Prestación Individual Básica de Asistencia Especializada a Personas con Discapacidad: Asistencia Domiciliaria

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Objeto

Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusvalidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

El objetivo de esta prestación es contribuir a costear los gastos de la persona discapacitada en cualquiera de los siguientes ámbitos:

  1. Prestación de servicios personales en el domicilio.
  2. Adaptación funcional del hogar.

Cobertura y cuantía máximas:

Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.

Abono:

El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

Unidad Tramitadora

(24) Servicio de Bienestar Social

Documentación a aportar

  • A) DESTINATARIO O REPRESENTANTE LEGAL:
    • Libro de familia de la persona destinataria de la prestación
    • Cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
    • Certificado de vida laboral
    • Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas. No haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo fin. Que haya justificado las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad (Opc)
    • Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure sus datos y el código de cuenta cliente
    • Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones (artículos 26 y 27 del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores). (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33% , emitido por el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122
    • Dictamen facultativo en el que conste que la prestación solicitada es inherente a la discapacidad que se padece emitido por el equipo de valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122. Es preceptivo para continuar con el trámite
  • En caso de separación o divorcio
    • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
  • En caso de representación
  • B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UD. FAMILIAR CONVIVENCIAL:
  • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
    • Certificación de bienes inmuebles
    • Autorización al Ayuntamiento para su gestión
  • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
    • Última declaración de la Renta o certificado de la administración tributaria donde conste la obligación de no presentarla
    • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Dos últimas nóminas
  • Y en caso de que algún miembro sea pensionista
    • Documento acreditativo de la pensión que perciba
    • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
  • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
    • Última declaración de la renta
    • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
  • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a percibiendo algún tipo de prestación
    • Documento acreditativo de la pensión que perciba
    • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Dos últimos recibos abonados
  • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a y no percibe ningún tipo de prestación o no poder acreditar los ingresos mediante documentación oficial
    • Documento de la oficina de empleo correspondiente que acredite esa situación
    • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
  • Y en caso de que algún miembro sea menor de edad de escolarización obligatoria
    • Documento del centro escolar en el cual acredite su asistencia habitual
  • Y en caso de que algún miembro sea estudiante
    • Documento del centro donde cursa estudios que acredite esa situación
  • C) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA EN FUNCIÓN DE LA MODALIDAD DE PRESTACIÓN A SOLICITAR
  • En caso de solicitar la prestación de servicios personales en el domicilio
    • Justificante del alta en el régimen especial de la Seguridad Social de empleados/as del hogar, de la persona que haya prestado, preste o vaya a prestar el servicio durante el año en el cual se registre la solicitud
    • Presupuesto del coste de la prestación del servicio y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de los servicios prestados en el transcurso del año en el cual se registra la solicitud
  • En caso de solicitar la prestación de adaptación funcional del hogar
    • Tres presupuestos en los cuales se detalle el proyecto de adaptación a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de la obra realizada en el año en que se registre las solicitud
    • Documento que acredite la titularidad de la vivienda y/o, en caso de alquiler u otras formas de cesión, permiso expreso por escrito de la persona propietaria
  • En caso de representación

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Texto Íntegro
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Texto Íntegro Bases de Régimen Local
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Texto Íntegro Regulación Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

Quién puede realizar la solicitud

Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

  • Tener acreditado por el órgano autonómico competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residen en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
  • No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
  • Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (BOP n.º 85, de 16 de julio de 2004).

Para la prestación de Servicios Personales en el Domicilio, además de lo referido, las personas destinatarias de esta prestación deben responder al siguiente perfil:

  • Tener graves dificultades de desenvolvimiento personal, ser incapaces de atender sus necesidades básicas y requerir una atención continuada que no pueda afrontar la familia o llevarse a cabo a través del Servicio de Ayuda a Domicilio por el límite de horas que en este se establece, o por otras causas debidamente acreditadas.

Para la prestación de Adaptación Funcional del Hogar será necesario:

  • Que la persona destinataria sea propietaria de la vivienda o, en caso de alquiler u otras formas de cesión, contar con el permiso expreso por escrito de la persona propietaria.

Características de las prestaciones

  1. Prestación de servicios personales en el domicilio. Esta prestación se destina a la limpieza, aseo, cuidado personal, menaje y/o preparación de alimentos que faciliten la actividad diaria de las personas con discapacidad con graves limitaciones de su autonomía personal y que carezcan de medios para atender sus necesidades. La prestación de este servicio se ha de realizar dentro del régimen especial de la Seguridad Social de empleados/as de hogar y no podrán llevarse a cabo por familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y el primero de afinidad.
  2. Adaptación funcional del hogar. Esta prestación tiene como objetivo adquirir, instalar y/o adaptar útiles necesarios para el normal desenvolvimiento de la vida diaria en el hogar de la persona discapacitada.

Cómo lo puede presentar

El trámite puede ser instado por:
• Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática.
Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
• Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
1. Vía Telemática.
Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama


2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I


3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón


Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas


2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás


Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla


2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: Calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras


Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo


2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres


3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio


Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

Fechas en que lo puede solicitar

Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

Obligaciones económicas

Ninguna

Órgano que resuelve

El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquello otros que se estimaran oportunos.

La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada

Plazo de resolución

3 meses.

¿Agota la vía administrativa?

Sí.

Recurso contra la resolución

Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

Notificación

Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

Información de interés

Compatibilidades e incompatibilidades:
La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.

Constituyen incompatibilidades generales en materia de prestaciones individuales:
* La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
* También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.
La prestación de Servicios Personales en el Domicilio será incompatible con:
* Percibir una pensión de la Seguridad Social en concepto de gran invalidez.
* Percibir una ayuda a terceros procedente de la Ley de Integración Social de los Minusválidos, Ley 13/1982 de 7 de abril.
* Percibir una pensión no contributiva en la que se incluya el incremento por necesidad de ayuda de tercera persona.
* Percibir la prestación por hijo a cargo en la que se incluya el incremento por necesidad ayuda de tercera persona.
A la persona destinataria de la prestación o, en su caso, su representante legal, se le reconocerán los siguientes Derechos (artículo 26 del reglamento):
* Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
* Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
* Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación de su solicitud.
* Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
* Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.
Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):
* Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
* Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
* Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
* En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
* Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
* Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
* Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
* Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:
Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos.

Observaciones

Si en la solicitud faltase alguna documentación se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días hábiles aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición dictándose resolución en los términos previstos en artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos aportados por la persona solicitante determinan una puntuación en aplicación del baremo del Reglamento de estas prestaciones, puntuación que necesariamente tiene un carácter provisional ya que es preceptivo el cotejo de la documentación presentada y valoración por parte de el/la Trabajador/a Social correspondiente del Centro de Servicios Sociales de su lugar de residencia. Dicho estudio determinará la concesión o denegación de la prestación solicitada o, en su caso, la derivación a otro recurso o prestación si cumple los requisitos exigidos.


Sin perjuicio de lo detallado anteriormente, los criterios que se tendrán en cuenta para la concesión de esta prestación serán los siguientes:

  • La disponibilidad presupuestaria y hasta el total del importe máximo consignado por las mismas, según las cuantías establecidas en el baremo del presente Reglamento.
  • Que el/la solicitante pueda cubrir aquella parte del coste total del servicio no financiado por la prestación.
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.