Comunicación de Transmisión de la Licencia de Apertura, Instalación o Actividad

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto

Puesta en conocimiento de la Administración de la transmisión del ejercicio de una actividad o instalación.
La instalación o actividad será transmisible, pero tanto el antiguo como el nuevo titular deberán comunicarlo por escrito al Ayuntamiento, sin lo cual quedarán ambos sujetos a la responsabilidad derivadas de su ejercicio.

Unidad Tramitadora

(1602) Sección de Actividades

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Título o documento, público o privado, en cuya virtud se haya producido la transmisión
  • Si el nuevo titular es una persona jurídica
    • Escritura de constitución de la personalidad jurídica
    • NIF del nuevo titular
  • En el caso de fallecimiento del antiguo titular
    • Certificado de defunción
    • Testamento
    • Certificado de últimas voluntades
    • Declaración de herederos
  • Si no desea el solicitante acreditar el cambio de titularidad, mediante la personación y declaración en las dependencias municipales del antiguo titular - o personas legitimadas en su nombre - y del nuevo titular, deberá presentar:
    • Constancia de la transmisión en documento
  • En caso de representación

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias (Comunidad Autónoma de Canarias) (BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2011)
33 Transmisibilidad
Ordenanza Municipal por la que se Regula el Procedimiento de Comunicación Previa en Materia de Actividades Inocuas (Las Palmas)
11 Cambio de titularidad, ampliación y modificación de la actividad

Quién puede realizar la solicitud

El transmitente o el nuevo titular o, en su caso, el respectivo representante legal debidamente acreditado

Cómo lo puede presentar

El trámite puede ser instado por:
• Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática.
Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
• Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
1. Vía Telemática.
Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar

Presencial: Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.

Órgano que resuelve

El Servicio de Edificación y Actividades toma conocimiento de la transmisión.

Notificación

Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.

Observaciones

Para las actividades clasificadas, la transmisión de la instalación y actividad no exigirá nueva solicitud de licencia de actividad clasificada, si bien el anterior o el nuevo titular estarán obligados a comunicar al órgano que otorgó la licencia, la transmisión producida.
Para las actividades clasificadas, la comunicación se realizará por escrito en el plazo de un mes desde que se hubiera formalizado el cambio en la titularidad de la instalación o actividad amparada por la licencia, acompañándose a la misma una copia del título o documento en virtud del cual se haya producido la transmisión.
La falta de comunicación de la transmisión de la responsabilidad de la actividad, inocua o clasificada, conllevará que ambas partes serán responsables frente a la Administración.
El nuevo titular quedará subrogado en los derechos y obligaciones del antiguo titular, y de forma expresa en lo relativo a los plazos para la adecuación del establecimiento y sus instalaciones a las normas de nueva aplicación surgidas desde el momento de concesión de la licencia de Apertura originaria y cuya efectiva realización sea exigible.
En caso de fallecimiento del antiguo titular deberán personarse para ratificar esta petición los herederos y el nuevo peticionario, en el plazo de diez días, salvo que, como el caso anterior, dicha transmisión quede constancia en documento con fe pública, en cuyo caso deberá aportarse.

Información general

Para cualquier duda o información, puede dirigirse al Servicio de Edificación y Actividades, presencial o telefónicamente, en los horarios publicados en la página web municipal (Atención al público del Servicio de Edificación y Actividades).

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