Solicitud de ocupación de la vía pública por mudanza

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Coste del servicio

Según ordenanzas fiscales 2019:
Ocupación para carga o descarga o trabajos de construcción o mantenimiento (menos de 6 horas diarias):
m2/h 0,45 EUR 0,40 EUR Importe mínimo 16,95 EUR
Ocupación para carga o descarga o trabajos de construcción o mantenimiento (más de 6 horas diarias):
m2/día 1,85 EUR 1,75 EUR 1,75 EUR Importe mínimo: 32,75 EUR

Observaciones

En todos los casos se debe permitir y proteger el paso de peatones y permitir el acceso a los vados y establecimientos comerciales afectados.
El interesado deberá exhibir, en caso de requerimiento, a los agentes de la Policía Municipal en el momento de señalizar la reserva esta autorización y colocar, si la ocupación solicitada lo requiere, en los lugares solicitados los señales móviles de prohibido estacionar modelo R308 (anexo 4 de la Ordenanza Municipal de Circulación) y comunicarlo a la Policía Municipal (092), con una anterioridad de 72 horas (3 días) si es en un carril normal de estacionamiento y de 24 horas (1 día) si es en un carril de zona azul o zona de carga y descarga, antes de la ocupación.
El incumplimiento de este requisito conllevará que el vehículo que ocupe la reserva autorizada no se retire
En caso de solicitud por parte de un/a agente de la Policía Municipal, esta autorización deberá exhibir en el mismo momento de efectuar la reserva.

Legislación

- Ordenanza general de convivencia ciudadana y vía pública
- Ordenanzas fiscales y precios públicos
- Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el reglamento de obras, actividades y servicios de los entidades locales

Silencio administrativo

Negativo

Más informaci&oacuten;

Ordenanzas fiscales

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