Sol·licitud de bonificació de l'impost sobre vehicles de tracció mecànica (IVTM)

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una bonificación en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para vehículos menos contaminantes durante los primeros 5 años desde su primera matriculación.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar según las normas civiles, menores de edad con capacidad para defender sus derechos e intereses, grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, y patrimonios independientes o autónomos.

Requisitos principales

  • No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento por ningún concepto.

Plazos

La solicitud debe realizarse durante el período de pago voluntario del impuesto para que tenga efecto en el mismo año (en casos de altas por vehículo nuevo o transferencia).

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

Existen bonificaciones del 50% para vehículos híbridos, de gas licuado de petróleo (GLP) o de gas natural, y del 75% para vehículos eléctricos, aplicables durante los primeros 5 años desde la matriculación. La bonificación se aplica a partir del año siguiente a la solicitud, excepto en casos de altas por vehículo nuevo o transferencia durante el período voluntario de pago.

Resumen

Este trámite permite solicitar una bonificación en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para vehículos menos contaminantes en Girona.

Quién puede usar este servicio

Personas físicas o jurídicas que sean propietarias de vehículos que cumplan con los requisitos para obtener la bonificación.

Antes de empezar

Es importante asegurarse de no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Girona.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud de bonificación del IVTM.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • Permiso de circulación del vehículo.

Requisitos previos

  • No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento por ningún concepto.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo de resolución es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria: solicitud, ficha técnica y permiso de circulación.
  2. Presenta la solicitud a través de uno de los siguientes medios:
    • Telemáticamente a través de la Sede Electrónica.
    • Por correo postal.
    • Presencialmente en el Registro Electrónico General.
    • En los registros electrónicos generales de otras administraciones públicas.
    • En las oficinas de Correos.
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  3. Espera la resolución del Ayuntamiento.

Información sobre cada etapa

  • La solicitud debe indicar las características del vehículo, matrícula y causa del beneficio.
  • Una vez aprobada la bonificación, se expedirá un documento que lo acredite.

Tiempos de espera

  • El plazo de resolución es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Si la solicitud es aprobada, se aplicará la bonificación en el IVTM.

Plazos de resolución

  • El plazo de resolución es de 6 meses. El silencio administrativo es negativo.

Siguiente pasos

  • Asegúrate de que la bonificación se aplica correctamente en los siguientes recibos del IVTM.

Ayuda

Contacto

  • OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
  • Teléfono: 972 419 010
  • www.girona.cat/ic

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuándo empieza a aplicarse la bonificación? La bonificación se aplica a partir del año siguiente a la solicitud, siempre que se trate de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva. En el caso de liquidaciones notificadas, el plazo para solicitarla se extiende hasta el final del período de pago voluntario.
  • ¿Qué documentos necesito para solicitar la bonificación? Debes presentar la solicitud de bonificación junto con la ficha técnica y el permiso de circulación del vehículo.
  • ¿Qué tipo de bonificación puedo obtener según mi vehículo? Si tienes un vehículo híbrido, de gas licuado de petróleo (GLP) o de gas natural, puedes obtener una bonificación del 50%. Si tienes un vehículo eléctrico, la bonificación es del 75%.
  • ¿Cómo puedo presentar la solicitud de bonificación? Puedes presentar la solicitud telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, por correo postal, o presencialmente en las oficinas de registro.
  • ¿Qué requisito debo cumplir para obtener la bonificación? Para poder optar a la bonificación, no debes tener deudas pendientes con el Ayuntamiento por ningún concepto.
  • ¿Cuánto tiempo tarda el Ayuntamiento en resolver la solicitud? El Ayuntamiento tiene un plazo de 6 meses para resolver la solicitud. Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada.
  • ¿Durante cuánto tiempo se aplica la bonificación? La bonificación se aplica durante los primeros 5 años a contar desde la fecha de la primera matriculación del vehículo.

Preguntas frecuentes


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