Solicitud de Nueva Admisión en la Escuela Municipal de Educación Musical para el curso 2019/2020

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

Trámite de solicitud de nueva admisión en la Escuela Municipal de Eduación Musical para el curso 2019/2020.

Unidad Tramitadora

(21) Servicio de Educación

Documentación a aportar

  • Solicitante menos de 18 años
    • Formulario oficial de solicitud debidamente cumplimentado y firmado
    • DNI/NIE de todos sus tutores/as legales, en vigor. Los solicitantes extranjeros no nacionales de estados miembros de la Unión Europea/Espacio económico europeo, deberán aportar el NIE, sin que quepa la admisión de su solicitud solo con el pasaporte
    • Libro de familia completo en el que aparezcan todos los miembros de la unidad familiar (Incluidos los progenitores)
  • Si en el Libro de familia constan dos progenitores/as, pero en la actualidad solo uno/a de ellos/as ostenta la guardia y custodia del/de la menor
    • Acreditación de la guardia y custodia sentencia completa de nulidad, separación o divorcio mediante la que se certifique que el/la menor está a cargo, exclusivamente, del/de la solicitante, o cualquier otra documentación oficial acreditativa de la situación alegada (por ejemplo, certificado de defunción)
  • En caso de solicitante de 14 años en adelante
    • DNI del/de la menor
  • Solicitante mayor de 18 años
    • DNI/NIE en vigor. Los solicitantes extranjeros no nacionales de estados miembros de la Unión Europea/Espacio económico europeo, deberán aportar copia del NIE, sin que quepa la admisión de su solicitud solo con el pasaporte
  • En caso de familia numerosa
    • Título de familia numerosa vigente
  • En caso de discapacidad del solicitante
    • Certificado de Discapacidad del/de la solicitante

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Texto Íntegro
Resolución por la que se abre la convocatoria para la presentación de solicitudes de nueva admisión en la Escuela Municipal de Educación Musical de Las Palmas de Gran Canaria
Texto Íntegro

Quién puede realizar la solicitud

Cualquier persona de más de 4 años de edad.

Cómo lo puede presentar

El trámite se puede instar de tres formas diferentes:
1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede presentar" para registrar la solicitud.
3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria

Fechas en que lo puede solicitar

Del 18 de febrero al 18 de marzo de 2019, ambos inclusive.

Finalizado el plazo oficial puede seguir solicitándose plaza con el mismo procedimiento. Estas solicitudes fuera de plazo podrán ser atendidas en el caso de que quienes hayan solicitado en fecha no ocupen todas las plazas.

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
• En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

Requisitos

Tener más de 4 años.

Obligaciones económicas

Ninguna en el momento de presentar la solicitud. En caso de resultar admitido/a, deberá abonar las tarifas descritas en el Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Municipal de Educación Musical y en la resolución de apertura de convocatoria de solicitud de nueva admisión y establecimiento de criterios para la misma que se emite en cada ejercicio.
Las tarifas (detalladas en el Reglamento) se determinan sobre la base del nivel de renta del/de la solicitante quien, con su firma, nos autoriza a solicitarlo a la Agencia Tributaria, y así determinar qué cuota le corresponde, que se le comunicará en caso de resultar admitido.

Resolución

De la concejala delegada de Educación.

Plazo de resolución

Entre abril y junio.
Es responsablidad del solicitante estar atento a la página web y a la publicación de los diferentes listados, plazos de subsanación y novedades.

Recurso contra la resolución

Contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer RECURSO DE REPOSICIÓN, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estime oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.

Notificación

La lista se publicará en la web municipal, www.laspalmasgc.es, en la de la Escuela, www.ememlaspalmas.com, y en las tres sedes de la EMEM. Adicionalmente, se envía un mensaje de correo electrónico a los solicitantes.

Observaciones

Para cualquier consulta, llamar a la Administración de la Escuela (928360538 / 928361307).

Información general

http://ememlaspalmas.com
http://acebook.com/EMEMLasPalmas
http://twitter.com/EMEMLasPalmas

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