Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat

  • Prórroga de la prestación para el pago del alquiler para el año 2017

    Petición para prorrogar esta ayuda a fondo perdido para que las unidades de convivencia que tengan ingresos bajos o moderados, a quien el coste de la vivienda puede situar en riesgo de exclusión residencial, puedan hacer frente al pago del alquiler..  

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Pueden presentar la declaración únicamente las personas que tuvieron resolución favorable de acuerdo con la convocatoria del año 2016.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    El plazo para acreditar el cumplimiento de los requisitos se inicia el 23 de enero de 2017 y finaliza el 28 de febrero de 2017, ambos incluidos.

    La declaración responsable y otra documentación presentada antes de la fecha de inicio del plazo indicado en el párrafo anterior se entenderán presentadas dentro de plazo..  

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Fuera de plazo
    PRESENCIALMENTE:
    Requisitos
    • Haber tenido una resolución favorable en la convocatoria del año 2016.
    • Acreditar que está en condiciones de poder pagar el alquiler con ingresos propios. Se considera que una unidad de convivencia cumple esta condición cuando acredita, como mínimo, unos ingresos anuales iguales en los necesarios para pagar el alquiler.
    • La cantidad que consta en la casilla 395 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2015 tiene que ser inferior a 500€, excepto si este importe es el resultado de una dación en pago.
    • Acreditar unos ingresos máximos anuales no superiores a 1,50 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) actualizado para L'Hospitalet de Llobregat (Zona A) según la siguiente tabla y dependiendo de los miembros de la unidad de convivencia de la persona beneficiaria:
    Tabla de IRSC ponderado según miembros de la unidad de convivencia
    1 miembro 2 miembros 3 miembros 4 o más miembros
    15.935,46 € 16.428,31 € 17.134,90 € 17.706,07 €

    Si alguna persona de la unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida del 33% o más se aplicará el tramo siguiente de la tabla (ejemplo: si la unidad de convivencia está formada por 2 miembros, en este supuesto el límite de ingresos sería el de una unidad de convivencia formada por 3 miembros).
    Tiene que rellenar la declaración responsable sobre el cumplimiento de requisitos de la Agència de l'Habitatge de Catalunya y presentarla, junto con la documentación necesaria, según su código postal de residencia en:
    • 08903-08904: Oficina de la Vivienda (c. Llobregat, 116) de 9:30 a 14 h
    • 08901-08902-08907-08908: Edificio Migdia (c. Migdia, 5, PB) de 8:30 a 14 h
    • 08905-08906: Concejalía distrito IV-V (c. Belchite, 5) de 9 a 14 h
    Documentación necesaria
    • Solicitud para obtener una prórroga o mantener la prestación para el pago del alquiler (2 copias).
    Además, tiene que presentar original y fotocopia o una fotocopia compulsada de la documentación que se detalla. Los originales se devuelven una vez confrontados con las fotocopias aportadas.
    • Todos los recibos de alquiler del año 2017, pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud. En caso de que el sistema de pago sea el recibo domiciliado en el recibo tendrán que constar los datos siguientes: referencia, NIF del emisor y sufijo.
      El pago del alquiler de la vivienda se tiene que realizar por medio de transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta o bien recibo emitido por el administrador de la finca.
    • Volante de convivencia que acredite el domicilio de la persona solicitante y de las personas que forman su unidad de convivencia.
    • Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2015 de la persona perceptora y de cada uno de los miembros que forman la unidad de convivencia, y que estén en edad laboral.
      En situaciones sobrevenidas en que la persona solicitante o alguno de los miembros de la unidad de convivencia hayan tenido un cambio importante en relación con su situación económica y laboral con respecto al periodo general a acreditar en la convocatoria, la persona o personas afectadas acreditarán los ingresos del año en curso.
    • En caso de ser una persona no obligada a presentar la Declaración del IRPF el año 2015, tiene que presentar:
      • Certificado de imputaciones de la AEAT del año 2015.
      • Informe de vida laboral (tfno. 901502050 o http://www.seg-social.es).
    Si no puede justificar los ingresos por ninguno de los medios anteriores, tiene que aportar la declaración responsable de ingresos (Modelo 1) donde se acreditan los ingresos para cada uno de los miembros de la unidad de convivencia que no puedan justificarlos. Si la declaración responsable afecta a toda a la unidad de convivencia hay que acompañarla de un informe sobre la situación socioeconómica, emitido por los servicios sociales municipales o por el personal técnico mediador de las entidades colaboradoras.
    • Si en la unidad de convivencia se ha producido algún cambio (número de miembros, ingresos, vivienda, etc) tiene que aportar la documentación siguiente:
      • Sentencia y/o convenio regulador correspondiente, en el caso de personas que se han separado o divorciado desde la fecha en que se les concedió la prestación.
      • Certificado acreditativo del Departament de Treball, Afers Socials i Famílies del grado de discapacidad reconocida, en caso de una discapacidad sobrevenida.
      • Certificado o volante de convivencia que acredite el domicilio de la persona solicitante y de las personas que forman su unidad de convivencia.
      • Nuevo contrato de alquiler donde conste el pago de la fianza (en el contrato tiene que constar la referencia catastral de la vivienda).
      • Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Agència de l'Habitatge de Catalunya (área SEPA), si ha variado la cuenta bancaria de la persona perceptora de la prestación.
      • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte o libro de familia (si es menor de edad) del nuevo miembro de la unidad de convivencia.
    Además, en caso de no firmar las autorizaciones o denegar las consultas de la hoja de solicitud, tiene que presentar:
    • Certificado/s de la oficina de trabajo con el importe percibido los tres últimos meses previos a la presentación de la solicitud (Servei d'Ocupació de Catalunya y Servicio Público de Ocupación Estatal).
    • Certificados emitidos por los órganos pagadores, acreditativos del importe a percibir durante el año en curso (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
    • Datos sobre la propiedad de viviendas (Registro de la Propiedad y Catastro).
    • Certificado acreditativo del grado de discapacidad reconocida (Departament de Treball, Afers Socials i Famílies).
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (Dirección General de la Policía).

    QUÉ PASA DESPUÉS

    La notificación de los actos de tramitación y resolutorios se hará por medio de su exposición en el tablón de anuncios de la Oficina de l'Habitatge y en la web de la Agència de l'Habitatge de Catalunya, http://www.habitatge.gencat.cat .

    MÁS INFORMACIÓN

    El importe máximo de ayuda será de 200 €/mes por un total de 2.400 €/año y el importe mínimo será de 20 €/mes siendo el total anual de 240 €.

    Esta ayuda es incompatible con:
    • Las prestaciones de urgencia especial (alquiler/desahucios) por las mismas mensualidades, artículo 5 de la Orden MAH/402/2009.
    • El mantenimiento del derecho a la percepción de la Renta Básica de Emancipación por las mismas mensualidades del año.
    • Otras ayudas o prestaciones provenientes de otras administraciones públicas que tengan la misma finalidad (punto 11 de la Resolución TES/884/2014).
    Se entiende por unidad de convivencia el conjunto de personas empadronadas en un domicilio con independencia de si tienen relación de parentesco entre sí.

    La Agència de l'Habitatge de Catalunya puede solicitar, directamente o a través de las entidades colaboradoras en la gestión de estas prestaciones, la documentación complementaria que considere necesaria para la resolución del expediente..  

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar la resolución, debidamente motivada, por parte de la Agència de l'Habitatge de Catalunya es de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación completa. Transcurrido este plazo, si no se ha notificado la resolución expresa, las personas interesadas pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

    NORMATIVA APLICABLE

    • Resolución por la que se establece el procedimiento de control y verificación del cumplimiento de los requisitos para el mantenimiento del derecho a recibir las prestaciones para el pago del alquiler para el año 2017.
    • Ley 5/2012, del 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.
    • Artículo 72 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho en la vivienda.
    • Resolución TES/1101/2013, de 15 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de prestaciones para el pago del alquiler para el año 2013.
    • Resolución TES/884/2014, de 11 de abril, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de prestaciones para el pago del alquiler para el año 2014.
    • Resolución TES/667/2015, de 2 de abril, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de prestaciones para el pago del alquiler para el año 2015 para colectivos específicos.
    • Resolución GAH/940/2016, de 5 de abril, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de prestaciones para el pago del alquilera para el año 2016 para colectivos específicos.
    • Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, modificada por la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
    • Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico, modificada por la Ley 5/2007, de 4 de julio, de medidas fiscales y financieras.
    • Texto consolidado de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA O SUGERENCIA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.  

  • Recogida de animales muertos en la via pública

    Servicio de recogida inmediata de animales muertos que estén en la vía pública..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Cualquier ciudadano/a puede dar el aviso.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR TELÉFONO:
    • Saneamiento

      Teléfono: 900 28 29 30 (Telí¨fon d'incidí¨ncies VIA)

      Horario: Atención teléfono VÍA
      De lunes a viernes de 8.00 a 20.00 h
      Fines de semana: desde las 20.00 h. del viernes hasta las 8.00 h. del lunes.
      Festivos: desde las 20.00 h. del día anterior a las 08.00 h. del día siguiente.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Saneamiento

      Teléfono: 900 28 29 30 (Telí¨fon d'incidí¨ncies VIA)

      Horario: Atención teléfono VÍA
      De lunes a viernes de 8.00 a 20.00 h
      Fines de semana: desde las 20.00 h. del viernes hasta las 8.00 h. del lunes.
      Festivos: desde las 20.00 h. del día anterior a las 08.00 h. del día siguiente.

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  • Recogida de muebles y utensilios viejos a domicilio

    Petición de recogida de mobiliario de casa, utensilios viejos y electrodomésticos. No se pueden dejar escombros, sanitarios ni basuras..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Exclusivo para particulares (no para comercios, industrias u otras actividades profesionales).

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:
    • Con este formulario puede solicitar este servicio para el día que más le convenga; rellénelo y después haga clic en "Solicitar la recogida".

    TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Llame al teléfono indicado.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Vaya a la oficina indicada.

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Los muebles se han de dejar en el vestíbulo antes de las 7:00 de la mañana del día concertado. La recogida se realiza de lunes a sábado de 7:00 a 20:00 h.

    La recogida se realitzará por utensilios en dos caminones diferentes, uno para muebles y el otro para electrodomésticos de manera independiente.

    Los sábados no se recogen electrodomésticos.

    MÁS INFORMACIÓN

    • Hay que concertar previamente el día de recogida y concretar el cual se quiere tirar.

    • Los establecimientos comerciales e industriales, para pequeñas cantidades, podrán dirigirse a al vertedero municipal o contratar un transporte particular para trasladarlos.
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    TIEMPO DE RESPUESTA

    Inmediato.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Recogida de residuos municipales en la ciudad

    Petición de recogida de residuos municipales (materia orgánica y rechazo) en la ciudad..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias)
    Impresos asociados

    MÁS INFORMACIÓN

    La recogida se realiza a través de contenedores de 3.200 litros bicompartimentados, que permiten recoger las basuras segregadas en materia orgánica y de rechazo, distribuidos por toda la ciudad.
    El servicio es diario, 365 días cada año.

    La materia orgánica se compone de los restos de fruta y de verdura, de carne y pescado, de comer guisado y de pan, comida sólida en mal estado, caparazones de frutos secos, huevos y marisco, lío de café y restos de infusiones, restos de plantas, ramos marchitados y flores secas, tapones de corcho, papel de cocina y servilletas de papel usadas.

    El rechazo se compone de todo aquello que no se puede aprovechar, como: la pulso de barrer, los restos de cerámica y los pañales.

    Recomendaciones para el buen uso del servicio:
    • Separad bien la materia orgánica del resto.
    • Entregad las basuras en bolsas cerradas. Para la materia orgánica se pueden utilizar bolsas de plástico que se dan en las tiendas de alimentación, etc.
    • Introducidlas en el contenedor. Cada fracción en la parte del contenedor que le corresponde.
    • Bajad las basuras en un horario próximo a la recogida: a partir de las 20 horas.
    Información de la situación de los contenedores (para realizar propuestas de cambio, reclamaciones, etc):
    • Hay que dirigirse a las Concejalías de distrito.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Saneamiento

      Teléfono: 900 28 29 30 (Telèfon d'incidències VIA)

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  • Recuperación de un objeto perdido en custodia por el Ajuntament de L'Hospitalet

    Retorno de un objeto perdido que ha sido encontrado y que ahora tiene depositado el Ajuntament de L'Hospitalet..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona interesada o cualquier otra con una autorización expresa del/la interesado/a.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Si se sabe el propietario y éste ha recibido una notificación podrá obtener el objeto dentro de un plazo de tres meses contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la correspondiente notificación.

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    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la notificación municipal o, si es el caso, la documentación necesaria que considere que acredita la propiedad del objeto.

    Documentación necesaria
    • DNI del titular
    • En caso de representación, tiene que aportar una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de éste y el original de la persona autorizada.
    • Objetos Perdidos

      C. Canigó n° 10, 1 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes a viernes: 8.30-13.30 h

      Mapa

    MÁS INFORMACIÓN

    Si se ha notificado a su propietario el hallazgo del objeto y éste no es recogido o la persona propietaria no avisa dentro de un plazo de 3 meses, se entenderá que renuncia a la titularidad y hace cesión a favor del ayuntamiento, que procederá a su traspaso, destrucción, utilización o entrega a entidades benéficas de la ciudad que tengan firmado el correspondiente convenio con el ayuntamiento, según proceda..

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Registro censal de animales de compañía

    Comunicación para tramitar el alta, la baja o cualquier otra modificación de los datos que ya consten en el Censo municipal de animales de compañía, como la cesión o el cambio de residencia del animal (perro, gato o hurón).

    En relación a la licencia para la tinencia y conducción de perros considerados potencialmente peligrosos por la vía pública y partes comunes de los edificios vea el trámite relacionado al final de esta página..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona propietaria del animal (perros, gatos y hurones).

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Dentro del plazo de 30 días, contado desde la fecha de nacimiento, de adquisición, cambio de residencia del animal o traslado termporal por un periodo superior a tres meses al término municipal de L'Hospitalet.

    Dentro del plazo de 10 días, contado desde la fecha de cesión, o cualquier otro modificación de los datos que figuren en el Censo municipal de animales de compañía.

    Por defunción, presentar el certificado veterinario de defunción y la cartilla sanitaria del animal al Censo municipal de animales de compañía en el plazo de 10 días, con el fin de darlo de baja..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • El animal tiene que de residir en L’Hospitalet.
    • El animal tiene que estar identificado con un microchip registrado en la AIAC o ANICOM (vea el folleto informativo sobre trámites y gestiones).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Solicitud de alta-baja en el censo municipal de animales de compañía
    Además tendrá que aportar la siguiente documentación:
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona propietaria
    • Cartilla sanitaria
    • Hoja de alta del microchip
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Una vez registrado el animal, a la persona solicitante se le envía el certificado del censo con el número de registro a su casa.

    MÁS INFORMACIÓN

    Puede consultar más información en los documentos que encontrará a continuación en el apartado "Otros documentos asociados"..
    OTROS DOCUMENTOS ASOCIADOS.

    VALIDEZ

    La inscripción en el censo tendrá una vigencia máxima de 15 años, posteriormente a la que el animal será dado de baja de oficio. Una vez transcurrido este plazo, para que el animal continúe dado de alta, tendrá que solicitar la actualización de los datos con periodicidad bianual.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Renovación del préstamo de documentos de bibliotecas

    Si necesitáis más tiempo del ya establecido, podéis solicitar hasta tres renovaciones siempre y cuando:
    - no haya expirado la fecha de retorno
    - no se tenga el carnet de préstamo bloqueado por algún motivo
    - no haya ninguna reserva del documento por parte de otro usuario.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    Para hacer este trámite on-line, tendréis que ir a la pantalla de consulta del Catálogo http://sinera.diba.cat e identificaros en "Mi Cuenta" introduciendo vuestro número de carnet de la biblioteca y vuestro PIN.

    Apretad entrar para validaros.

    Una vez validados, acceder a "ejemplares actualmente en préstamo".

    A continuación marcar en la columna RENOVAR los documentos a renovar, o bien, apretar el botón "Renovar todo".

    En la columna Estado se puede visualizar la nueva fecha (treinta días a contar desde la renovación).

    También podéis realizar las renovaciones enviando un correo electrónico a cualquier biblioteca de L'Hospitalet (detallando los números, del código de barras, del carnet de la biblioteca).

    POR TELÉFONO:

    También podéis realizar las renovaciones llamando al teléfono de la biblioteca.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Realizando la renovación en la propia biblioteca.

    • Biblioteca Can Sumarro

      C. Riera de l'Escorxador n° 2. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Jueves, viernes y sábados: 10-13.30 h
      Lunes a viernes: 15.30-20.30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Central Tecla Sala

      AV Josep Tarradellas i Joan n° 44. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - BARCELONA

      Horario: Lunes: 15.30-21 h
      De martes a viernes: 9-21 h
      Sábado: 10-14 y 15-20 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca de Bellvitge

      PL Cultura n° 1. CP: 08907 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes, martes y jueves: 15'30 en 20'30 h
      Miércoles y viernes: 10 a 20 '30 h.
      Sábados: 10 a 13 '30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Josep Janés

      C. Doctor Martí i Julià n° 33. CP: 08903 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Martes, miércoles y sábado: 10 - 13:30 h
      Lunes a viernes: 15:30 - 20:30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca la Bòbila

      PL Bòbila n° 1. CP: 08906 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Miércoles, jueves y sábado: 10-13.30 h
      Lunes a viernes: 15.30-20.30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca la Florida

      AV Masnou n° 40. CP: 08905 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes, martes y sábados: 10-13.30 h
      Lunes a viernes: 15.30-20.30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Plaça Europa

      C. Amadeu Torner n° 57. CP: 08902 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes, jueves y sábados, de 10 a 13:30 h
      De lunes a viernes, de 15:30 a 20:30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Santa Eulàlia

      C. Pareto n° 22. CP: 08902 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes a viernes: 15.30-20'30 h
      Martes y sábados: 10-13 '30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa

    PRECIO

    Gratuito.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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  • Renuncia de la licencia de ocupación de la vía pública para la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida (excepto por defunción de la persona titular)

    Solicitud para renunciar a la reserva de estacionamiento para personas con discapacidad, excepto si es por motivo de defunción de la persona titular que se tendrá que tramitar según las instrucciones del trámite relacionado..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular de la licencia de ocupación de la vía pública para la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida o la persona con la tutoría legal.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), con la fundamentación detallada de su solicitud.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El departamento gestor tramitará la renuncia de la licencia y retirará la señalización de la reserva de estacionamiento.

    MÁS INFORMACIÓN

    La tasa anual se devenga trimestralmente. De esta manera, el trimestre del año natural en que se tramita la renuncia será el último sobre lo que se tendrá que hacer el pago.

    Tiene derecho a solicitar la devolución de los trimestres en que no se tiene la licencia..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El departamento gestor da respuesta en un plazo inferior a 2 meses desde la fecha de registro de la solicitud.

    NORMATIVA APLICABLE

    .

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    .

    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Renuncia de la licencia de ocupación de la vía pública para la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida por defunción de la persona titular

    Solicitud para renunciar a la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida por motivo de defunción de la persona titular..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Cualquier familiar de la persona titular de la licencia de ocupación de la vía pública para la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • La persona titular tiene que constar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes por el motivo de defunción.

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), con la fundamentación detallada de su solicitud.
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante (fotocopia).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El departamento gestor hará las comprobaciones adecuadas y, si corresponde, tramitará la renuncia de la licencia. Posteriormente retirará la señalización de la reserva de estacionamiento.

    MÁS INFORMACIÓN

    La tasa anual se devenga trimestralmente. De esta manera, el trimestre del año natural en que se tramita la renuncia será el último sobre el que se tendrá que hacer el pago.

    Tiene derecho a solicitar la devolución de los trimestres en que no se tiene la licencia..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El departamento gestor da respuesta en un plazo inferior a 2 meses desde la fecha de registro de la solicitud.

    NORMATIVA APLICABLE

    .

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    .

    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Reserva de día y hora para celebrar el matrimonio civil en el Ajuntament

    Celebración de matrimonio civil en el Palacete de Can Buxeres..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Cualquier persona mayor de edad o emancipada.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    De acuerdo con las normas para la celebración de matrimonios civiles en el Palacete de Can Buxeres, los matrimonios tendrán lugar de acuerdo con el calendario establecido anualmente por el Ajuntament (durante el mes de agosto no se celebrarán matrimonios civiles)..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    Puede hacer la prerreserva en línea llenando los datos del formulario y escogiendo el día y la hora para la celebración del matrimonio civil. Para formalizar la reserva, vea el apartado Presencialmente.

    TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Puede hacer la prerreserva por teléfono, escogiendo el día y la hora para la celebración del matrimonio civil. Para formalizar la reserva, vea el apartado Presencialmente.

    Documentación necesaria

    Los DNIs de los contrayentes.

    • Negociado de Protocolo

      Teléfono: 93 402 94 95, 93 402 99 41 (Para bodas civiles)
      Fax: 93 261 23 13

      Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14 h. Con cita previa, miércoles y viernes de 16:30 a 18:30 h.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Una vez pedida la prerreserva, por teléfono o por internet, tiene que presentar una solicitud en el plazo de un mes desde que se ha seleccionado el día y la hora de boda.

    Para formalizar la reserva tiene que presentar en cualquier registro del Ajuntament la documentación necesaria.

    Documentación necesaria
    • Instancia de solicitud de matrimonio civil en el Ajuntament, donde se tiene que indicar el día y la hora reservados previamente.
    • DNI de los dos miembros de la pareja (original o fotocopia).
    • DNI de las dos personas mayores de edad que actúen como testigos de la pareja el día de la boda (fotocopia).
    • Justificante de pago del precio público correspondiente (impreso de autoliquidación entregado por el Negociado de Protocolo).
    Si la documentación se presenta digitalizada en soporte USB, agilizará la gestión.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Paralelamente a estos trámites, las personas solicitantes deberán pedir cita previa a través de la Seu Electronica de Catalunya e informarse de la documentación necesaria para la apertura del expediente matrimonial.

    Para las personas interesadas que viven fuera de la ciudad, la tramitación del expediente se inicia en la localidad donde están empadronadas. Una vez aprobado el expediente se ha de trasladar al Registro Civil de L'Hospitalet.

    Una vez abierto el expediente matrimonial tiene que:
    • Primero: comunicar el número de este expediente al departamento de Protocolo. La reserva quedará anulada si antes de tres meses de la fecha de la celebración civil no se hace esta comunicación.
    • Segundo: entregar a Protocolo el documento "Auto de Confirmación" expedido por el Registro Civil de L'Hospitalet. A partir de este momento se concretarán los datos relativos a la ceremonia.

    MÁS INFORMACIÓN

    Puede consultar la ubicación del lugar donde se celebrará la ceremonia en el siguiente documento adjunto.

    El hecho de modificar la fecha de celebración del matrimonio civil, siempre que haya disponibilidad en el calendario establecido y a través de la misma solicitud, no supondrá una nueva responsabilidad tributaria..
    OTROS DOCUMENTOS ASOCIADOS.

    PRECIO

    Según ordenanzas fiscales vigentes.
    .

    NORMATIVA APLICABLE

    .

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Negociado de Protocolo

      Teléfono: 93 402 94 95, 93 402 99 41 (Para bodas civiles)
      Fax: 93 261 23 13

      Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14 h. Con cita previa, miércoles y viernes de 16:30 a 18:30 h.

    .

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