Solicitud de ocupación de vía pública con tubo de escombros

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Coste del servicio

Según ordenanzas fiscales 2019:
Ocupación de vuelo del dominio público con material o medios auxiliares de la construcción: Para m2 / mes 2,55 EUR 2,05 EUR 2,05 EUR
Prorrateable por días, con un importe mínimo 26,50 EUR

Documentación a aportar


- Plano de emplazamiento en relación con los elementos estructurales y de mobiliario urbano existentes
- Plano de emplazamiento (1/500)
- Documento de pago de precio público municipal
- Plano de la ocupación a realizar, señalizar el espacio que se solicita

Observaciones

El vertido del material a través de los tubos deberá hacerse en un contenedor con una lona opaca y se deberá mojar periódicamente para evitar la suciedad de la vía pública y molestias o daños a personas, animales o cosas.

Legislación

- Ordenanza general de convivencia ciudadana y vía pública
- Ordenanzas fiscales y precios públicos
- Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el reglamento de obras, actividades y servicios de los entidades locales

Cumplimiento Ley 11/2007

Medio

Más informaci&oacuten;

Ordenanzas fiscales

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