GTI-SUSAPR. Suspensión del procedimiento de recaudación en vía de apremio.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

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Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

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Requisitos

Organismo resolutor

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Más información

El obligado puede solicitar la suspensión del procedimiento de recaudación en vía de apremio, con la finalidad de evitar la ejecución de su patrimonio, en los siguientes supuestos:

A. Con motivo de la interposición de un recurso de reposición aportando alguna de las garantías siguientes:

    • Depósito dedinero o valores públicos.
    • Aval o fianza de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución.
    • Fianza personal y solidaria de otros contribuyentes de reconocida solvencia y cualquier otra que se estime suficiente.
    • La garantía deberá cubrir el importe del acto impugnado, los intereses de demora que genere la suspensión y los recargos que pudieran proceder en el momento de la solicitud de suspensión.
    • Cuando la garantía consista en depósito de dinero o valores públicos, los intereses de demora serán los correspondientes a un mes si cubre sólo el recurso de reposición. Si extendiese sus efectos a la vía económico-administrativa, deberá cubrir además el plazo de seis meses si el procedimiento de la reclamación es el abreviado, de un año si el procedimientode la reclamación es el general y de dos años si la resolución es susceptible de recurso de alzada ordinario.

B. De forma automática sin necesidad de aportar garantías cuando el interesado demuestre que se ha producido en su perjuicio error material, aritmético o de hecho en la determinación de la deuda, que la misma ha sido ingresada, condonada, compensada, aplazada o suspendida o que ha prescrito el derecho a exigir el pago.

C. Con motivo de la interposición de reclamación de tercería de dominio:

Cuando un tercero pretenda el levantamiento del embargo por entender que le pertenece el dominio o titularidad de los bienes embargados.

Los interesados, quienes podrán actuar por sí o a través de representante. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.

En caso de interposición de recurso de reposición aportando garantías:

  • No se requiere la utilización de ningún modelo específico de escrito de interposición del recurso, siendo válido cualquier escrito que reúna los requisitos establecidos y presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe.
  • La garantía correspondiente.

En los supuestos que no sea necesario aportar garantía:

  • Documentación que acredite mismos.

En caso de reclamación de tercería de dominio, la documentación que acredite la titularidad o dominio de los bienes embargados.

  • Documentación que acredite la representación, en su caso.

 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.Â

Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

Real decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Órgano de Gestión Tributaria
A petición del interesado
  • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del interesado. En caso de que se actúe por medio de representante, se deberá incluir su identificación completa.
  • Órgano ante el que se formula el recurso: Órgano de Gestión Tributaria.
  • Acto administrativo que se impugna, fecha en quese dictó, número del expediente o clave alfanumérica que identifique el actoadministrativo objeto de impugnación y demás datos relativos a este que seconsideren convenientes, así como la pretensión del interesado.
  • Domicilio que el interesado señala a los efectosde notificaciones.
  • Lugar, fecha y firma.
  • Presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe.
Órgano de Gestión Tributaria
Contra la resolución del recurso de reposición podrá interponerse, ante el órgano administrativo competente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de dicha resolución.
Esta ficha tiene efectos informativos, ante cualquier contradicción ente la misma y las ordenanzas y la legislación aplicable primarán estás.
El plazo de resolución del recurso será de un mes a contar desde el día siguiente al de interposición del mismo. Transcurrido dicho plazo, los interesados podrán entenderlo desestimado por silencio administrativo, al objeto de interponer el recurso procedente. No obstante, la Administración está obligada a resolver expresamente en todo caso.

Oficinas de la administración

Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe

C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905

Tel. 916654400

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Biblioteca Municipal José Luis Sampedro

Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903

Tel. 912027986

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3

Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905

Tel. 916826111

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

C/ Madrid, 41, Getafe , 28901

Tel. 912027963

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde

Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902

Tel. 913019657

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ayuntamiento De Getafe

Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901

Tel. 912027900

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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