de 5 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (BOC núm. 38, de 21 de febrero de 2007)
    Texto Íntegro Reglamento Asociaciones
    Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 25 de febrero de 2011 (BOP núm. 63, de 13 de mayo de 2011)
    Texto Íntegro Participación Ciudadana en el Municipio

    Quién puede realizar la solicitud

    Quien ostente la representación legal de la asociación, según se establezca en sus estatutos, o la persona a la que se autorice.

    Cómo lo puede presentar

    Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    Las asociaciones, como personas jurídicas, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Fechas en que lo debe solicitar

    Un mes desde que se haya adoptado el acuerdo de modificación por el órgano competente, según los Estatutos (artículo 24.5 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana).

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Quién está obligado a solicitarlo

    Las entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas están obligadas a comunicar las modificaciones que se produzcan en los siguientes aspectos:

    • La unión, fusión o absorción con otras asociaciones o federaciones y de estas en confederaciones, cualquiera que sea su ámbito, así como los acuerdos de separación.
    • La modificación de los estatutos.
    • La designación, renovación y cese de los órganos de representación y la delegación de sus facultades, así como su revocación.
    • La apertura, traslado y cierre de delegaciones o establecimientos.
    • La incorporación y separación de asociaciones a una federación, confederación o unión de asociaciones o entidades nacionales o internacionales.
    • La declaración de utilidad o interés público y su revocación.
    • Documentación relativa a impugnación de acuerdos sociales.

    Órgano que comunica acuse de recibo

    Secretaría General del Pleno.

    Plazo de cumplimentación del trámite

    10 días.

  • Objeto

    Solicitud de inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas por parte de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, que no tengan ánimo de lucro y que no estén sometidas a un régimen asociativo específico.

    Unidad Tramitadora

    (28) Secretaría General del Pleno

    Silencio Administrativo

    Positivo (15 Días Hábiles)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Certificación acreditativa de que el representante está facultado para instar la inscripción en nombre y representación de la asociación, federación, confederación o unión de asociaciones de la que se trate.
      • Estatutos de la Entidad, donde se exprese su denominación, ámbito territorio de actuación, domicilio social fines y actividades, patrimonio inicial, recursos económicos, criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la Entidad, y todos aquellos extremos que se especifican en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo Reguladora del Derecho de Asociación
      • Domicilio social de la entidad
      • Presupuesto equilibrado del año en curso
      • Programa de actividades a desarrollar en el año en curso
      • Certificación acreditativa de número de socios
      • Nombre de las personas que ocupen cargos directivos
    • En caso de que sean federaciones, confederaciones o uniones de asocaciones
      • Certificación del acuerdo adoptado para su integración por parte de cada una de las asociaciones que se integran en la federación, confederación o unión de asociaciones.

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
    Texto Integro
    Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias
    Texto Íntegro Asociaciones
    Decreto 12/2007, de 5 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (BOC núm. 38, de 21 de febrero de 2007)
    Texto Íntegro Reglamento Asociaciones
    Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 25 de febrero de 2011 (BOP núm. 63, de 13 de mayo de 2011)
    Texto Íntegro Participación Ciudadana en el Municipio

    Requisitos de iniciación

    Formalización del modelo de solicitud de inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas.

    Cómo lo puede presentar

    Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    Las asociaciones, como personas jurídicas, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Quién puede realizar la solicitud

    Quien ostente la representación legal de la asociación, según se establezca en sus estatutos, o la persona a la que se autorice.
    Podrán inscribirse en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas todas aquellas asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base, que no tengan fin de lucro y que no estén sometidas a un régimen asociativo específico y cuyo ámbito de actuación principal sea la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
    No están incluidas en el ámbito de aplicación de este Registro:

    • Las entidades que se rijan por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, tales como sociedades civiles, mercantiles, cooperativas y mutualidades, las uniones temporales de empresas y las agrupaciones de interés económico, así como, en general, todas aquellas cuyo fin consista en la obtención de beneficios económicos para su distribución entre los socios.
    • Los partidos políticos, sindicatos, asociaciones empresariales, así como las uniones, coaliciones o federaciones de estos.
    • Las asociaciones religiosas.
    • Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas.
    • Las asociaciones de consumidores y usuarios y las uniones, coaliciones o federaciones de estas.
    • Los colegios u organizaciones profesionales, o las uniones o federaciones de estas.
    • Las comunidades de bienes y propietarios.
    • Cualquier otra regulada por legislación específica.


    Fechas en que lo puede solicitar

    Todo el año, después de la inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias y/o en el Registro Nacional de Asociaciones.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    Concejal de gobierno del Área de Barrios de Participación Ciudadana.

    Plazo de resolución

    15 días.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución

    Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, o potestativo de revisión, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

    Notificación

    En los 10 días siguientes de haberse dictado la resolución.

  • Objeto

    Trámite que se sigue para solicitar a la Administración municipal la inscripción en cursos o actividades de educación vial.

    Unidad Tramitadora

    (32) Policía Local

    Silencio Administrativo

    Negativo

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
    Texto Íntegro

    Requisitos de iniciación

    Vecinos o entidades residentes en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.

    Quién puede realizar la solicitud

    Persona física mayor o menor edad. En caso de tratarse de menores de edad, sus padres o tutores deberán solicitar la inscripción.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    Alcalde por delegación de la Jefatura de la Policía Local.

    Observaciones

    La Unidad del Parque de Educación Vial realiza distintas actividades orientadas tanto a menores como a mayores de edad. La participación de centros escolares en actividades de educación vial, el aprendizaje de adultos para montar en bicicleta o los cursos para la conmutación de multas para conductores de ciclomotores son algunas de las actividades que desarrolla a lo largo del año la citada Unidad Policial

    Información general

    No hay un plazo de resolución de la solicitud, una vez recibida y examinada la disponibilidad se comunica su aceptación o se ofrecen fechas alternativas, en caso de que no se pueda atender un colegio, se le informa que debe solicitarlo nuevamente para el curso siguiente gozando de prioridad.
    Responsable / Contacto
    Unidad de Educación Vial de la Policía Local
    Oficial Brígida Esther Alonso Santana
    • Por teléfono: 928 331 934
    • Por correo electrónico: educacion.vial@laspalmasgc.es

  • Objeto

    Solicitud por parte del ciudadano de la comprobación in situ mediante inspección ocular, de las posibles anomalías o deficiencias observadas y denunciadas; por el estado anormal de precios, etiquetado de productos, alimentación, facturaciones, funcionamiento de los servicios públicos o privados, venta ambulante, mercadillos, etc.
    Las inspecciones se realizan de oficio o bien a consecuencia de una reclamación/denuncia en la que se observa que los motivos de la misma pudieran ser constitutivos de una infracción de consumo.

    Unidad Tramitadora

    (5103) OMIC

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores/as y Usuarios/as y otras leyes complementarias
    Texto Íntegro Defensa de los Consumidores y Usuarios
    Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma General de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios
    Texto Íntegro Etiquetado de productos alimenticios
    Ley 3/2003, de 12 de febrero, del Estatuto de los Consumidores/as y Usuarios/as de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Estatuto Consumidores y Usuarios
    Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la Licencia Comercial
    Texto Íntegro
    Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
    Texto íntegro
    Ordenanza Municipal de Defensa de Consumidores/as y Usuarios/as
    Texto íntegro Defensa de consumidores y usuarios

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada, o su representante legal.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    • En la Oficina Municipal de Información al Consumidor:

    Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC)
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta baja
    Teléfono: 928 448 562
    Correo electrónico: omic@laspalmasgc.es
    Horario de atención al público: lunes, miércoles y viernes 9:00-13:00 (no necesita cita previa).

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    En el caso de que se compruebe que los hechos denunciados y que han sido objeto de inspección son constitutivos de infracciones en materia de consumo y conforme a la tipificación existente, corresponderá la tramitación del preceptivo procedimiento sancionador al Ayuntamiento o a la Dirección General de Consumo

  • Objeto

    - Trámite para solicitar la instalación o el traslado de contenedores domiciliarios.
    - Trámite para solicitar la instalación o el traslado de cubo o contenedor comercial.
    - Trámite para solicitar la instalación o el traslado de contenedores para recogida selectiva
    - Trámite para la instalación o traslado de papelera para el ciudadano.
    - Trámite para el traslado de papelera (POR UN COMERCIO):

    • Nueva apertura
    • Instalación terraza

    - Trámite para solicitar la limpieza de los contendores y/o papeleras.

    Unidad Tramitadora

    (20) Limpieza Viaria y Recogida Residuos Sólidos Urbanos

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ordenanza Municipal de Limpieza Pública
    Texto íntegro Limpieza Pública Municipal
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    25 Competencias de gestión municipal
    26 Servicios de prestación municipal

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada, o su representante legal.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar:

    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria

    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

    Dónde lo puede presentar

    1. En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2. En el caso de que opte por el Trámite presencial:

    Oficina Central
    Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: Calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    Servicio Municipal de Limpieza.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
    Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

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