Notificaciones referentes a la Ley Hipotecaria
Objeto
Presentar notificaciones de los procedimientos regulados en el Título VI de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946.
Unidad Tramitadora
(10) Sección de Patrimonio
Base Legal
Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Quién puede realizar la solicitud
Registradores de la Propiedad y Notarios.
Cómo lo puede presentar
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas y otros sujetos):
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Fechas en que lo puede solicitar
En cualquier momento los 365 días del año.
Dónde lo puede presentar
Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
Información general
Para cualquier duda o información, puede dirigirse a la Sección de Patrimonio, presencial o telefónicamente.