Solicitud de renovación de la inscripción padronal para personas extranjeras no comunitarias sin autorización

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Dónde dirigirse

OFICINA D'INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic/

A quien va destinado

- Las personas físicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.

Cómo hacerlo

- Tràmite presencial

Documentación a aportar

Solicitud de renovación de la inscripción padronal para personas extranjeras no comunitarias sin aut:
- Document identificativo de la persona interesada
- Documento que acredite la representación
Especificaciones de documentos a aportar:
- Pasaporte o NIE de la persona interesada (original y vigente)
- Fotocopia del documento identificativo, siempre que vaya acompañado por la denuncia formulada ante la Policía y con la solicitud de renovación del mismo, siempre que esta solicitud suponga prórroga de validez.
- Permiso de conducir español, debiendo acreditar los datos obligatorios que no constan en el mismo, mediante otro documento.
- La cédula de inscripción para aquellos que no tienen nacionalidad (apátridas).
- Los títulos de viaje expedidos por las autoridades competentes del país de origen o procedencia de sus o de sus titulares o por organizaciones internacionales.
- Los documentos provisionales de identidad por los solicitantes de asilo. No son válidos los documentos provisionales en los que se especifica que está a la espera de ser o no admitida a trámite la petición.
- Documentos de identidad expedidos por la Secretaría de Estado de las Instituciones Penitenciarias para las personas recluidas en las que aparecen un número de identificación, foto y huella dactilar.
- Documentos de identidad consular y acreditación de organismos internacionales expedidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
- Instancia específica.
- NIE o pasaporte de los padres del representante legal, en el caso de menores (original y vigente).

Observaciones

- Este trámite es intransferible para personas mayores de edad, o sea que lo debe hacer la persona interesada, exceptuando los casos en que se aporten unos poderes notariales específicos para hacer el trámite o bien, como contempla la Ley 39/2015, mediante declaración de comparecencia personal del interesado/a ante un funcionario público competente.
- La renovación de los menores de edad la han de hacer los padres o sus representantes legales.
- La renovación sólo se puede hacer en el municipio donde está empadronada la persona.
- La no renovación conllevará la baja de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes por caducidad.
- En caso de que el ciudadano o ciudadana haga alta por cambio de residencia, comienza un nuevo plazo de dos años para la renovación.
- El documento de identificación (pasaporte y NIE) deben ser vigentes.
- EXCEPCIÓN: Aceptaremos documentos caducados con solicitud de renovación que no haga más de 6 meses que se haya sellado / presentado. En casos que el documento identificativo se acompañe de documento de resolución de la solicitud, comprobar la vigencia de la resolución.

Legislación

- Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre, donde se modifica el anterior Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales (RD 1690/86 de 11 de julio).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales i garantía de derechos digitales
- Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
- Resolución de 16 de mayo de 2019, de la Subsecretaria, por la que se publica la resolución de 9 de mayo de 2019, del Presidente del Instituo Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Autonómica y Local, sobre instrucciones técnicas del los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.

Trámites relacionados

Sol·licitud de certificado de empadronamiento

Obtener instancia

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