Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat

  • Solicitud del servicio de teleasistencia

    Es una modalidad de servicio de atención domiciliaria que ofrece al usuario/aria una atención permanente y a distancia.

    Consiste en un aparato telefónico conectado a una central de recepción de señales de emergencia atendida por profesionales capacitados para facilitar una ayuda inmediata y específica.

    Es necesario disponer de teléfono fijo y corriente eléctrica de 220 W.

    El servicio de teleasistencia será asignado a una persona. Y la baja definitiva de este servicio no dará derecho a la contuidad del mismo a otros miembros de la unidad de convivencia..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Las personas que soliciten este servicio no podrán tener problemas auditivos u otros que dificulten el uso correcto del servicio.

    Personas empadronadas en la ciudad.

    Las personas que tienen valoración de dependencia con grado y nivel que les da derecho a este servicio.

    Personas de 80 años o más que viven solas permanentemente o durante gran parte del día, o bien que convivan con otras personas que presentan idénticas características de edad y salud.

    Personas mayores de 65 años con falta de red social o familiar y/o con dificultad de movilidad.

    Personas mayores de 65 años que por su enfermedad crónica requieren una atención puntual e inmediata.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Las personas se tienen que dirigir al Servicio de Información, Orientación y Tramitación de recursos sociales (SIOT), excepto las personas con valoración de dependencia y PIA firmado que se han de dirigir a su trabajadora social de referencia.

    Documentación necesaria

    En el momento de la entrevista se deben aportar los siguientes documentos de la persona solicitante:

    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original y fotocopia)
    • Informe de Salud emitido por el médico/a de la red pública de Salud donde se justifique la necesidad del servicio.
    En el caso de que la persona solicitante no pueda acudir presencialmente, se deberan aportar firmados por el solicitante el impreso de Autorización de trámites y el impreso de consentimiento de datos.

    Impresos asociados

    MÁS INFORMACIÓN

    Para dar de baja el servicio:
    • Informar en el teléfono de la empresa para que pasen a retirar el aparato, o,
    • Dirigirse al servicio de Información Orientación y Tramitación (SIOT) donde se puede hacer entregar del aparato.
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    NORMATIVA APLICABLE

    LLei 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. BOE 299, 15.12.2006.

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Sustitución del pago de una sanción de civismo por trabajo comunitario

    Solicitud para sustituir el pago de la sanción económica de civismo por trabajo comunitario o tareas socioeducativas.

    Esta medida de sustitución no será posible cuando la Administración tenga conocimiento de una conducta reiterada o reincidente en la comisión de infracciones de la Ordenanza del civismo y la convivencia por parte de la persona infractora, a menos que ésta sea menor de edad..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona denunciada o, en el caso de menores de edad, su tutor/a legal.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    En cualquier momento del procedimiento sancionador y hasta un mes después de la notificación de la resolución de la sanción..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:
    Requisitos
    • En la solicitud TIENE QUE RECONOCER EXPRESAMENTE la responsabilidad sobre la infracción cometida a fin de que se pueda conceder la sustitución de la correspondiente sanción económica por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad o de tareas socioeducativas.
    Impresos asociados

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • En la solicitud TIENE QUE RECONOCER EXPRESAMENTE la responsabilidad sobre la infracción cometida a fin de que se pueda conceder la sustitución de la correspondiente sanción económica por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad o de tareas socioeducativas.

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (fotocopia).
    • Declaración de responsabilidad en una infracción de civismo
    Impresos asociados

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal de resolución es de tres meses desde la fecha de registro de la solicitud.
    El tiempo de respuesta por parte del departamento es de entre 15 y 30 días.

    NORMATIVA APLICABLE

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

  • Tarjeta T-16 de transporte público para los menores de 4 a 16 años

    La tarjeta T-16 es un título de transporte para los niños y niñas de 4 a 16 años que permite hacer gratuitamente un número ilimitado de viajes en la red de transporte público del sistema tarifario integral, dentro de la misma zona tarifaria donde reside el menor..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Padre o madre o persona tutora legal.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    Entre en la web www.amb.cat/mobilitat , en el apartado de 'Tarifación social y ambiental' , donde encontrará toda la información y procedimientos para presentar la solicitud y hacer el pago.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • Tener una edad comprendida entre los 4 años hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan 16 años.
    • Residir en cualquiera de los municipios que conforman el ámbito del sistema tarifario integrado.

    Rellene la hoja de solicitud firmada. La puede obtener en:

    • En la web www.amb.cat/mobilitat
    • En las oficinas de atención al cliente de los operadores de transporte.
    • En la oficinas que se indican a continuación.
    Documentación necesaria
    • Hoja de solicitud rellenada y firmada.
    • Fotocopia (dos caras) del DNI/NIE/passaport del menor o libro de familia (por la página donde aparece el número -la 1ª página- y la página donde aparece el nombre del menor).

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Para enviarlo por correo postal tiene que seguir la instrucciones que encontrará en la web de AMB.

    Ha de adjuntar la documentación requerida con la solicitud firmada dentro del sobre respuesta que encontrará en el siguiente enlace.

    Recibirá por correo postal el documento para el pago de la targeta T-16 que podrá hacerlo efectivo en cualquier terminal Servicaixa y linia abierta de CaixaBank o por internet mediante la web de AMB i NO hará falta devolver el justificante de pago.

    Una vez hecha la solicitud, dentro del periodo aproximado de 30 días a partir de la comprobación de la documentación y recepción del pago, el beneficiario recibirá en su domicilio la tarjeta T-16 personalizada.

    MÁS INFORMACIÓN

    La tarjeta T-16 es un título personalizado con el nombre y el documento de identidad o libro de familia que se tiene que validar a cada viaje, y sólo la puede utilizar el menor que sea titular..

    PRECIO

    La tarjeta T-16 tiene un coste de emisión y gestión que se cobrará al usuario en su primera emisión.

    La renovación de la tarjeta se hace sin coste y de manera automática hasta el 31 de diciembre del año en que el menor cumpla 16 años.

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Tarjeta europea de estacionamento para personas con discapacidad

    La tarjeta de aparcamiento es el documento acreditativo del derecho de las personas con discapacidad que tienen movilidad reducida para parar o estacionar su vehículo lo más cerca posible del punto de acceso o destino. La tarjeta da derecho a sus beneficiarios a estacionar en zonas de estacionamiento con control horario (zonas azules y verdes), zonas de carga y descarga y reservas de estacionamiento en aparcamientos públicos..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    a) Personas con discapacidad que superen el baremo de movilidad y que conduzcan un vehículo.
    b) Personas con discapacidad que superen el baremo de movilidad y que no conduzcan un vehículo, identificadas como titular no conductor, en relación a los vehículos que les transporten, cuando la persona con discapacidad tenga más de 3 años.
    c) Personas con discapacidad, identificadas como titular no conductor, que tengan una agudeza visual bilateral igual o inferior a 0'1 con corrección, o una reducción concéntrica del campo visual igual o menor a 10 grados.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la documentación necesaria en el registro de entrada de este ayuntamiento.

    Documentación necesaria

    Tiene que traer los documentos originales siguientes:

    • Solicitud de tarjeta europea de estacionamiento para personas con discapacidad
    • DNI
    • Dos fotografías tamaño carnet, en papel fotogràfico.
    • Certificado de discapacidad del ICASS que acredite que supera el baremo de movilidad o que cumpla el requisito a que se refiere el artículo 3.3. del Decreto 97/2002, de 5 de marzo (personas que tengan una agudeza visual bilateral igual o inferior a 0'1 con corrección, o una reducción concéntrica del campo visual igual o menor a 10 grados).
    • Acreditar la representación legal. Cuando la persona beneficiaria sea menor de edad tendrà que traer el libro de familia.
    • Permiso de conducir en el caso que el/la titular sea el/la conductor/a
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Si se concede la tarjeta, el departamento se pondrá en contacto con usted para indicarle de qué manera y a dónde deberá dirigirse para recogerla.

    MÁS INFORMACIÓN

    1) Para la obtención del certificado de disminución:
    Personas mayores de 16 años:
    - Centro de Atención a Disminuidos núm. 3 (CAD - Badal)
    c. Badal, 102. Barcelona Tels. 93.331.21.00 / 93.331.21.62 / 93.331.21.66
    - Equipo de Valoración y Orientación (EVO)
    Av. Paralelo, 145 bajos. Barcelona. Tel.: 93 425 22 44
    Personas menores de 16 años:
    -Centro de Atención a Disminuidos - Grassot (CAD-Infantil Grassot)
    C. Grassol, 3. 08025 Barcelona. Tel.: 93 458 99 08.
    2) El titular de la tarjeta de aparcamiento es la persona discapacitada.
    3) La renovación de las tarjetas de aparcamiento antiguas se hará como una alta nueva..

    PRECIO

    La obtención de la tarjeta no tiene asociada ni tasa ni precio público.

    NORMATIVA APLICABLE

    . - Decreto 97/2002 de 5 de marzo del Departamento de Bienestar Social de la Generalitat de Catalunya..

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  • Uso de los vertederos móviles

    Estos equipamientos que recorren los distritos de la ciudad permiten acercar el reciclaje a la ciudadanía.

    La ubicación de los vertederos móviles se ha decidido de acuerdo con las concejalías de distrito para situarlos en las zonas con más afluencia de público.

    En los vertederos móviles, los ciudadanos pueden depositar radiografías, pinturas, zapatos, baterías, disolventes, esprays, aceites (hasta 5 litros), tejidos, tóner, etc..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede llevar los residuos a los lugares y durante los horarios indicados:

    Lunes - Distrito I (Centro, Sanfeliu, Sant Josep)
    08:45-09:45h 1 Parc de la Serp/Santiago de Compostela.
    10:30-11:30h 1 Rbla. Marina (C. Provença-Av. Carrilet).
    11:45-12:45h 1 Pg. dels Cirerers-C. de Sanfeliu.
    13:00-14:00h 1 Av. Josep Tarradellas-Av. Isabel la Católica.
    14:45-15:45h 2 Rbla. Marina (C. Provença-Av. Carrilet).
    16:00-17:00h 2 Parc de la Serp/Santiago de Compostela.
    17:45-18:45h 2 Pg. dels Cirerers-C. de Sanfeliu.
    19:00-20:00h 2 Av. Josep Tarradellas-Av. Isabel la Católica.

    Martes - Distrito VI (El Gornal, Bellvitge)
    08:45-09:45h 1 Av. Mare Déu Bellvitge, 10-18.
    10:30-11:30h 1 Av. Europa (reserva parada bus).
    11:45-12:45h 1 Pg. Bellvitge (delante del Mercado).
    13:00-14:00h 1 Av. Carmen Amaya, 37.
    14:45-15:45h 2 Av. Mare Déu Bellvitge, 10-18.
    16:00-17:00h 2 C. Ermita.
    17:45-18:45h 2 Pl. Europa, 13-15.
    19:00-20:00h 2 Pg. Bellvitge (delante del Mercado).

    Miércoles - Distrito II (La Torrassa, Collblanc)
    08:45-09:45h 1 Pl. Guernica-C. Doctor Martí Julià.
    10:30-11:30h 1 Pl. Espanyola (C. Montseny).
    11:45-12:45h 1 Montseny/Rosalia de Castro.
    13:00-14:00h 1 Pl. Sènia.
    14:45-15:45h 2 Pl. Guernica-C. Doctor Martí Julià.
    16:00-17:00h 2 Pl. Espanyola (C. Montseny).
    17:45-18:45h 2 C. Mas-C. Joventut.
    19:00-20:00h 2 Montseny/Rosalia de Castro.

    Jueves - Distrito III (Santa Eulàlia, Granvia Sud)
    08:45-09:45h 1 Pl. Francesc Macià (delante de TV L'Hospitalet).
    10:30-11:30h 1 Gran Vía, 35-53 (Pl. dels Veïns).
    11:45-12:45h 1 Aprestadora/Amadeu Torner.
    13:00-14:00h 1 C. Santa Eulàlia/Jansana.
    14:45-15:45h 2 C. Santa Eulàlia/Jansana.
    16:00-17:00h 2 Aprestadora/Amadeu Torner.
    17:45-18:45h 2 Gran Vía, 35-53 (Pl. dels Veïns).
    19:00-20:00h 2 Pl. Francesc Macià (delante de TV L'Hospitalet).

    Viernes - Distrito IV (La Florida, Les Planes)
    08:45-09:45h 1 Alacant/Enginyer Moncunill.
    10:30-11:30h 1 Parc dels Ocellets/Muses.
    11:45-12:45h 1 Primavera (delante del Mercado).
    13:00-14:00h 1 Av. Catalunya (delante del nº. 140).
    14:45-15:45h 2 Alacant/Enginyer Moncunill.
    16:00-17:00h 2 Parc dels Ocellets/Muses.
    17:45-18:45h 2 Av. Catalunya (delante del nº. 140).
    19:00-20:00h 2 Primavera (delante del Mercado).

    Sábado - Distrito V (Can Serra, Pubilla Cases)
    08:45-09:45h 1 Av. Can Serra,68 (delante del colegio La Carpa).
    10:30-11:30h 1 Electricitat/Isabel la Católica.
    11:45-12:45h 1 Severo Ochoa/Calderón de la Barca.
    13:00-14:00h 1 Mare de Déu del Pilar/Av. del Bosc.
    14:45-15:45h 2 Av. Can Serra,68 (delante del colegio La Carpa).
    16:00-17:00h 2 Electricitat/Isabel la Católica.
    17:45-18:45h 2 Severo Ochoa/Calderón de la Barca.
    19:00-20:00h 2 Mare de Déu del Pilar/Av. del Bosc.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Uso del vertedero municipal

    Los vertederos son instalaciones de recepción selectiva de residuos municipales, orientadas a residuos especiales en pequeñas cantidades (p.e. pinturas, disolventes, baterías...), residuos voluminosos (p.e. muebles, electrodomésticos...), vegetales, escombros, así como otras fracciones que se pueden recoger selectivamente y aprovechar.

    Es una instalación que permite alcanzar niveles altos de recogida selectiva y que también puede prestar tareas de apoyo al servicio municipal de recogida de residuos..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Cualquier persona particular puede hacer la entrega de cualquiera de los tipos de residuos que recoge el vertedero.

    También pueden hacer uso los comercios, oficinas y servicios.

    Las industrias no pueden ser usuarias de este servicio ya que tienen sus propios mecanismos establecidos a través de los gestores autorizados.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Tiene que llevar los residuos directamente al vertedero municipal.

    Documentación necesaria
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original)
    • Vertedero municipal

      C. Arquimedes n° 1. CP: 08907 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes a sábado: 9-20 h

      Mapa

    MÁS INFORMACIÓN

    Existen unos equipamientos que recorren los distritos de la ciudad para acercar el reciclaje a la ciudadanía. Para ver horarios y ubicaciones consulte el trámite de Uso de los vertederos móviles..

    PRECIO

    La prestación de este servicio se hace de forma gratuita para los usuarios particulares o ciudadanos, hasta un máximo de 500 kg. de peso y siempre que los residuos sean aportados en vehículo privado.

    En el resto de casos, así como en el caso de los comercios, oficinas y servicios, puede consultar el precio público que se tendrá que autoliquidar llamando al mismo vertedero municipal..

    NORMATIVA APLICABLE

    .
    • Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos
    • El Programa de Gestión de Residuos Municipales en Cataluña (PROGREMIC)
    • Norma técnica sobre vertederos
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Volante de residencia colectivo histórico

    El volante de convivencia histórico emitido por el Ajuntament de L’Hospitalet demuestra con quién está o ha estado empadronada una persona en un domicilio en un período concreto desde el 1 de mayo de 1996 hasta la fecha de la solicitud.

    Si necesita justificar inscripciones anteriores al 1 de mayo de 1996 tiene que tramitar el certificado enlazado en los trámites relacionados al final de esta página..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    • Cualquier persona mayor de edad puede pedir su volante de convivencia histórico.
    • Cualquier persona mayor de edad puede pedir un volante de convivencia histórico de otra persona con autorización expresa de la persona interesada.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Las personas que en el momento de la petición están empadronadas en la ciudad de L'Hospitalet también lo pueden obtener llamando al teléfono indicado.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas.

    Documentación necesaria

    Documentos acreditativos de la identidad del solicitante:

    • Ciudadanos con nacionalidad española: DNI o pasaporte.
    • Ciudadanos extranjeros de un país miembro de la Unión Europea, de otros estados miembros del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de Suiza (en virtud del acuerdo de Luxemburgo): certificado del Registro Central de Extranjeros acompañado del documento de identidad del país de origen o del pasaporte.
    • Ciudadanos extranjeros no comunitarios: tarjeta de residencia o pasaporte.
    En caso de representación, tiene que aportar una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de éste y el original de la persona autorizada.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Las personas que actualmente están empadronadas en la ciudad y que hagan la solicitud por teléfono recibirán el volante, por correo postal, en la dirección de empadronamiento.

    MÁS INFORMACIÓN

    Este volante se puede solicitar por escrito, si se tiene que enviar fuera del municipio, utilizando una carta especificando la dirección de envío con firma original y fotocopia del DNI/TR/Pasaporte dirigida a:

    Ajuntament de L'Hospitalet
    Unitat de Gestió de Població
    C.Girona, 10, 1ª planta
    08901 L'Hospitalet de Llobregat
    Barcelona.

    VALIDEZ

    El plazo de validez de este documento lo establece la Administración que lo pide y empieza a contar desde la fecha de expedición.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Presencialmente: inmediatamente.
    Telefónicamente: lo recibirá en el domicilio en un plazo máximo de 3 días hábiles.
    Correo postal: lo recibirá en el domicilio en un tiempo máximo de una semana.

    NORMATIVA APLICABLE

    • Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local.
    • Ley 4/96 de 10 de enero por la que se modifica la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local en relación al Padrón Municipal en su última redacción.
    • Ley Municipal y de régimen local de Cataluña aprobada por el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el cual se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.
    • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
    • Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
    • Resolución de 17 de noviembre de 2005 de la Subsecretaría por la cual se dispone la publicación de la Resolución del INE y la Dirección General para la Administración Local por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del Padrón Municipal y sobre el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población.
    • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

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