Ayuntamiento de Gerona

  • Dónde dirigirse

    OFICINA D'INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
    972 419 010
    www.girona.cat/ic/

    A quien va destinado

    - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Observaciones

    Una vez dictada la resolución y notificada, si la garantía se hubiera formalizado en aval, se procederá a la devolución del documento original. De otro modo, si la garantía se hubiera efectuado en efectivo, la devolución se realizará mediante cheque.
    Las devoluciones se practicarán en la Tesorería Municipal y se requerirá la presencia física del/de la titular o de la persona representante con poderes suficientes, o persona autorizada, que firmará conforme ha recibido la devolución.
    En ambos casos se deberá aportar:
    - El justificante del ingreso o depósito de la garantía (imprescindible)
    - Documento de identificación del/de la titular: DNI, NIE, NIF, CIF, etc.
    - Escritura de poderes o documento de autorización, si procede.

    Legislación

    Según de qué tema se trate:
    - Legislación de contratación
    - Legislación urbanística
    - Legislación tributaria

    Plazo resolución

    2 meses en función del informe previo

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    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

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    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Documentación a aportar


    Escritura de adquisición
    Tasación de la finca en la fecha de adquisición
    Escritura de transmisión
    Tasación de la finca en la fecha de transmisión

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    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemàticament mitjançant la Seu Electrònica
    - Correu postal
    - Presencialment al Registre electrònica general
    - Als registres electrònics generals de:
    a)L'Administració General de l'Estat
    b) Les administracions de les Comunitats Autònomes
    c) Les entitats que integren l'Administració local
    d) El sector públic institucional (la seva integració està regulada a l'article 2.2 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre)
    - A les oficines de Correus, tal com s'estableixi reglamentàriament
    - A les representacions diplomàtiques o oficines consulars d'Espanya a l'estranger
    - A les oficines d'assistència en matèria de registres
    - En qualsevol altre que estableixin les disposicions vigents

    Documentación a aportar

    - Recibo original objeto de la devolución.

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    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
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    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Documentación a aportar

    Solicitud de devolución por anulación de recibo:
    - Recibo objeto de la devolución

    Observaciones

    La devolución se hará mediante domiciliación bancaria

    Trámites relacionados

    Solicitud de devolución por duplicado de pago

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    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Documentación a aportar

    Solicitud de devolución por duplicado de pago:
    - Instancia específica

    Observaciones

    La devolución se hará mediante domiciliación bancaria.

    Legislación

    - Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

    Trámites relacionados

    Solicitud de devolución por anulación de recibo

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    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemàticament mitjançant la Seu Electrònica
    - Correu postal
    - Presencialment al Registre electrònica general
    - Als registres electrònics generals de:
    a) L'Administració General de l'Estat
    b) Les administracions de les Comunitats Autònomes
    c) Les entitats que integren l'Administració local
    d) El sector públic institucional (la seva integració està regulada a l'article 2.2 de la Llei 39/2015, de 1 d'octubre)
    - A les oficines de Correus, tal com s'estableixi reglamentàriament
    - A les representacions diplomàtiques o oficines consulars d'Espanya a l'estranger
    - A les oficines d'assistència en matèria de registres
    - En qualsevol altre que estableixin les disposicions vigents

    Documentación a aportar

    - Plano de situación
    - Referencia catastral

    Observaciones

    La referencia catastral es un dato que consta en el recibo del IBI y se puede obtener consultando el plano de la ciudad disponible en la web o en la sede electrónica del catastro:https://www.sedecatastro.go.es/.
    La documentació com plànols, croquis, projectes... s'ha de presentar mitjançant suport electrònic:
    - Persones jurídiques professionals: PDF
    - Persones físiques: CD/DVD

    Legislación

    - Ordenanzas de edificación. Texto refundido y modificación de las ordenanzas de edificación de Girona.
    - Ordenanza de convivencia ciudadana y via pública.

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    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Coste del servicio

    Según ordenanzas fiscales 2019: 6,35 EUR

    Requisitos previos

    Disposer de una tarjeta de bus

    Documentación a aportar

    Solicitud de duplicado de tarjeta gratuita del Bus en caso de pérdida o robo:
    - Tarjeta caducada / deteriorada que se sustituye (si procede)
    - Documento idenficativo de las personas mayores de dieciseis años
    - Document identificativo de la persona interesada
    - Justificación de la petición (si procede)
    - Denuncia de sustracción o pérdida
    - Documento de pago de la tasa o el precio público municipal (si procede)

    Plazo resolución

    3 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Trámites relacionados

    Solicitud de tarjeta bus 70
    Tarjeta UdG
    Solicitud de tarjeta bus 18
    Solicitud de tarjeta Bus Social
    Solicitud de tarjeta bus 25

    Más informaci&oacuten;

    Ordenanzas fiscales

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    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Coste del servicio

    Tasa de expedición de título establecida en las Ordenanzas fiscales y precios públicos vigentes

    Requisitos previos

    - Ser la persona titular del derecho funerario de la sepultura.
    - Tener vigente el plazo de concesión del derecho funerario de la sepultura.
    - Estar al corriente de pago de la tasa anual por el servicio de conservación de cementerios.

    Documentación a aportar

    Solicitud de duplicado de título de derecho funerario de una sepultura de los Cementerios:
    - DNI/NIE de la persona interessada
    - Declaración de pérdida o sustracción (si procede)

    Observaciones

    Gestión tributaria generará la liquidación de la tasa que se notificará a la persona solicitante para que realice el pago.

    Legislación

    - Ordenanza municipal reguladora de la prestación de servicios funerarios en el municipio de Girona
    - Reglamento de los cementerios municipales
    - Ordenanzas fiscales y precios públicos

    Plazo resolución

    3 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Más informaci&oacuten;

    Autorización de representación
    Ordenanzas fiscales i precios públicos
    Declaración de pérdida o sustracción del título del derecho

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    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Documentación a aportar

    Solicitud en relación al ejercicio de los derechos ARCO:
    - Document identificativo de la persona interesada

    Legislación

    - Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales.
    - Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo, de 7 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46 / CE (Reglamento general de protección de datos).

    Plazo resolución

    10 días

    Más informaci&oacuten;


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    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Documentación a aportar


    - Aviso del juzgado del desahucio

    Observaciones

    Gozarán de la exención de la cuota de la presente tasa, aquellas personas que acrediten haber sido desahuciadas en un procedimiento de ejecución hipotecaria de la vivienda habitual, desde el día que abandonaron la vivienda y de acuerdo con el sistema de prorrateo establecido en el artículo 6 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicio de recogida y gestión de residuos.
    También disfrutarán de la exención los organismos, fundaciones y otros entes asociativos participados total o mayoritariamente por el ayuntamiento o que ejerzan su actividad en inmuebles de titularidad municipal.

    Legislación

    - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida y gestión de residuos
    - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de alcantarillado

    Más informaci&oacuten;

    Ordenanzas Fiscales

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.