Autoliquidación del impuesto de vehículos de tracción mecánica
Autoliquidación del impuesto de vehículos de tracción mecánica
Declaración para obtener la carta de pago del impuesto donde la persona obligada a pagar el IVTM hace, por sí misma o asistida, el cálculo de la cuota para determinar e ingresar el importe de la deuda tributaria.
El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza aptos para circular por las vías públicas de cualquier clase y categoría. Por lo tanto, el impuesto se paga aunque el vehículo no se utilice nunca (en este caso se puede dar de baja temporal en la Jefatura Provincial de Tráfico)..
QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR
La persona interesada o cualquier otra con una autorización expresa del/de la interesado/a.
CÓMO SE PUEDE TRAMITAR
PRESENCIALMENTE:
NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO
A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).
Requisitos
- Ser titular de un vehículo de tracción mecánica.
Presente la documentación necesaria en la oficina indicada.
Documentación necesaria
- DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original).
Oficina de Atención Tributaria
C. Girona n° 10, 1 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
Mapa
Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.
QUÉ PASA DESPUÉS
- Si el pago de la autoliquidación se hace en el periodo voluntario, se archiva la autoliquidación sin más trámite.
- Si no se hace el pago en el periodo voluntario se pasa a la Recaudación Ejecutiva para que se inicie el trámite del cobro con el recargo correspondiente.
- Posteriormente, esta informaciós se incorporará al padrón del IVTM de cobro anual.
TIEMPO DE RESPUESTA
Inmediato.NORMATIVA APLICABLE
.SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A
- Oficina de Atención Tributaria
Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)
Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.
ÓRGANO DE RESOLUCIÓN
Ã?rgano de Gestión Tributaria.Oficinas de la administración
Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat
Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901
Tel. 934380952
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado