Licencia Municipal de Obra Menor en la Vía Pública

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

Solicitud de licencia de obra menor en la vía pública. Es el permiso necesario para llevar a cabo obras en la vía pública, tales como: calas (canalización de agua de abasto, eléctrica, de telecomunicaciones, conexión a la red general de alcantarillado), acondicionamiento de aceras y bordillos, instalación en la vía pública (buzones, marquesinas, ...).

Unidad Tramitadora

(67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad

Silencio Administrativo

Negativo (3 Meses)

Documentación a aportar

  • Canalización subterránea de redes eléctricas, de telecomunicaciones, abastecimiento de agua u otras análogas
    • Memoria descriptiva de la actuación
    • Plano de detalle de las canalizaciones a ejecutar definiendo las secciones tipo de acuerdo con el artículo 12.1 de la Ordenanza de Calas y Canalizaciones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, donde se detalla que la profundidad mínima respecto al nivel de la rasante en metros debe ser de 1,00m.
    • Planos de la canalización que se va a realizar
    • Planos de los servicios de las empresas existentes en la zona
    • Plan de trabajo. Duración estimada de las obras (diagrama de barras)
    • Presupuesto con mediciones de las obras incluyendo las instalaciones, debiendo detallar la longitud de las canalizaciones que discurrirán por acera y longitud en calzada
    • Informe de la empresa que va a suministrar el servicio para el que se va a ejecutar la canalización
    • Hoja de dirección técnica profesional correspondiente
    • Estudio de Seguridad y Salud
    • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición)
  • Ejecución de conexión a la red de alcantarillado
    • Memoria descriptiva de la actuación
    • Plano de detalle de las canalizaciones a ejecutar definiendo las secciones tipo de acuerdo con el artículo 12.1 de la Ordenanza de Calas y Canalizaciones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, donde se detalla que la profundidad mínima respecto al nivel de la rasante en metros debe ser de 1,00m
    • Planos de las canalizaciones de la red de alcantarillado, facilitado por el servicio municipal de aguas, donde se indique el punto autorizado de enganche
    • Planos de los servicios de las empresas existentes en la zona (agua de abasto, alcantarillado, alumbrado público, Vodafone ONO, Telefónica, Tráfico, Endesa u otros)
    • Plan de trabajo. Duración estimada de las obras (diagrama de barras)
    • Presupuesto con mediciones de las obras incluyendo las instalaciones, debiendo detallar la longitud de las canalizaciones que discurrirán por acera y longitud en calzada
    • Informe de la empresa que va a suministrar el servicio para el que se va a ejecutar la canalización
    • Hoja de dirección técnica profesional correspondiente
    • Estudio Básico de Seguridad y Salud
    • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición)
  • Acondicionamiento de acera y bordillos
    • Proyecto técnico firmado por técnico competente
    • Hoja resumen por capítulos del presupuesto de ejecución contenida en el proyecto técnico de acondicionamiento de acera y bordillos. (A los efectos de la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Negociado de Arbitrios)
    • Fotografía del edificio donde se actúa para el acondicionamiento de acera y bordillos
    • Justificación del cumplimiento de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados (Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico)
    • Hoja de dirección técnica profesional correspondiente
    • Estudio Básico de Seguridad y Salud
    • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición)
  • Si el acondicionamiento de acera y bordillos es para un vado, además de la documentación anteriormente reseñada, deberá aportar:
    • Formulario de solicitud de licencia de vado dirigida a la Sección de Tráfico y Transportes. Desde la unidad tramitadora de este trámite se solicitará informe de viabilidad de realización de vado vehicular a la Sección de Tráfico y Transportes
  • Otras instalaciones en la vía pública (Buzones, Marquesinas u otros análogos)
    • Memoria descriptiva. Se indicara las medidas de seguridad aplicables, si la actuación no va acompañada de otro tipo de obras que requieran de un Estudio básico o completo de Seguridad y Salud
    • Plano de situación del vigente Plan General PGMO en vigor, a escala 1/2.000
    • Plano de planta donde se detalle acotada en planta la ubicación de los elementos y superficies de ocupación total. Deberán estar indicadas y acotadas las tapas de los servicios existentes en la vía pública acotado a escala 1:500 o inferior
    • Plano detallado del elemento que se pretende colocar con indicación de la calidad de los materiales, dimensiones, número de apoyos en el pavimento
    • Plano de detalle de los apoyos en el pavimento a emplear
    • Descripción fotográfica de la ubicación de la instalación en la vía pública
  • En caso de representación

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989]
Texto íntegro Ordenación del territorio y espacios naturales
Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados
Texto Íntegro
Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación
Texto Íntegro Reglamento que desarrolla la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales
Texto Íntegro
Real Decreto 1627/1997, de 24 octubre, por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción. (BOE 25 octubre 1997, núm. 256, [pág. 30875])
Texto Íntegro
Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Obras que se realicen en la Vía Pública
Texto Íntegro Señalización y Balizamiento Obras en la Vía Pública
Ordenanza Calas y Canalizaciones Las Palmas
Texto Íntegro
Ordenanza Municipal de Limpieza Pública
Texto íntegro Limpieza Pública Municipal
Ordenanza General de Convivencia Ciudadana y Vía Pública
Texto Íntegro
Ordenanza Municipal de Tráfico
Texto Íntegro
Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones
Texto Íntegro
Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras
Texto Íntegro Impuesto sobre construcciones instalaciones y obras

Requisitos

Ejecución de conexión a la red de alcantarillado

En el caso de realizar canalización en calzada, la sección tipo deberá cumplir lo establecido en el Artículo 20 de la Ordenanza de Calas y Canalizaciones ("1.- Las zanjas por la calzada llevarán como mínimo una capa de treinta (30) cm. De hormigón de 250 kg. Sobre el relleno seleccionado de la zanja, que tendrá una compactación por tongadas hasta conseguir un 95% D.P.N. El corte del pavimento deberá ser rectilíneo y uniforme y hasta su enrase se completará con aglomerado asfáltico de granulometría densa").

El registro de alcantarillado y de evacuación de aguas pluviales se construirá de acuerdo con el modelo municipal: tubo de hormigón vertical de 400 mm de diámetro y 1m de longitud, sobre solera de hormigón de 15cm de espesor con una pendiente mínima del 5% y tapa de fundición dúctil de 50x50 cm.

El tubo de conexión a la red general de alcantarillado y de pluviales, tendrá un diámetro mínimo de 250mm, será del tipo SN8, cumplirá el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones, tendrá una pendiente mínima del 3% y la conexión se hará a favor de la corriente formando con la red general un ángulo, en planta, comprendido entre 30º y 45º. En el caso de que exista un pozo de alcantarillado en las proximidades de la vivienda, se deberá realizar la conexión directamente a dicho pozo, debiendo evitar que la conexión se realice en el punto más bajo del pozo.

Acondicionamiento de acera y bordillos para vado

El rebaje de acera correspondiente al vado vehicular deberá ajustarse a lo detallado en el plano donde se especifican las condiciones que debe cumplir para ajustarse a lo establecido en la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, suministrado por el Servicio de Vías y Obras y a la Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Quién puede realizar la solicitud

Cualquier persona física o jurídica interesada

Cómo lo puede presentar

El trámite puede ser instado por:
• Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
• Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar

En cualquier momento antes del inicio de las obras.

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

Obligaciones económicas

Según Ordenanza Fiscal Vigente.
Ténganse en cuenta que quien solicite la licencia municipal de obra menor en la vía pública será aquél a quien el ayuntamiento autorice directamente para la realización de las obras y, por tanto, quien deberá constituir el correspondiente aval o fianza como requisito necesario para que el ayuntamiento le conceda la misma.

Asimismo, y según lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, publicada en el B.O.P. el 7 de diciembre de 2009, de conformidad con los artículos 59 y 100 a 103 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá ingresar en el Servicio de Tributos y Exacciones el 4 % del presupuesto de ejecución material de la obra (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras)

Órgano que resuelve

Área de Gobierno de Fomento, Servicios Públicos y Aguas.

Plazo de resolución

Plazo máximo para resolver 3 meses.

Recurso contra la resolución

Podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el Art. 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificad por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Notificación

Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información general

El horario de atención al público de la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 13:30 h.

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