Solicitud de confirmación de la inscripción padronal para personas extranjeras comunitarias

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Dónde dirigirse

OFICINA D'INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic/

A quien va destinado

- Las personas físicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.

Cómo hacerlo

- Tràmite presencial

Documentación a aportar

Solicitud de confirmación de la inscripción padronal para personas extranjeras comunitarias:
- Document identificativo de la persona interesada
- Documento que acredite la representación

Observaciones

- La comunicación sólo se puede hacer si aún vive en el mismo domicilio donde está empadronado.
- Deben confirmar cada 2 años a petición del Ministerio del Interior las personas extranjeras no inscritos en el Registro Central de Europeos
- El resto de personas extranjeras cada 5 años a petición del Ministerio del Interior o cuando caduque la tarjeta de residencia (si tienen).
- El documento de identificación (tarjeta de identidad de los estados de la Unión Europea, pasaporte y NIE) deben ser vigentes.
- EXCEPCIÓN: Se aceptan documentos caducados con solicitud de renovación que no haga más de 6 meses que se haya sellado / presentado. En casos que el documento identificativo acompañe de documento de resolución de la solicitud, comprobar la vigencia de la resolución.
- Si no se confirma el padrón se dará de baja por caducidad.
Este trámite no será necesario si se hace un cambio de domicilio o un cambio de características personales.

Legislación

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los Derechos digitales
- Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre, donde se modifica el anterior Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales (Real Decreto 1690/86 de 11 de julio).
- Resolución de 16 de mayo de 2019, de la Subsecretaria, por la que se publica la resolución de 9 de mayo de 2019, del Presidente del Instituo Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Autonómica y Local, sobre instrucciones técnicas del los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
- Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Más informaci&oacuten;

Especificaciones de la documentación a aportar

Obtener instancia

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