Concesión de subvenciones directas a entidades culturales
Objeto
Tienen por objeto apoyar a entidades culturales cuya actividad constituye parte fundamental del tejido cultural de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
Unidad Tramitadora
(03) Servicio de Cultura
Silencio Administrativo
Documentación a aportar
- Documentación Básica
- Nombramiento
- Justificación ejercicio anterior
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias y seguridad social o declaración jurada
- Aceptación de la subvención (Disponible Anexo I en Descargas y Enlaces)
- Declaración responsable acreditativa de que la entidad solicitante no está incursa en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. (Disponible Anexo II en Descargas / Enlaces)
- Declaración jurada de otras subvenciones solicitadas o no, para el mismo proyecto o actividad. (Disponible Anexo III en Descargas / Enlaces)
- Memoria del proyecto o actividad objeto de subvención. (Disponible Anexo IV en Descargas / Enlaces)
- Presupuesto del proyecto o actividad objeto de subvención. (Disponible Anexo V en Descargas / Enlaces)
- Alta de Terceros (Opcional, caso de no haberlo hecho con anterioridad)
- En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
- Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Base Legal
Bases de Ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones |
Requisitos de iniciación
El procedimiento se inicia a instancia del órgano gestor.
Quién puede realizar la solicitud
Entidades sin ánimo de lucro que figuren en el Plan Estratégico de Subvenciones y previstas nominativamente en el presupuesto.
Cómo lo puede presentar
Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
Fechas en que lo puede solicitar
Según lo indicado en la notificación de inicio del procedimiento a instancia del órgano gestor.