Inscripción para alquilar un piso de la bolsa de mediación para el alquiler social
Inscripción para alquilar un piso de la bolsa de mediación para el alquiler social
Para realizar este tràmite tiene que pedir cita previa siguiendo las instrucciones del trámite enlazado al final de esta página.
La bolsa actúa como mediadora entre las personas propietarias y las personas solicitantes de vivienda. Da confianza y garantiza el cobro y buen uso de las viviendas a sus propietarios, negocia rentas de alquiler por debajo de mercado y busca la vivienda más adecuada para cada unidad de convivencia.
La bolsa procura que las personas solicitantes puedan acceder a viviendas que se ajusten, por el número de habitaciones o metros cuadrados de superficie, a las características y al número de miembros de la unidad de convivencia. También se procura que la renta a pagar sea la adecuada al nivel de ingresos de la unidad de convivencia.
A las personas arrendatarias se ofrece:
- Facilita la búsqueda de una vivienda adecuada a las necesidades y las posibilidades de pago de los solicitantes.
- Servicio gratuito de asesoramiento.
- Tramitación de la ayuda al alquiler, si corresponde y de acuerdo al marco de las convocatorias establecidas y de la disponibilidad presupuestaria.
CÓMO SE PUEDE TRAMITAR
PRESENCIALMENTE:
NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO
A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).
Requisitos
- Haber concertado cita previa para la realización de este trámite.
- Tener plena capacidad para contratar y obligarse.
- Hacer la declaración de que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene derecho de disfrute (usufructo) o vivienda en propiedad.
- Justificar unos ingresos anuales ponderados de la unidad de convivencia iguales o inferiores a 4 veces el IRSC del año en curso.
- Poder demostrar ingresos regulares aunque provengan de rentas diferentes de las de trabajo, si es el caso (pensiones u otros).
- Calcular que aproximadamente el 40%-42% de la suma de los ingresos netos de la unidad de convivencia determinará el alquiler máximo al que se puede acceder.
- Aceptar las condiciones de seguimiento de la entidad gestora y de su personal con respecto al uso de la vivienda, pago de rentas así como las decisiones y consecuencias fruto de la mediación entre el arrendatario y el propietario, o con la comunidad de vecinos, cuando sea necesaria.
- Estar inscrito o inscrita en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial. Puede consultar el trámite en el apartado "Trámites relacionados" al final de esta página.
1. NO S'ATENDRÀ SENSE CITA PRÈVIA. ÉS NECESSARI DISPOSAR DE TOTA LA DOCUMENTACIÓ PER A DONAR CURS A LA VOSTRA SOL·LICITUD.
2. El dia de la cita haureu d'aportar la documentació necessària que s'indica a l'apartat següent 'Presencialment'.
Documentación necesaria
Tiene que aportar el documento original y una fotocopia o la copia compulsada en todos los casos:
- DNI, tarjeta de residencia y/o pasaporte de todas las personas miembros que consten en la solicitud.
- Resolución de Inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial.
- Informe sobre la no constancia en el fichero de morosos ASNEF. Puede realizar el trámite usando el formulario de Consulta Ágil Ficheros que aparece en el apartado Formularios ficheros de la página web https://soluciones.equifax.es/ederechos
- Persona trabajadora por cuenta ajena (sólo titulares del contacto de arrendamiento):
- Contrato de trabajo
- 3 últimas nóminas
- Informe de vida laboral
- Persona pensionista:
- Certificado de la pensión recibida
Impresos asociados
C. Llobregat n° 116. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14 h
Mapa
Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios
QUÉ PASA DESPUÉS
La inscripción tiene una vigencia de 6 meses.Si la persona demandante acepta el piso propuesto, accede a una vivienda de alquiler sin que eso le suponga un excesivo desembolso inicial, ya que en la firma del contrato únicamente pagará la renta del primer mes y una fianza equivalente a un mes. Esta fianza es depositada en el INCASOL y le es devuelta en la rescisión o finalización del contrato.
Se hace una mediación durante toda la vigencia del contrato, se solucionan posibles incidencias entre las personas propietarias y arrendatarias hasta que se hace la resolución del contrato.
Las personas solicitantes que rechacen una vivienda sin justificación pueden ser excluidas de la bolsa por el periodo de un año. A estos efectos, se considera justificada la renuncia a una vivienda que la renta suponga más del 30% de los ingresos de la unidad de convivencia.
MÁS INFORMACIÓN
Ventajas:- No tendrá que abonar honorarios de intermediación ni comisión de ningún tipo.
- Tendrá un seguro multiriesgo gratuito.
- Con la mediación de la bolsa de alquileres formalizará el contrato de arrendamiento en presencia de la Administración y de conformidad con sus directrices, los objetivos y sus pautas.
- Su petición -tipo, precio, metros cuadrados, zona, número de habitaciones, etc.- se cruzará con la oferta disponible en la bolsa y le enseñaremos diversas viviendas. Si no le convencen, reharemos conjuntamente su demanda y reorientaremos la búsqueda.
- Tramitación de las ayudas para el pago del alquiler, en caso de que hubiera convocatoria abierta y se reunieran los requisitos.
- Mediación entre persona propietaria y arrendataria durante toda la duración del contrato de alquiler.
- Soporte y seguimiento de incidencias.
PRECIO
La inscripción es totalmente gratuita..SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A
- Oficina de Vivienda
Teléfono: 93 403 26 00
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14 h
Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios
ÓRGANO DE RESOLUCIÓN
Sin resolución de órgano.TRÁMITES RELACIONADOS
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat
Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901
Tel. 934380952
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado