Prestaciones Sociales
Ayudas de emergencia social
Las ayudas de emergencia social están destinadas a las personas físicas de escasos recursos económicos con el fin de atender situaciones concretas de necesidad o emergencia.
Se establecen ayudas para las siguientes finalidades:
- Prestaciones destinadas a atender necesidades básicas.
- Prestaciones orientadas a atender necesidades extraordinarias que puedan alterar la estabilidad socio-económica de la familia.
- Prestaciones orientadas a atender necesidades derivadas del desarrollo de Programas de Intervención.
- Cualquier otro gasto que atendiendo a la urgencia, gravedad, necesidad de la situación o por motivos de interés social o humanitarios, debidamente justificados permita su otorgamiento.
Requisitos
Deberá presentar la solicitud acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI del solicitante.
- Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia de la declaración de la renta.
- Declaración de responsabilidad:
-- De no haber efectuado declaración de la renta.
-- De no haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo destino.
-- De haber procedido a la justificación de las ayudas que se hubieran recibido con anterioridad por el Ayuntamiento.
-- De encontrarse al corriente de sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social
- Fotocopia del Libro de Familia.
- Volante de empadronamiento, que se gestionará de oficio por el Ayuntamiento al registrar la solicitud.
- Cualquier documento que le sea solicitado por el departamento de servicios sociales del Ayuntamiento, a efectos de valorar el estado y grado de necesidad.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las Ayudas de Emergencia Social, las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar empadronados y ser residentes en el municipio de Guadalajara.
- Que no cuenten con recursos económicos suficientes para afrontar el gasto de la prestación solicitada.
Obligaciones
Los beneficiarios quedarán obligados a:
- Acreditar los requisitos exigidos para tener acceso a las ayudas.
- Comunicar al Área de Asuntos Sociales las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda.
- Facilitar cuanta información les sea requerida por este Ayuntamiento y someterse a cuantas comprobaciones se estimen oportunas.
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.
Contacto | Familia y Bienestar Social (CMI) |
---|---|
Dirección | Avenida del Vado 15 (Centro Municipal Integrado) |
Código postal | 19005 |
Teléfonos | 949 010 339 - 949 010 340 |
Horario | 9,00 a 14,00 horas |
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Tel. 949887000
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