Sol·licitud d'inhumació de cadàver o cendres en una sepultura dels cementiris municipals

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la inhumación de un cadáver o cenizas en una sepultura de los cementerios municipales de Girona.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas con capacidad legal, menores de edad con capacidad para ejercer sus derechos, y grupos de afectados o entidades sin personalidad jurídica cuando la ley lo permita.

Requisitos principales

  • Haber transcurrido más de dos años desde la última inhumación (5 años para cadáveres del grupo I).
  • Si el titular del derecho funerario ha fallecido, se debe autorizar el traspaso de titularidad a un beneficiario.
  • El derecho funerario de la sepultura debe estar vigente; de lo contrario, se debe solicitar la renovación.
  • Estar al corriente de pago de la tasa anual por el servicio de conservación de cementerios.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para enterrar un cuerpo o cenizas en una tumba dentro de los cementerios de la ciudad.

Quién puede solicitarlo:

  • Personas con capacidad legal para actuar.
  • Menores de edad que puedan defender sus derechos sin necesidad de un tutor.
  • Grupos o asociaciones sin personalidad jurídica, si la ley lo permite.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de solicitud de entierro de cuerpo o cenizas.
  • Autorización para exhumar el cuerpo y trasladarlo (si es necesario).
  • DNI/NIE del dueño actual de la tumba.
  • DNI/NIE de la persona que hace la solicitud.
  • Autorización del dueño de la tumba donde se va a enterrar (si es necesario).
  • Título original que demuestre el derecho sobre la tumba.
  • Declaración de pérdida o robo del título (si es necesario).
  • Certificado de defunción (si es necesario).
  • Certificado de incineración.
  • Permiso para enterrar, dado por el Registro Civil o el juzgado (si es necesario).

Requisitos previos:

  • Deben haber pasado más de dos años desde el último entierro en la tumba (cinco años si el fallecido tenía ciertas enfermedades).
  • Si el dueño de la tumba ha fallecido, la persona que solicita el entierro debe tener el derecho a ser el nuevo dueño.
  • El permiso para usar la tumba debe estar vigente. Si no lo está, se debe renovar.
  • Se debe estar al día con el pago anual por el mantenimiento del cementerio.

Costes:

  • Se deben pagar las tasas por abrir la tumba para el entierro y, si es necesario, por reducir los restos.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios mencionados en la sección anterior.
  2. Presentar la solicitud: Puedes presentar la solicitud de varias maneras:
    • Online: A través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
    • Por correo: Envía la solicitud por correo postal.
    • En persona: En el registro general del Ayuntamiento.
    • En otros registros: En los registros de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, etc.
  3. Pago de tasas: Una vez presentada la solicitud, se te indicará cómo pagar las tasas correspondientes.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación.
  • Si todo está correcto, se autorizará el entierro.
  • El registro del entierro se hará constar en el título del derecho funerario.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.

Ayuda

Dónde dirigirse:

  • Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR).
  • Teléfono: 972 419 010.
  • Página web: www.girona.cat/ic

Recursos adicionales:


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

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