Cesión de uso de local
Objeto
Solicitar la cesión de uso de local por parte de entidades o asociaciones declaradas de interés público.
Unidad Tramitadora
(10) Sección de Patrimonio
Silencio Administrativo
Base Legal
Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 25 de febrero de 2011 (BOP núm. 63, de 13 de mayo de 2011) | |||
Texto Íntegro | Participación Ciudadana en el Municipio | ||
Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias (BOC 28, de 11.2.2015) | |||
Texto Íntegro | |||
Reglamento Orgánico de Participación Ciudada de las Palmas de Gran Canaria | |||
24 | La inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas | ||
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | Patrimonio de las Administraciones Públicas | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Requisitos de iniciación
Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y declarada de interés público por el Pleno del Ayuntamiento.
Quién puede realizar la solicitud
Asociaciones municipales sin ánimo de lucro que tengan su ámbito de actuación principal en la ciudad y que hayan sido declaradas de interés público.
Cómo lo puede presentar
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas y otros sujetos):
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Fechas en que lo puede solicitar
Presencial: cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.
Dónde lo puede presentar
Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
Órgano que resuelve
Titular del Área de Economía y Hacienda..
Plazo de resolución
Tres meses.
Recurso contra la resolución y plazo
Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso administrativo, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes.
Notificación
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) por comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado o mediante notificación electrónica.
Observaciones
La autorización o concesión se otorgará, en su caso, en las condiciones que se establecen en el Decreto 8/2015, de 5 de febrero y en los arts 91 y siguientes de la Ley del Patrimonio de las AA PP (Ley 33/2003, de 3 de noviembre), sin perjuicio de los demás extremos que puedan incluir las condiciones generales o particulares que se aprueben.
Información general
Para cualquier duda o información, puede dirigirse a la Sección de Patrimonio, presencial o telefónicamente.
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