Notificaciones referentes a la Ley Hipotecaria

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Objeto

Presentar notificaciones de los procedimientos regulados en el Título VI de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946.

Unidad Tramitadora

(10) Sección de Patrimonio

Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria
Texto Íntegro
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Texto Íntegro

Quién puede realizar la solicitud

Registradores de la Propiedad y Notarios.

Cómo lo puede presentar

Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas y otros sujetos):
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar

En cualquier momento los 365 días del año.

Dónde lo puede presentar

Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

Información general

Para cualquier duda o información, puede dirigirse a la Sección de Patrimonio, presencial o telefónicamente.

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