Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat

  • Hogar Residencia para personas con discapacidad intelectual

    Son servicios de acogimiento residencial de carácter temporal o permanente sustitutorios del hogar. Están dirigidos a personas con discapacidad intelectual y que necesitan un hogar cuando se ha convertido en imposible o desaconsejable vivir en el suyo, como consecuencia de problemas derivados de la misma discapacidad, por falta de familia o para no disponer de condiciones sociofamiliares y asistenciales adecuadas..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Personas con discapacidad intelectual que necesitan, de forma permanente o temporal, supervisión y ayuda por las actividades de la vida diaria.

    Han de tener autonomía suficiente para realizar una actividad diaria (centro ocupacional, centro especial de trabajo ...).

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Tramitad la solicitud de ingreso al servicio de Valoración y Orientación (CAD) que les corresponda por zona.

  • ISIC (Estudiante internacional)

    Carné de estudiante internacional que permite obtener descuentos en las entradas en museos, teatros, exposiciones, residencias universitarias ....

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Estudiantes a partir de 12 años que cursen cualquiera de las enseñanzas del sistema educativo.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Dirigíos a nuestra oficina con la documentación necesaria.

    Documentación necesaria
    • DNI o pasaporte original.
    • 1 fotografía.
    • Matricula, carnet o certificado original del centro donde conste que el interesado/a está matriculado/a y que especifique el curso actual.
    • Oficina Joven

      C. Llobregat n° 127. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

      Mapa

    PRECIO

    9 €.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina Joven

      Teléfono: 93 403 69 60

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

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  • ITIC (Carnet internacional de profesor)

    Carné para profesores que permite obtener descuentos en las entradas en museos, teatros, exposiciones, residencias universitarias....

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Profesores en activo con una dedicación llena (mínimo 18 h semanales).

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Dirigíos a nuestra oficina con la documentación necesaria.

    Documentación necesaria
    • DNI o pasaporte original.
    • 1 fotografía.
    • Certificado original del centro donde conste que l'interessat/da trabaja a dedicación llena.
    • Oficina Joven

      C. Llobregat n° 127. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

      Mapa

    PRECIO

    9 €.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina Joven

      Teléfono: 93 403 69 60

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

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  • IYTC (Carnet internacional de joven)

    Carné que permite obtener descuentos a la hora de comprar billetes y productos turísticos en las agencias acreditadas en Cataluña y las oficinas de estudiantes de todo el mundo, reducción de precios en diferentes tipos de alojamientos, restaurantes, tiendas....

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Jóvenes hasta 25 años incluidos.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Aportad la documentación necesaria a nuestra oficina.

    Documentación necesaria
    • DNI o pasaporte original.
    • 1 fotografía.
    • Oficina Joven

      C. Llobregat n° 127. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

      Mapa

    PRECIO

    9 €.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina Joven

      Teléfono: 93 403 69 60

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

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  • Identificación de la persona conductora de una denuncia por infracción de tráfico

    Notificación por parte de la persona titular o arrendataria del vehículo denunciado de la persona conductora en el momento de la infracción.
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    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La empresa o particular, titular o arrendataria del vehículo denunciado.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    La comunicación se tiene que efectuar en un plazo no superior a los 15 días naturales a contar desde la fecha de notificación de la denuncia o requerimiento..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas.

    Documentación necesaria
    • Instancia de multas (2 copias), indicando, además de los datos requeridos en el formulario, respecte a la persona conductora: Nombre y apellidos, dirección, código postal, población y número del documento de identidad.
    • Si la persona conductora no dispone de número de permiso o licencia de conducción, tendrá que aportar la autorización administrativa que le habilita para conducir en España (fotocopia).
    • Si el vehículo es de alquiler, tendrá que aportar el contrato de alquiler (fotocopia).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Una vez hecha esta comunicación se inicia un nuevo procedimiento sancionador contra la persona identificada. Esta persona recibirá una nueva notificación de la denuncia con los plazos de pago y los de bonificación correspondientes.

    MÁS INFORMACIÓN

    La persona titular o arrendataria es responsable de identificar a la persona conductora del vehículo en el momento de la denuncia.

    En el caso de personas jurídicas, es obligatoria la identificación de la persona conductora, a menos que la denuncia sea por estacionamiento. La persona que ha sido objeto de un requerimiento de identificación de conductor no puede abonar la sanción inicial.

    El incumplimiento de la obligación de identificación de conductor/a supone una infracción muy grave que se sanciona con una multa del doble del importe de la infracción originaria si era leve, o del triple si era grave o muy grave..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El inicio del nuevo procedimiento sancionador se realizará en el plazo de 15 días.

    NORMATIVA APLICABLE

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    • Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
    • Real decreto 1428/2003, de 21 de noviembre por el cual se aprueba el Reglamento general de circulación para la aplicación y el despliegue del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial, aprobado por el Real decreto legislativo 339/1990 de 2 de marzo.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Indemnización de responsabilidad patrimonial

    Solicitud de indemnización por los daños o perjuicios que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos municipales..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Personas físicas o jurídicas que hayan sufrido alguna lesión en ellas mismas o en sus bienes o derechos a consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos del Ajuntament de L'Hospitalet.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Dentro del plazo de un año de haberse producido el hecho o el acto que motiva la indemnización o de manifestarse los efectos lesivos. En caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo empezará a contar desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias).
    • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o CIF de la empresa, en el caso de personas jurídicas (fotocopia).
    • Debe constar la descripción detallada de los hechos, el lugar, el día y la hora en que se han producido los daños.
    • Adjunte documentación y proponga medios de prueba (informes, dictámenes periciales, fotografías, testimonios, etc.) que prueben los hechos, los daños y la causa que ha provocado los perjuicios corporales y/o materiales.
    • Determine la cuantía económica de la indemnización, acreditando documentalmente el daño que se reclama (informes médicos o periciales en el caso de lesiones; peritajes y / o facturas de reparación en el caso de daños materiales).
    Y si el siniestro lo ha afectado un vehículo:
    • Adjunte copia del permiso de circulación, de la tarjeta de ITV, de la póliza de seguros y del resguardo del último recibo pagado.
    Documentación adicional:

    Si la solicitud la formula una persona jurídica se deberá aportar una fotocopia de la escritura de la empresa, inscrita en el Registro Mercantil, y poderes para interponer reclamaciones en nombre y representación de la sociedad.
    Impresos asociados

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo general para resolver las reclamaciones es de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

    EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada..

    NORMATIVA APLICABLE

    Procedimientos iniciados antes del 2 de octubre de 2016:
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
    • Real decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las administraciones públicas en materia de responsabilidad patrimonial.
    Procedimientos iniciados después del 2 de octubre de 2016:
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

  • Información de las becas de responsabilidad social de "Planeta Formación y Universidades" de L'Hospitalet

    El Centro Planeta Formación y Universidades de L'Hospitalet concede becas a la formación en el ámbito de estudios homologados no obligatorios, por los que se obtiene una titulación oficial, con el objetivo de mejorar el nivel formativo de los jóvenes, facilitar su inserción social y laboral e incentivar el reciclaje del profesorado de formación profesional de los centros educativos públicos o concertados de la ciudad.

    Estas becas municipales cubren el 50% del coste total de los estudios para cursos completos. No se otorgarán a alumnos que quieran realizar solamente una parte del curso.

    Las becas de responsabilidad social irán destinadas a: Modalidad A) de Formación Profesional Inicial y Formación Continúa recibidas y otorgadas por riguroso orden de puntuación. Una vez cubierta la oferta publicada para esta modalidad y en el caso de no agotar el presupuesto total destinado a este tipo de becas, se procederá a atender, por orden de puntuación, las solicitudes de la Modalidad B) para estudios universitarios de posgrado o máster y, sólo en caso de no agotarse el presupuesto destinado, seguidamente se procederá a atender, por orden de puntuación las solicitudes de Modalidad C) profesorado de Formación Profesional y, sólo en caso de no agotarse el presupuesto destinado, se atenderán las solicitudes de Modalidad D) para estudios de la Escuela de Negocios en un número máximo establecido en la convocatoria.

    Tiene toda la información en la web http://beques.l-h.cat

    También puede consultar comunicados oficiales, como los listados de admitidos y de plazas en reserva, en la web: http://beques.l-h.cat/es/comunicados-oficiales.

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Este tipo de beca está dirigida preferentemente a la ciudadanía de L'Hospitalet mayor de 16 años y al profesorado de Formación Profesional que imparta docencia en los centros educativos públicos o concertados de la ciudad.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    A partir del 1 de abril y hasta el 1 de julio de 2019, ambos incluidos..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Fuera de plazo

    POR INTERNET:
    Requisitos

    La persona solicitante tendrá que cumplir con los requisitos señalados en las bases correspondientes, según la modalidad elegida.

    Puede consultar las bases en el apartado 'Normativa aplicable' de este trámite.

    Aun así, a parte de los específicos de cada modalidad, los requisitos generales son:

    • Estar en disposición del permiso de residencia/nacionalidad o pertenecer a la Unión Europea.
    • Para este tipo de beca se obtendrá puntuación extra si la persona solicitante consta empadronada en la ciudad de L'Hospitalet de Llobregat con un plazo mínimo de 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, exceptuando la modalidad C que se puntuará de acuerdo con los criterios marcados en los baremos específicos de esta modalidad
    • En el caso del profesorado de formación profesional, hará falta formar parte de la plantilla de un centro educativo público o concertado de la ciudad e impartir docencia en Formación Profesional.
    Quedarán excluidas aquellas personas que:
    • Quieran cursar sólo las prácticas obligatorias del curso (FCT) y/o el módulo de proyecto.
    • Repitan curso
    • Ya disfrute de una beca otorgada por instituciones públicas y/o privadas por el mismo concepto.
    No serán causa de exclusión las situaciones siguientes:
    • Que el estudiante ya disponga de titulación superior o universitaria

    Puede hacer la inscripción rellenando el formulario que aparece en cada estudio, según su preferencia. Consulte en la web http://beques.l-h.cat las becas de responsabilidad social disponibles.

    La persona solicitante es responsable de la veracidad de la documentación y de aportar todos los documentos acredativos correspondientes. Si falta documentación o esta documentación es errónea se considerará nula su solicitud.

    Puede presentar una única solicitud de beca en la que se podrá especificar una primera y una segunda opción dentro de la misma modalidad. No se admitirán solicitudes de una misma persona para diferentes estudios ni para diferentes tipos de beca.

    Documentación necesaria

    En todos los casos:

    • Familia numerosa o familia monoparental, si corresponde: Carnet de familia numerosa o el de familia monoparental.
    • Discapacidad de la persona solicitante, cónyuge, padre, madre, hijos o hermanos a cargo de grado igual o superior al 33%, si corresponde: Tarjeta acreditativa de la discapacidad o del certificado de discapacidad emitido por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias. También se admiten los certificados de discapacidad emitidos por los organismens competentes de otras comunidades autónomas.
    En caso de optar a las modalidades A, B o D:
    • Renta familiar: Última declaración de la renta. Aquellas personas no obligadas a presentar la declaración del IRPF en aplicación de la normativa tributaria, tienen que aportar el certificado de ingresos y retenciones emitido por la empresa empleadora de todos los miembros que componen la unidad familiar. Si alguno de los miembros es perceptor de prestación de cualquier tipo (desempleo, incapacidad, etc.) tiene que aportar el documento acreditativo a tal efecto.
    • Nota media del expediente académico: Certificación académica oficial emitida por el centro educativo donde se han cursado los estudios (ESO, bachillerato, formación profesional, universitarios).
    • Desempleo, si corresponde: Si es una persona en situación de desempleo e inscrita en el Servicio de Ocupación de Catalunya (SOC) como demandante de ocupación no ocupada (DONO), la certificación del SOC.
    • Acceso a primera titulación de formación profesional, si corresponde: Graduado escolar, título de ESO o certificación de la prueba de acceso.
    En caso de optar a la modalidad C:
    • Experiencia docente en L'Hospitalet: Certificado o informe de Educación de la Generalitat o de los centros donde se han impartido clases en L'Hospitalet, donde conste el tiempo como personal docente.

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El proceso de selección y la propuesta de adjudicación de las becas estará a cargo de una Comisión de Selección, que se regirá para la concesión por los criterios y baremos generales establecidos en las bases de cada convocatoria.

    Para estas becas de responsabilidad social, el alumno tendrá que aceptar las condiciones del pago correspondiente al 50% restante del coste del curso.

    El sistema de la concesión y posibles reclamaciones queda establecido en las bases de cada convocatoria y todos los trámites se realizarán a través de la plataforma on-line habilitada a tal efecto, según las bases vigentes.

    Podrá consultar comunicados oficiales, como los listados de admitidos y de plazas en reserva, en la web: http://beques.l-h.cat/es/comunicados-oficiales

    MÁS INFORMACIÓN

    Los criterios y baremos de selección constan en las bases aprobadas.

    Si tiene alguna duda puede utilizar el formulario de Contacto habilitado a tal efecto por "Planeta Formación y Universidades" en la web http://beques.l-h.cat o llamar al teléfono 932912700..

    NORMATIVA APLICABLE

    • Edicto sobre aprobación de la convocatoria pública 2019-2020, para la concesión de becas para estudios no obligatorios, homologados, recogidos en la oferta contractual de Planeta formación y universidades
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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Información de las becas municipales de "Planeta Formación y Universidades" de L'Hospitalet

    El Centro Planeta Formación y Universidades de L'Hospitalet concede becas a la formación en el ámbito de estudios homologados no obligatorios, por los que se obtiene una titulación oficial, con el objetivo de mejorar el nivel formativo de los jóvenes, facilitar su inserción social y laboral e incentivar el reciclaje del profesorado de formación profesional de los centros educativos públicos o concertados de la ciudad.

    Estas becas municipales cubren el 100% del coste total de los estudios para cursos completos. No se otorgarán a alumnos que quieran realizar solamente una parte del curso.

    Las becas municipales irán destinadas a: Modalidad A) de Formación Profesional Inicial y Formación Continúa recibidas y otorgadas por riguroso orden de puntuación. Una vez cubierta la oferta publicada por esta modalidad y en el caso de no agotar el presupuesto total destinado a este tipo de becas, se procederá a atender, por orden de puntuación, las solicitudes de la Modalidad B) para estudios universitarios de posgrado o máster y, sólo en caso de no agotarse el presupuesto destinado, seguidamente se procederá a atender, por orden de puntuación las solicitudes de Modalidad C) profesorado de Formación Profesional y, sólo en caso de no agotarse el presupuesto destinado, se atenderán las solicitudes de Modalidad D) para estudios de la Escuela de Negocios.

    Tiene toda la información en la web http://beques.l-h.cat/

    También puede consultar comunicados oficiales, como los listados de admitidos y de plazas en reserva, en la web: http://beques.l-h.cat/es/comunicados-oficiales.

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Este tipo de beca está dirigida exclusivamente a la ciudadanía de L'Hospitalet mayor de 16 años y al profesorado de Formación Profesional que imparta docencia en los centros educativos públicos o concertados de la ciudad.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    A partir del 1 de abril y hasta el 1 de julio de 2019, ambos incluidos..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Fuera de plazo

    POR INTERNET:
    Requisitos

    La persona solicitante tendrá que cumplir con los requisitos señalados en las bases correspondientes, según la modalidad elegida.

    Puede consultar las bases en el apartado 'Normativa aplicable' de este trámite.

    A parte de los específicos de cada modalidad, los requisitos generales son:

    • La persona solicitante tiene que estar empadronada en la ciudad de L'Hospitalet de Llobregat con un plazo mínimo de 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, exceptuando la modalidad C que se puntuará de acuerdo con las criterios marcados en los baremos específicos de esta modalidad.
    • En el caso del profesorado de formación profesional, hará falta formar parte de la plantilla de un centro educativo público o concertado de la ciudad e impartir docencia en Formación Profesional.
    Quedarán excluidas aquellas personas que:
    • Quieran cursar sólo las prácticas obligatorias del curso (FCT) y/o el módulo de proyecto.
    • Repitan curso
    • Ya disfruten de una beca otorgada por instituciones públicas y/o privadas por el mismo concepto.
    No serán causa de exclusión las situaciones siguientes:
    • Que el estudiante ya disponga de titulación superior o universitaria

    Puede hacer la inscripción rellenando el formulario que aparece en cada estudio, según su preferencia. Consulte en la web http://beques.l-h.cat las becas municipales disponibles.

    La persona solicitante es responsable de la veracidad de la documentación y de aportar todos los documentos acredativos correspondientes. Si falta documentación o esta documentación es errónea se considerará nula su solicitud.

    Puede presentar una única solicitud de beca en la que se podrá especificar una primera y una segunda opción dentro de la misma modalidad. No se admitirán solicitudes de una misma persona para diferentes estudios ni para diferentes tipos de beca.

    Documentación necesaria

    En todos los casos:

    • Familia numerosa o familia monoparental, si corresponde: Carné de familia numerosa o el de familia monoparental.
    • Discapacidad de la persona solicitante, cónyuge, padre, madre, hijos o hermanos a cargo de grado igual o superior al 33%, si corresponde: Tarjeta acreditativa de la discapacidad o del certificado de discapacidad emitido por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias. También se admiten los certificados de discapacidad emitidos por los organismos competentes de otras comunidades autónomas.
    En caso de optar a las modalidades A, B o D:
    • Renta familiar: Última declaración de la renta. Aquellas personas no obligadas a presentar la declaración del IRPF en aplicación de la normativa tributaria, tiene que aportar el certificado de ingresos y retenciones emitido por la empresa empleadora de todos los miembros que componen la unidad familiar. Si alguno de los miembros es perceptor de prestación de cualquier tipo (desempleo, incapacidad, etc.) tiene que aportar el documento acreditativo a tal efecto.
    • Nota media del expediente académico: Certificación académica oficial emitida por el centro educativo donde se han cursado los estudios (ESO, bachillerato, formación profesional, universitarios).
    • Desempleo, si corresponde: Si es una persona en situación de desempleo e inscrita en el Servicio de Ocupación de Catalunya (SOC) como demandante de ocupación no ocupada (DONO), la certificación del SOC.
    • Acceso a primera titulación de formación profesional, si corresponde: Graduado escolar, título de ESO o certificación de la prueba de acceso.
    En caso de optar a la modalidad C:
    • Experiencia docente en L'Hospitalet: Certificado o informe de Educación de la Generalitat o de los centros donde se han impartido clases en L'Hospitalet, donde conste el tiempo como personal docente.

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El proceso de selección y la propuesta de adjudicación de las becas estará a cargo de una Comisión de Selección, que se regirá para la concesión por los criterios y baremos generales establecidos en las bases de cada convocatoria.

    El sistema de la concesión y posibles reclamaciones queda establecido en las bases de cada convocatoria y todos los trámites se realizarán a través de la plataforma on-line habilitada a tal efecto, según las bases vigentes.

    Podrá consultar comunicados oficiales, como los listados de admitidos y de plazas en reserva, en la web: http://beques.l-h.cat/es/comunicados-oficiales

    MÁS INFORMACIÓN

    Los criterios y baremos de selección constan en las bases aprobadas.

    Si tiene alguna duda puede utilizar el formulario de Contacto habilitado a tal efecto para "Planeta Formación y Universidades" en la web http://beques.l-h.cat o llamar al teléfono 932912700..

    NORMATIVA APLICABLE

    • Edicto sobre aprobación de la convocatoria pública 2019-2020, para la concesión de becas para estudios no obligatorios, homologados, recogidos en la oferta contractual de Planeta formación y universidades
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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Información del estado de un expediente en periodo ejecutivo

    Consulta del proceso en que se encuentra una deuda pendiente con el ayuntamiento..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona interesada o cualquier otra con la autorización expresa de esta persona.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la documentación necesaria en la oficina indicada.

    Documentación necesaria
    • Si usted es persona interesada :
      • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante (original).
    • Si usted no es la persona interesada y:
      • Es persona física :
        • Se tiene que aportar un documento de autorización con firma original por la persona interesada, fotocopia del NIF de la persona firmante y NIF original de la persona autorizada
      • Es persona jurídica :
        • Si la persona solicitante tiene poderes notariales, aportará original y fotocopia de este documento y otro documento con firma original en que manifieste que están vigentes.
        • Si no tiene poderes notariales tendrá que aportar documento original y fotocopia de quien tiene poderes, documento en que este manifiesta que están vigentes y el acto de la autorización, con firma original del apoderado y sello de la empresa, fotocopia del NIF del autorizando y NIF original de la persona autorizada
    Si pide información del estado de un expediente de la deuda de titulares difuntos tiene que aportar:
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante (original).
    • Certificado de defunción.
    • Documento que demuestre este interés (libro de familia, aceptación de herencia, testamento ...)
    • La firma siempre tendrá que coincidir con la de los documentos de identificación.
    Impresos asociados
    • Oficina de Atención Tributaria

      C. Girona n° 10, 1 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
      Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

      Mapa

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Por la tramitación presencial la respuesta se inmediata

    Para el sistema Válido o por teléfono la respuesta se en un máximo de 7 días laborables

    NORMATIVA APLICABLE

    .
    • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
    • RD 939/2005 Reglamento general de recaudación.
    • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de desembre,de protección de datos de carácter personal.
    .

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina de Atención Tributaria

      Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

      Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
      Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

    .

    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Ã?rgano de Gestión Tributaria.

  • Información del estado de un expediente tributario que no está en período ejecutivo

    Consulta del proceso en que se encuentra un expediente tributario..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular del expediente o cualquier otra con una autorización expresa del/de la interesado/a.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente..

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias).
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (fotocopia)
    Si va directamente a la Oficina de Atención Tributaria solo tiene que identificarse con su DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original) o, en el caso de representación, aportar una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de ésta y el original de la persona autorizada.
    Impresos asociados

    NORMATIVA APLICABLE

    Art. 34 de la Ley General Tributària sobre los derechos y garantías de los obligados tributarios..

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina de Atención Tributaria

      Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

      Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
      Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

    .

    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Ã?rgano de Gestión Tributaria.

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