- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemàticament mitjançant la Seu Electrònica - Correu postal - Presencialment al Registre electrònica general - Als registres electrònics generals de: a)L'Administració General de l'Estat b) Les administracions de les Comunitats Autònomes c) Les entitats que integren l'Administració local d) El sector públic institucional (la seva integració està regulada a l'article 2.2 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre) - A les oficines de Correus, tal com s'estableixi reglamentàriament - A les representacions diplomàtiques o oficines consulars d'Espanya a l'estranger - A les oficines d'assistència en matèria de registres - En qualsevol altre que estableixin les disposicions vigents
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica - Correo postal - Presencialmente en el registro electrónico general - En los registros electrónicos generales de: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las entidades que integran la Administración Local d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero - En las oficinas de asistencia en materia de registros - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Requisitos previos
Estar empadronado en el municipio donde se presenta la solicitud
Documentación a aportar
Solicitud de inscripción en el registro de solicitantes de viviendas de protección oficial y en la B: - Justifiante de ingresos de la unidad familiar - Documento identificativo de la persona interesada - Libro de familia - Delcaración de renta - Justificación de circunstancias especiales: familiares, económicos... - Documento idenficativo de las personas mayores de dieciseis años Solicitud de inscripción en el registro de solicitantes de viviendas de protección oficial: - Justificante de ingresos de la unidad familiar - Documento identificativo de la persona interesada - Documentos identificativo de las personas beneficiarias - Libro de familia - Declaración de la renta - Vida Laboral, en su caso - Justificación de circunstancias especiales: familiares, económicos ... Especificaciones de la documentación a aportar: El resto de documentación adicional a entregar depende en cada caso de la situación específica que haya que acreditar; por ejemplo, en el caso de personas separadas o divorciadas, tienen que aportar el convenio regulador y la sentencia que la aprueba.
Legislación
- Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del Derecho a la vivienda - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de los Administraciones Públicas
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica - Correo postal - Presencialmente en el registro electrónico general - En los registros electrónicos generales de: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las entidades que integran la Administración Local d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero - En las oficinas de asistencia en materia de registros - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Documentación a aportar
- Instancia específica - Fotocopia del DNI, pasaporte o NIE de la persona interesada y en el caso de personas jurídicas fotocopia del NIF de la empresa - Justificante de ingreso de la fianza Especificaciones de la documentación a aportar: - Instancia específica - Fotocopia del DNI, pasaporte o NIE de la persona interesada y en el caso de personas jurídicas fotocopia del NIF de la empresa - Justificante de ingreso de la fianza
Observaciones
Se deberá presentar una solicitud para cada atracción y/o parada para la que se solicite autorización. Plazos de solicitud de las adjudicaciones: - Prórrogas hasta el 9 de mayo de 2019 - Espacios no prorrogados, vacantes y parcelas de novedad infantil del 20 al 31 de mayo de 2019
Legislación
- Bases reguladoras de las condiciones de adjudicación, instalación y sistema de gestión de los puestos de venta de comidas y bebidas en la Copa durante las Firas de Sant Narcis a entidades de la ciudad de Girona.
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica - Correo postal - Presencialmente en el registro electrónico general - En los registros electrónicos generales de: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las entidades que integran la Administración Local d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero - En las oficinas de asistencia en materia de registros - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica - Correo postal - Presencialmente en el registro electrónico general - En los registros electrónicos generales de: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las entidades que integran la Administración Local d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero - En las oficinas de asistencia en materia de registros - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Documentación a aportar
Solicitud de instalación de nuevos elementos de mobiliario urbano: - Plano de localización (UMAT) - Documentació gràfica, disseny, fotografies
Legislación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
Cómo hacerlo
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
Documentación a aportar
- Instància específica Les entitas, associacions i altres organitzacions cíviques, culturals i esportives: - Relació de 10 persones responsables designats per l'entitat, per a la cobertura de les tasques de les parades durant els dies de les Fires. - Fotocòpia dels documents identificatius de les persones responsables de l'entitat. Associacions i consell d'estudiants de la Universitat de Girona: - Sol·licitud del Vice-rectorat d'Estudiants i Relacions Exteriors de la Universitat de Girona, en el que proposi 3 associacions d'estudiants i el Consell d'Estudiants. - Relació de 10 persones responsables per cada associació i una pel Consell d'Estudiants per a la cobertura de les tasques de les parades durant els dies de les Fires. Especificaciones de la documentación a aportar: - Instancia específica Entidades, asociaciones y otras organizaciones cívicas, culturales y deportivas: - Relación de 10 personas responsables designados por la entidad, para la cobertura de las tareas de las paradas durante los días de las Ferias. - Fotocopia de los documentos identificativos de las personas responsables de la entidad. Asociaciones y consejo de estudiantes de la Universidad de Girona: - Solicitud del Vicerrectorado de Estudiantes y Relaciones Exteriores de la Universidad de Girona, en el que proponga 3 asociaciones de estudiantes y el Consejo de Estudiantes. - Relación de 10 personas responsables por cada asociación y una por el consejo de estudiantes para la cobertura de las tareas de las paradas durante los días de las Ferias.
Observaciones
- Las entidades, asociaciones y otras organizaciones cívicas, culturales y deportivas con un ámbito de actuación estrictamente local, sin ánimo de lucro, deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Girona con una antigüedad mínima de dos años. - Acreditación, fehaciente (carteles anunciadores de la actividad, publicidad en la web de la entidad o en prensa, etc), de haber realizado un mínimo de cuatro actividades, en la ciudad de Girona, organizadas por la entidad y abiertas a la participación ciudadana, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud. - En el caso de las entidades deportivas admitirá el calendario de competición federada en la que participen y que deberá estar sellado por la federación correspondiente, y ser original. El plazo de presentación de solicitudes es hasta el día 2 de junio de 2019.
Legislación
- Bases anuales para la cesión gratuita de instalación de puestos para la venta de bebidas y bocadillos durante las ferias de San Narciso a entidades de la ciudad de Girona.
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Presencialmente en la oficina del Defensor de la ciudadanía - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica - Correo postal - Presencialmente en el registro electrónico general - En los registros electrónicos generales de: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las entidades que integran la Administración Local d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero - En las oficinas de asistencia en materia de registros - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica - Correo postal - Presencialmente en el registro electrónico general - En los registros electrónicos generales de: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas c) Las entidades que integran la Administración Local d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero - En las oficinas de asistencia en materia de registros - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Coste del servicio
Según ordenanzas fiscales 2019: - Hasta 50 m2 1.075,50 EUR - De 51 a 150 m2 2.281,35 EUR - De 151 a 500 m2 2.824,55 EUR - De 501 de 1000 m2 3.910,90 EUR - De más de 1000 m2: los primeros 1000 m2. 3.910,90 EUR por cada m2 de exceso 3,30 EUR Para aquellas actividades en las que el 80% o más de su superficie sea descubierta el importe por cada m2 de exceso será de: 0,80 EUR. - Para las modificaciones de una licencia ambiental: 537,75 EUR
Requisitos previos
Requisitos previos: 1. Opcionalmente, la persona interesada puede dirigirse al Ayuntamiento para: a) Recibir información sobre los requisitos que debe cumplir la solicitud y obtener los formularios a cumplimentar. b) Solicitar informe urbanístico respecto de la compatibilidad de la actividad prevista con el planeamiento urbanístico. 2. Si la actividad o instalación se encuentra sometida a un proceso de consulta previa sobre la necesidad de declaración de impacto ambiental, de acuerdo con la LPCAA, la persona interesada dirigirá la consulta previa a la OGAU del territorio donde ha previsto emplazar la actividad. En caso de que la Ponencia Ambiental de la Generalitat determine que hay que someter la actividad proyectada a evaluación de impacto ambiental, se seguirá el procedimiento previsto para la licencia ambiental, con especificidades y la Ponencia formulará la declaración de impacto ambiental. 3. Cuando para la implantación de la actividad sea necesario efectuar obras sujetas a licencia, la persona peticionaria de la licencia ambiental puede solicitar la preceptiva licencia de obras de forma simultánea con esta licencia, o bien esperar a que le sea otorgada o denegada la licencia ambiental, y luego solicitar la de obras.
Documentación a aportar
SOLICITUD DE LICENCIA AMBIENTAL: - Documento de pago de la tasa o el precio público municipal (si procede) - Proyecto y/o memoria ambiental (soporte electrònico) - Estudio geológico de las características del suelo (si procede) - Estudio de impacto ambiental (si procede) - Designacion de la persona que asume la responsabilidad técnica de ejecución del proyecto - Sistema y procedimiento para la verificación del funcionamiento de los autocrontroles de la actividad - Control preventivo de incendios - Declaración responsable en materia de salud alimentaria (si procede) - Otra documentación acreditativa Especificaciones de la documentación a aportar: 1. Proyecto básico con estudio ambiental, firmado por el personal técnico competente. Si la persona interesada no ha solicitado informe urbanístico antes de solicitar la licencia ambiental, el proyecto deberá incorporar de manera diferenciada la información siguiente: - Plano de emplazamiento de la actividad proyectada que permita la identificación de la finca. - Explicación sintética de la actividad proyectada que detalle su naturaleza y características principales. - Necesidades de uso y aprovechamiento del suelo y del subsuelo. - Requerimientos respecto la disponibilidad y la suficiencia de los servicios públicos municipales que exija la actividad. - En los casos de actividades que, aunque no están incluidas en la legislación de accidentes graves proyectan tener alguna de las sustancias químicas o categoría de sustancias tóxicas o muy tóxicas, de conformidad con los umbrales establecidos en la normativa de seguridad industrial, se debe aportar la normativa que determina esta legislación. 2. Estudio geológico de las características del suelo en el que se emplaza la actividad proyectada, siempre que la normativa específica aplicable defina esta actividad como potencialmente contaminante del suelo. 3. Estudio de impacto ambiental si la Ponencia Ambiental de la Generalitat ha determinado que la actividad debe someterse a evaluación de impacto ambiental. 4. Documento acreditativo de la designación de la persona que asumirá la responsabilidad técnica de la ejecución del proyecto y que expedirá la certificación acreditativa de la adecuación de la actividad y de las instalaciones a la licencia otorgada. 5. Con carácter voluntario, se indicará el sistema y procedimiento para la verificación del funcionamiento de los autocontroles de la actividad propuestos por la persona solicitante, con indicación del/ de la técnico/a con calificación adecuada responsable de la su aplicación. 6. Documentación preceptiva en materia de incendios de acuerdo con la Ley 3/2010, de 18 de febrero, y la normativa sectorial aplicable o Orden del/ de la Consejero/a competente en la materia. 7. En el caso de actividades ganaderas, plan de gestión de las deyecciones ganaderas, con las condiciones y contenidos determinados en la normativa de aplicación. 8. Cualquier otra documentación que sea exigible por la legislación ambiental aplicable a la actividad. 9. Declaración, si es necesario, de los datos contenidos en el proyecto que, según la persona solicitante, gozan de confidencialidad de acuerdo con la legislación, con especificación de la Ley en la que se ampara. 10. Declaración responsable en materia de salud alimentaria, si es un establecimiento afectado por el Real Decreto Ley 191/2011 (Ésta se presentará cuando se inicie la actividad).
Observaciones
La documentación como planos, croquis, proyectos ... se presentará mediante soporte electrónico: - Personas jurídicas profesionales: PDF - Personas físicas: CD/DVD Estas actividades se subdividen en: 1. Actividades sometidas a licencia ambiental con declaración de impacto ambiental. Estas actividades son las que en el epígrafe correspondiente del anexo II de la LPCAA se determina específicamente la necesidad de este proceso (Códigos 11.1 y 11.2). 2. Actividades sometidas a licencia ambiental y a un proceso de decisión previa sobre la necesidad de declaración de impacto ambiental: estas actividades son las que se encuentran en alguno de estos supuestos: - En el epígrafe correspondiente al anexo II de la LPCAA se determina específicamente la necesidad de este proceso. (Código 7.9. Siempre que en la instalación se den, de forma simultánea, las circumstacias: a) que esté situada fuera de polígonos industriales, b) que esté situada a menos de 500 metros de una zona residencial, c) que ocupe una superficie de al menos 1 hectárea) - Están ubicadas en espacios naturales de protección especial (PEIN, Red Natura; humedales convenio Ramsar, otros). 3. Actividades sometidas a licencia ambiental sin necesidad de someterse a ningún proceso de evaluación de impacto ambiental. También está sujeta a licencia ambiental la modificación sustancial de cualquier actividad del anexo II de la LPCAA, con los mismos procedimientos, documentación y requisitos que los establecidos para su otorgamiento. Silencio administrativo: La no resolución y notificación en el plazo de seis meses, conlleva la desestimación de la solicitud de licencia y permite a la persona interesada interponer el recurso administrativo o el contencioso administrativo que proceda.
Legislación
- Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades (LPCAA) y normativas sectoriales. - Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios. - Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la prevención y control ambiental de las actividades, los establecimientos abiertos al público y de los espectáculos públicos, de 5 de julio de 2016.
Plazo resolución
La resolución se dicta y se notifica en un plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemàticament mitjançant la Seu Electrònica - Correu postal - Presencialment al Registre electrònica general - Als registres electrònics generals de: a)L'Administració General de l'Estat b) Les administracions de les Comunitats Autònomes c) Les entitats que integren l'Administració local d) El sector públic institucional (la seva integració està regulada a l'article 2.2 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre) - A les oficines de Correus, tal com s'estableixi reglamentàriament - A les representacions diplomàtiques o oficines consulars d'Espanya a l'estranger - A les oficines d'assistència en matèria de registres - En qualsevol altre que estableixin les disposicions vigents
Coste del servicio
Según ordenanzas fiscales 2019: La tasa a pagar es en función del presupuesto: Presupuestos hasta 6.000 EUR: 111,70 EUR Presupuestos de más de 6.000 EUR Hasta 10.000 EUR: 186,05 EUR Presupuestos de más de 10.000 EUR hasta 35.000 EUR: 217,05 EUR Presupuestos de más de 35.000 EUR hasta 50.000 EUR: 310,05 EUR Presupuestos de más de 50.000 EUR: 496,20 EUR El impuesto de construcciones y obras es el 3,99% del presupuesto. Tasa por el distintivo municipal: 25,05 EUR.
Documentación a aportar
Solicitud de licencia de obra de construcción de edificios de nueva planta: - Documento de pago de la tasa o el precio público municipal (si procede) - Proyecto técnico visado (soporte electrónico) - Dirección facultativa - Identificación del / de la constructor/a de la obra - Estudio de seguridad - Documento de aceptación firmado por un gestor de residuos autorizado - Designación del coordinador/a de seguridad y salud
Observaciones
La documentación como planos, croquis, proyectos ... se presentará mediante en soporte electrónico: - Personas jurídicas profesionales: PDF - Personas físicas: CD/DVD
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles. - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate. - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- Telemàticament mitjançant la Seu Electrònica - Correu postal - Presencialment al Registre electrònic general - Als registres electrònics generals de: a)L'Administració General de l'Estat b) Les administracions de les Comunitats Autònomes c) Les entitats que integren l'Administració local d) El sector públic institucional (la seva integració està regulada a l'article 2.2 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre) - A les oficines de Correus, tal com s'estableixi reglamentàriament - A les representacions diplomàtiques o oficines consulars d'Espanya a l'estranger - A les oficines d'assistència en matèria de registres - En qualsevol altre que estableixin les disposicions vigents
Documentación a aportar
Solicitud de licencia de obras de derribo total o parcial: - Documento de pago de la tasa o el precio público municipal (si procede) - Proyecto técnico visado (soporte electrónico) - Dirección facultativa - Identificación del / de la constructor/a de la obra - Estudio de seguridad - Designación del coordinador/a de seguridad y salud - Documento de aceptación firmado por un gestor de residuos autorizado - Documento de compromiso de reposición de los servicions urbanísticos existentes y de reparación de los daños en bienes de dominio público - Certificado técnico sobre afectaciones de líneas
Observaciones
La documentación como planos, croquis, proyectos ... se presentará mediante en soporte electrónico: - Personas jurídicas profesionales: PDF - Personas físicas: CD/DVD