Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat

  • Duplicado de la carta de pago de una sanción de civismo

    Solicitud de una nueva copia para hacer efectivo el pago de la sanción de civismo..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona interesada o cualquier otra con su autorización expresa.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Para recibir el duplicado en su domicilio, tiene que aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general, indicando el número de expediente.
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original).
    En el caso de representación, aporte una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de ésta y el original de la persona autorizada.

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Si hace una petición con instancia la recibirá por correo postal o electrónico según su petición.

    MÁS INFORMACIÓN

    Para cualquier duda relacionada con la realización de este trámite utilice la opción Contactar de nuestra web y nos pondremos en contacto con usted para darle respuesta..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Por internet, si indica su correo electrónico recibirá el duplicado por esta vía en un máximo de 1 semana.

    En las peticiones con instancia, sin indicar un correu electrónico, recibirá el duplicado por correo postal según sus plazos de entrega.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Duplicado de la carta de pago de una sanción de tráfico

    Solicitud de una nueva copia para hacer efectivo el pago de la sanción de tráfico..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona interesada o cualquier otra con su autorización expresa.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Para obtener el duplicado inmediatamente, vaya presencialmente e identificado/a a la OAC.

    Si quiere recibir el duplicado en su domicilio, puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general, indicando el número de expediente.
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original).
    En el caso de representación, aporte una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de ésta y el original de la persona autorizada.

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Si va a la OAC recibirá el duplicado de manera inmediata y si hace una petición con instancia la recibirá por correo postal o electrónico según su petición.

    MÁS INFORMACIÓN

    Para cualquier duda relacionada con la realización de este trámite utilice la opción Contactar de nuestra web y nos pondremos en contacto con usted para darle respuesta..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Presencialmente en la OAC recibirá el duplicado de manera inmediata.

    Por internet, si indica su correo electrónico recibirá el duplicado por esta vía en un máximo de 1 semana.

    En las peticiones con instancia, sin indicar un correu electrónico, recibirá el duplicado por correo postal según sus plazos de entrega.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Duplicado de la cédula de habitabilidad

    Solicitud de un duplicado de una cédula de habitabilidad que se encuentra vigente, por motivo de pérdida o deterioro del original.

    Si la cédula ya está caducada se tendrá que pedir una nueva..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La puede solicitar la persona propietaria de la vivienda, la administradora o una persona representante debidamente autorizada.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Mientras una cédula de habitabilidad está vigente se puede solicitar un duplicado en cualquier momento. Puede llamar al 012 o utilizar el trámite Consulta del estado de la cédula de habitabilidad para saber si está o no caducada..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • La cédula de habitabilidad tiene que estar vigente. Si está caducada se tiene que tramitar una nueva.

    Aporte la documentación necesaria a la oficina indicada.

    Documentación necesaria

    Presentar el formulario de solicitud de duplicado para cédula de habitabilidad

    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El duplicado de la cédula se facilita en el momento de hacer la petición en la Oficina de Vivienda.

    MÁS INFORMACIÓN

    Tiene más información con respecto a la tramitación de cédulas de habitabilidad en la página web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña..

    PRECIO

    El duplicado de la cédula de habitabilidad es totalmente gratuito..

    NORMATIVA APLICABLE

    • Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad. (6245 nº. DOGC publicado el 02/11/2012). .
    • Resolución TES/741/2013, de 3 de abril, por la que se aprueba el modelo de la cédula de habitabilidad de conformidad con el Decreto 141/2012, de 30 de octubre. (6352 nº. DOGC publicado el 10/04/2013)..
    • Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. (5044 nº. DOGC publicado el 09/01/2008)..
    • Ley 9/2011, del 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica. (6035 nº. DOGC publicado el 30/12/2011).
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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  • Duplicado de la licencia, comunicación previa o declaración responsable de una actividad reglada o de una obra

    Solicitud de una copia de licencia, comunicación previa o declaración responsable de una actividad reglada o de una obra en el municipio de L'Hospitalet, por motivo de pérdida, robo o deterioro de la que tenía..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular de la licencia, comunicación previa o declaración responsable o cualquier otra con su autorización expresa.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general, especificando de forma clara la dirección de la actividad o de la obra y el número de expediente (si lo sabe).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El departamento gestor se pondrá en contacto con usted para la entrega del duplicado.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo máximo para responder es de un mes desde el día siguiente a la recepción de la solicitud.

    Este plazo puede ampliarse si lo justifican el volumen o la complejidad de la información requerida.

    EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá estimada..

    NORMATIVA APLICABLE

    • Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno..
    • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno..
    • Decreto 6375/2016, de 26 de julio, relativo al nombramiento de los/las tenientes de Alcaldía titulares de área, concejales de gobierno, concejales presidentes/as de distrito, concejales adjuntos/as y delegación de facultades de la Alcaldía en estos órganos (BOPB 05/08/2016).
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Duplicado de la resolución de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial

    Solicitud de un duplicado de la resolución que se envía después de haber hecho la petición de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Las personas que consten inscritas en el Registro de Solicitantes de VPO o una persona debidamente autorizada por las interesadas.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Posteriormente a recibir la resolución que se envía como respuesta a la solicitud de inscripción en el Registro..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    Puede hacer su solicitud por correo electrónico a olh@l-h.cat

    Recuerde marcar la confirmación de lectura para tener constancia de que se ha recibido el correo en el departamento.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • La persona o unidad de convivencia tiene que haber hecho previamente una solicitud de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial.

    Presente la documentación necesaria en la oficina indicada.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Se envía el duplicado de la resolución a la dirección que consta en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El departamento envía el duplicado de la resolución en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el registro de la solicitud o la petición electrónica.

    NORMATIVA APLICABLE

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    • Decreto 106/2009, de 19 de mayo, por el que se regulan el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Cataluña y los procedimientos de adjudicación de las viviendas de protección oficial.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Duplicado de la tarjeta de armas de aire o gas comprimido

    En caso de que pierda su tarjeta de armas puede solicitar un duplicado de la misma..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Personas físicas que hayan perdido su tarjeta de armas.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), especificando las armas registradas.
    • DNI, NIE o pasaporte (fotocopia).
    • En el caso de autorización a menores de edad, aporte el original de una autorización expresa por escrito y firmada por el padre, madre, tutor o tutora legal, acompañada de una fotocopia del documento de identidad de la persona menor de edad y de la persona que autoriza.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Una vez tramitada la tarjeta de armas le llamarán al teléfono facilitado en la instancia para pasar a recogerla.

    Si no puede ir a recoger la tarjeta podrá autorizar a otra persona que tendrá que aportar una autorización expresa y firmada, acompañada de la fotocopia del documento de identidad de ambas.

    VALIDEZ

    Su validez queda limitada al término municipal donde se ha obtenido.
    • Tarjeta tipo A: la tiene que renovar cada 5 años. Puede utilizar el trámite enlazado al final de esta página.
    • Tarjeta tipo B: su validez es permanente.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal para resolver es de 3 meses desde la fecha de registro de la solicitud.
    El plazo mínimo de tramitación por parte del departamento gestor es de 1 mes.

    EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada..

    NORMATIVA APLICABLE

    • Artículo 105 del Real Decreto 173/93, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas.
    • Orden Int/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico deportivas de airsoft y paintball.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Duplicado del contrato de alquiler de un piso de la bolsa de mediación de alquiler social

    Solicitud de una copia del contrato de alquiler efectuado sobre un piso de la bolsa de mediación de alquiler social..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular del contrato de alquiler o la persona propietaria del piso.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    Envíe un correo electrónico a la dirección olh@l-h.cat haciendo su petición, especificando si quiere que le llegue a la dirección postal o a la dirección de correo electrónico que consta en su expediente de la base de datos del departamento gestor.

    Recuerde marcar la confirmación de lectura para tener constancia de que se ha recibido el correo en el departamento.

    POR TELÉFONO:

    Puede solicitar el duplicado llamando al teléfono indicado, especificando si quiere que le llegue a la dirección postal o a la dirección de correo electrónico que consta en su expediente de la base de datos del departamento gestor.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Aporte la documentación necesaria a la oficina indicada.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), especificando si quiere que le llegue a la dirección postal o a la dirección de correo electrónico que consta en su expediente de la base de datos del departamento gestor.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Le llegará el duplicado de su contrato a la dirección que conste en el expediente del departamento gestor, ya sea dirección postal o dirección de correo electrónico, según su petición.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El departamento gestor enviará su duplicado en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el momento del registro de la solicitud o de recibir la petición telefónica o telemática.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Duplicado del título del derecho funerario

    Por pérdida, sustracción o deterioro del título del derecho funerario.
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    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    El/la titular del derecho funerario.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Aportando la documentación necesaria a los registros de entrada de este ayuntamiento.

    Documentación necesaria

    - Instancia general (2 copias).
    - DNI del/de la solicitante (fotocopia).
    - Declaración jurada de la causa de la solicitud del duplicado del título (en la oficina de gestiones del cementerio) (original).
    - Pago de tasas (hoja de autoliquidación facilitada por la oficina de gestiones del cementerio durante la tramitación).

    Impresos asociados

    PRECIO

    Tarifa según las ordenanzas fiscales vigentes.
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    TIEMPO DE RESPUESTA

    3 meses

    EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada..

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

  • Duplicado por deterioro del distintivo de la zona verde

    Duplicado del distintivo de residente que da derecho a aparcar en la zona verde con tarifa preferencial por causa de deterioro..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular del distintivo de la zona verde.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    La persona titular del distintivo puede ir directamente a la oficina de Planificación y Gestión de la Movilidad o cualquier persona puede aportar la documentación necesaria a un punto de registro de entrada de este ayuntamiento.

    Documentación necesaria

    Si es el titular puede ir personalmente a la oficina gestora aportando:

    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original).
    • Distintivo deteriorado (original).
    Si no puede ir personalmente a la oficina tiene que presentar la siguiente documentación a un punto de registro de entrada:
    • Instancia general (2 copias), indicando un teléfono de contacto para posibles comunicaciones con usted.
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (fotocopia).
    • Distintivo deteriorado (original), en el momento de ir a recoger el nuevo duplicado.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    El distintivo se recogerá obligatoriamente en las oficinas de Planificación y Gestión de la Movilidad. Recuerde que en el momento de la entrega tendrá que devolver el deteriorado (original).

    PRECIO

    El coste de este duplicado se fijará en las condiciones específicas de funcionamiento de la zona verde..

    VALIDEZ

    El periodo de validez será el indicado en el propio distintivo. Pasado el periodo de validez el departamento tramitará de oficio su renovación si continúan cumpliéndose los requerimientos para su concesión.

    Asimismo, será válido exclusivamente para la zona verde de residencia de la persona solicitante, no para todas las zonas verdes de la ciudad.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal de respuesta es de 3 meses a partir del registro de la solicitud.
    Si se tramita directamente en la oficina de Planificación y Gestión de la Movilidad se obtiene al momento.

    Si se tramita con una petición por instancia, el departamento realiza el trámite en un plazo máximo de un mes y medio desde el registro de la solicitud.

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

  • Duplicado por pérdida del distintivo de la zona verde

    Duplicado del distintivo de residente que da derecho a aparcar en la zona verde con tarifa preferencial por causa de pérdida..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular del distintivo de la zona verde.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), indicando un teléfono de contacto para posibles comunicaciones con usted..
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (fotocopia).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Se le avisará telefónicamente para recoger el distintivo.

    PRECIO

    El coste de este duplicado se fijará en las condiciones específicas de funcionamiento de la zona verde..

    VALIDEZ

    El periodo de validez será el indicado en el propio distintivo. Pasado el periodo de validez el departamento tramitará de oficio su renovación si continúan cumpliéndose los requerimientos para su concesión.

    Asimismo, será válido exclusivamente para la zona verde de residencia de la persona solicitante, no para todas las zonas verdes de la ciudad.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal de respuesta es de 3 meses a partir del registro de la solicitud.
    El departamento realiza el trámite en un plazo máximo de un mes y medio desde el registro de la solicitud.

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

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