Actividades e instalaciones que por sus características están incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos públicos y Actividades recreativas de la Comunidad de adrid por orden 10494/2002 de 18 de noviembre de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Los propietarios de edificios y construcciones que cuenten con una antigüedad superior a treinta años desde la fecha de la terminación de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total en los términos contemplados por las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Modelos de actas oficiales a los que se acompañará plano parcelario del emplazamiento a escala 1.1000 y en formato DIN-A4. donde se definan tanto los límites de la parcela como las edificaciones y construcciones inspeccionadas. |
Presencial |
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Ordenanza de conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones. Artículo 32 y siguientes. |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
De oficio o a instancia de parte |
Documentación: Plazo de 10 a 15 días para subsanación. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Una vez presentada el acta desfavorable, los servicios municipales competentes girarán visita de inspección y propondrán la correspondiente orden de ejecución, no obstante, los obligados, podrán durante el plazo de dos meses, solicitar la correspondiente licencia urbanística para subsanar las deficiencias descritas en el acta de inspección. Una vez concluidas las obras, los obligados deberán acreditar, la subsanación de las deficiencias y la descripción de los trabajos y obras realizados, mediante la presentación de una copia del certificado final de obras de edificación debidamente visado o, en el caso de no precisar proyecto técnico de obras, un certificado de idoneidad que se ajustará en su contenido al modelo oficial aprobado por el Ayuntamiento de Getafe. |
Las actas de inspección técnica que se emitan a resultas de las inspecciones deberán contener toda la información relativa a las condiciones mínimas de seguridad, salubridad,
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Los propietarios de edificios y construcciones que cuenten con una antigüedad superior a treinta años desde la fecha de la terminación de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total en los términos contemplados por las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe y cuyo resultado de la inspección sea favorable |
Personas físicas y Personas jurídicas |
Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe:
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Modelos de actas oficiales a los que se acompañará plano parcelario del emplazamiento a escala 1.1000 y en formato DIN-A4. donde se definan tanto los límites de la parcela como las edificaciones y construcciones inspeccionadas. |
Presencial |
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Ordenanza de conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones. Artículo 32 y siguientes. |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
De oficio o a instancia de parte |
Documentación: Plazo de 10 a 15 días para subsanación. |
Delegación de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
No se admitirán informes complementarios adjuntos u otro tipo de documentación en los que se deduzca la existencia de daños o deficiencias. |
Las actas de inspección técnica que se emitan a resultas de las inspecciones deberán contener toda la información relativa a las condiciones mínimas de seguridad, salubridad,
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Es un elemento auxiliar de la obra de construcción o rehabilitación. Se considera una actuación urbanísticas temporal, su instalación, mantenimiento y desmontaje se ajustará a las disposiciones vigentes en materia de seguridad en el trabajo. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 91 y siguientes |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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El plazo de tramitación es de 1 día cuando se tramite por el Procedimiento Inmediato y de 2 meses cuando se haga por el procedimiento Abreviado |
Efectos del silencio en el procedimiento inmediato: no previstos |
Las obras de demolición se considerarán demolición total o parcial, según supongan la desaparición de lo edificado en su totalidad o en parte. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en Materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 79 y 80, |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Estimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Actividades e instalaciones que por sus características están incluidas en los anexos de la Ley 2/2002 de Evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid y todas aquellas no incluidas en el Anexo III de la Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 97 y siguientes |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Actividades e instalaciones que por sus características están incluidas en el Catálogo de Espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid (Decreto 184/1998 de 22 de octubre) y que según lo previsto en la Ley 17/1997 de 4 de julio de Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid precisan previamente a su puesta en funcionamiento o apertura la obtención de la licencia de funcionamiento. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 1 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en su artículo 104 y siguientes y Ley 17/1997 de 4 de julio de Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Estimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Actividades e instalaciones eventuales que por sus características están incluidas en el Catálogo de Espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid (Decreto 184/1998 de 22 de octubre) y que según lo previsto en la Ley 17/1997 de 4 de julio de Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid precisan previamente a su puesta en funcionamiento o apertura la obtención de la licencia de funcionamiento. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 1 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en su artículo 104 y siguientes y Ley 17/1997 de 4 de julio de Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Estimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Actividades e instalaciones extraordinarias que por sus características están incluidas en el Catálogo de Espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid (Decreto 184/1998 de 22 de octubre) y que según lo previsto en la Ley 17/1997 de 4 de julio de Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid por Orden 10494/2002 de 18 de noviembre de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, precisan previamente a su puesta en funcionamiento o apertura la obtención de la licencia de funcionamiento. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 1 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en su artículo 104 y siguientes y Ley 17/1997 de 4 de julio de Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Estimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Es un elemento auxiliar de la obra de construcción o rehabilitación. Se considera una actuación urbanísticas temporal, su instalación, mantenimiento y desmontaje se ajustará a las disposiciones vigentes en materia de seguridad en el trabajo. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Ver documento PDF adjunto |
Presencial |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 91 y siguientes |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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El plazo de tramitación es de 1 día cuando se tramite por el Procedimiento Inmediato y de 2 meses cuando se haga por el procedimiento Abreviado |
Efectos del silencio en el procedimiento inmediato: no previstos |