Modificación en Expedientes de Viviendas Municipales

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Objeto

Trámite para solicitar cualquier cambio que afecte a los expedientes de viviendas municipales.

Unidad Tramitadora

(04) Servicio de Urbanismo

Silencio Administrativo

Positivo (3 Meses)

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Certificado de defunción del titular de la vivienda
    • Libro de familia
    • Certificado de empadronamiento haciendo constar todas las personas que ocupan la vivienda y fecha desde que la habitan
    • Certificado de bienes inmuebles
    • Certificado del Servicio de Registro de Índices de la Propiedad de no poseer bienes e inmuebles, tanto del solicitante como del titular arrendaticio fallecido
  • En el caso de no estar obligado a realizar declaración de I.R.P.F.
    • Certificado negativo de la A.E.A.T.
  • En el caso de no estar obligado a realizar declaración de I.R.P.F. y estar casado/a
    • Certificado negativo a nombre del cónyuge emitido por la A.E.A.T.
  • En caso de no tener título propietario
    • Certificado del Servicio de Registro de Índices de la Propiedad de no poseer bienes e inmuebles
  • En caso de no tener título propietario y estar casado/a
    • Certificado del Registro de Índices de la Propiedad de que el cónyuge no posee bienes e inmuebles
  • En caso de que su estado civil sea soltero/a, viudo/a o divorciado/a
    • Certificado fe de vida y estado
  • En caso de separación o divorcio
    • Sentencia firme
    • Convenio regulador (opcional)
  • En caso de Representación

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos
Texto Íntegro Arrendamientos Urbanos

Quién puede realizar la solicitud

El nuevo titular o, en su caso, el respectivo representante legal, siempre que cumpla las siguientes condiciones:

  • Por fallecimiento del esposo/a, titular de la vivienda
  • Por fallecimiento del padre/madre, titular de la vivienda, habiendo convivido con los mismos, al menos dos años antes de su fallecimiento
  • Por ser ocupante y no cumplir ninguna de las condiciones anteriores

Cómo lo puede presentar

El trámite puede ser instado por:

  • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:

Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria

  • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar

Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año.

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:

Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.

Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.


Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

Obligaciones económicas

Ninguna.

Órgano que resuelve

Servicio de Urbanismo.

Notificación

Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.