Solicitud de vista de un procedimiento administrativo general (no sancionador) en el ámbito sanitario

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Solicitud de vista de un procedimiento administrativo general (no sancionador) en el ámbito sanitario

Posibilidad que se ofrece al ciudadano de examinar personalmente los procedimientos administrativos del Servicio en los cuales figure como interesado (p.ex. procedimientos sancionadores, de medidas cautelares, etc.).

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona interesada o uno /una representante o autoritzado/da debidamente acreditado/da

CUÁNDO SE PUEDE HACER

En cualquier momento durante la tramitación del procedimiento administrativo.

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Presente la solicitud en las oficinas indicadas, junto con la identificación del procedimiento de lo que se trate y la documentación a aportar.

Documentación necesaria
  • Modelo de instancia general (original+copia)
  • Documento de identificación de la persona solicitante (original o copia compulsada)
    • Persona física: DNI o documento equivalente
    • Persona jurídica: Documento de constitución
  • Documentación acreditativa de la representación o autorización, en el supuesto que la persona solicitante sea una persona jurídica o represente a otra persona
Impresos asociados

MÁS INFORMACIÓN

La persona interesada puede acudir acompañada de una persona de su confianza (asesora, abogada, etc.), sin necesidad de advertirlo préviamente.

Es conveniente que conste en la instancia de solicitud un teléfono o dirección de correo electrónico para facilitar la comunicación y fijar, de común acuerdo, el día y hora del trámite. En caso contrario, cualquier comunicación se tendrá que hacer por escrito..

TIEMPO DE RESPUESTA

Diez días

NORMATIVA APLICABLE

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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

.

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Sin resolución de órgano.

Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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