Reclamaciones de Turismo
Referencia
2472¿Qué es?
Procedimiento mediante el cual un ciudadano pone en conocimiento de la administración determinados hechos que a su juicio pudieran constituir una infracción en materia turística.
¿Quién puede?
Los usuarios turísticos podrán formular reclamaciones, cuando se vulneren los derechos previstos en el art. 8 de la ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.
¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha o en su caso Hoja de reclamación que será facilitada en el establecimiento.
2. Escrito libremente confeccionado en el que, en todo caso, deberá hacer constar los datos de identificación del reclamante, los del reclamado, los hechos y documentación que se adjunta al escrito firmado del reclamante.
3. Las hojas de reclamaciones constan de tres copias: una para el establecimiento turístico, otra para el interesado y otra que enviará a la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, Calle Alcalá, 31 ? 6ª, 28013 Madrid. No obstante, también se admite como escrito de reclamación el que se redacte en cualquier formulario, incluso en una carta manuscrita u hoja de papel, donde explique la queja en cuestión.Tramitación
1. Inicio. Se inicia el procedimiento con la presentación de la reclamación ante la Dirección General de Turismo y su Evaluación o determinación de los pasos a seguir para verificar los hechos reclamados.
2. Admisión o no a trámite por parte de la Dirección General, en función del contenido de la reclamación y la documentación aportada, y envío del escrito correspondiente al reclamante
3. Si la reclamación se admite a trámite, se llevará a cabo una serie de actuaciones y la decisión final será comunicada por escrito.
4. Procedimiento sancionador. Del análisis de la reclamación podrá concluirse la posibilidad de que el establecimiento reclamado haya incurrido en infracción de la normativa turística vigente, lo que daría lugar al inicio de un procedimiento sancionador que en su caso, podrá terminar con la imposición de una sanción; en todo caso, se le informará al reclamante que deberá acudir a la jurisdicción ordinaria para obtener una compensación económica y la indemnización por los daños y perjuicios sufridos, o solicitar expresamente arbitraje ante la Dirección General de Consumo, si bien el establecimiento reclamado decidirá si se adhiere al mismo o no, ya que tiene carácter voluntario.
5. Archivo. Cuando los hechos reclamados no pueden ser probados y/o calificados como infracción, la reclamación será archivada.
6.Inhibición. Proceso por el que se remite la reclamación a otro Organismo por no ser competencia de esta Dirección General por razón del territorio o de la materia reclamada, quien continuará su tramitación hasta la finalización.
Presentación de solicitudes
En el apartado ?Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.Información complementaria
Normativa aplicable
* Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo en la Comunidad de Madrid.
* Resolución de 13 de enero de 2010, de la Dirección General de Turismo, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de tramites telemáticos durante la tramitación del procedimiento denominado ?Tramitación de Reclamaciones/Denuncias de Turismo? (BOCM nº 33, de 9 de febrero).
- Órgano responsable
Gestión
Solicitud
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
Calle Braganza S/N, 28025, Madrid
Tel. 915804474
D.G. de Transportes
Calle Orense 60, 28020, Madrid
Tel. 915802898
D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid
D.G. de Función Pública
Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid
D.G. de Emergencias
Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las
Tel. 914207642