Solicitud en relación a la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Dónde dirigirse

OFICINA D'INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic/

A quien va destinado

- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Documentación a aportar

Solicitud de tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida:
- Fotografía actual
- Documento de valoración de la discapacidad
- Acreditación de la representación legal, en su caso
- Documento identificativo de la persona interesada
- Carnet de conducir, en su caso
- Permiso de circulación del vehículo
- Ficha técnica del vehículo
- Solicitud tarjeta provisional aparcamiento
- Informe mèdico y de tratamientos, actualizado
- Denuncia de sustracción o pérdida
- Declaración responsable de vigencia de datos
Ver las especificaciones de la documentación a aportar en el apartado: "Más información"

Observaciones

- Se debe adjuntar la fotocopia del DNI, Pasaporte o NIE (si se trata de un menor de 14 años es obligatorio que tenga documentación a la hora de solicitar la tarjeta).
Beneficios:
- Utilizar la tarjeta en cualquier vehículo que ocupe el/la titular.
- Estacionar sin limitación horaria en las reservas para movilidad reducida indicadas.
- Parar o estacionar el vehículo en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos o personas peatones durante el tiempo necesario (reservas de carga y descarga, zona azul, zona verde).
- Utilizar la tarjeta en todas los municipios de Cataluña, el resto del Estado y de los estados miembros de la Unión Europea.
- Acceder al Barri Vell las 24 horas por una periodicidad de 10 años: se deberá comunicar al servicio de Movilidad, la matrícula, la marca y modelo del vehículo o el permiso de circulación en caso de no pagar IVTM en Girona.
Personas beneficiarias:
- Tarjeta para conductor/a: personas mayores de 18 años que superen el baremo de movilidad y tengan el permiso de circulación.
- Tarjeta para no conductores/as:
a) Personas mayores de 3 años que superen el baremo de movilidad
b) Niños menores de 3 años pluridiscapacidades que dependen de aparatos técnicos imprescindibles para sus funciones vitales de forma continuada.
c) Personas con una agudeza visual bilateral igual o inferior a 0,1 con corrección, o un reducción concéntrica del campo visual igual o menor a 10 grados.
- Tarjeta para transporte colectivo: personas físicas o jurídicas titulares de vehículos adaptados destinados al transporte colectivo exclusivo de personas con disminución que superen el baremo de movilidad.
Vigencia:
La tarjeta de aparcamiento caducará a los 10 años de su expedición a excepción de los siguientes casos:
- Cuando la persona titular no conductora tenga 70 años o más tendrá una validez de 2 años.
Obligaciones del titular:
- Colocar el anverso de la tarjeta de forma visible en el vehículo que la transporta.
- Saber que el uso de la tarjeta es personal e intransferible. No la pueden utilizar las personas familiares o de otros si no van acompañadas de la persona titular.
- Utilizar la tarjeta original. No se pueden fotocopiar ni manipular.
- En caso de cambio de localidad, hay que comunicarlo al ayuntamiento de origen y en el ayuntamiento de destino.
- En caso de fallecimiento u otras circunstancias que hagan perder el derecho, hay que entregar la tarjeta a la entidad local responsable.
- En caso de pérdida o robo de la tarjeta, debe presentar denuncia a la entidad local responsable, antes de solicitar una nueva tarjeta.
- Hay que devolver la tarjeta de disminución en el caso de que soliciten una de nueva porque está hecha mal bien.

Legislación

- Decreto 97/2002, de 5 de marzo, sobre la tarjeta de aparcamiento para personas con y disminución y otras medidas dirigidas a facilitar el desplazamiento de las personas con movilidad reducida.

Trámites relacionados


Más informaci&oacuten;

Especificaciones de la documentación a aportar
Solicitud de la tarjeta de aparcamiento provisional a la entidad local, en caso de enfermedad de extrema gravedad
Informe para la acreditación de los requisitos para la tarjeta de aparcamiento provisional, en caso de enfermedad de extrema gravedad
Declaración responsable para la concesión de tarjetas de aparcamiento colectivo en circunstancia de vehículo no adaptado, en caso de tarjeta de aparcamiento colectiva

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