Solicitud de Certificado Relativo a la Ordenación y Señalización del Tráfico

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Objeto

Trámite que se sigue para solicitar certificado relacionado con la ordenación y señalización del tráfico

Unidad Tramitadora

(18) Servicio de Tráfico y Movilidad

Silencio Administrativo

Negativo (3 Meses)

Documentación a aportar

  • Documentación básica
  • En el caso de que aporte la documentación presencialmente o por correo, deberá incluir
    • Documento de identidad del solicitante
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado
    • Documento de identidad del representante
    • Acreditación de la representación

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
13 Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos
Texto Íntegro Tasa por expedición de documento

Quién puede realizar la solicitud

  • El/la interesado/a o representante autorizado

Fechas en que lo puede solicitar

Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente

Dónde lo puede presentar

  • En el caso de que opte por el Trámite presencial:

- Acudiendo a la oficina municipal o de distrito más cercana

  • En el caso de que opte por la Tramitación Telemática:

- Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud.

Obligaciones económicas

Según el artículo 6, apartado II de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos que expida o de que extiendan la administración o autoridades municipales, a instancia de parte, la tarifa por expedición de certificado relativo con la ordenación y señalización del tráfico es la siguiente:

Otras Certificaciones 7,66 €

Órgano que resuelve

El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno

Observaciones

El acceso a los documentos que contengan datos íntimos de las personas estará reservado a éstos

Notificación

  • Si opta por recibir la Notificación por Correo Ordinario:

La resolución administrativa resolución será notificada a el/la interesado/a conforme a lo dispuesto en la legislación de procedimiento administrativo común. (art. 38 y ss. de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas).

Cuando no sea posible efectuar la notificación al interesado o a su representante por causas no imputables a la Administración, se procederá a la notificación por comparecencia mediante anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y Tablón de Anuncios de las Oficinas Municipales

  • Si opta por la Tramitación Telemática:

En el Diálogo Interactivo podrá seleccionar que se le notifique por vía telemática tal y como se establece en el art. 43 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su Carpeta Ciudadana tendrá a disposición el acto objeto de notificación, así como la posibilidad de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.

Información general

Horario de atención al público: Lunes, miércoles y viernes de 08:30 a 13:00 horas. (Meses de julio, agosto y septiembre de 09:00 a 12:00 Horas).


La citada cuota se refiere únicamente al primer pliego de la certificación, por cada pliego de más se abonará 0,60 € sobre la Tarifa base.

Igualmente la citada cuota se refiere a las certificaciones de documentos o actos de hasta los cinco últimos años; las referidas a documentos o actos de cinco años hasta diez años de antigüedad sufrirán un recargo del 100%; las referidas a documentos de antigüedad igual o superior a los diez años tendrán un recargo del 200%; las referidas a documentos de antigüedad igual o superior a veinte años tendrán un recargo del 300%.

En los casos de certificaciones solicitadas por personas que por medio de documentación emitida por entidades publicas acrediten unos ingresos familiares por mes iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes la tarifa será en todo caso de 1,20 €.

En los supuestos de certificaciones que impliquen la emisión de informes expresos para su emisión por la Policía Municipal u otros funcionarios municipales la Tarifa sufrirá un recargo del 100%.

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