Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

  • Objeto

    Reingreso al servicio activo.

    Unidad Tramitadora

    (08) Servicio de Recursos Humanos (Jefatura)

    Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
    Texto Íntegro
    Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas
    Texto Íntegro
    Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
    Texto Íntegro

    Efecto del silencio administrativo

    Positivo

    Requisitos de iniciación

    Petición del interesado.

    Quién puede realizar la solicitud

    Personal que no se encuentre en servicio activo.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.1. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
    2. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    3. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Durante todo el año.

    Dónde lo puede presentar

    Registro General de Entrada de la Corporación, sito en la calle León y Castillo número 270, Edificio Metropole, 35005, Las Palmas de Gran Canaria; así como en los registros desconcentrados de este Ayuntamiento o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que se relacionan a continuación:
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración de las Comunidades Autónomas.
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración Local y esté dado de alta como Oficina de Registro Virtual (ORVE, Directorio Común de unidades y oficinas de las Administraciones Públicas), y esté incorporada al Sistema de Interconexión de Registros plataforma SIR.
    - En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la solicitud se presentará en sobre abierto, con objeto de que se haga constar en la misma el nombre de la oficina y la fecha, lugar y hora de presentación, de conformidad con el artículo 31 del RD. 1829/1999, de 3 de diciembre.
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    Si posee certificado digital, podrá hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, accediendo a la dirección http://www.laspalmasgc.es/es/online/sede electronica/ . Una vez firmado digitalmente, se obtendrá de manera inmediata un resguardo con el número y fecha de registro.

    Órgano que resuelve

    Dirección General de Administración Pública.

    Plazo de resolución

    3 meses.

    Recurso contra la resolución

    Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
    Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de los Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
    DEMANDA ante el Juzgado de los Social de Las Palmas.

  • Objeto

    Reingreso al Servicio Activo desde Excedencia Voluntaria.

    Unidad Tramitadora

    (08) Servicio de Recursos Humanos (Jefatura)

    Silencio Administrativo

    Negativo

    Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
    Texto Íntegro
    Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas
    Texto Íntegro
    Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
    Texto Íntegro

    Requisitos de iniciación

    Petición del interesado.

    Quién puede realizar la solicitud

    Personal que no se encuentre en servicio activo.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Registro General de Entrada de la Corporación, sito en la calle León y Castillo número 270, Edificio Metropole, 35005, Las Palmas de Gran Canaria; así como en los registros desconcentrados de este Ayuntamiento o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que se relacionan a continuación:
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.

    Dónde lo puede presentar

    Registro General de Entrada de la Corporación, sito en la calle León y Castillo número 270, Edificio Metropole, 35005, Las Palmas de Gran Canaria; así como en los registros desconcentrados de este Ayuntamiento o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que se relacionan a continuación:
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración de las Comunidades Autónomas.
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración Local y esté dado de alta como Oficina de Registro Virtual (ORVE, Directorio Común de unidades y oficinas de las Administraciones Públicas), y esté incorporada al Sistema de Interconexión de Registros plataforma SIR.
    - En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la solicitud se presentará en sobre abierto, con objeto de que se haga constar en la misma el nombre de la oficina y la fecha, lugar y hora de presentación, de conformidad con el artículo 31 del RD. 1829/1999, de 3 de diciembre.
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    Si posee certificado digital, podrá hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, accediendo a la dirección http://www.laspalmasgc.es/es/online/sede electronica/. Una vez firmado digitalmente, se obtendrá de manera inmediata un resguardo con el número y fecha de registro.

    Obligaciones económicas

    No.

    Órgano que resuelve

    Dirección General de Administración Pública.

    Resolución

    3 meses.

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    No.

    Recurso contra la resolución

    Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
    Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
    DEMANDA ante el Juzgado de lo Social de Las Palmas.

    Notificación

    Notificación.

  • Objeto

    Reingreso al servicio activo desde servicios especiales (no laborales).

    Unidad Tramitadora

    (08) Servicio de Recursos Humanos (Jefatura)

    Silencio Administrativo

    Positivo

    Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
    Texto Íntegro
    Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas
    Texto Íntegro

    Requisitos de iniciación

    Petición del interesado.

    Quién puede realizar la solicitud

    Personal no laboral que no se encuentre en servicio activo.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Durante todo el año.

    Dónde lo puede presentar

    Registro General de Entrada de la Corporación, sito en la calle León y Castillo número 270, Edificio Metropole, 35005, Las Palmas de Gran Canaria; así como en los registros desconcentrados de este Ayuntamiento o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que se relacionan a continuación:
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración de las Comunidades Autónomas.
    - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración Local y esté dado de alta como Oficina de Registro Virtual (ORVE, Directorio Común de unidades y oficinas de las Administraciones Públicas), y esté incorporada al Sistema de Interconexión de Registros plataforma SIR.
    - En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la solicitud se presentará en sobre abierto, con objeto de que se haga constar en la misma el nombre de la oficina y la fecha, lugar y hora de presentación, de conformidad con el artículo 31 del RD. 1829/1999, de 3 de diciembre.
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    Si posee certificado digital, podrá hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, accediendo a la dirección http://www.laspalmasgc.es/es/online/sede electronica/. Una vez firmado digitalmente, se obtendrá de manera inmediata un resguardo con el número y fecha de registro.

    Órgano que resuelve

    Dirección General de Administración Pública.

    Plazo de resolución

    3 meses.

    Recurso contra la resolución

    Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
    Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

    Notificación

    Telemática.

  • Objeto

    Trámite obligatorio para las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas que deben realizar en el mes de enero de cada año.

    Unidad Tramitadora

    (28) Secretaría General del Pleno

    Silencio Administrativo

    Positivo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Certificación acreditativa de que el representante está facultado para instar la inscripción en nombre y representación de la asociación, federación, confederación o unión de asociaciones de la que se trate.
      • Presupuesto para el ejercicio
      • Programa de actividades para el año en curso

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
    Texto Integro
    Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias
    Texto Íntegro Asociaciones
    Decreto 12/2007, de 5 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (BOC núm. 38, de 21 de febrero de 2007)
    Texto Íntegro Reglamento Asociaciones
    Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 25 de febrero de 2011 (BOP núm. 63, de 13 de mayo de 2011)
    Texto Íntegro Participación Ciudadana en el Municipio

    Requisitos de iniciación

    Formalización del modelo de solicitud de renovación anual de la inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas.

    Quién puede realizar la solicitud

    Quien ostente la representación legal de la asociación, según se establezca en sus estatutos, o la persona a la que se autorice.

    Cómo lo puede presentar

    Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    Las asociaciones, como personas jurídicas, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Mes de enero de cada año.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Quién está obligado a solicitarlo

    Las entidades inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas están obligadas a comunicar en el mes de enero de cada año el presupuesto y el programa anual de actividades para el año en curso.
    El incumplimiento de esta obligación producirá la baja en el Registro de Entidades Ciudadanas, así como la pérdida de derechos que la inscripción en dicho Registro comporta, para lo que se tramitará el oportuno expediente que, en todo caso, contemplará un trámite de audiencia previa a la entidad interesada.

    Órgano que resuelve

    Concejal de gobierno del Área de Barrios y Participación Ciudadana.

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución

    Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, o potestativo de revisión, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

    Notificación

    En los 10 días siguientes de haberse dictado la resolución.

  • Objeto

    Solicitud que realiza los ciudadanos para que procedan a la retirada de animales muertos que estén en la vía pública.

    Unidad Tramitadora

    (20) Limpieza Viaria y Recogida Residuos Sólidos Urbanos

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    25 Competencias de gestión municipal
    Ley 22/2011, de 28 de Julio, de residuos y suelo contaminados
    39 Registro de producción y gestión de residuos

    Quién puede realizar la solicitud

    El interesado o su representante legal. Es un servicio dirigido a particulares

    Cómo lo puede presentar

    Cuando se produzcan una de las situaciones descritas, puede dirigirse por teléfono:

    Atención al público: de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes.
    Tfno.: 928 448 517 - Fax: 928 480 281

    Obligaciones económicas

    Gratuito

    Información de interés

    • Sólo se retiran animales muertos abandonados en vía pública, no de los domicilios.
    • Los animales muertos se deben retirar por un gestor autorizado (ver información en Descargas / Enlaces)

  • Objeto

    De acuerdo con los artículos 75 y 76 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos deben mantener perfectamente identificadas sobre el terreno cada vía urbana.
    Cada vía urbana debe estar designada por un nombre aprobado por el Ayuntamiento.
    El nombre elegido deberá estar en rótulo bien visible colocado al principio y al final de la calle y en una, al menos, de las esquinas de cada cruce.
    Los Ayuntamientos deberán mantener actualizada la numeración de los edificios, tanto en las vías pertenecientes a núcleos de población como en la parte diseminada, debiendo estar fijado en cada uno el número que le corresponda.

    Unidad Tramitadora

    (0201) Negociado de Padrón de Habitantes

    Silencio Administrativo

    Positivo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada
    • Solicitudes formuladas por persona distinta del titular
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona autorizada
      • Escrito de AUTORIZACIÓN de la persona interesada debidamente firmado. Cuando en la acreditación de la representación por la persona autorizada, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayuntamiento está facultado para solicitar la documentación que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el justificante de empadronamiento al domicilio del interesado

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996
    75
    76
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal
    14.4 Rotulación del Municipio, Entidades de Población y Vías Urbanas
    14.5 Numeración de edificios
    Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Persona física o jurídica con interés legítimo o por medio de representación.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: de lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
    Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    Negociado de Padrón de Habitantes.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.

    Plazo habitual

    Tres meses.

  • Objeto

    Prestación de una serie de atenciones y/o cuidados de carácter personal, doméstico y social a las personas y/o familias en sus domicilios, cuando se hallen en situaciones en las que no sea posible la realización de sus actividades habituales o en situaciones de conflictos psico-familiares para algunos de sus miembros.
    Esta prestación tiene como objetivos:

    • Facilitar la autonomía personal de los beneficiarios/as, así como las condiciones higiénicas adecuadas.
    • Mantenerles en su medio habitual y mejorar la calidad de vida.
    • Prevenir situaciones personales que puedan motivar un deterioro físico y psíquico y su marginación social.
    • Lograr un marco de convivencia familiar saludable y una relación positiva en el entorno.
    • Prevenir internamientos innecesarios en instituciones.


    Tipos de prestación:

    • Tareas generales de atención en el hogar.
    • Tareas de atención personal.
    • Tareas de carácter social.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • A) PERSONA DESTINATARIA O REPRESENTANTE LEGAL
      • Fotocopia del libro de familia
      • Fotocopia del documento del cobertura sanitaria
      • Informe del médico de familia (P.10) en el que se detalle la enfermedad y el tipo de ayuda que precisa
      • Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones (Ver documento en apartado Descargas/Enlaces)
      • Última declaración de la Renta
      • Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria donde conste la obligación de no presentarla
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
    • En caso de discapacidad física, psíquica o sensorial
      • Dictamen facultativo en el que conste el grado de discapacidad
    • En caso de tener reconocida la situación de dependencia
      • Documento acreditativo del grado, nivel y recurso asignado, en su caso
    • En caso de separación o divorcio
      • Fotocopia de la de la sentencia de separación o divorcio o convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
    • B) DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR CONVIVENCIAL:
    • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
      • Certificado de bienes inmuebles
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
      • Documento que acredite el saldo medio bancario en el trimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud o cualquier otro documento que refleje el estado de cuentas y los títulos bancarios que posean
      • Volante de empadronamiento
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
    • Y en caso de que algún miembro, incluido el titular, sea trabajador/a por cuenta ajena
      • Última declaración de la Renta
      • Certificación de la Administración tributaria
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
      • Dos últimas nóminas
    • Y en caso de que algún miembro, incluido el titular, sea trabajador/a autónomo/a
      • Última declaración de la Renta
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
      • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. fraccionado
    • Y en caso de que algún miembro, incluido el titular, sea pensionista
      • Documento acreditativo de la pensión que perciba
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
    • Y en caso de que algún miembro, incluido el titular, sea desempleado/a percibiendo algún tipo de prestación
      • Documento acreditativo de la concesión de la prestación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
      • Dos últimos recibos abonados
    • Y en caso de que algún miembro, incluido el titular, sea desempleado/a que no perciba ningún tipo de prestación o no poder acreditar los ingresos mediante documentación oficial
      • Documento de la oficina de empleo correspondiente que acredite tal situación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
      • Cumplimentar el documento Declaración Responsable de Subsistencia (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • En caso de representación
      • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Decreto 5/1999, de 21 de enero, por el que se regula la Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio
    Texto Íntegro Prestación Ayuda a Domicilio
    Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio
    Texto Íntegro Regulación del sistema Municipal de Ayuda a Domicilio
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales

    Quién puede realizar la solicitud

    Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

    • Las personas y/o familias con incapacidad total o parcial, temporal o permanente, que les impida desenvolverse con normalidad en las actividades habituales o en situaciones de conflictos psicofamiliares para algunos de sus miembros.
    • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y resida en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    • Que requieran algunas de las modalidades contempladas en las características de las prestaciones (tareas generales de atención en el hogar, tareas de atención personal y/o tareas de carácter social).
    • Que sus necesidades se ajusten al horario establecido para la prestación de este servicio.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar:
    *Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
      Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
      Calle León y Castillo, 270
      35005 Las Palmas de Gran Canaria


    * Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 octubre de 2015).
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

      Oficina Central
      Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
      Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

      Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
      Dirección: Calle Botas, 2
      Teléfono: 928.44.71.54
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Centro
      Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
      Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
      Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
      Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Isleta Puerto Guanarteme
      Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
      Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Ciudad Alta
      Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
      Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
      Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
      Teléfono: 928.44.85.24
      Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.


    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    .

    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:

      Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
      1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
      Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
      Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
      Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama

      2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
      Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
      Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
      Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I

      3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
      Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
      Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
      Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón

      Distrito Centro
      1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
      Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
      Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
      Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas

      2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
      Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
      Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
      Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás

      Distrito Isleta Puerto Guanarteme
      1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
      Dirección: Calle La Naval, 229 A
      Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
      Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla

      2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
      Dirección: Calle Mario César, 17
      Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
      Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras

    ..

    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Extinción del derecho

    La prestación de la ayuda a domicilio se extinguirá por alguna de las siguientes causas:

    • Por renuncia o fallecimiento de la persona usuaria.
    • Por desaparición de la situación de necesidad que motivó su concesión.
    • Por ocultamiento o falsedad comprobada en los datos que han sido tenidos en cuenta para conceder la prestación o incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de la prestación sin causa justificada.
    • Por traslado definitivo del usuario a una localidad distinta de aquella en la que tenía fijado su lugar de residencia o ante la falta de comunicación de un cambio de domicilio.
    • Por acceso a otro recurso o servicio incompatible con esta prestación.
    • Por dificultar de manera grave las tareas de los profesionales que intervienen en el servicio de ayuda a domicilio.
    • Superar en más de 3 meses el período de baja temporal.
    • Por otras causas de carácter grave que imposibiliten la prestación del servicio.

    Derechos

    Las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio ostentan, entre otros, los siguientes derechos:

    • A percibir el Servicio siempre que, tanto los individuos como las familias, por circunstancias de diversa índole, no puedan valerse por sí mismos para el desempeño de diversas actividades de la vida cotidiana.
    • A recibir en su domicilio a un Auxiliar de Hogar que le posibilitará la ayuda necesaria para permanecer en su hogar con el fin de evitar su ingreso en una residencia.
    • A recibir «el tipo de ayuda» que demande ante el Centro Municipal de Servicios Sociales correspondiente, previo estudio y valoración que realizará el Técnico correspondiente en relación a su situación socioeconómica.
    • A que acuda a su domicilio un auxiliar de hogar los días y horas señalados por el Técnico responsable del seguimiento de su situación.
    • A reclamar cuando por cualquier circunstancia lo considere oportuno.
    • A tener información detallada y puntual de la forma en que se le prestará el servicio: Tipo de atenciones, n.º horas, horario, auxiliar que realiza la tarea, etc; así como de los cambios que se pudieran producir en la prestación.
    • A ser atendidos con eficacia, respetando su individualidad como persona.
    • A la protección de sus datos de carácter personal, en los términos previstos en la normativa vigente.
    • A reclamar en caso de cualquier conflicto o incumplimiento de alguno de los términos en que se concedió el servicio.

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable competente resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquello otros que se estimaran oportunos.
    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.

    Características de las prestaciones

    Art. 4. Las modalidades de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio serán las siguientes:

    Tareas generales de atención en el hogar:

    1. Limpieza de la vivienda. Esta se adecuará a una actividad de limpieza cotidiana y general, salvo casos específicos de necesidad que sean determinados por el técnico o la técnica municipal responsable.
    2. Lavado, repaso y planchado de ropa, siempre y cuando la persona beneficiaria disponga de medios técnicos oportunos (lavado y plancha fundamentalmente).
    3. Realización de compras domésticas a cuenta de la persona usuaria del servicio.
    4. Preparación y cocinado de alimentos.
    5. Cualquier otra actividad necesaria para el normal funcionamiento del domicilio de la persona usuaria.

    Tareas de atención personal:

    1. Aseo personal, incluyendo cambio de ropa, lavado de cabello y todo aquello que requiera la higiene habitual.
    2. Atención especial al mantenimiento de la higiene personal para personas encamadas o con incontinencia.
    3. Ayuda o apoyo a la movilización en la casa, ayuda para la ingestión de medicamentos prescritos, levantar de la cama y acostar. Queda terminantemente prohibido realizar curas de cualquier tipo, así como administrar alimentos y/o medicamentos por vía muscular, intravenosa o similar.

    Tareas de carácter social:

    1. Asesoramiento, seguimiento y tratamiento social.
    2. Atención técnico-profesional para desarrollar las capacidades personales.
    3. Intervención en el proceso educativo y de promoción de hábitos personales y sociales.

    Horario:

    El Servicio de Ayuda a Domicilio se prestará de lunes a sábado y, con carácter excepcional y en situaciones debidamente acreditadas, en domingo y festivo
    Es un servicio diurno, siendo flexible en cuanto a mañanas o tardes, de 7 a 22 horas. El límite de horas de prestación será de 2 al día, 12 a la semana y 52 al mes; con carácter excepcional y en situaciones debidamente acreditadas se podrá cubrir en otras franjas horarias

    En aquellos casos de discapacidad superior al 90%, será el técnico o la técnica responsable del caso quien valorará el límite horario a establecer por día.

    Beneficiarios

    • Personas o familias que presenten disfunciones que puedan ser susceptibles de mejoras con una adecuada atención a domicilio.
    • Personas mayores, con cierto nivel de dependencia, que no tengan a nadie que los atienda suficientemente.
    • Personas que presentan una limitación en sus capacidades personales a las que la ayuda a domicilio pueda favorecer su autonomía personal.
    • Colectivos específicos que presenten situaciones de riesgo y exclusión social.

    Obligaciones de los beneficiarios

    Las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio tienen los siguientes deberes:

    • Respetar las condiciones y los términos en que se ha concedido la prestación del servicio, facilitando la labor de los distintos profesionales.
    • Guardar el respeto y consideración debida al personal que realiza el servicio.
    • Comunicar puntualmente cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar, etc., que pueda tener relación con la prestación de este servicio, así como las ausencias del domicilio con la antelación debida (nunca inferior a 7 días), excepto si se producen por causa imprevisible.

    Información general

    El Servicio de Ayuda a Domicilio será prestado mediante la adjudicación del mismo en cualquiera de las formas de concertación o contrato que posibilite la legislación vigente.
    Concedido el servicio le será notificado a la persona solicitante o representante legal. Esta notificación tendrá el carácter de orden de alta para la empresa prestadora del servicio y en ella se especificará el tipo de prestación que va a recibir la persona beneficiaria y el número de horas.
    Deberes (artículo 17 del Reglamento):
    1. No ausentarse del domicilio por "razones injustificadas" cuando sea día señalado para prestarle el Servicio.
    2. Comunicar a su Centro de Servicios Sociales las ausencias por razones de vacaciones con una antelación suficiente de al menos 15 días, así como informar con 5 días de antelación las ausencias por causas justificadas.
    3. Comunicar al Centro l de Servicios Sociales cualquier anomalía en la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
    4. Contactar con el Centro de Servicios Sociales para cualquier asunto relacionado con el Servicio; es el Ayuntamiento, a través de sus Servicios Sociales quien le presta este servicio.
    5. Tratar correctamente a las personas que le ayuden en el domicilio ya que están para apoyar y hacer la vida en el hogar más fácil.
    6. Cuando por empeoramiento de las condiciones físicas o sociales requiera aumento de tiempo en el apoyo que recibe, lo deberá comunicar al Centro de Servicios Sociales.
    7. No encomendar al/la Auxiliar de Hogar cualquier otra tarea no establecida por el/la técnico/a municipal.
    Si en la solicitud faltase alguna documentación se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días hábiles aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición dictándose resolución en los términos previstos en artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    ...

    Los datos aportados por la persona solicitante determinan una puntuación en aplicación del baremo del Reglamento de estas prestaciones, puntuación que necesariamente tiene un carácter provisional ya que es preceptivo el cotejo de la documentación presentada y valoración por parte de el/la Trabajador/a Social correspondiente del Centro de Servicios Sociales de su lugar de residencia. Dicho estudio determinará la concesión o denegación de la prestación solicitada.

  • Objeto

    El objeto de este trámite es colaborar en la gestión técnica del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria del Cabildo Insular de Gran Canaria, cuyo objetivo básico es mantener y potenciar la autonomía de la persona atendida y la de su familia o unidad de convivencia, para que la persona pueda permanecer en su propio domicilio el mayor tiempo posible, manteniendo el control de su propia vida. Se trabajará en los siguientes aspectos:
    - Estimular y potenciar la autonomía personal.
    - Mantener a las personas en su medio habitual, sirviendo como apoyo a cuidadores y previniendo o evitando internamientos innecesarios o no deseados y los consiguientes costes personales, sociales y económicos.
    - Asegurar la intervención en caso de crisis personales, sociales o sanitarias.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • DNI actualizado del solicitante y unidad familiar.
      • Identificación electrónica del solicitante y la unidad familiar a través del sistema con el que cuente el Ayuntamiento con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad.
      • Certificado emitido por el INSS del solicitante y unidad familiar si percibe algún tipo de pensión económica o autorización al Ayuntamiento para su gestión.
      • Última declaración del I.R.P.F. o certificado emitido por Hacienda de estar exento de realizar declaración de la renta o Autorización al Ayuntamiento para su gestión.
      • Certificado de pensión no contributiva del solicitante y su unidad familiar o autorización al Ayuntamiento para su gestión.
      • Certificación o extracto expedidos por las entidades bancarias de los últimos tres meses y depósitos a la vista o a plazos, fondos de inversión o cualquier otra inversión financiera del solicitante y de la unidad familiar.

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria
    Texto íntegro
    Bases de ejecución del presupuesto del Cabildo de Gran Canaria
    Texto íntegro
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Integro Bases del Régimen Local
    Programa del Cabildo de Gran Canaria de Colaboración con los Ayuntamientos de Gran Canaria para la gestión del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020
    Texto íntegro
    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Las personas usuarias del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria son todas aquellas que se hallen en situación de riesgo por razones de edad (mayores de 65 años), discapacidad, enfermedad crónica.
    Las personas usuarias del Servicio deberán cumplir, además, con los siguientes requisitos:
    * No tener reconocida su situación de dependencia o aun habiendo sido reconocida, no ser beneficiaria del servicio de teleasistencia, como prestación dentro del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
    * Tener autonomía para las actividades básicas de la vida diaria o con necesidad reducida de apoyo a las mismas.
    * Vivir solo o pasar gran parte del día sin compañía o bien que aunque convivan con otras personas, éstas presenten idénticas características de edad y discapacidad.
    * Carecer de suficientes redes sociales y/o familiares.
    * Padecer dificultades de movilidad y/o caídas frecuentes.
    * Tener insuficiencia de recursos económicos, valorados según los criterios orientativos establecidos por el Cabildo de Gran Canaria.
    * Tener cubiertas las necesidades básicas de vivienda, alimentación e higiene personal y del domicilio.
    * Disponer de línea telefónica o sistema de comunicación compatible y suministro eléctrico.
    * Aceptar la prestación del servicio y expresamente el tratamiento de sus datos personales.
    * No padecer enfermedad mental grave, incluidas las demencias, que impiden tener el grado de comprensión y discernimiento necesario para la utilización del sistema.
    * No sufrir discapacidades notorias de audición y/o expresión oral, que impidan o afecten gravemente a la comunicación verbal usuario-centro de atención.
    En el caso de la modalidad de teleasistencia móvil, adicionalmente y con carácter preferente, las personas beneficiarias deberán cumplir con un nivel de autonomía medio alto para la realización de frecuentes desplazamientos fuera del domicilio pero que, por encontrarse en una situación de alto riesgo socio-sanitario por antecedentes de enfermedad, precisan de las atenciones que proporciona la teleasistencia.
    Serán usuarios del servicio, exclusivamente, las personas cuyo derecho a la prestación haya sido reconocido previamente por el Ayuntamiento y notificado a la empresa contratada, no pudiendo prestarse el servicio, a personas distintas a las indicadas anteriormente, aún cuando reúnan los requisitos exigidos para ser usuaria del servicio. La notificación de alta se acompañará de la correspondiente ficha de usuario, que contendrá los datos identificativos del mismo y la valoración del trabajador social, excepto la información relativa a su situación económica.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
    Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales-El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos 928 448532 - 928 448574.
    Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama.
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos 928 448532 - 928 448574.
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I.
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos 928 446001 - 928 446142.
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón.
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 - 928 448560.
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas.
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono 928 448576.
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás.
    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono 928 448542.
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla.
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono 928 448531.
    Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras.
    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos 928 448538 - 928 448539.
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo.
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos 928 446061 - 928 446063.
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres.
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono 928 448573.
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales-Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono 928 448530.
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Información general

    El Servicio de Teleasistencia es un servicio de carácter social que, haciendo uso de la tecnología adecuada, ofrece de forma permanente a la persona usuaria una respuesta inmediata ante determinadas eventualidades, bien directamente o movilizando otros recursos, humanos o materiales, propios de la persona usuaria o los existentes en la comunidad, con la finalidad de promover el contacto de la persona usuaria con su entorno sociofamiliar y favorecer su permanencia en su entorno cotidiano, procurando su seguridad y confianza en momentos de crisis personales, sociales y sanitarias.
    Mediante el Servicio de Teleasistencia se ofrecerá a la persona usuaria, de forma ininterrumpida todos los días del año y veinticuatro horas al día, atención personalizada y asistencia inmediata en momento de emergencia, inseguridad, soledad y aislamiento, con apoyo de los recursos necesarios y el uso de tecnologías de la información y comunicación

  • Objeto

    Permisos para actuaciones en árboles en propiedad privada (podas, talas o trasplantes).

    Unidad Tramitadora

    (22) Unidad Técnica de Parques y Jardines

    Silencio Administrativo

    Negativo

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
    Texto Íntegro
    Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989]
    166.1 p) Sujeción a licencia urbanística de los actos parcelatorios

    Quién puede realizar la solicitud

    Propietarios, comunidades de propietarios, sus administradores de fincas o representantes autorizados.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    En cualquier momento antes del inicio de las actuaciones a autorizar.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Actualmente no es necesario el abono de tasas.

    Resolución

    En caso de que proceda, se resolverá emitiendo una autorización.

    Plazo de resolución

    Para la autorización de poda y trasplantes el plazo de resolución es de 10 días hábiles.

    Para la autorización de tala el plazo máximo de resolución 20 días hábiles.

    Observaciones

    - Imprescindible rellenar en el impreso específico:

    • Teléfono de contacto
    • Correo electrónico
    • Especificar especie arbórea
    • Números de ejemplares en los que se va a actuar


    - La vigencia de la autorización es de 1 mes.

  • Objeto

    Recogida de restos vegetales vecinales procedentes de propiedad privada, excepto palmeras (para ello hay otro trámite).

    Unidad Tramitadora

    (22) Unidad Técnica de Parques y Jardines

    Silencio Administrativo

    Negativo

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Puede ser solicitado por el titular del inmueble o representante. El servicio va únicamente dirigido a los vecinos (no incluye empresas, ni empresas contratadas, ni autónomos).

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Durante todo el año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Observaciones

    - Imprescindible indicar:

    • Teléfono de contacto
    • Correo electrónico

    - Telefónicamente se le comunicará la fecha de recogida.
    - La recogida de los residuos tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles.
    - Los restos de poda serán convenientemente troceados y habrán de depositarse en bolsas o fajos de no más de 25 kg., ubicándose delante de la dirección reseñada, el día que se le especifique telefónicamente por parte de esta Unidad Técnica de Parques y Jardines. Con el fin de poder prestar este servicio al mayor número de ciudadanos, se establece un tope máximo de bultos a retirar, por lo que el número de bolsas y fajos no puede ser superior a 25 Uds.
    No se retirarán los restos de hojas de palmeras, ya que para estas labores es necesario que la poda la realice una empresa o persona acreditada por Sanidad Vegetal del Gobierno de Canarias, de acuerdo a la Orden 29 de octubre de 2007, y los restos tienen que ser retirados por quien realice la poda o lleve a cabo la recogida de material vegetal de palmáceas.
    - Se podrá realizar la solicitud también de forma más sencilla en el enlace que aparece en Descargas / Enlaces.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.