Exención en el Impuesto sobre bienes inmuebles a las Entidades sin fines lucrativos
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Exención en el Impuesto sobre bienes inmuebles a las Entidades sin fines lucrativos
Descripción
Solicitud de exención en el pago del Impuesto sobre bienes inmuebles a las entidades sin fines lucrativos, que reúnan las condiciones exigidas en la correspondiente Ordenanza.
Dirigido a
Entidades sin fines lucrativos que tributen por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Requisitos y documentación
- Certificado de la FNMT o equivalente.
- Copias del Titulo de propiedad, estatutos sociales y certificado emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste que la entidad ha comunicado a Hacienda que se le aplique el régimen especial de las entidades sin fines lucrativos.
Cómo se hace
Presencialmente: En las oficinas deJereyssa le facilitarán el documento estandarizado de solicitud/comunicación. Vía Web: A través de la Oficina Virtual accederá al formulario de solicitud/ comunicación. Los pasos a seguir son los siguientes:
- Rellenar los campos del formulario (Datos identificativos y datos necesarios para completar la solicitud).
- Adjuntar la documentación exigida
Organismo gestor
Oficina de Recaudación y Servicios Tributarios