Documento para el pago de la deuda pendiente en periodo ejecutivo

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Documento para el pago de la deuda pendiente en periodo ejecutivo

Obtención de un documento donde constan los tributos y sanciones que no se han pagado durante el periodo voluntario..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona interesada o cualquier otra con una autorización expresa del/la interesado/a.

CUÁNDO SE PUEDE HACER

Puede obtener este documento una vez finalizado el plazo para el pago en periodo voluntario de ingreso..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

POR INTERNET:

1. Rellene el formulario y haga clic en el botón para enviar la solicitud.

2. Se enviará el documento de pago por correo ordinario al domicilio fiscal de la persona titular de la deuda.

3. En breve le llegará un correo electrónico con el resultado de la tramitación.

TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Presente la documentación necesaria en la oficina indicada.

Documentación necesaria
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante (original).
  • El número del expediente o los datos del recibo del que quiere el documento de pago, si lo sabe.
  • En el caso de representación, aporte una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de ésta y el original de la persona autorizada.
  • En el caso de una empresa, entidad u otra persona jurídica tendrá que aportar la autorización de la representación sellada por la empresa o fotocopia de la escritura donde conste el/la administrador/a o apoderado/a que autoriza y, si es necesario, fotocopia de la escritura de poderes, junto con la fotocopia del CIF de la empresa y el documento de identidad original de la persona autorizada.
Si pide el documento para el pago de la deuda de titulares difuntos tiene que aportar:
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante (original).
  • Certificado de defunción.
  • Documento acreditativo del parentesco (libro de familia, aceptación de herencia, testamento ...).
  • Oficina de Atención Tributaria

    C. Girona n° 10, 1 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

    Mapa

QUÉ PASA DESPUÉS

Se enviará el documento de pago por correo ordinario al domicilio fiscal del/de al titular del tributo.

MÁS INFORMACIÓN

En caso de que no ingrese el importe total de la deuda pendiente incluido el recargo en los plazos establecidos, una vez notificada la provisión de apremio y finalizado el plazo de pago, se procederá directamente al embargo de sus bienes y/o, previamente, a la ejecución de las garantías existentes.

También se exigirán los intereses de demora desde el día siguiente al del vencimiento del plazo del periode voluntario de pago hasta la fecha de ingreso, y se repercutirán las costas del procedimiento.

Cuando la deuda solicitada esté incluida en un procedimiento de embargo, el pago se tendrá que hacer de la deuda más antigua..

NORMATIVA APLICABLE

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  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
  • RD 939/2005 Reglamento general de recaudación.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,de protección de datos de carácter personal.
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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

  • Oficina de Atención Tributaria

    Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Ã?rgano de Gestión Tributaria.

Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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