Cita previa para obtener el certificado del Servicio de primera acogida

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Cita previa para obtener el certificado del Servicio de primera acogida

El Servicio de primera acogida lo conforman un conjunto de acciones formativas para dar respuesta al derecho básico de información de las personas recién llegadas a nuestro municipio.

Incluye el acompañamiento, la formación y la acreditación de unos conocimientos mínimos para vivir y trabajar en Cataluña. Una vez hecha esta formación se obtiene el certificado de acogida.

A parte de ofrecer unas herramientas básicas para facilitar la incorporación a la sociedad catalana, el certificado de acogida es útil en algunos trámites de extranjería como el arraigo social o la renovación de residencia entre otros..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Lo puede solicitar cualquier persona recién llegada mayor de 16 años empadronada en L'Hospitalet.

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

POR INTERNET:
Requisitos
  • La persona solicitante tiene que estar empadronada en L'Hospitalet.
  • Ser mayor de 16 años.
  • Disponer de un documento de identidad en vigor.

Para obtener la cita previa para que le atienda un agente de acogida puede enviar un correo electrónico convivencia.coord@l-h.cat indicando en el asunto del correo "Cita Servicio de primera acogida".

POR TELÉFONO:

Para obtener la cita previa para que le atienda un agente de acogida puede llamar a la oficina indicada.

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Tiene que ir a la oficina indicada donde se le informará y dará cita para contactar con un agente de acogida, que será la persona que hará el acompañamiento en el proceso para obtener la certificación final.

Documentación necesaria
  • Passaport o TIE en vigor.

QUÉ PASA DESPUÉS

El día de la cita con el agente de acogida tiene que aportar los originales y copia de la documentación indicada a la oficina del Servicio de primera acogida (c. Santiago de Compostel·la, 8. 08901 L'Hospitalet):
  • Pasaporte o TIE vigente
  • Certificados de cursos que se puedan haber realizado referentes a los tres módulos formativos indicados a continuación.
En aquel mismo momento se rellenará una solicitud de acceso que el agente registrará y se realizará una entrevista individual.

Se le informará de las partes formativas que tendrá que cursar y de los periodos de las matrículas y de realización de los cursos.

Los cursos que se tendrán que realizar pertenecen a tres áreas diferentes:
  • Módulo A) Lengua: formación de catalán y otra de castellano de 90 horas cada uno
  • Módulo B) Conocimientos laborales: módulo sobre aspectos relacionados con el mundo laboral, de 15 horas
  • Módulo C) Sociedad catalana: módulo de conocimiento del municipio y los servicios de que dispone, así como de los derechos y deberes de los ciudadanos, de 15 horas
Una vez la persona solicitante realice los diferentes cursos tendrá que presentar al agente de acogida los certificados parciales de los módulos, para que éste solicite el Certificado de Acogida a la Generalitat de Catalunya.

En un plazo máximo de dos meses desde la finalización de todos los módulos se recibirá el certificado de acogida.

El agente se encargará de informar al usuario de la forma de recogida del certificado de acogida.

El plazo estimado desde la apertura del expediente, con el registro de la solicitud por parte del agente de acogida, hasta la certificación final es de un máximo de dos años.

PRECIO

El certificado es gratuito, independientemente del posible coste de algún módulo de formación como los lingüísticos. Se le informará del precio actualizado durante el proceso de entrevista por parte del agente de acogida..

TIEMPO DE RESPUESTA

El tiempo máximo de espera desde la demanda de cita previa hasta la entrevista con el agente de acogida no excederá de 30 días hábiles.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 10/2010, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las retornadas a Cataluña.
  • Decreto 150/2014, de 18 de noviembre, de los servicios de acogida de las personas inmigradas y de las retornadas a Cataluña.
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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Sin resolución de órgano.

TRÁMITES RELACIONADOS


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